Ficha disposicion

Ficha disposicion





RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2019, de la Universitat de València, por la que se hace la oferta pública de tres plazas de investigador o investigadora doctores júniores de este organismo con contrato laboral temporal. Proyecto: «Desigualdad económica y movilidad social en la Europa mediterránea



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 8674 de 11.11.2019
Número identificador:  2019/10501
Referencia Base Datos:  009625/2019
 

  • Análisis documental

    Texto
    Texto Texto2
    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1



RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2019, de la Universitat de València, por la que se hace la oferta pública de tres plazas de investigador o investigadora doctores júniores de este organismo con contrato laboral temporal. Proyecto: «Desigualdad económica y movilidad social en la Europa mediterránea (siglos XIII-XVI). CPI-19-386». Programa Prometeo para grupos de investigación de excelencia de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. (GVPROMETEO2019-072) [2019/10501]

El Rectorat de la Universitat de València, haciendo uso de las atribuciones que le atribuye el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, resuelve:



Hacer oferta pública de tres plazas de investigador o investigadora doctores júniores de acuerdo con las siguientes bases.



Primera. Requisitos generales de los aspirantes

1.1. Tener nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro o ser de cualquiera de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos en que dicha legislación está definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, en este caso deberán presentar el resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.

Así mismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.

1.2. Tener cumplidos 16 años el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

1.3. Poseer la titulación académica que figura en el anexo I.

Cuando la categoría que se solicite sea la de doctorado, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación, de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o del certificado de equivalencia al nivel académico de doctorado expedido por la universidad que la otorgue. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

Cuando la categoría que se solicite sea la de titulado superior, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se podrá sustituir este requisito, siempre y cuando la titulación se presuma por el órgano convocante equivalente a la exigida en la convocatoria, por el de acreditar haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento, rescindiéndose el contrato si la autoridad competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

1.4. Cuando en el anexo I se exija como requisito un nivel de idioma, los cursos reconocidos son los contemplados en la Tabla de Equivalencias de acreditación de L2 de la UV, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno (ACGUV) 45/2013, actualizado por el ACGUV 169/2013, actualizada por la Comissió de Llengües L2 de 2 de diciembre de 2015.

1.5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

1.6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración o trabajo público. En el caso de aspirantes de nacionalidad no española, deberán acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impide en su caso, el acceso a la función pública o, en defecto, copia de la solicitud de emisión, sin perjuicio de declaración jurada por parte de los interesados.



Todos estos requisitos deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.



Segunda. Solicitudes

2.1. Las personas interesadas que reúnan los requisitos generales y los señalados en el anexo I, deberán presentar la solicitud, junto con el currículo y los documentos que acrediten los méritos alegados, dirigida a M. José Carbonell Boria, directora del Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques, Facultat de Geografia i Història de la Universitat de València, avenida Blasco Ibáñez, número 28, 46010 València, en el Registre de la Gerència de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, bajo, 46010 Valencia), a través de cualquier otro registro auxiliar de los centros universitarios o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Las instancias presentadas en las oficinas de Correos deben cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de servicios de Correos: la solicitud se debe presentar en sobre abierto, para que el/la empleado/a la selle, y debe aparecer con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerlo así, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta universidad.



2.2. Como instancia, se utilizará el modelo que facilita el Servei de Recursos Humans del Personal d'Administració i Serveis (RH-PAS) de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia). También habrá una copia en la página web http://www.uv.es/pasinvest.



2.3. El plazo de presentación de las instancias será de diez días naturales a partir del siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).



Tercera. Documentación que se debe presentar

Junto con la solicitud, las personas interesadas deberán presentar la siguiente documentación:

3.1. Una fotocopia del documento nacional de identidad. Las personas que no tengan la nacionalidad española pero sí el derecho a participar en estas pruebas, han de presentar fotocopia del NIE o del documento que acredite su nacionalidad.

3.2. Fotocopia del título académico o resguardo de haber abonado los derechos de expedición. En caso de titulaciones extranjeras, será necesario acreditar la homologación o equivalencia correspondiente o haber iniciado los trámites para la misma.

3.3. Curriculum vitae, que acredite los méritos con documentos fotocopiados. No es necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados; siendo suficiente la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.

3.4. Tres meses después que haya finalizado el proceso de selección y se publique la propuesta de contratación en la página web http://www.uv.es/pasinvest, los interesados podrán solicitar la devolución de los currículos al Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques, Facultat de Geografia i Història de la Universitat de València. Transcurridos seis meses, los currículos que queden en este servicio serán destruidos.



Cuarta. Sistema selectivo

4.1. El sistema selectivo consistirá en la valoración del currículo de los aspirantes por la comisión evaluadora que figura en el anexo IV, los cuales serán valorados por esta, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo III. Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

4.2. La comisión puede, de considerarlo oportuno, realizar una entrevista a los aspirantes. El número de aquellos que pasen a la fase de entrevista, que será eliminatoria, se determinará por criterio de la comisión evaluadora.

4.3. Finalizado el proceso selectivo, se publicará la baremación de los aspirantes, la propuesta de contratación y la resolución en el tablón de anuncios del Servei de Recursos Humans i Personal d'Administració i Serveis (RH-PAS) y en la página web http://www.uv.es/pasinvest.

4.4. De esta convocatoria se podría establecer que los participantes de la misma constituyan una bolsa de trabajo.

4.5. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que valorados los méritos y, en su caso, realizada la entrevista, el perfil de los candidatos mejor puntuados no se ajusta en su totalidad al perfil de la plaza y a las necesidades del proyecto.



Quinta. Comisión evaluadora

5.1. La comisión evaluadora es la que figura en el anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros de esta comisión deberán abstenerse de intervenir cuando se encuentren en alguna circunstancia de las fijadas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

La presidencia podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en las circunstancias establecidas en los artículos mencionados.

5.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, y todo aquello que se deba hacer en los casos no previstos.

5.4. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en cada momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

5.5. Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques, Facultat de Geografia i Història de la Universitat de València.



Sexta. Información sobre los datos recogidos

6.1. Los datos personales subministrados en esta convocatoria se incorporarán a los sistemas de información de la Universitat de València que procedan, con la finalidad de gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las pruebas selectivas de conformidad con lo establecido en la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades,modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril.

6.2. El tratamiento de los datos relacionados con la gestión de esta convocatoria corresponde a la Universitat de València, Delegació Acadèmica del Rectorat per la Protecció de Dades en la Universitat de València (ed. Rectorat, av. Blasco Ibáñez, 13, València 46010, lopd@uv.es).

6.3. Se prevén las siguientes comunicaciones de datos personales sin conocimiento del afectado/a:

– Publicación de las diferentes resoluciones en el tablón oficial de la Universitat de València. Adicionalmente, a efectos informativos, podrá publicar-se la resolución en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya dirección es: http://www.uv.es/pasinvest.

6.4. Los datos se conservarán y serán en su caso cancelados de acuerdo con los siguientes criterios:

– Los datos de los aspirantes se conservarán indefinidamente mediante la publicación de las resoluciones de las diferentes fases.

6.5. Las persones que proporcionan datos tienen derecho a solicitar al responsable del tratamiento el acceso a sus datos personales, y a su rectificación o supresión, o la limitación de su tratamiento, o a oponerse el tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos. Las persones interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, mediante el envío de un correo electrónico dirigido a lopd@uv.es remitido desde direcciones oficiales de la Universitat de València, o bien mediante escrito acompañado de copia de un documento de identidad y, en su caso, documentación acreditativa de la solicitud, dirigido a la Delegació Acadèmica del Rectorat per la Protecció de Dades en la Universitat de València.

6.6. La autoridad de control competente para la tutela de los derechos en relación con los tratamientos realizados por la Universitat de València es la Agencia Española de Protección de Datos,. Calle Jorge Juan, 6 (28001 Madrid).

Página web: https://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php

6.7. Pueden consultar nuestras políticas de privacidad en:

https://www.uv.es/uvweb/universitat/ca/politica-privacitat/responsable-identificacio-titular-web-funcions-1285919116693.htm



Séptima. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.

Contra los actos de la comisión evaluadora, se podrá interponer el recurso de alzada previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Así mismo, la administración, si procede, podrá revisar las resoluciones del tribunal, de acuerdo con la mencionada norma.



València, 28 de octubre de 2019.– La rectora, p. d. (DOGV 27.06.2019), el gerente: Juan Vicente Climent Espí.





ANEXO I

Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado



1. Proyecto: «Desigualdad económica y movilidad social en la Europa mediterránea (Siglos XIII-XVI). CPI-19-386». Programa Prometeu per a grups d'investigació d'Excel·lència de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, según la Orden 86/2016, de 21 de desembre y sus modificaciones.

2. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:

Investigador/a doctor/a júnior.

Grupo: A.

Subgrupo: A1

3. Jornada: 37,5 horas semanales.

4. Dotación de la ayuda: la dotación de la ayuda se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo completo, será de 2.122,62 euros (12 pagas).

5. Objeto y periodo:

Lectura, transcripción, regesta y síntesis de documentación inédita de archivos históricos de la Corona de Aragón.

El contrato esta determinado por la duración del proyecto y la disponibilidad presupuestaria.

6. Requisitos:

Titulación: doctorado en Historia, Historia del Arte, o titulación equivalente, obtención del título con una antelación máxima de 4 años con respecto a la publicación de la convocatoria; se entenderá como fecha de obtención del grado de doctor la fecha de lectura y aprobación de la tesis doctoral.

7. Méritos preferentes, además de los incluidos en el anexo III de esta convocatoria:

Grado en Historia o Historia del Arte.

Máster en Historia o Historia del Arte.

Conocimientos de los Archivos de la Corona de Aragón.

Formación especializada en Historia Medieval.

Dominio de la documentación histórica medieval.

Experiencia en la transcripción de la escritura gótica de los siglos XIII-XVI.

Dominio del catalán-valenciano-mallorquín.

Publicaciones relativas al Área de Conocimiento Historia Medieval y Ciencias y Técnicas Historiográficas.

Participación en otros proyectos de investigación de las áreas de conocimiento referidas.

ANEXO II



La instancia debe contener al menos los siguientes datos:

1. Datos personales: apellidos y nombre, fecha de nacimiento, NIF/NIE/pasaporte, teléfono de contacto y domicilio.

2. Denominación del puesto de trabajo: investigador/a doctor/a júnior

3. Denominación del proyecto: «Desigualdad económica y movilidad social en la Europa mediterránea (Siglos XIII-XVI). CPI-19-386». Prometeu per a grups d'investigació d'Excel·lència de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

4. Firma y fecha de solicitud.

5. Declaración similar a la siguiente: «La persona firmante declara que son ciertos los datos que figuren en este currículo y asume, en caso contrario, las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes que consten».

6. Debe expresar si desea o no recuperar el curriculum vitae.

7. Debe dirigirse al Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques, Facultat de Geografia i Història de la Universitat de València.







ANEXO III

Baremo



1. Producción científica (hasta 40 puntos): la dirección de tesis, publicación de artículos científicos, libros, capítulos de libro y monografías y presentación de trabajos en reuniones científicas se valorará de acuerdo con el baremo para la valoración de la memoria anual de investigación vigente en el momento de la publicación de la convocatoria.

2. Méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta 20 puntos): el tribunal podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.

3. Participación en proyectos de investigación competitivos (hasta 15 puntos):

a) Por cada año de participación acreditada como miembro del equipo a tiempo completo en proyectos de investigación de convocatorias competitivas del Plan Nacional de I+D o programas autonómicos, se asignarán 3 puntos

b) Por cada año de participación acreditada como miembro del equipo en proyectos de investigación europeos, se asignarán 5 puntos.

4. Participación en actividades de transferencia del conocimiento (hasta 15 puntos):

a) Por cada año de participación acreditada como miembro del equipo a tiempo completo en contratos y convenios para realizar proyectos de investigación, se asignarán 3 puntos. Quedan excluidas de este baremo las prestaciones de servicios, asesorías y actividades formativas.

b) Por figurar como coinventor/coautor en patentes, modelos de utilidad u otro tipo de propiedad industrial o intelectual, se asignarán 5 puntos.

5. Estancias posdoctorales en otra universidad y centros de investigación diferentes del centro de obtención de la tesis doctoral (hasta 10 puntos):

a) Por cada año acreditado de estancia en otras universidades y centros de investigación, financiada por convocatorias competitivas del Programa Marco Europeo, Plan Nacional de I+D o programas autonómicos, se asignarán 5 puntos. Las estancias deberán tener una duración mínima de 30 días consecutivos.

b) Por cada año acreditado de estancia en otras universidades y centros de investigación, sin financiación competitiva, se asignarán 2 puntos. Las estancias deberán tener una duración mínima de 30 días consecutivos.





ANEXO IV



Comisión evaluadora titular

Presidenta: M. José Carbonell Boria, profesora del Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques.

Vocal 1:

– Antoni Josep Furio Diego, profesor del Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques.

Vocal 2:

– Maria Ivana Frasquet Miguel, profesora del Departament d'Història Moderna i Contemporània.

Vocal 3:

– Juan Vicente García Marsilla, profesor del Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques.

Secretario: Rafael Narbona Vizcaino, profesor del Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques.



Comisión evaluadora suplente

Presidente: Enric Albert Guinot i Rodríguez, profesor del Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques.

Vocal 1:

– Teresa Canet Aparisi, profesora del Departament d'Història Moderna i Contemporània.

Vocal 2:

– Javier Esparcia Pérez, profesor del Departament de Geografia.

Vocal 3:

– María José López García, profesora del Departament de Geografia.

Secretario: Manuel Gines Ruzafa García, profesor del Departament de Història Medieval i Ciències i Tècniques Historiogràfiques.

Mapa web