Ficha disposicion

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Extracto de la Resolución de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de reforma interior de vivienda, Plan Renhata.



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Publicado en:  DOGV núm. 8482 de 08.02.2019
Número identificador:  2019/1206
Referencia Base Datos:  001303/2019
 



Extracto de la Resolución de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de reforma interior de vivienda, Plan Renhata. [2019/1206]

BDNS (identif.): 438636.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans



Primero. Objeto

Convocar para el ejercicio 2019 las subvenciones reguladas en la Orden 1/2018, de 12 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de reforma interior de vivienda, Plan RENHATA (DOGV número 8257, de 20.03.2018).



Segundo. Bases reguladoras

Las bases reguladoras se contienen en la Orden 1/2018, de 12 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, Plan RENHATA, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 20 de marzo de 2018.



Tercero. Financiación de las ayudas

1. La financiación de las subvenciones se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.02.01.431.10, de la línea S8267000 «Fomento de la calidad de la vivienda de la Comunitat Valenciana» del Capítulo VII de los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2019.

2. La cuantía total máxima de las ayudas a conceder en el ejercicio 2019 será inicialmente de 2.950.000,00 euros. Dicho importe se estima según la disponibilidad presupuestaria de la línea referida.

No obstante si se cumplen alguno de los supuestos previstos en el artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el importe anterior se podrá aumentar o disminuir mediante resolución de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio. Dicha resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana previamente a la resolución de concesión de las ayudas.

3. La efectividad de la cuantía adicional a la que se refiere el apartado 2 queda condicionada a la disponibilidad efectiva del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones.



Cuarto. Partes beneficiarias y condiciones de la concesión de las ayudas

1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva.

2. Podrá ser beneficiaria de estas subvenciones cualquier persona física, que sea propietaria, usufructuaria o arrendataria de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana.

3. Las obras deberán estar finalizadas en el momento de la solicitud de las ayudas.

4. Las obras deberán haberse iniciado con posterioridad al día uno de enero de 2018 y deberán haberse finalizado entre el 2 de julio de 2018 y el 15 de mayo de 2019.



Quinto. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes

1. El plazo para la presentación de la solicitud se iniciará a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el día 15 de mayo de 2019, inclusive. El incumplimiento del plazo de solicitud determinará automáticamente la exclusión de la convocatoria.

2. La presentación y procedimiento de tramitación será telemático, y se realizará según se establece en la base Décima de la Orden 1/2018, de 12 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, sin perjuicio de lo que dispone la legislación reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.



Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes

Las solicitudes presentadas se baremarán de acuerdo con lo dispuesto en la base Undécima de la Orden 1/2018, de 12 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas.



València, 6 de febrero de 2019.– La consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio: María José Salvador Rubert.

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