Ficha disposicion

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Universitat Jaume I. RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2019, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, por la que se convoca una oferta pública para la selección de una plaza de personal investigador de este organismo, con contrato laboral temporal por obra o servicio a tiempo completo. Proyecto: «Productos avanzados L3 y L4 para la misión FLEX-S3».



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Publicado en:  DOGV núm. 8651 de 08.10.2019
Número identificador:  2019/9427
Referencia Base Datos:  008786/2019
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat Jaume I
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1



RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2019, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, por la que se convoca una oferta pública para la selección de una plaza de personal investigador de este organismo, con contrato laboral temporal por obra o servicio a tiempo completo. Proyecto: «Productos avanzados L3 y L4 para la misión FLEX-S3». [2019/9427]

El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, en virtud de las competencias delegadas por la rectora mediante resolución de 12 junio de 2018 (DOGV 14 de junio), convoca una oferta pública de personal investigador de acuerdo con las siguientes bases:



Primera. Denominación del puesto de trabajo

Personal investigador.



Segunda. Retribución íntegra mensual

La retribución íntegra mensual, incluida la parte proporcional de las pagas extras, será de 1.956,14 euros en concepto de sueldo base.



Tercera. Objeto y período

– Colaborar en la realización del proyecto de investigación «Productos avanzados L3 y L4 para la misión FLEX-S3», con referencia RTI2018-098651-B-C54, con funciones de técnico o técnica superior de investigación. Funciones:

– Colaborar en las tareas del proyecto asignadas al subproyecto de la UJI, tal como la elaboración y preparación de los datos necesarios para las tareas de fusión de datos de diferentes sensores y el soporte para el desarrollo y validación de algoritmos.

– Se podrá compaginar las tareas de investigación y desarrollo con tareas de formación relacionadas con el proyecto. También se podrá colaborar con tareas docentes en materias relacionadas con el ámbito del proyecto, sin que ello suponga desvirtuar sus tareas investigadoras relacionadas con el proyecto, siempre de acuerdo con la supervisión del responsable del proyecto, con la normativa vigente de la Universitat Jaume I y con las condiciones establecidas en la convocatoria de ayuda del proyecto, si las hubiere.

La duración prevista de este contrato será de 12 meses, ampliable a hasta 24 meses. En todo caso, la duración del contrato estará vinculada a la duración del proyecto y la disponibilidad presupuestaria del mismo.

El período de prueba establecido será el que se indique en la legislación laboral en vigor.



Cuarta. Jornada de trabajo

A tiempo completo (37,5 horas semanales).



Quinta. Requisitos de las personas aspirantes

– Tener la nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados en los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, se aplique la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos en que esta se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Así mismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar, al menos, el permiso de trabajo y de residencia en el momento de la contratación.

– Tener cumplidos dieciséis años el día que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

– Estar en posesión de la titulación de Grado en Informática, en Ingeniería Industrial, en Ingeniería de Telecomunicaciones, en Ciencias Físicas, en Matemáticas, o equivalente, con posterioridad al 1 de enero de 2016. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se podrá sustituir este requisito, siempre y cuando la titulación se presuma por el órgano convocante equivalente a la exigida en la convocatoria, por el de acreditar haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento, rescindiéndose el contrato si la autoridad competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

– No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

– No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de sus funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar incursos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Estos requisitos deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato de trabajo.

Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista de personas admitidas y excluidas, incluso una vez finalizado el proceso selectivo, se advierte inexactitud o falsedad en las solicitudes o en la documentación aportada por las personas interesadas, esta se considerará defecto insubsanable y se resolverá con su exclusión en el procedimiento.



Sexta. Méritos preferentes

Se valorarán como méritos preferentes los conocimientos y/o experiencia sobre

– Experiencia y conocimientos de programación en C/C++, Matlab, Python y entornos de programación visual.

– Experiencia y conocimientos en proceso digital de imágenes y visión por computador.

Experiencia y conocimientos en reconocimiento de patrones y aprendizaje automático.

– Experiencia y conocimientos en gráficos por computador.

– Nivel alto de inglés.



Séptima. Sistema selectivo

Por parte de la comisión encargada de resolver esta selección, se valorará el currículo de las personas aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el anexo I. La comisión podrá, si lo considera oportuno, realizar una prueba y/o entrevista a los aspirantes. En el supuesto de realizar la prueba esta será eliminatoria y podrá ser teórica y/o práctica; se puntuará de 0 a 10 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en el caso que valorados los méritos y, si procede, realizada la prueba y la entrevista, el perfil de las candidaturas no se ajuste en su totalidad a las necesidades del proyecto.



Octava. Comisión evaluadora

La comisión evaluadora tendrá la estructura que figura en el anexo II de esta convocatoria.

Las personas integrantes de la comisión deberán abstenerse de intervenir cuando coincida en ellas alguna circunstancia de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

El presidente o presidenta podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en los artículos mencionados.

La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas, así como en lo que pueda producirse de los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en todo momento a lo que dispone Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Para cualquier aclaración sobre la convocatoria, las personas interesadas pueden dirigirse al profesor Filiberto Pla, correo electrónico: Filiberto.Pla@uji.es.



Novena. Presentación de solicitudes

La solicitud para participar en este procedimiento se puede presentar en el registro electrónico de la Universitat Jaume I de Castellón, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Para presentar la solicitud por vía electrónica es necesario poseer una cuenta de usuario/a UJI (registrar una cuenta nueva, en caso de no poseer una), un certificado digital de firma electrónica o DNI electrónico. Las solicitudes se formalizarán a través del registro electrónico de la Universitat Jaume I:

https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/

(Buscar por código: 18399)

En la solicitud genérica se indicará:

Datos personales.

Expone: que son ciertos los datos consignados en aquesta solicitud y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en aquesta convocatoria.

Solicito: la admisión en el proceso selectivo para la constitución, por el sistema abreviado, para la selección de una plaza de investigador con un contrato laboral temporal por obra y servicio), con el código 18399.

Destino: Servicio de Recursos Humanos.

En la solicitud electrónica debe adjuntar un único fichero en formato PDF, con la copia del documento nacional de identidad, currículum con los documentos que acrediten los requisitos académicos y los méritos preferentes solicitados en la convocatoria.

No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, basta con la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de aquellos, así como sus datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la Comisión o la Universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deben presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de una persona nacional de otro estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.



Décima. Lista de personas admitidas y resultado de la selección

Finalizado el plazo para presentar solicitudes, el Vicerrectorado dictará una resolución por la que se aprobará la lista de personas admitidas y excluidas en este proceso selectivo, así como la composición de la comisión evaluadora encargado de juzgarlo.

Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria, los acuerdos de la comisión evaluadora y el resultado de este proceso de selección se publicarán en el tablón de anuncios oficiales (TAO) https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/



Undécima. Norma final

Esta convocatoria, sus bases y todos los actos administrativos que se puedan derivar de la misma y de las actuaciones de la comisión evaluadora, podrán ser impugnados por parte de las personas interesadas en los casos y forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Asimismo, la administración, en su caso, podrá revisar las resoluciones de la comisión evaluadora, de acuerdo con la mencionada norma.



Castelló de la Plana, 2 de octubre de 2019.– El vicerrector de Investigación y Transferencia (p. d., R 12.06.2018, de la rectora; DOGV 14.06.2018): Jesús Lancis Sáez.



ANEXO I

Baremo



1. Formación relacionada con el proyecto i perfil de la plaza:

– Expediente académico: hasta a 50 puntos.

– Estudios de postgrado i doctorado: hasta a 5 puntos.

– Becas FPI, de soporte a la investigación u homologadas: hasta a 5 puntos.

2. Experiencia en actividades profesionales o de I+D relacionadas con el proyecto y perfil de la plaza (tiempo en el lugar de trabajo, publicaciones científicas, ponencias y comunicaciones presentadas a congresos, participación en proyectos de investigación y/o contratos con administraciones o empresas, estancias en otros centros de investigación): hasta 10 puntos.

3. Otros méritos (idiomas de interés científico, docencia universitaria relacionada con el objeto de la plaza, etc.): hasta 10 puntos.

4. En el supuesto de realizar una entrevista: hasta 20 puntos.

Será posible aplicar coeficientes correctores que midan la adecuación de los méritos alegados al perfil de la plaza.







ANEXO II

Comisión evaluadora



Comisión evaluadora titular:

Presidente: el vicegerente de Personal y Organización de la Universitat Jaume I.

Vocales: tres en representación de la Universitat Jaume I.

Secretario: un funcionario o funcionaria de carrera del Servicio de Recursos Humanos.



Comisión evaluadora suplente: la misma estructura.

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