Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2018, de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación



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Publicado en:  DOGV núm. 8387 de 20.09.2018
Número identificador:  2018/8605
Referencia Base Datos:  008628/2018
 



RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2018, de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF), por la que se incrementa el importe máximo que ha de financiar las ayudas convocadas mediante Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Dirección General del SERVEF, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2018. [2018/8605]

Mediante Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, se aprobó la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2018, en aplicación de la Orden 8/2015, de 23 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las mismas (DOGV 26.11.2015), con cargo a la línea genérica de subvención S5644000 del capítulo IV del subprograma 322.52, del presupuesto del SERVEF para el ejercicio 2018.

Por Resolución de 5 de septiembre de 2018, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se autoriza una generación de crédito por ingresos superiores del Servicio Público de Empleo Estatal, incrementando la citada línea en 5.722.581 €.

Por otra parte, existe un saldo en la línea S5644000 de 891.373,56 € que no van a ser utilizados, por lo que existe una cantidad global de 6.613.954,56 que pueden ser destinados a la convocatoria aprobada mediante Resolución de 29 de diciembre de 2017, anteriormente citada.

En la disposición final primera de la Orden 8/2015 anteriormente mencionada, se faculta a la Dirección General del SERVEF para dictar cuantas instrucciones y adoptar las medidas que considere oportunas para la ejecución y aplicación de la orden así como para modificar los plazos establecidos en la misma, con carácter excepcional, cuando concurran circunstancias debidamente motivadas; la citada modificación de plazos cuando tenga carácter general deberá publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Asimismo se le faculta para que mediante resolución que será publicada en el DOGV, pueda sin necesidad de abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, redistribuir y desafectar los créditos inicialmente previstos en la convocatoria para un determinado ejercicio, y en el caso de que en el presupuesto de dicho ejercicio existiese crédito disponible, incrementar las dotaciones económicas para adjudicar ayudas a otros proyectos presentados al amparo de la convocatoria y que reuniendo todos los requisitos, inicialmente no pudieran ser financiados por insuficiencia de crédito. La resolución de estos nuevos proyectos exigirá el informe previo de la respectiva comisión de valoración, y la propuesta del órgano instructor.

En consecuencia y en virtud de las referidas facultades, resuelvo:



Incrementar la dotación presupuestaria asignada en el resuelvo segundo de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, se aprobó la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2018, en aplicación de la Orden 8/2015, de 23 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las mismas, con cargo a la línea genérica de subvención S5644000 del capítulo IV del subprograma 322.52, del presupuesto del SERVEF para el ejercicio 2018, hasta un importe global máximo de 16.113.954 €, lo que supone un incremento de 6.613.954 €, correspondientes a fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal que se añaden a la dotación anterior que ascendía a 9.500.000 €, resultando la siguiente distribución por programas:







Programa

de formación Dotación inicial Incremento Dotación definitiva

Intersectorial apartado 1.a del artículo 2 de la orden de bases. 5.706.518 € 3.972.910 € 9.679.428 €

Sectoriales 2.925.000 € 2.036.402 € 4.961.402 €

Intersectoriales economía social 292.500 € 203.640 € 496.140 €

Intersectoriales autónomos 292.500 € 203.640 € 496.140 €

Subtotal programas de formación 9.216.518 € 6.416.592 € 15.633.110 €



Ayudas a los alumnos 283.482 € 197.362 € 480.844 €



Total 9.500.000 € 6.613.954 € 16.113.954 €







En el programa de formación Intersectoriales economía social, la cuantía total solicitada asciende a 330.116 €, y en consecuencia una vez distribuido el incremento de crédito entre los diferentes programas de acuerdo con el detalle recogido en el cuadro anterior, queda un saldo disponible en dicho programa de 166.024 €, de acuerdo con el siguiente detalle:

En consecuencia, una vez distribuido el incremento de crédito entre los diferentes programas, se redistribuye proporcionalmente el crédito disponible asignado inicialmente al programa citado en el cuadro anterior de acuerdo con el siguiente detalle:

En cuanto al programa de Formación sectorial, se redistribuye proporcionalmente el crédito asignado al citado programa entre los diferentes sectores, resultando la siguiente distribución:

En el sector «Industria del mueble, calzado y textil», la cuantía total solicitada asciende a 396.248 €, y en consecuencia una vez distribuido el incremento de crédito entre los diferentes sectores de acuerdo con el detalle recogido en el cuadro anterior, queda un saldo disponible en dicho sector de 96.242 €.

En el sector «Industria química y plástico», la cuantía total solicitada asciende a 312.736, € y en consecuencia una vez distribuido el incremento de crédito entre los diferentes sectores de acuerdo con el detalle recogido en el cuadro anterior, queda un saldo disponible en dicho sector de 22.414 €.

En el sector «Servicio de transporte por carretera», la cuantía total solicitada asciende a 382.792 €, y en consecuencia una vez distribuido el incremento de crédito entre los diferentes sectores de acuerdo con el detalle recogido en el cuadro anterior, queda un saldo disponible en dicho sector de 23.000 €.

Asimismo en el sector «Cerámica», la cuantía total solicitada asciende a 137.060 €, y en consecuencia una vez distribuido el incremento de crédito entre los diferentes sectores de acuerdo con el detalle recogido en el cuadro anterior queda un saldo disponible en dicho sector de 66.438 €

En consecuencia resulta un saldo disponible en dichos sectores de 208.094 €, de acuerdo con el siguiente detalle:

En consecuencia, una vez distribuido el incremento de crédito entre los diferentes sectores, se redistribuye proporcionalmente el crédito disponible asignado a los sectores citados en el cuadro anterior de acuerdo con el siguiente detalle:

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 8, apartado 3, así como en el artículo 46, apartado 1, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 17 de septiembre de 2018 .– El director general del SERVEF: Enric Nomdedéu i Biosca.

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