Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2019, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo, de naturaleza funcionarial, cuya gestión está atribuida a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.



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Publicado en:  DOGV núm. 8678 de 15.11.2019
Número identificador:  2019/10628
Referencia Base Datos:  009804/2019
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: relación de puestos de trabajo, Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública



RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2019, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo, de naturaleza funcionarial, cuya gestión está atribuida a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. [2019/10628]

Los puestos de naturaleza funcionarial de gestión sanitaria de la conselleria competente en materia de sanidad, cuya gestión se asignaba tradicionalmente a la conselleria con competencias en materia de función pública y que compete en la actualidad a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, en virtud de su atribución normativa progresiva, son los correspondientes al personal propio de tres colectivos:

I. La Inspección de Servicios Sanitarios.

II. Salud Pública

III. Los puestos con requisito de licenciatura o diplomatura sanitaria, adscritos tanto a los Servicios Centrales como a las direcciones territoriales de la conselleria competente en materia de sanidad.

La naturaleza funcionarial de estos puestos determina que la normativa de aplicación a los mismos sea la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana (LOGFPV), desarrollada en esta materia por el Decreto 56/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el que se establecen los criterios generales para la clasificación de los puestos de trabajo y el procedimiento de elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat.

La LOGFPV configura las relaciones de puestos de trabajo (RPT) como un instrumento técnico a través del cual la Administración organiza, racionaliza y ordena su personal para una eficaz prestación del servicio público. Este instrumento con el que cuenta la Administración para la finalidad indicada, de conformidad con la LOGFPV, incluye en relación con los puestos que contiene su número; denominación; naturaleza jurídica, clasificación profesional, retribuciones complementarias, forma de provisión, adscripción orgánica, localidad; requisitos para su provisión, méritos, en su caso, y cualquier otra circunstancia relevante para su provisión.

Como particularidad, dada la atribución de la gestión de determinados puestos funcionariales a la conselleria competente en materia de sanidad, es esta también la competente para la elaboración, tramitación, aprobación y publicación de estas relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo tanto con la LOGFPV como con la normativa vigente en materia de transparencia en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

El antecedente de la presente resolución se encuentra en la de 9 de enero de 2018, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 8214, 17.01.2018), por la que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo, de naturaleza funcionarial, cuya gestión está atribuida a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, respecto de la que cabe destacar que simplificó en materia funcional la anterior relación de puestos de trabajo, introdujo las modificaciones procedentes en relación con el complemento específico, derivadas de la modificación de las tablas retributivas, matizó la denominación de determinados puestos de la Dirección General de Salud Pública en base a su adscripción territorial, reflejó la ejecución de la sentencia judicial firme que modificaba la forma de provisión de los puestos de coordinador/a de Salud Pública e incorporó los diferentes expedientes de modificación de plantilla tramitados desde la publicación de las relaciones de puestos de trabajo previas.

Desde la fecha de entrada en vigor de la precedente RPT, han concurrido circunstancias de distinta índole en el ámbito de la conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública que han motivado la adopción de modificaciones tanto normativas como administrativas, las cuales han influido en el contenido de las RPT previamente aprobadas y deben ser reflejadas en este instrumento de planificación de puestos. Este hecho, junto con el tiempo transcurrido desde la aprobación de la anterior RPT, justifica la aprobación mediante la presente resolución de una nueva, concretándose las modificaciones que la presente RPT incorpora, fundamentalmente en las siguientes:

– El Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, vigente en el momento de la aprobación de la anterior relación de puestos de trabajo funcionariales de la citada conselleria, que fue aprobado mediante Decreto 37/2017, de 10 de marzo, del Consell; fue derogado por el Decreto 93/2018, de 13 de julio, del Consell, por el que se aprueba el actual Reglamento orgánico y funcional de la conselleria, debiendo destacarse como principal modificación introducida en la organización y funcionamiento de este departamento del Consell, a los efectos de la elaboración de la presente RPT, la reestructuración de la Dirección General de Recursos Humanos y Económicos, que se divide en dos direcciones generales, competentes cada una en una de estas dos materias. Ello introduce una adscripción orgánica de determinados puestos en diferentes direcciones generales, clasificación distinta que procede reflejar en la nueva RPT.

– Corresponde aprobar una RPT que contenga denominaciones de puestos coherentes con las funciones que se realizan actualmente por lo que se refiere a diversos puestos del ámbito de la salud pública, así como que refleje sus respectivos complementos retributivos de forma coincidente y no discriminatoria. En este sentido, debe figurar en la RPT actual la resolución de un expediente de modificación de plantilla en virtud del cual ha tenido lugar la homogeneización de las denominaciones de distintos puestos de médico de salud pública, técnico de laboratorio de microbiología, técnico de laboratorio de química, técnico de seguridad alimentaria y enfermero de salud pública, algunos de los cuales incluían un complemento T1 y otros un complemento T2 tratándose de denominaciones equivalentes. Esta unificación de denominaciones, que ha implicado la supresión de los conceptos T1 y T2, ha supuesto igualmente un ajuste de la clasificación retributiva de este tipo de puestos, equiparándose económicamente la cuantía del complemento específico de los puestos denominados hasta el momento T2 a la del correspondiente a los puestos T1. Se pone así fin a un agravio comparativo en la clasificación de estos puestos de trabajo, derivado de la evolución y agrupación de los catálogos originariamente gestionados tanto por la conselleria competente en materia de función pública, como por la de sanidad.

– A finales del año 2017 se produjo la creación de diversos puestos de naturaleza funcionarial de técnico superior de administración sanitaria, adscritos a distintas direcciones generales de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, en los Servicios Centrales de la misma. Estos nuevos puestos no se incluyeron en la anterior RPT debido a su fecha de creación, debiendo incorporarse a la actual RPT funcionarial, en la que se procede a determinar expresamente su clasificación en el correspondiente cuerpo y, en su caso, escala de Administración general sanitaria de la administración de la Generalitat.

– Para poder llevar a cabo la adecuada y transparente planificación de las necesidades de recursos humanos y para posibilitar la ejecución de los procesos de provisión de puestos, así como de los oportunos procesos selectivos en la correspondiente oferta de empleo público, se hace imprescindible la actualización periódica de las RPT, de modo que sean un fiel reflejo de la clasificación de los puestos de trabajo de naturaleza funcionarial cuya gestión está atribuida a esta conselleria, así como de su adscripción a su vigente estructura organizativa.

– Desde la publicación de las anteriores RPT se han tramitado distintos expedientes de modificación de plantillas, a consecuencia de los cuales se han producido tanto amortizaciones de distintos puestos de trabajo como la creación de nuevos puestos o la reconversión de los mismos, mediante la introducción de cambios en las características del puesto que configuran el contenido de las RPT. Todos estos expedientes han quedado igualmente reflejados en las actuales relaciones de puestos.

– Finalmente, se encuentran declarados a amortizar tanto los puestos del cuerpo de farmacéutico titular, declarados a extinguir por la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, de salud pública de la Comunitat Valenciana, como otros puestos por razones organizativas, así como, de manera singularizada, aquellos puestos respecto de los cuales no existe correspondencia con el grupo de titulación.

La Dirección General de Presupuestos de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico ha informado favorablemente sobre la existencia de dotación presupuestaria de los puestos de trabajo contenidos en la presente resolución.

Las RPT han sido negociadas en la Mesa Sectorial de Sanidad celebrada el día 1 de octubre de 2019.

Por todo lo expuesto anteriormente, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 9.2 de la LOGFPV, resuelvo:



Primero

Aprobar las relaciones de puestos de trabajo de naturaleza funcionarial cuya gestión está atribuida a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, contenidas en los anexos siguientes.

Anexo I: Inspección de Servicios Sanitarios

Anexo II: Salud Pública

Anexo III: Servicios centrales y direcciones territoriales



Segundo

Publicar las citadas relaciones en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Tercero

La presente resolución tendrá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de su notificación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo que corresponda, según dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con los artículos 8.2.a, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o cualquier otro recurso que se estime conveniente para la defensa de sus intereses.



València, 24 de octubre de 2019.– La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública: Ana Barceló Chico.

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