Ficha disposicion

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Presidencia de la Generalitat. RESOLUCION de 4 de enero de 2020, de la Secretaría Autonómica de Comunicación, por la cual se suspende cautelarmente el procedimiento de adjudicación de 31 licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial en la Comunidad Valenciana, convocado por resolución de fecha 9 de noviembre de 2011 de la Conselleria de Presidencia y Vicepresidencia del Consell.



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Publicado en:  DOGV núm. 8736 de 10.02.2020
Número identificador:  2020/1071
Referencia Base Datos:  001371/2020
 



RESOLUCION de 4 de enero de 2020, de la Secretaría Autonómica de Comunicación, por la cual se suspende cautelarmente el procedimiento de adjudicación de 31 licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial en la Comunidad Valenciana, convocado por resolución de fecha 9 de noviembre de 2011 de la Conselleria de Presidencia y Vicepresidencia del Consell. [2020/1071]

Vista la Sentencia número 596/2019, del Tribunal de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo contencioso administrativo, Sección Primera, por la cual se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Radio Amanecer, contra el Acuerdo del Consejo de 8 de julio de 2016 (DOGV 18.07.2016), que dispuso la renuncia a la adjudicación de 31 licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora en olas métricas convocada por resolución de fecha 9 de noviembre de 2011 de la Conselleria de Presidencia y Vicepresidencia del Consejo.

Visto que antes, el concurso para la adjudicación de concesiones para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial en la Comunidad Valenciana, convocado por Resolución de 23.02.2007, de la Subsecretaría de Presidencia (DOGV 27.02.2007), fue declarado desierto por Resolución de 08.09.2011, de la Conselleria de Presidencia y Vicepresidencia del Consell (DOGV 27.02.2007).

Visto que la parte dispositiva de la mencionada Sentencia declara nulo el acuerdo del Consell de 8 de julio de 2016 y ordena la retroacción de actuaciones al momento previo a la resolución impugnada.

Viste que a consecuencia del mencionado acuerdo del Consell se va a dictar la Resolución de 9 de mayo de 2018, de la Secretaría Autonómica de Comunicación, por la cual se convocó concurso público para el otorgamiento de 31 licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Valenciana.

Visto que al amparo de la mencionada resolución se va a constituir la correspondiente comisión de valoración que tiene que proponer a la persona titular de la Secretaría Autonómica de Comunicación la adjudicación de las licencias y que actualmente está ejerciendo sus funciones valorativas.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de junio, del poder judicial, que establece que las sentencias serán ejecutables en sus propios términos.

Dado que razones de orden público, de eficacia, economía de medios y de seguridad jurídica aconsejan suspender el procedimiento convocado por la mencionada Resolución de 9 de mayo de 2018.

Atendiendo a que, de continuar el procedimiento, y si la mencionada Sentencia adquiere firmeza, podrían crearse expectativas de derecho de los solicitantes adjudicatarios que se verían truncadas con posterioridad, lo cual produciría eventuales responsabilidades.

Atendiendo a la base trece de la aludida Resolución de 9 de mayo de 2018, que determina que la competencia para el otorgamiento de las 31 licencias convocadas corresponde a la Secretaría Autonómica de Comunicación.

Vistas las disposiciones y consideraciones citadas, y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 1/2006, de 19 de abril, del sector audiovisual, y el Decreto 4/2017, de 20 de enero, por el que se regulan los servicios y el Registro de Prestadores de Comunicación Audiovisual de la Comunitat Valenciana, resuelvo:

Suspender cautelarmente el procedimiento regulado por Resolución de 9 de mayo de 2018, de la Secretaría Autonómica de Comunicación, por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de 31 licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunitat Valenciana, incluyendo las actuaciones de la correspondiente comisión de valoración.



València, 4 de febrero de 2020.– La secretaria autonómica de Comunicación: Blanca Marín Ferreiro.

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