Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2018, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se dispone la exclusión de la aspirante Rocío Palomino Alba de las pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior gestión de ingeniería técnica industrial, A2-09, sector administración especial, turno de acceso libre y turno de personas con diversidad funcional, convocatoria 19/15, correspondiente a la oferta de empleo público de 2015 para el personal de la Administración de la Generalitat.



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Publicado en:  DOGV núm. 8288 de 07.05.2018
Número identificador:  2018/4312
Referencia Base Datos:  004464/2018
 



RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2018, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se dispone la exclusión de la aspirante Rocío Palomino Alba de las pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior gestión de ingeniería técnica industrial, A2-09, sector administración especial, turno de acceso libre y turno de personas con diversidad funcional, convocatoria 19/15, correspondiente a la oferta de empleo público de 2015 para el personal de la Administración de la Generalitat. [2018/4312]



Por Orden 24/2016, de 21 de julio, de esta Conselleria (DOGV 7853, 18.08.2016) se convocaron pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior gestión de ingeniería técnica industrial, A2-09, sector administración especial, turno de acceso libre y turno de personas con diversidad funcional, convocatoria 19/15, correspondiente a la oferta de empleo público de 2015 para el personal de la Administración de la Generalitat.

Dentro de las condiciones generales de admisión de las personas aspirantes, la base 2.1.3 de la referida convocatoria exige hallarse en posesión del título universitario de Ingeniería Técnica Industrial, o bien, título universitario oficial de grado que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo, o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y disponer del certificado que lo acredite.

Por Resolución de 5 de octubre de 2017 (DOGV 8151, 18.10.2017) se elevó a definitiva la lista provisional de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas de la convocatoria 19/15.

Advertido del posible incumplimiento, por parte de la aspirante Rocío Palomino Alba, del requisito de titulación exigido en la convocatoria, el órgano técnico de selección, en aplicación de la base 9.2, reclamó a la aspirante afectada la aportación de la correspondiente documentación justificativa.

Dentro del plazo concedido en el requerimiento, Rocío Palomino Alba aporta copia compulsada del título de Ingeniería Técnica en Diseño Industrial.

A la vista de la titulación aportada, el órgano técnico de selección dictó propuesta de exclusión de la aspirante Rocío Palomino Alba del concurso-oposición de la convocatoria 19/15.

La propuesta argumenta que el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, creado por el Real decreto 1497/1987, de 27 de noviembre no establece la homologación del mencionado titulo de Ingeniería Técnica en Diseño Industrial con el título universitario de Ingeniería Técnica Industrial requerido por la convocatoria.

Vista la propuesta de exclusión formulada por el órgano técnico de selección y la propuesta de resolución de la Dirección General de Función Pública, de conformidad con la base 9.2 de la Orden de convocatoria, resuelvo:

Excluir a la aspirante Rocío Palomino Alba del procedimiento de las pruebas selectivas de la convocatoria 19/15, cuerpo superior de gestión de ingeniería técnica industrial, al no haber acreditado, previo requerimiento, el cumplimiento del requisito de titulación establecido en la base 2.1.3 de la convocatoria.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de València o aquel en cuya circunscripción tenga su domicilio la interesada, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme disponen los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro que se estime procedente.



València, 27 de abril de 2018.– La consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas: Gabriela Bravo Estanislao.

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