Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de modificación de la Resolución de 29 de octubre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo



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Publicado en:  DOGV núm. 9182 de 27.09.2021
Número identificador:  2021/9627
Referencia Base Datos:  008838/2021
 



RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de modificación de la Resolución de 29 de octubre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV 8940, 30.10.2020) de concesión de las ayudas previstas en el Decreto 66/2020, de 5 de junio, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia de la Covid-19, por la cual se concede una ayuda a La Tahona del Abuelo, SL. [2021/9627]



Visto el expediente CMCOCO/2020/231/46 incoado como consecuencia de la solicitud de subvención formulada por La Tahona del Abuelo, SL, presentada el 15 de junio de 2020, acogiéndose al Decreto 66/2020, de 5 de junio, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia del Covid-19.

Visto:

1. Que la solicitud presentada por La Tahona del Abuelo, SL, tramitada mediante el expediente CMCOCO/2020/231/46 fue denegada por Resolución de 29 de octubre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de concesión directa de las ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia de la Covid-19 por ser la inversión realizada inferior al límite establecido en el mencionado decreto.

2. Que esta resolución es recurrida en plazo, en reposición, ante la Secretaría Autonómica de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Consumo, por Juan José Rausell López en nombre y representación de La Tahona del Abuelo, SL, alegando que como consecuencia de la variación de precios establecida en la Resolución de 22 de abril de 2020, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia por la cual se establecen los importes máximos de venta al público en aplicación de lo previsto en la Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la cual se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por la Covid-19, fue modificada una de las facturas presentadas, lo que provocó que no se tuviera en cuenta y como consecuencia no se llegara al límite inferior establecido para obtener ayuda, y solicita la revisión del expediente.

Que con fecha 26 de febrero de 2021 la secretaria autonómica de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Consumo emite resolución estimando el recurso de reposición interpuesto por Juan José Rausell López contra la Resolución de 29 de octubre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo y concede una ayuda a La Tahona del Abuelo, SL. por un importe de cuatrocientos siete euros con cuarenta y un céntimos (407,41 €).

Vistos los antecedentes expuestos, resuelvo:



Primero

Modificar la Resolución de 29 de octubre de 2020 y conceder a La Tahona del Abuelo, SL, con NIF B97534010 una subvención de cuatrocientos siete euros con cuarenta y un céntimos (407,41 €).

Esta cantidad se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.05.761.10.470.01 línea de subvención S0536 del presupuesto de gastos de la Generalitat para el ejercicio 2021.

Esta ayuda está sometida al régimen de minimis regulado por el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352, 24.12.2013).

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



València, 21 de septiembre de 2021.– El conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo: Rafael Climent González.

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