Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de modificación de la Resolución de 20 de noviembre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de concesión de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia de la Covid-19, por la cual se incrementa la ayuda concedida a Alimentaria Aracil, SL. Expediente CMICOV/2020/30/03.



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Publicado en:  DOGV núm. 9178 de 21.09.2021
Número identificador:  2021/9381
Referencia Base Datos:  008639/2021
 



RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de modificación de la Resolución de 20 de noviembre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de concesión de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia de la Covid-19, por la cual se incrementa la ayuda concedida a Alimentaria Aracil, SL. Expediente CMICOV/2020/30/03. [2021/9381]

Visto el expediente CMICOV/2020/30/03 incoado como consecuencia de la solicitud de subvención formulada por Alimentaria Aracil, SL, presentada el 16 de junio de 2020, acogiéndose al Decreto 66/2020, de 5 de junio, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia del Covid-19.

Visto:

1. Que la solicitud presentada por Alimentaria Aracil, SL, tramitada mediante el expediente CMICOV/2020/30/03 fue estimada por Resolución de 20 de noviembre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de concesión directa de las ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia de la Covid-19 (DOGV 8959, 24.11.2020) y se le concedió una ayuda por importe de once mil trescientos ochenta y siete euros con cincuenta y nueve céntimos (11.387,59 €).

2. Que esta resolución es recurrida en plazo, en reposición, ante la Secretaría Autonómica de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Consumo, por Carlos Javier Aracil García, como representante de Alimentaria Aracil, SL, alegando que hay un error en la cantidad que se ha tenido en cuenta como presupuesto elegible (22.775, 18 €) en lugar de los 38.194,03 € que el interesado había presentado en la solicitud y solicita que se revise el expediente y se incremente la ayuda concedida.

3. Que con fecha 26 de febrero de 2021 la secretaria autonómica de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Consumo emite resolución estimando el recurso de reposición interpuesto por Carlos Javier Aracil García en nombre y representación de Alimentaria Aracil, SL, contra la resolución de concesión de ayudas del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de 20 de noviembre de 2020 y reconoce la obligación y propone el pago de siete mil setecientos euros con cuarenta y tres céntimos (7.709,43 €).

Vistos los antecedentes expuestos, resuelvo:



Primero

Modificar la Resolución de 20 de noviembre de 2020 y conceder a Alimentaria Aracil, SL, con NIF B03995651, una subvención total de diecinueve mil noventa y siete euros con dos céntimos (19.097,02 €), es decir, siete mil setecientos nueve euros con cuarenta y tres céntimos (7.709,43 €) más que en la concesión inicial.

Esta cantidad se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.05.761.10.770.01 línea de subvención S0537 del presupuesto de gastos de la Generalitat para el ejercicio 2021.

Esta ayuda está sometida al régimen de minimis regulado por el Reglamento (UE) núm. 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352, 24.12.2013).

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



València, 16 de septiembre de 2021.– El conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo: Rafael Climent González.

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