Ficha disposicion

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Decreto 185/1985, de 23 de noviembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se modifica el Decreto 117/1985, de 23 de agosto, sobre adaptación de órganos colegiados a la nueva estructura y distribución competencial del Consell.



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Publicado en:  DOGV núm. 331 de 20.01.1986
Referencia Base Datos:  0081/1986
 



Decreto 185/1985, de 23 de noviembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se modifica el Decreto 117/1985, de 23 de agosto, sobre adaptación de órganos colegiados a la nueva estructura y distribución competencial del Consell.

El Decreto 117/1985, de 23 de agosto, del Consell de la Generalitat Valenciana, sobre adaptación de los órganos colegiados a la nueva estructura y distribución competencial del Consell, señala en su artículo segundo, letra c), que quedan modificados los artículos primero y segundo, disposición adicional y disposición transitoria del Decreto del Consell 145/1983, de 21 de noviembre, que regula la composición de los Patronatos Provinciales para la mejora del Medio Rural, determinando la nueva composición de la Junta Rectora de dichos Patronatos bajo la presidencia del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

Sin embargo, entre los Vocales de la mencionada Junta no figura el Director General de Arquitectura y Vivienda de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, omisión que parece importante puesto que la presencia de éste debe entenderse fundamental para la buena gestión de la Junta Rectora y, por ende, de los Patronatos para la Mejora del Me dio Rural por su directa relación con esa Dirección General.

Por ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.1 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, a propuesta del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y previa deliberación del Consell en sesión celebrada el día 23 de noviembre de 1985,

DISPONGO:

Artículo único

El artículo segundo, letra c), primero, punto 2, del Decreto del Consell 117/1985, de 23 de agosto, sobre adaptación de los órganos colegiados a la nueva estructura y distribución competencial del Consell, queda redactado del siguiente modo:

«Los Patronatos para la Mejora del Medio Rural estarán regidos por una única Junta Rectora, compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: el Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes o persona en quien delegue.

Vocales:

El Director General de Arquitectura y Vivienda de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes o persona en quien delegue.

Un representante con rango al menos de Director General de las Consellerías de Agricultura y Pesca, de Sanidad y Consumo y de Cultura, Educación y Ciencia.

El Director General de Administración Local de la Consellería de Administración Pública.

Un Diputado de cada una de las tres Diputaciones de la Comunidad Valenciana.

Los Jefes de los Servicios Territoriales de Arquitectura y Vivienda de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de Alicante, Castellón y Valencia, que actuarán con voz pero sin voto. Uno de ellos actuará como Secretario, a propuesta del Conseller».

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana

Valencia, a 23 de noviembre de 1985.

El Presidente de la Generalitat

JOAN LERMA I BLASCO

El Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes,

RAFAEL BLASCO I CASTANY

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