Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2022, del Vicerrectorado de Investigación de la Universitat Jaume I por la que se convoca un proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de personal vinculado a la investigación de este organismo



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Publicado en:  DOGV núm. 9367 de 22.06.2022
Número identificador:  2022/5749
Referencia Base Datos:  005609/2022
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat Jaume I
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado



RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2022, del Vicerrectorado de Investigación de la Universitat Jaume I por la que se convoca un proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de personal vinculado a la investigación de este organismo (personal técnico de apoyo). Proyectos del grupo de investigación de la Universitat Jaume I: Química Analítica en Medio Ambiente y Salud Pública A-QAMS y del Instituto Universitario de Plaguicidas y Aguas. [2022/5749]





El Vicerrectorado de Investigación de la Universitat Jaume I, en virtud de las competencias delegadas por la rectora mediante Resolución de 24 mayo de 2022 (DOGV 9349, 27.05.2022), convoca una oferta pública para la constitución de una bolsa de trabajo de personal vinculado a la investigación de acuerdo con las siguientes bases:



Primera. Objeto y período

1.1. Colaborar en los proyectos adscritos al grupo de investigación de Química Analítica en Medio Ambiente y Salud Pública A-QAMS y del Instituto Universitario de Plaguicidas y Aguas, con funciones de personal técnico de apoyo a la investigación

Funciones:

– Apoyo a la investigación sobre fármacos y metabolitos en aguas residuales y en fangos de depuradora, en su vertiente químico-analítica.

– Apoyo a la investigación sobre drogas de abuso y NPS en aguas residuales y en muestras biológicas humanas y animales, en su vertiente químico-analítica.

– Puesta a punto de métodos multi-residuo para contaminantes emergentes en muestras de interés ambiental y toxicológico.

1.2. La duración de los contratos derivados de la utilización de esta bolsa estará vinculada a la duración de los proyectos y la disponibilidad presupuestaria.

1.3. Se establece un período de prueba de acuerdo con la legislación laboral en vigor.



Segunda. Requisitos

Las personas que deseen participar en esta convocatoria deberán reunir los requisitos siguientes:

Generales

2.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados en los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, se aplique la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos en los que se encuentra definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

También se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente, para lo cual será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. En ese caso, la persona a quien se adjudique el puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia en el momento de la contratación.

2.2. Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal de jubilación el día en el que finaliza el plazo de presentación de la solicitud.

2.3. No sufrir enfermedad ni estar afectado o afectada por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

2.4. No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de las funciones públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar incursos o incursas en sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.

Específicos

2.5. Estar en posesión de la titulación universitaria de Grado en Química o equivalente. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá acreditar que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o la declaración de equivalencia de la titulación. Este requisito no resultará aplicable a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas y cuya equivalencia o reconocimiento no se haya declarado en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se podrá cumplir ese requisito cuando se acredite haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento, siempre y cuando el órgano convocante presuma que es equivalente a la exigida en la convocatoria. El contrato se rescindirá si la autoridad competente resuelve su denegación, y se entenderá que existe denegación cuando esta se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

Estos requisitos deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato de trabajo.

Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista de personas admitidas y excluidas, incluso una vez finalizado el proceso selectivo, se advierte inexactitud o falsedad en las solicitudes o en la documentación aportada por las personas interesadas, se considerará que esa circunstancia no es subsanable y se resolverá con la exclusión de la solicitud del procedimiento.



Tercera. Méritos preferentes

Se valorarán como méritos preferentes los conocimientos y/o experiencia sobre:

– Cromatografía acoplada a espectrometría de masas

– Análisis de contaminantes emergentes en muestras ambientales y de interés toxicológico



Cuarta. Sistema selectivo

4.1. La comisión encargada de la selección valorará el currículo de las personas aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el anexo. La comisión podrá, si lo considera oportuno, realizar una prueba y/o entrevista a las personas aspirantes. Esa prueba será eliminatoria y podrá ser teórica y/o práctica. Se puntuará de 0 a 10 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

4.2. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en el caso en que, valorados los méritos y, en su caso, realizada la prueba y la entrevista, el perfil de las candidaturas no se ajuste a las necesidades del proyecto. También podrá establecer una puntuación mínima necesaria para constituir la bolsa de trabajo.

4.3. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso que ninguna persona candidata alcance una puntuación mínima, sin incluir la entrevista, de 40 puntos en el total de los apartados del baremo.



Quinta. Comisión evaluadora

5.1. La comisión evaluadora estará compuesta por: presidente o presidenta, secretario o secretaria y tres vocales. Se deberá designar el mismo número de personas suplentes.

5.2. Los miembros de la comisión deberán abstenerse de intervenir cuando coincida en ellos alguna circunstancia de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

El presidente o presidenta podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse incursos en alguna de las circunstancias previstas en los artículos mencionados.

5.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas, así como de los casos no previstos en las mismas.

El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

5.4. Para cualquier aclaración sobre la convocatoria, las personas interesadas podrán dirigirse a Félix Hernández, correo electrónico: hernandf@uji.es.



Sexta. Presentación de solicitudes

6.1. La convocatoria se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI), dentro de la categoría «Convocatorias PI». El plazo de presentación solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV.

Las solicitudes deberán formalizarse a través del Registro Electrónico: https://www.uji.es/seu/ info-adm/tao/ (buscar por código: 20111). Para realizarla será necesario disponer de una cuenta corporativa de la UJI, de un certificado digital de firma electrónica o del DNI electrónico. Las personas que no dispongan de cuenta corporativa de la UJI deberán registrarla en la web de la Universidad: https://www.uji.es (Eines > IGLU Intranet).

En la solicitud se indicará lo siguiente:

En el apartado EXPONGO, literalmente:

«Que son ciertos los datos consignados en esta solicitud y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en esta convocatoria.»

En el apartado SOLICITO, literalmente:

«La admisión en el proceso selectivo para la constitución, por el sistema abreviado, de una bolsa de trabajo de personal vinculado a la investigación. Código: 20111»

Destino: Servicio de Recursos Humanos.

A la solicitud electrónica deberá adjuntarse un archivo en PDF de cada uno de los documentos siguientes:

– Identificación (DNI, NIE, pasaporte...).

– Titulación requerida en esta convocatoria y el certificado de notas correspondiente.

– Otra documentación requerida en la convocatoria.

– Curriculum vitae donde se indiquen los méritos baremables del anexo.

– Méritos baremables correctamente acreditados y justificados (no se baremarán los méritos no aportados y no justificados correctamente en el plazo de presentación de solicitudes).

6.2. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, es suficiente con la declaración jurada de la persona interesada sobre su autenticidad, así como sus datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la Universidad puedan requerir a las personas aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados que hayan sido objeto de valoración.

6.3. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco, así como el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de una persona nacional de otro estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar separado o separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.



Séptima. Lista de personas admitidas y resultado de la selección

7.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Vicerrectorado dictará una resolución por la que se aprobará la lista de personas admitidas y excluidas, así como la composición de la comisión evaluadora.

7.2. Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria, los acuerdos de la comisión evaluadora y el resultado de este proceso de selección se publicarán en el TAO-UJI:

https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/.



Octava. Norma final

Esta convocatoria, sus bases y todos los actos administrativos que se puedan derivar de esta y de las actuaciones de la comisión evaluadora, podrán ser impugnados por parte de las personas interesadas en los casos y forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Asimismo, la Administración, en su caso, podrá revisar las resoluciones de la comisión evaluadora, de acuerdo con la mencionada norma.



Castelló de la Plana, 16 de junio de 2022.– La rectora, p. .d (Resolución de 24 de maig de 2022; DOGV 9349, 27.05.2022), el vicerrector de Investigación: Jesús Lancis Sáez.





ANEXO

Baremo



A) Formación relacionada con el proyecto y perfil de la plaza: hasta 50 puntos.

A.1) Expediente académico global: hasta 20 puntos.

A.2) Expediente académico específico referido a las asignaturas relacionadas con el perfil objeto del concurso: hasta 20 puntos.

A.3) Formación complementaria: hasta 10 puntos.

Se tendrá en cuenta la realización de masters, la asistencia a cursos, congresos, conferencias, jornadas, seminarios recibidos o impartidos, debidamente acreditados por centros u organismos oficiales, con contenido relacionado con el objeto y perfil fijado en la convocatoria.

B) Actividad investigadora vinculada con el perfil del concurso: hasta 20 puntos.

Se tendrán en cuenta proyectos de investigación (tesis, TFG, TFM) las publicaciones científicas, participación en congresos con comunicaciones o ponencias y becas de investigación.

C) Experiencia en actividades profesionales relacionadas con el perfil de la plaza: hasta 5 puntos.

Se valorará la experiencia en las técnicas que se requieren en el perfil y objeto de la convocatoria, en prácticas de licenciatura y grado, en masters o en becas realizadas en universidades.

D) Otros méritos: hasta 5 puntos.

Los idiomas se evaluarán según el nivel con la siguiente puntuación: nivel elemental: 1 punto; nivel medio: 3 puntos; nivel superior: 5 puntos.

D.1) Idiomas de interés científico: inglés, francés u otros.

D.2) Valenciano.

E) Entrevista, si la comisión evaluadora lo considera necesario, destinada a evaluar los conocimientos del candidato o candidata en relación con las tareas a desarrollar en el proyecto: hasta 20 puntos. NOTA: este apartado no superará el 20 % del total de la puntuación.

Será posible aplicar coeficientes correctores que midan la adecuación de los méritos preferentes alegados al perfil de la plaza.



Notas:

No se baremarán los méritos no aportados y no justificados correctamente en el plazo de presentación de solicitudes.

En caso de empate, se ordenará primero por el apartado A, B, C…

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