Ficha disposicion

Ficha disposicion





RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2019, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universitat Jaume I, por la que se convoca una oferta pública para la constitución de una bolsa de trabajo de personal técnico de apoyo a la investigación de este organismo, con contrato laboral temporal por obra y servicio. Grupo de investigación Neuroengagement and Communication



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 8646 de 01.10.2019
Número identificador:  2019/9105
Referencia Base Datos:  008617/2019
 

  • Análisis documental

    Texto
    Texto Texto2
    Origen disposición: Universitat Jaume I
    Grupo Temático: Empleo publico
    Descriptores:
      Temáticos: Ofertas de empleo publico y oposiciones, A/A1



RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2019, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universitat Jaume I, por la que se convoca una oferta pública para la constitución de una bolsa de trabajo de personal técnico de apoyo a la investigación de este organismo, con contrato laboral temporal por obra y servicio. Grupo de investigación Neuroengagement and Communication (ENCOM). [2019/9105]



El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universitat Jaume I, en virtud de las competencias delegadas por la rectora mediante Resolución de 12 junio de 2018 (DOGV 14 de junio), convoca una oferta pública para la constitución de una bolsa de trabajo de personal técnico de apoyo a la investigación de acuerdo con las siguientes bases:



Primera. Objeto y período

1.1. Colaborar en el proyecto Auditoría interna y propuesta de plan de comunicación para el Colegio Oficial de Veterinarios de Castellón adscrito al grupo de investigación «Neuroengagement and Communication (ENCOM)», con funciones de técnico/a superior de apoyo a la investigación. La duración de los contratos derivados de la utilización de esta bolsa estará vinculada a la duración de los proyectos y a su disponibilidad presupuestaria.

1.2. Se establece un período de prueba de acuerdo con la legislación laboral en vigor.



Segunda. Requisitos de las personas aspirantes

2.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados en los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, se aplique la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos en que esta se encuentro definida en el tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Así mismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.



2.2. Tener cumplidos dieciséis años el día que finaliza el plazo de presentación de la solicitud.

2.3. Estar en posesión de las titulaciones de Grado en Publicidad y Relaciones Públicas y el Máster Universitario en Nuevas Tendencias y Procesos de Innovación en Comunicación (Itinerario en Dirección Estratégica de la Comunicación). En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se podrá sustituir este requisito, siempre y cuando la titulación se presuma por el órgano convocante equivalente a la exigida en la convocatoria, por el de acreditar haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento, rescindiéndose el contrato si la autoridad competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

2.4. No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

2.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de sus funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar incursos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.

Estos requisitos deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato de trabajo.

Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista de personas admitidas y excluidas, incluso una vez finalizado el proceso selectivo, se advierte inexactitud o falsedad en las solicitudes o en la documentación aportada por las personas interesadas, esta se considerará defecto insubsanable y se resolverá con su exclusión en el procedimiento.



Tercera. Méritos preferentes

Se valorarán como méritos preferentes los conocimientos y/o experiencia en:

– Nota media de expediente académico de grado o máster a partir de 8,5 (excelente).

– Experiencia profesional como técnico de comunicación corporativa y de eventos.

– Experiencia profesional en gestión de redes sociales.

– Conocimientos de programas informáticos de email marketing.

– Becas relacionadas con las Ciencias de la Comunicación.



Cuarta. Sistema selectivo

4.1. Por parte de la comisión encargada de resolver esta selección, se valorará el currículo de las personas aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el anexo I. La comisión podrá, si lo considera oportuno, realizar una prueba y/o entrevista a los aspirantes. En el supuesto de realizar la prueba esta será eliminatoria y podrá ser teórica y/o practica; se puntuará de 0 a 10 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

4.2. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en el que caso en que valorados los méritos y, en su caso, realizada la prueba y la entrevista, el perfil de las candidaturas no se ajuste, en su totalidad, a las necesidades del proyecto.



Quinta. Comisión evaluadora

5.1. La comisión evaluadora tendrá la estructura que figura en el anexo II de esta convocatoria.

5.2. Los miembros de la comisión deberán abstenerse de intervenir cuando coincida en ellos alguna circunstancia de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

El presidente o presidenta podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en los artículos mencionados.

5.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas, así como en lo que pueda producirse de los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en todo momento a lo que dispone Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

5.4. Para cualquier aclaración sobre la convocatoria, las personas interesadas podrán dirigirse a la profesora M. Consuelo Balado Albiol, correo electrónico: balado@uji.es.



Sexta. Presentación de solicitudes

6.1. La solicitud para participar en este procedimiento se puede presentar en el registro electrónico de la Universidad Jaume I de Castellón, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Para presentar la solicitud por vía electrónica es necesario poseer un certificado digital de firma electrónica, DNI electrónico o el sistema de identificación CLAVE. Las solicitudes se formalizarán a través del registro electrónico de la Universidad Jaume I:

https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/

(Buscar por código: 18394)

En la solicitud genérica se indicará:

Datos personales.

Expone: que son ciertos los datos consignados en esta solicitud y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en esta convocatoria.

Solicito: la admisión en el proceso selectivo para la constitución, por el sistema abreviado, para la selección de una plaza de personal técnico de apoyo a la investigación con un contrato laboral temporal por obra y servicio, con el código 18394

Destino: Servicio de Recursos Humanos.

En la solicitud electrónica debe adjuntar un único fichero en formato PDF, con la copia del documento nacional de identidad, currículum con los documentos que acrediten los requisitos académicos y los méritos preferentes solicitados en la convocatoria.

6.2. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, basta con la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de aquellos, así como sus datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.

6.3. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deben presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de una persona nacional de otro Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de este que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.



Séptima. Lista de personas admitidas y resultado de la selección

7.1. Finalizado el plazo para presentar solicitudes, el Vicerrectorado dictará una resolución por la que se aprobará la lista de personas admitidas y excluidas en este proceso selectivo, así como la composición de la comisión evaluadora encargado de juzgarlo.

7.2. Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria, los acuerdos de la comisión evaluadora y el resultado de este proceso de selección se publicarán en el tablón de anuncios oficial (TAO): https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/



Octava. Norma final

Esta convocatoria, sus bases y todos los actos administrativos que se puedan derivar de esta y de las actuaciones de la comisión evaluadora podrán ser impugnados por parte de las personas interesadas en los casos y forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Asimismo, la Administración, en su caso, podrá revisar las resoluciones de la comisión evaluadora, de acuerdo con la mencionada norma.



Castelló de la Plana, 24 de septiembre de 2019.– El vicerrector de Investigación y Transferencia, p. d. de la rectora (R 12.06.2018; DOGV 14.06.2018): Jesús Lancis Sáez.







ANEXO I

Baremo



A) Formación relacionada con el proyecto y perfil de la plaza.

A.1) Expediente académico global: hasta 30 puntos.

A.2) Formación complementaria: hasta 5 puntos.

Se tendrá en cuenta la asistencia a cursos, congresos, conferencias, jornadas, seminarios recibidos o impartidos, debidamente acreditados por centros u organismos oficiales, con el contenido relacionado con el objeto y perfil fijado en la convocatoria.

B) Experiencia en actividades profesionales relacionadas con el perfil de la plaza: hasta 35 puntos.

Se valorará la experiencia en las técnicas que se requieren en el perfil y objeto de la convocatoria, en prácticas de licenciatura y grado o en becas realizadas en universidades.

C) Otros méritos:

C.1) Conocimientos de programas informáticos de email marketing: hasta 5 puntos.

C.2) Otros: hasta 5 puntos.

D) Entrevista, destinada a evaluar los conocimientos del candidato o candidata en relación con las tareas a desarrollar en el proyecto: hasta 20 puntos.

Será posible aplicar coeficientes correctores que midan la adecuación de los méritos alegados al perfil de la plaza.







ANEXO II

Comisión evaluadora



Comisión evaluadora titular:

Presidente: el vicegerente de Personal y Organización de la Universitat Jaume I.

Vocales: tres en representación de la Universitat Jaume I.

Secretario: un funcionario o funcionaria de carrera del Servicio de Recursos Humanos.

Mapa web