Ficha disposicion

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DISPOSICIÓN NO VIGENTE. Decreto de la Presidencia del Consell del País Valenciano, por el que se describe la Bandera y el Emblema del Consell del País Valenciano.



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Publicado en:  DOGV núm. 7 de 30.05.1979
Referencia Base Datos:  0022/1979
 



Decreto de la Presidencia del Consell del País Valenciano, por el que se describe la Bandera y el Emblema del Consell del País Valenciano.

I) DESCRIPCION DE LA BANDERA DEL CONSELL DEL PAIS VALENCIANO.

En desarrollo del acuerdo adoptado por el Pleno del Consell del País Valenciano de 24 y 25 de abril de 1979 con respecto a la bandera representativa de el Organo de Gobierno autónomo del País Valenciano dispongo:

1) DESCRIPCION.- La bandera es rectangular figurando sobre ella y en sentido normal a la vaina, cuatro barras rojas sobre fondo amarillo. En el centro de la misma y normal a las barras figurará a ambos lados el emblema oficial del Consell, aprobado el pasado 17 de junio de 1978.

2) DIMENSIONES.- Las dimensiones normales de la bandera, ajustadas a las Normas Internacionales vigentes mantienen las siguientes proporciones:

Ancho (vaina) A

Largo 5/3 de A

Ancho de barras 1/9 de A

Alto del emblema 2/3 de A

El emblema en sus vértices extremos superior e inferior distará de los extremos de la bandera una distancia de 1/6 de A, de modo que coincidan estos a la mitad de las barras rojas exteriores. El centro de las diagonales de la bandera coincidirá con la cruz griega del yelmo o cimera del emblema.

En los gallardetes y pendones como variante decorativa de la bandera para usos oficiales, el emblema se dispondrá centrado y paralelo a las barras, siendo de anchura (1/2 H) un tercio de la anchura del gallardete.

3) TAMAÑO Y USOS DE LA BANDERA.- Para usos oficiales tanto de organismos dependientes del Consell como otras entidades las banderas se ajustarán a los siguientes tipos y tamaños:

TIPOS ANCHO LARGO (en mm.)



1 2700 4000

2 1800 3000

3 1600 2500

4 1250 2000

5 900 1500



Los tipos 1 y 2 se recomiendan para exteriores de edificios públicos y locales de altura superior a 7 m.

El tipo 3 para presidir o engalanar salones y despachos de altura comprendida entre 3,5 y 5 m.

El tipo 4 para despachos oficiales de altura inferior.

El tipo 5 en usos oficiales se utilizaría para engalanar la vía pública y similares.

II) DESCRIPCION DEL EMBLEMA

Conforme a lo previsto en el Art. 3 del Decreto de aprobación del emblema del Consell del País Valenciano, el diseño del emblema para la bandera se ajustará a las normas siguientes:

1) DESCRIPCION.- El emblema se compone en sentido vertical y ascendente de los elementos siguientes:

a) Escudo inclinado 30º sobre la normal y hacia la derecha, de oro, con cuatro palos iguales.

b) Timbre: Yelmo de plata con una cruz griega a su derecha y mantelete que cuelga en color azul turquesa forrado a la vuelta en bermellón y con la cruz de Iñigo Arista en blanco festoneada de rojo; sobre el yelmo una cimera compuesta por la corona Real medieval rematada por un dragón rampante de color oro viejo.

2) DIMENSIONES.- Inscribiendo el emblema en un rectángulo la anchura del mismo será igual a un medio de su altura (II).

La cruz del yelmo coincidirá con la intersección de las diagonales del rectángulo y dividiendo la altura de este en tres partes iguales en la superior quedará inscrito el dragón, en la central el yelmo y mantelete y en la inferior el escudo.

3) OTROS DETALLES.- La inserción del escudo en la bandera llevará un festón o ribete de color blanco de una anchura no superior a un tercio del ancho de barra del escudo.

La corona en su base se adorna con tres rubies al centro y extremos y dos esmeraldas entre estos. El color de la corona será el oro de fondo del escudo.

La cara interna del yelmo será negra.

Lo que se publica para general conocimiento.

Valencia, a 30 de abril de 1979.

El Presidente del Consell

JOSE LUIS ALBIÑANA OLMOS

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