Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2021, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universitat Jaume I, por la que se convoca un proceso selectivo para la selección de una plaza de personal técnico de apoyo a la investigación de este organismo, con contrato laboral temporal por obra o servicio a tiempo parcial. Proyecto: «Subvenciones del programa para el apoyo a personas investigadoras con Talento-Plan GenT». Referencia CDEIGENT/013/18. Código: 18I452/02.



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Publicado en:  DOGV núm. 9110 de 18.06.2021
Número identificador:  2021/6702
Referencia Base Datos:  006094/2021
 

  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Universitat Jaume I
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado



RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2021, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universitat Jaume I, por la que se convoca un proceso selectivo para la selección de una plaza de personal técnico de apoyo a la investigación de este organismo, con contrato laboral temporal por obra o servicio a tiempo parcial. Proyecto: «Subvenciones del programa para el apoyo a personas investigadoras con Talento-Plan GenT». Referencia CDEIGENT/013/18. Código: 18I452/02. [2021/6702]





El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universitat Jaume I, en virtud de las competencias delegadas por la rectora mediante resolución de 12 junio de 2018 (DOGV 14 de junio), convoca una oferta pública de personal técnico de apoyo a la investigación de acuerdo con las siguientes bases.



Primera. Denominación del puesto de trabajo

Personal técnico de apoyo.



Segunda. Retribución íntegra mensual

La retribución bruta mensual, incluida la parte proporcional de las pagas extras, será de 666,67 euros en concepto de sueldo base.



Tercera. Objeto y período

Colaborar en la realización del proyecto de investigación: Subvenciones del programa para el apoyo a personas investigadoras con Talento-Plan GenT, con referencia CDEIGENT/013/18, con funciones de personal técnico medio de apoyo a la investigación. Funciones:

La persona contratada participará en los Trabajos de investigación del proyecto en relación a las dinámicas territoriales de innovación. En particular, trabajará en la elaboración y preparación de datos relatives a la producción de conocimiento (patentes, artículos científicos, etc.):

– Elaboración de instrucciones SQL para la base PATSTAT

– Elaboración de instrucciones para la base Web of Science y/o Scopus.

– Elaboración de algoritmos de disambiguing y/o geocoding sobre patentes y artículos.

– Web scraping sobre datos de producción científica e innovación.

– Trabajar y cruzar bases de datos asociados: REGPAT, Patents Geocoding...

La duración prevista de este contrato será de 3 meses. En todo caso, la duración del contrato estará vinculada a la duración del proyecto y la disponibilidad presupuestaria del mismo.

El período de prueba establecido será el que se indique en la legislación laboral en vigor.



Cuarta. Jornada de trabajo

A tiempo parcial (20 horas semanales)



Quinta. Requisitos de los aspirantes

Generales

– Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados en los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, se aplique la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos en que esta se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

Así mismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.

– Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal de jubilación el día que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

– No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

– No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de sus funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar incursos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Específicos

– Estar en posesión de la titulación de grado en Economía, grado en Ciencia de datos, grado en Ingeniería Informática, grado en Matemática Computacional o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se podrá sustituir este requisito, siempre y cuando la titulación se presuma por el órgano convocante equivalente a la exigida en la convocatoria, por el de acreditar haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento, rescindiéndose el contrato si la autoridad competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

Estos requisitos deben poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato de trabajo.

Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista de personas admitidas y excluidas, incluso una vez finalizado el proceso selectivo, se advierte inexactitud o falsedad en las solicitudes o en la documentación aportada por las personas interesadas, esta se considerará defecto insubsanable y se resolverá con su exclusión en el procedimiento.



Sexta. Méritos preferentes

Se valorarán como méritos preferentes los conocimientos y/o experiencia sobre los lenguajes SQL, R, Python, manejo de bases de datos, en particular PATSAT y Web of Science.



Séptima. Sistema selectivo

Por parte de la comisión encargada de resolver esta selección, se valorará el currículo de las personas aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el anexo. La comisión podrá, si lo considera oportuno, realizar una prueba y/o entrevista a los aspirantes. En el supuesto de realizar la prueba esta será eliminatoria y podrá ser teórica y/o practica; se puntuará de 0 a 10 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

La comisión evaluadora puede declarar desierto el procedimiento de selección en el caso que valorados los méritos y, si procede, realizada la prueba y la entrevista, el perfil de las candidaturas no se ajuste en su totalidad a las necesidades del proyecto. También podrá establecer una puntuación mínima necesaria en caso de constituirse una bolsa de trabajo.



Octava. Comisión evaluadora

La comisión evaluadora estará compuesta por: presidente, secretario y tres vocales; igualmente, se deberá designar el mismo número de suplentes.

Las personas integrantes de la comisión deberán abstenerse de intervenir cuando coincida en ellas alguna circunstancia de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

El presidente o presidenta podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en los artículos mencionados.

La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas, así como en el que pueda producirse de los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en todo momento al que dispone Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Para cualquier aclaración sobre la convocatoria, las personas interesadas pueden dirigirse al profesor Joan Crespo, correo electrónico: joan.crespo@uji.es.



Novena. Presentación de solicitudes

La convocatoria se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y en el Tablón de Anuncios Oficial (TAO) de la Universitat Jaume I, dentro de la categoría «Convocatorias PAS». El plazo de presentación solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV.

La solicitud realizará por vía electrónica. Será necesario una cuenta de usuario/a UJI (registrar una cuenta nueva, en caso de no poseer una), un certificado digital de firma electrónica o DNI electrónico. Las solicitudes se formalizarán a través del registro electrónico de la Universitat Jaume I:

https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/

(Buscar por código: 19416)

En la solicitud genérica se indicará:

Datos personales.



EXPONE

Que son ciertos los datos consignados en esta solicitud y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en esta convocatoria.



SOLICITO

La admisión en el proceso selectivo, por el sistema abreviado, para la selección de una plaza de técnico de apoyo a la investigación con un contrato laboral temporal por obra y servicio. Código 19416.

Destino: Servicio de Recursos Humanos.

En la solicitud electrónica se debe adjuntar: (un archivo pdf para cada documento)

– Identificación (DNI, NIE, pasaporte...)

– Titulación requerida en esta convocatoria y el certificado de notas correspondiente

– Otra documentación requerida en la convocatoria

– Currículum vitae

– Méritos baremables correctamente acreditados y justificados (no se serán baremados, los méritos no aportados y no justificados correctamente en el plazo de presentación de solicitudes)

No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, basta con la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de aquellos, así como sus datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la Universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deben presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de una persona nacional de otro Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de este que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.



Décima. Lista de personas admitidas y resultado de la selección

Finalizado el plazo para presentar solicitudes, el Vicerrectorado dictará una resolución por la que se aprobará la lista de personas admitidas y excluidas en este proceso selectivo, así como la composición de la comisión evaluadora encargado de juzgarlo.

Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria, los acuerdos de la comisión evaluadora y el resultado de este proceso de selección se publicarán en el Tablón de Anuncios Oficiales (TAO) https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/



Undécima. Norma final

Esta convocatoria, sus bases y todos los actos administrativos que se puedan derivar de la misma y de las actuaciones de la comisión evaluadora, podrán ser impugnados por parte de las personas interesadas en los casos y forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Asimismo, la administración, en su caso, podrá revisar las resoluciones de la comisión evaluadora, de acuerdo con la mencionada norma.



Castelló de la Plana, 11 de junio de 2021. La rectora, p. c. d. (R 12.06.2018; DOGV 14 de junio), el vicerrector de Investigación y Transferencia: Jesús Lancis Sáez.





ANEXO

Baremo



A) Formación relacionada con el proyecto y perfil de la plaza: hasta 60 puntos.

A.1) Expediente académico global: hasta 30 puntos.

A.2) Expediente académico específico referido a las asignaturas relacionadas con el perfil objeto del concurso: hasta 20 puntos.

A.3) Formación complementaria: hasta 10 puntos.

Se tendrá en cuenta la asistencia a cursos, congresos, conferencias, jornadas, seminarios recibidos o impartidos, debidamente acreditados por centros u organismos oficiales, con contenido relacionado con el objeto y perfil fijado en la convocatoria.

B) Actividad investigadora vinculada con el perfil del concurso: hasta 10 puntos.

Se tendrán en cuenta proyectos de investigación (tesis, TFG, TFM), las publicaciones científicas, participación en congresos con comunicaciones o ponencias, becas de investigación.

C) Experiencia en actividades profesionales relacionadas con el perfil de la plaza: hasta 5 puntos.

Se valorará la experiencia en las técnicas que se requieren en el perfil y objeto de la convocatoria, en prácticas de licenciatura y grado o en becas realizadas en universidades.

D) Otros méritos: hasta 5 puntos.

Los idiomas y conocimientos de informática se evaluarán según el nivel con la siguiente puntuación: Nivel elemental: 1 punto; Nivel medio: 3 puntos; Nivel superior: 5 puntos.

D.1) Idiomas de interés científico: inglés, francés, otros…

D.2) Valenciano.

D.3) Conocimientos de informática

E) Entrevista, en caso que la comisión evaluadora lo considere necesario, destinada a evaluar los conocimientos del candidato o candidata en relación con las tareas a desarrollar en el proyecto: hasta 20 puntos. Nota: este apartado no superará el 20 % del total de la puntuación.

Será posible aplicar coeficientes correctores que midan la adecuación de los méritos preferentes alegados al perfil de la plaza.



Nota: no serán baremados, los méritos no aportados y no justificados correctamente en el plazo de presentación de solicitudes.

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