Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2022, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se estiman y desestiman los expedientes de las subvenciones destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, modalidades A y B, ejercicio 2022.



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Publicado en:  DOGV núm. 9381 de 12.07.2022
Número identificador:  2022/6343
Referencia Base Datos:  006313/2022
 



RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2022, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se estiman y desestiman los expedientes de las subvenciones destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, modalidades A y B, ejercicio 2022. [2022/6343]

Por la Orden 32/2017, de 26 de diciembre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, Modalidad A y B. (DOGV núm. 8201 / 29.12.17).

Por la Resolución de 8 de marzo de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, en sus modalidades A y B. (DOGV núm. 9296/11.03.2022; [2022/1996 y 2022/1997]).

Visto que se han desarrollado las actividades de instrucción por el órgano competente y se ha efectuado la valoración de las solicitudes por la comisión de valoración prevista en la base novena del anexo I de la Orden 32/2017, de 26 de diciembre, habiéndose comprobado la acreditación del cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el punto 1 de la base segunda de la citada orden, y habiéndose observado en todos sus trámites el procedimiento establecido, de acuerdo con el informe emitido por dicha comisión de valoración en fecha 10 de junio de 2022.

Vista la propuesta de resolución del jefe del Servicio de Producción Ecológica e Innovación de fecha 10 de junio de 2022, por la que se estiman y desestiman los expedientes de las subvenciones destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, modalidad A y B.

Vista la comunicación de abstención de 10 de junio de 2022 efectuada por el director general de Desarrollo Rural a tenor de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 8/2016, de 28 de octubre, de la Generalitat, de incompatibilidades y conflictos de intereses de personas con cargos públicos no electos en relación con el expediente que se relaciona a continuación:



Beneficiario / Núm. Expediente Actividad / Proyecto

Modalidad A Ayuda

Concedida

CERAI

G96284971

ESTAEA/2022/007 Una llavor a l'escola 3: Terra i paisatge, arrels i futur 22.339,93 euros

CERAI

G96284971

ESTAEB/2022/005 Municipis en saó II 24.458,78 euros





Vista la propuesta del secretario autonómico de Agricultura y Desarrollo Rural, de fecha 13 de junio de 2022, por la que se aceptan los motivos de abstención y se propone la avocación a la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica como titular de la competencia, y a la firma de la Resolución de concesión de estas ayudas.

Considerando lo manifestado los párrafos anteriores, y a tenor de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público por el que se establece que «Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente»,

Por todo lo antedicho, resuelvo:

Primero. Avocación

Avocarme la resolución de concesión de las subvenciones destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, modalidades A y B.



Segundo. Concesión de las ayudas

1. Aprobar la concesión de las subvenciones destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, modalidad A y B, a las entidades, y por los importes relacionados en el anexo I y Anexo II de la presente resolución:

– Anexo I: relación de entidades con los programas o proyectos examinados y evaluados conforme a los criterios de valoración establecidos en la Orden 32/2017, de 26 de diciembre, de la modalidad A, con indicación de las puntuaciones obtenidas y la cuantía económica concedida en concepto de subvención.

– Anexo II: relación de entidades con los programas o proyectos examinados y evaluados conforme a los criterios de valoración establecidos en la Orden 32/2017, de 26 de diciembre, de la modalidad B, con indicación de las puntuaciones obtenidas y la cuantía económica concedida en concepto de subvención.

2. De acuerdo con la Ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022, la dotación presupuestaria, con cargo a la partida presupuestaria 12.02.02, programa 542.20, línea S7294000, Estrategias agroecológicas de dinamización para emprendedores en el mundo rural, es de doscientos cincuenta mil euros (250.000 €), de los cuales el 70 por 100 se destinará a las subvenciones de la modalidad A, según lo dispuesto en la base decimoquinta apartado 1.a de la Orden 32/2017, de 29 de diciembre y que asciende a la cantidad de 175.000 €, y el 30 por 100 se destinará a las subvenciones de la modalidad B, según lo dispuesto en la base decimoquinta apartado 1.b de la Orden 32/2017, de 29 de diciembre y que asciende a la cantidad de 75.000 €.

El importe máximo de la subvención para cada proyecto de la modalidad A, no podrá ser superior a 60.000 euros.

El importe máximo de la subvención para cada proyecto de la modalidad B, no podrá ser superior a 25.000 euros.

3. El plazo máximo para la presentación de la documentación justificativa de la aplicación de la ayuda será en todo caso hasta el 15 de noviembre de 2022 según lo establecido en el apartado 7º de la base séptima de la Resolución de 8 de marzo de 2022, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

4. Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la Orden 32/2017, de 29 de noviembre, y en el resto de normativa de aplicación.



Tercero. No concesión de las ayudas

No conceder por desestimación las subvenciones destinadas a programas y proyectos educativos y de formación y divulgación para estrategias de dinamización agroecológicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, modalidad A y B, a las entidades, y por los motivos relacionados en el anexo III de la presente resolución.



Cuarto. Recursos

El presente acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o impugnarse directamente ante el orden jurisdiccional mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.



València, 1 de julio de 2022.– La consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica: Mireia Mollá Herrera.

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