Ficha disposicion

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ORDEN 1/2011, de 12 de julio, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se declara Bien Inmaterial de Relevancia Local la tradición musical popular valenciana materializada por las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana.



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Publicado en:  DOGV núm. 6571 de 22.07.2011
Número identificador:  2011/8244
Referencia Base Datos:  008384/2011
 



ORDEN 1/2011, de 12 de julio, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se declara Bien Inmaterial de Relevancia Local la tradición musical popular valenciana materializada por las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana.



[2011/8244]

La Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, en su artículo primero, establece que forman parte del patrimonio cultural valenciano las expresiones de las tradiciones del pueblo en sus manifestaciones musicales, artísticas, gastronómicas o de ocio, y en especial aquellas que han sido objeto de transmisión oral y las que mantienen y potencian el uso del valenciano.

Por otra parte el artículo 55 de la citada norma establece que estas manifestaciones culturales se incluirán en la Sección Quinta del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano, sin perjuicio de lo que dispone su artículo 45.

Este fenomeno cultural cumple con muchos de estos requisitos, puesto que supone por una parte la transmisión de unas técnicas, unos valores y unos conceptos musicales, y por otra, forma parte de numerosas tradiciones, tanto festivas como rituales de la Comunitat Valenciana, razón por la cual en fecha 19 de abril de 2011 se incoo, mediante resolución de la Conselleria de Cultura y Deporte expediente para la declaración de Bien Inmaterial de Relevancia Local a favor de la tradición musical popular valenciana materializada por las Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana.

Vistos los informes técnicos obrantes en el expediente, y habiéndose dado audiencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, a las entidades directamente relacionadas con la práctica de esta manifestación cultural; y haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell,



ORDENO



Primero

Se declara la tradición musical popular valenciana materializada a través de las Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana, como Bien Inmaterial de Relevancia Local. Todas las Sociedades Musicales que se encuentran en este momento adscritas a la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana, son por el hecho de contribuir al mantenimiento y enriquecimiento de la cultura musical popular valenciana, merecedoras de la consideración de Bien Inmaterial de Relevancia Local, y así constan en el anexo II.

Ello no ha de resultar óbice para que aquellas Sociedades Musicales que de acuerdo con los criterios que se establecen en el apartado segundo de esta orden, puedan tener un reconocimiento individualizado como Bien Inmaterial de Interés Cultural, por tener unos valores destacados y representativos de nuestra cultura.



Segundo

En consideración a la importancia de esta manifestación cultural y su especial imbricación en el acervo cultural y consuetudinario de todos y cada uno los municipios de la Comunitat Valenciana y sin perjuicio de la regulación normativa que contiene al respecto la Ley 4/1998, de 11 de junio, de Patrimonio Cultural Valenciano, se constituye por la presente orden una Comisión consultiva, formada por cinco miembros, adscrita a la Dirección General de Patrimonio Cultural en cuyo seno estarán representados los intereses implicados, y cuyo único objeto será prestar colaboración técnica, estudiar y propiciar en su caso la declaración como Bienes Inmateriales de Interes Cultural de aquellas Sociedades Musicales asociadas a la Federación de especial relevancia y significación para el patrimonio cultural valenciano.

Composición de esta Comisión :

- Un representante de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana

- Un representante de la conselleria competente en materia de escuelas de música y escuelas de educandos, bandas de música y sociedades musicales de la Comunitat Valenciana.

- Un representante del Instituto Valenciano de la Musica

- Dos representantes de la Dirección General de Patrimonio Cultural

- Actuará como Presidente y Secretario de la Comisión los que designe entre los mismos el/la titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural

Se tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración:

Antigüedad documentada de más de cien años.

Participación ciudadana, es decir la integración de las bandas de música en las fiestas locales, certámenes de reconocido prestigio, premios, intercambios y actividad musical comarcal.

Implicación en la sociedad en la que opera, es decir el número de socios y de músicos en proporción a la población del municipio en que se ubica.

Existencia de escuela de música o de educandos

Relevancia cultural del archivo documental de la sociedad

Poseer inmuebles o instrumentos musicales originales con carácter patrimonial relevante



Tercero

La gestión del patrimonio cultural protegido por esta declaración de Bien Inmaterial de Relevancia Local, corresponde a las propias Sociedades Musicales, bajo la supervisión de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana.

La Generalitat Valenciana y la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana fomentarán la difusión de este bien, garantizarán su estudio y documentación con criterios científicos, e incorporaran los testimonios disponibles a soportes materiales que garanticen su pervivencia.



Disposición adicional única



Inscripción en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano. La presente declaración queda inscrita en la Sección Quinta del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.



Disposición final única



La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Valencia, 12 de julio de 2011



La consellera de Turismo, Cultura y Deporte,

LOLA JOHNSON SASTRE









ANEXO I



Datos sobre el bien objeto de la declaración

1. Introducción

El fenómeno de las bandas civiles de música se extiende por todo el mundo aunque tiene su origen en la vieja Europa, en el tránsito del Antiguo Régimen y la Edad Contemporánea. Poco a poco, entre finales del XVIII y principios del XIX, las antiguas bandas de música militares, los ministriles de catedrales y colegiatas y otras formaciones se convirtieron en agrupaciones similares a las que hoy conocemos.

Sus orígenes militares o eclesiásticos han derivado, en la Comunitat Valenciana, en una tradición musical, especialmente en los pequeños municipios, que supuso, desde el siglo XIX, un contexto de ocio y de socialización de primer orden. La banda aportaba la posibilidad de completar los ingresos económicos de los integrantes, y facilitaba su desplazamiento para viajar a otras poblaciones, en unos tiempos en que cualquier viaje más allá de los límites municipales suponía un acontecimiento extraordinario.

En el territorio valenciano, por motivos que todavía no se conocen bien, las sociedades musicales arraigaron con mucho más vigor que en las otras zonas de España. También es cierto que la banda de música es una de las constantes de las fiestas valencianas de tipo religioso o civil. En una gran mayoría de pueblos y pequeñas ciudades de la Comunitat, la vida cultural gira en torno a la banda de música y a sus locales, que han servido de lugar de encuentro, escuela de música, ateneo, sala de exposiciones, biblioteca y memoria colectiva, que han conformado en muchos casos importantes fondos patrimoniales.

Un rasgo principal de las sociedades musicales es el voluntariado de sus participantes. La música se hace por afición y no por ánimo de lucro, y esa vocación genera una pasión y un conocimiento musical, que impregnan la vida no sólo de los participantes sino de sus comunidades locales. La música de bandas, que a menudo es una música en movimiento, a lo largo del espacio común, se convierte en un necesario paisaje sonoro que conforma la mayor parte de nuestras actividades rituales comunitarias. Se trata, sobre todo, de una música hecha por un grupo organizado, para una comunidad, y que se toca en los espacios y momentos más significativos para la colectividad.

No obstante, las bandas de la Comunitat Valenciana han interpretado siempre adaptaciones de música sinfónica, así como arreglos de zarzuela, y de un tiempo a esta parte se ha generado un importante repertorio concertístico, su música sigue estando protagonizada en buena medida por pasadobles, marchas, himnos, piezas devocionales y bailables de diverso tipo, como resultado de su integración en la vida popular y el calendario festero de cada municipio.

En la Comunitat Valenciana el fenómeno de las bandas de música tiene como principal representante a la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana, creada entre 1967 y 1968 para organizar las diferentes iniciativas de las bandas. La FSMCV representa a más de quinientas sociedades y es el rostro más visible de la música valenciana, con numerosos distinciones nacionales e internacionales a su labor de más de cuarenta años.

La Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano propone en su artículo 1.3 que también forman parte del patrimonio cultural valenciano, en calidad de Bienes Inmateriales del Patrimonio Etnológico, las Creaciones, conocimientos, técnicas, practicas y usos mas representativos y valiosos de las formas de vida y de la cultura tradicional valenciana.

Asimismo, forman parte de dicho patrimonio como bienes inmateriales las expresiones de las tradiciones del pueblo valenciano en sus manifestaciones, musicales, artísticas, gastronómicas o de ocio, y en especial aquellas que han sido objeto de transmisión oral y las que mantienen y potencian el uso del valenciano.

Precisamente, el fenómeno cultural de las sociedades musicales cumple con muchos de estos requisitos, puesto que supone por una parte la transmisión de unas técnicas, unos valores y unos conceptos musicales, y por otra parte forma parte de numerosas tradiciones, tanto festivas como rituales de la Comunitat Valenciana.

2. Denominación

La tradición musical popular valenciana materializada por las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana.

3. Ámbito territorial

La Comunitat Valenciana

4. Actores principales

Las sociedades musicales incluidas en el anexo II y especialmente las constituidas antes del siglo XX.

5. Descripción del bien

Las actividades que desarrollan en el ámbito de la cultura musical valenciana las sociedades musicales a través de las bandas, coros asociados, escuelas de música para la formación de los futuros integrantes de las bandas y las orquestas de cuerda, que en su caso existan.

Las sociedades musicales participan en las fiestas patronales u otras que estén arraigadas en la cultura de la localidad donde se ubican, bien sea en procesiones, pasacalles o conciertos, con su uniforme correspondiente y precedidas de los estandartes tradicionales. Igualmente su actividad se complementa con la participación en los certámenes organizados por la Generalitat, diputaciones, por la propia Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana, u otras entidades, así como por los tradicionales intercambios entre bandas de dos municipios diferentes.

También forman parte del bien protegido aquellos elementos físicos que conforman la historia de las propias sociedades musicales, especialmente sus archivos documentales y audiovisuales y los instrumentos musicales en activo o fuera de uso.

ANNEX II









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ANEXO II

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