Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2019, del vicepresidente de la Agencia Valenciana de la Innovación, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de la Agencia.



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Publicado en:  DOGV núm. 8583 de 03.07.2019
Número identificador:  2019/6250
Referencia Base Datos:  006229/2019
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Agencia Valenciana de la Innovación
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: relación de puestos de trabajo, Agencia Valenciana de la Innovación



RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2019, del vicepresidente de la Agencia Valenciana de la Innovación, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de la Agencia. [2019/6250]

La Ley 1/2017, de 1 de febrero, de la Generalitat, por la que se crea la Agencia Valenciana de la Innovación, establece en su artículo 19, que la entidad podrá contar con personal funcionario y laboral en los términos que prevé la legislación de función pública, y se regirá, con carácter general, por las normas de derecho administrativo o laboral que le sean de aplicación.

Asimismo, el artículo 25 del Decreto 106/2017, de 28 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Agencia Valenciana de la Innovación, dispone que el personal laboral propio de la AVI se regirá por el derecho laboral, las normas convencionalmente aplicables, la normativa sobre régimen económico financiero del sector público instrumental, las disposiciones de las sucesivas leyes de presupuestos y, además, le serán de aplicación las previsiones del Estatuto Básico del Empleado Público y de la legislación de la función pública valenciana que así lo dispongan expresamente.

El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su artículo 74, que las administraciones públicas estructurarán su organización a través de las relaciones de puestos de trabajo. Por su parte, la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana prevé en su artículo 42 el contenido mínimo que debe estructurar las citadas relaciones de puestos de trabajo, concretamente dispone que incluirán:

a) Número.

b) Denominación.

c) Naturaleza jurídica.

d) Clasificación profesional en un grupo, subgrupo o agrupación profesional para los puestos funcionariales y en el respectivo grupo profesional para los puestos laborales.

e) Retribuciones complementarias asignadas al mismo.

f) Forma de provisión.

g) Adscripción orgánica.

h) Localidad.

i) Requisitos para su provisión, entre los que deberá constar necesariamente el cuerpo, agrupación profesional y, en su caso, escala correspondiente para los puestos funcionariales y la categoría profesional para los puestos laborales.

j) Méritos, en su caso.

k) Cualquier otra circunstancia relevante para su provisión en los términos previstos reglamentariamente.

Igualmente, el texto articulado del II Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Generalitat Valenciana, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 12 de junio de 1995, y respecto al cual la AVI ha iniciado los trámites para su adhesión, configura las relaciones de puestos de trabajo como un instrumento técnico para la estructuración de la organización y la ordenación y gestión del personal, de acuerdo con las necesidades de cada centro o dependencia, y en el que se precisan los requisitos para el desempeño de los puestos de trabajo.

El apartado 6 del artículo 7 del citado convenio colectivo establece que, la creación, supresión o modificación de puestos de trabajo se realizará a través de las relaciones de puestos de trabajo que incluirán, la denominación de cada puesto y características esenciales, las retribuciones complementarias que les correspondan, los requisitos exigidos para su desempeño y los méritos preferentes.

Igualmente establece que las relaciones de puestos de trabajo deben ser objeto de negociación previa con los sindicatos y deben ser publicadas en el DOGV al igual que sus modificaciones, previa aprobación del conseller de Hacienda y Modelo Económico.

El Decreto ley 1/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de medidas urgentes de régimen económico-financiero del sector público empresarial y fundacional, dispone en su artículo 18 que los entes del sector público de la Generalitat a los que hace referencia dicha norma publicarán, anualmente, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana una relación de los puestos de trabajo o plantillas.

Publicada la última relación de puestos de trabajo de la entidad por Resolución de 9 de julio de 2018, del vicepresidente de la Agencia Valenciana de la Innovación, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de la Agencia (DOGV 8341, 18.07.2018), así como la corrección de errores de la Resolución de 9 de julio de 2018, del vicepresidente ejecutivo de la Agencia Valenciana de la Innovación, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de la Agencia (DOGV 8362, 16.08.2018), se hace necesaria, de acuerdo a la normativa vigente, la publicación de la relación de puestos actualizada.

Atendiendo a las previsiones del artículo 37 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, así como del artículo 154 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, la relación de puestos de trabajo de la AVI fue aprobada por el Consejo de Dirección de la AVI en fecha 5 de octubre de 2017 y negociada en fecha 15 de abril de 2019 con los sindicatos más representativos en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

La Dirección General del Sector Público, Modelo Económico y Patrimonio en fecha 8 de mayo de 2019 ha informado favorablemente la propuesta de relación de puestos de trabajo de la AVI al igual que la Dirección General de Presupuestos en fecha 10 de junio de 2019, autorizando una masa salarial a los 21 puestos de personal laboral de la entidad de acuerdo a lo establecido en la ley 28/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2019.

Por todo lo dispuesto anteriormente, y en cumplimiento del artículo 16.5 del Decreto 106/2017, de 28 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Agencia Valenciana de la Innovación, resuelvo:



Primero

Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la relación de puestos de trabajo que figura en el anexo de la presente resolución.



Segundo

La presente resolución tendrá efectividad desde el día siguiente a su publicación. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia. No obstante, potestativamente se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que ha dictado el acto que se recurre.



València, 14 de junio de 2019.– El vicepresidente ejecutivo de la Agencia Valenciana de la Innovación: Andrés García Reche.

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