CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020.
Texto | Texto2 | |
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Publicado en: | DOGV núm. 8480 de 06.02.2019 | |
Número identificador: | 2019/1098 | |
Referencia Base Datos: | 001202/2019 | |
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Análisis jurídico
Texto Texto Texto2 Fecha de entrada en vigor: 28.12.2018 Esta disposición afecta a: Corrige a: -
Análisis documental
Texto Texto Texto2 Origen disposición: Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Grupo Temático: Contratación administrativa Materias: Asistencia social Descriptores: Temáticos: acción concertada
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020. [2019/1098]
Se han advertido errores materiales en la Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8467, de 18 de enero de 2019, por eso, de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se enmiendan y rectifican los errores mencionados.
Primero
Rectificar el error detectado en el artículo 18. Concretamente, se corrige el punto 1 del artículo 18 de la citada resolución en el siguiente sentido:
Donde dice: «Los conciertos sociales, producto de los acuerdos de acción concertada, se formalizarán en un documento administrativo, de acuerdo con el modelo fijado como anexo X y XI, dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución de concesión.»
Debe decir: «Los conciertos sociales, producto de los acuerdos de acción concertada, se formalizarán en un documento administrativo, de acuerdo con el modelo fijado como anexo X, dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución de concesión.»
Segundo
Rectificar los errores detectados en el anexo de condiciones técnicas II. Concretamente, se corrigen el punto 1 (Definición y objeto), de dicho anexo en el siguiente sentido:
Segundo
Rectificar los errores detectados en el anexo de condiciones técnicas II. Concretamente, se corrigen el punto 4.1 (Módulo económico), de dicho anexo en el siguiente sentido:
Tercero
Rectificar los errores detectados en el anexo de condiciones técnicas IV. Concretamente, se corrigen el punto 4.1 (Módulo económico y documentación justificativa) de dicho anexo en el siguiente sentido:
Donde dice:
«4.1. Para las unidades externas de emancipación, el módulo se ha calculado por provincia. Los importes para cada una de las tres provincias, por anualidad, serán los que se muestran en la siguiente tabla:»
LOTE PROVINCIA IMPORTE ANUAL 2019
I CASTELLÓN 91.390,62
II VALENCIA 228.544,15
III ALICANTE 197.018,37
Debe decir:
«4.1. Para las unidades externas de emancipación, el módulo se ha calculado por provincia. Los importes para cada una de las tres provincias, por anualidad, serán los que se muestran en la siguiente tabla:»
LOTE PROVINCIA IMPORTE ANUAL
2019 IMPORTE ANUAL
2020
I CASTELLÓN 91.390,62 93.935,40
II VALENCIA 228.544,15 235.199,64
III ALICANTE 197.018,37 202.687,44
Cuarto
Rectificar los errores detectados en el anexo de condiciones técnicas VI. Concretamente, se corrigen el punto 4.1 (Módulo económico-cáculo) de dicho anexo en el siguiente sentido:
Donde dice:
«Teniendo en cuenta además que se han estimado un total máximo de 1020 actuaciones para cada ejercicio 2019 y 2020, el cuadro de módulos económicos a aplicar con arreglo a la tipología de actuaciones descritas en el apartado del presente anexo, es el siguiente:»
TIPO ACTUACIÓN MÓDULO POR ACTUACIÓN (IVA INCLUIDO)
2019 2020
PSICOLÓGICA 782,52 805,71
SOCIAL 533,74 549,56
PSICOSOCIAL 658,13 677,63
Debe decir:
«Teniendo en cuenta además que se han estimado un total máximo de 1020 actuaciones para cada ejercicio 2019 y 2020, el cuadro de módulos económicos a aplicar con arreglo a la tipología de actuaciones descritas en el apartado del presente anexo, es el siguiente:»
TIPO ACTUACIÓN MÓDULO POR ACTUACIÓN
2019 2020
PSICOLÓGICA 782,52 805,71
SOCIAL 533,74 549,56
PSICOSOCIAL 658,13 677,63
València, 4 de febrero de 2019. La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas: Mónica Oltra Jarque.