CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 12 de abril de 2017, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para el ejercicio 2017, el Programa de incentivos a la contratación de personas jóvenes cualificadas por entidades locales, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Texto | Texto2 | |
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Publicado en: | DOGV núm. 8035 de 09.05.2017 | |
Número identificador: | 2017/3640 | |
Referencia Base Datos: | 003958/2017 | |
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Análisis jurídico
Texto Texto Texto2 Fecha de entrada en vigor: 12.04.2017 Esta disposición afecta a: Corrige a: -
Análisis documental
Texto Texto Texto2 Origen disposición: Servicio Valenciano de Empleo y Formación Grupo Temático: ayudas Materias: Empleo y formación profesional
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 12 de abril de 2017, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para el ejercicio 2017, el Programa de incentivos a la contratación de personas jóvenes cualificadas por entidades locales, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
[2017/3640]
Advertido error en el resuelvo quinto de la Resolución de 12 de abril de 2017, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para el ejercicio 2017, el Programa de incentivos a la contratación de personas jóvenes cualificadas por entidades locales, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8022, de 19 de abril de 2017, se procede a su corrección.
Donde dice:
«Quinto. Hecho subvencionable y cuantía de la subvención
1. Resultará objeto de subvención la contratación a jornada completa, durante un periodo de siete o doce meses y bajo la modalidad del contrato en prácticas, de las personas jóvenes a que hace referencia el resuelvo cuarto.
2. El importe de la subvención por cada contratación se determinará en función del grupo de cotización que corresponda a cada trabajador y de la duración del contrato, según se detalla en el anexo.
3. El beneficiario deberá aplicar, a la actuación subvencionada, el exceso de la subvención sobre el coste real que pudiera producirse»;
Debe decir:
«Quinto. Hecho subvencionable y cuantía de la subvención
1. Resultará objeto de subvención la contratación a jornada completa, durante un periodo de siete o doce meses y bajo la modalidad del contrato en prácticas, de las personas jóvenes a que hace referencia el resuelvo cuarto.
2. El importe de la subvención por cada contratación se determinará en función del grupo de cotización que corresponda a cada trabajador y de la duración del contrato, según se detalla en el anexo».
València, 27 de abril de 2017. El director general del SERVEF: Enric Nomdedéu i Biosca.