Ficha disposicion

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Ayuntamiento de L'Eliana. Anuncio de información pública de la aprobación del informe ambiental y territorial estratégico, en el procedimiento simplificado para la tramitación de la modificación de las normas urbanísticas del Plan parcial del sector SUZI-1.



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Publicado en:  DOGV núm. 9482 de 01.12.2022
Número identificador:  2022/10863
Referencia Base Datos:  010864/2022
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Ayuntamiento
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: Plan de urbanismo, Administración local
      Descriptores toponímicos: l'Eliana



Anuncio de información pública de la aprobación del informe ambiental y territorial estratégico, en el procedimiento simplificado para la tramitación de la modificación de las normas urbanísticas del Plan parcial del sector SUZI-1. [2022/10863]

Salvador Torrent Català, alcalde-presidente del Ayuntamiento de l'Eliana, Valencia, hace saber: de conformidad con el artículo 53, del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunidad Valenciana, el cual establece la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del informe ambiental y territorial estratégico, se hace público el siguiente informe ambiental y territorial estratégico, acordado por la Junta de Gobierno Local, en sesión del día 7 de noviembre de 2022, cuya parte resolutiva establece:



«Primero. Emitir informe ambiental y territorial estratégico favorable en el procedimiento simplificado de evaluación ambiental y territorial estratégica de la modificación de las normas urbanísticas del plan parcial del sector SUZI-1, por considerar que no tiene efectos significativos en el medio ambiente, correspondiendo continuar la tramitación de la modificación propuesta, conforme a la legislación vigente y los informes emitidos al respecto.

Segundo. Según establece el artículo 53.6 del TRLOTUP, el informe ambiental y territorial estratégico perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si una vez publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, no se hubiera procedido a la aprobación de la modificación del plan, en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación. En tal caso, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental y territorial estratégica simplificada de la modificación.

Tercero. Publicar el presente acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, indicando que, por no ser un acto definitivo en vía administrativa, no cabe recurso alguno contra la misma, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o contenciosoadministrativa frente al acuerdo de aprobación del instrumento de planeamiento.

Cuarto. Notificar el presente acuerdo a los interesados, en su caso.

Quinto. Seguir en el expediente el procedimiento y trámites legalmente establecidos por el ordenamiento jurídico vigente y de aplicación.»



Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, contra el presente acuerdo, no cabe la interposición de recurso, por tratarse de un acto de trámite.



L'Eliana, 8 de noviembre 2022.– El alcalde-presidente: Salvador Torrent Català.

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