Ficha disposicion

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CORRECCIÓN de errores de la Orden 11/2019, de 4 de julio, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de tecnologías de la información de la Administración de la Generalitat, A1-06, sector administración especial, convocatoria 3/18, turno libre general y personas con diversidad funcional, por el sistema de concurso-oposición, correspondientes a la oferta pública de empleo ordinaria de 2017, para personal de la Administración de la Generalitat.



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Publicado en:  DOGV núm. 8657 de 16.10.2019
Número identificador:  2019/9696
Referencia Base Datos:  008981/2019
 



CORRECCIÓN de errores de la Orden 11/2019, de 4 de julio, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de tecnologías de la información de la Administración de la Generalitat, A1-06, sector administración especial, convocatoria 3/18, turno libre general y personas con diversidad funcional, por el sistema de concurso-oposición, correspondientes a la oferta pública de empleo ordinaria de 2017, para personal de la Administración de la Generalitat. [2019/9696]



El apartado 2 del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas permite rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

En la citada orden (DOGV 8599, 25.07.2019) se han advertido los errores materiales que a continuación se relacionan:



Primero. En el encabezamiento de la citada orden,

Donde dice:

«ORDEN 11/2019, de 4 de julio, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública...»;

Debe decir:

«ORDEN 3/2019, de 4 de julio, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública...».



Segundo. Igualmente, en el encabezamiento de la orden mencionada:

Donde dice:

«...por el sistema de concurso-oposición, correspondientes a la oferta pública de empleo ordinaria de 2017...»;

Debe decir:

«...por el sistema de concurso-oposición, correspondientes a las ofertas públicas de empleo ordinarias de 2017 y 2019...».



Tercero. A lo largo del texto de la orden que nos ocupa, incluidos sus anexos:

Donde dice:

«...cuerpo superior técnico de tecnologías de la información de la Administración de la Generalitat, A1-06...»;

Debe decir:

«...cuerpo superior técnico de ingeniería en informática, A1-06...».



Cuarto. En el preámbulo de la orden que se rectifica, justificativo de su dictado,

Donde dice:

«El Decreto 210/2017, de 22 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2017 para personal de la Administración de la Generalitat, contiene 16 puestos de trabajo del cuerpo superior técnico de tecnologías de la información de la Administración de la Generalitat, A1-06, sector administración especial, turno libre general y personas con diversidad funcional, que deberán ser convocados, por el sistema de concurso-oposición y procedimiento ordinario.»;

Debe decir:

«El Decreto 210/2017, de 22 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2017 para personal de la Administración de la Generalitat, contiene 16 puestos de trabajo del cuerpo superior técnico de ingeniería en informática, A1-06, sector administración especial, turno libre general y personas con diversidad funcional, que deberán ser convocados por el sistema de concurso-oposición y procedimiento ordinario.

Por otra parte, el Decreto 61/2019, de 12 de abril, del Consell, de aprobación de la oferta de empleo público de 2019 para la Administración de la Generalitat, contiene 10 puestos de trabajo del cuerpo superior técnico de ingeniería en informática, A1-06, sector administración especial, turno libre general y personas con diversidad funcional que, igualmente, deberán ser convocados por el sistema de concurso-oposición y procedimiento ordinario.»



Quinto. En el ordeno primero de la orden modificada,

Donde dice:

«Convocar pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de tecnologías de la información de la Administración de la Generalitat, A1-06, sector administración especial, turno libre general y personas con diversidad funcional, por el sistema de concurso-oposición y procedimiento ordinario, para cubrir 16 puestos de trabajo»;

Debe decir:

«Convocar pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de ingeniería en informática de la Administración de la Generalitat, A1-06, sector administración especial, turno libre general y personas con diversidad funcional, por el sistema de concurso-oposición y procedimiento ordinario, para cubrir, de forma acumulada los 26 puestos de trabajo ofertados mediante los Decretos 210/2017 y 61/2019, anteriormente citados.»



Sexto. En el apartado 1.1 de la base 1, «Objeto de la convocatoria»,

Donde dice:

«...para cubrir 16 puestos de trabajo del cuerpo superior técnico de tecnologías de la información de la Administración de la Generalitat, A1-06...».

«De acuerdo con lo señalado en el Decreto 210/2017, se reservará 1 puesto para personas con diversidad funcional»;

Debe decir:

«...para cubrir, de forma acumulada, 26 puestos de trabajo del cuerpo superior técnico de ingeniería en informática de la Administración de la Generalitat, A1-06...»

«De acuerdo con lo señalado en los decretos 210/2017 y 61/2019, se reservarán 2 puestos para personas con diversidad funcional.»



Séptimo. En el apartado 1.2 de la base 1, «Objeto de la convocatoria»,

Donde dice:

«1.2. Los puestos de turno libre general que queden sin cubrir, se acumularán al puesto reservado para personas con diversidad funcional y viceversa»;

Debe decir:

«1.2. Los puestos de turno libre general que queden sin cubrir, se acumularán a los puestos reservados para personas con diversidad funcional y viceversa.»



Octavo. En el apartado 1.3 de la base 1, «Objeto de la convocatoria»,

Donde dice:

«1.3. En el supuesto de que, como consecuencia de la ejecución de la oferta de empleo público correspondiente a 2017...»;

Debe decir:

«1.3. En el supuesto de que, como consecuencia de la ejecución de las ofertas de empleo público correspondientes a 2017 y 2019...».



Noveno. En la letra b del apartado 5.1.2, «Bonificaciones», de la base 5, «Derechos de examen y forma de pago»,

Donde dice:

«…deberán señalar el apartado Exenciones «Familia numerosa general» de la solicitud telemática...»;

Debe decir:

«…deberán señalar el apartado Bonificaciones de la solicitud telemática...».



Décimo. En el punto 1, «Valenciano», del apartado B, «Otros méritos», del baremo para la fase de concurso recogido en el anexo II,

Donde dice:

«– Conocimiento oral o A2: 1,00 punto

– Grado elemental o B1: 2,00 puntos

– Grado medio o C1: 4,00 puntos

– Grado medio o C1:+ lenguaje administrativo o lenguaje en los medios de comunicación: 5 puntos

– Grado superior o C2: 6,00 puntos»;

Debe decir:

«– Conocimiento oral o A2: 1,00 punto

– Grado elemental o B1: 2,00 puntos

– Nivel B2: 3,00 puntos

– Grado medio o C1: 4,00 puntos

– Grado medio o C1:+ lenguaje administrativo o lenguaje en los medios de comunicación: 5 puntos

– Grado superior o C2: 6,00 puntos.»



Dado que la presente corrección incide sobre el número de puestos ofertados en la convocatoria de la que trae causa, toda vez que se produce la acumulación de las plazas contenidas en los decretos 210/2017 y 61/2019, anteriormente citados, se acuerda conceder un nuevo plazo de veinte días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta corrección de errores en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, solicitudes que se formularán en la forma y con los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.



València, 10 de octubre de 2019.– La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública: Gabriela Bravo Sanestanislao.

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