Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2022, de la Universitat de València, por la que se realiza la oferta pública de diferentes plazas de este organismo con contrato laboral a cargo de diversos proyectos de investigación.



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Publicado en:  DOGV núm. 9365 de 20.06.2022
Número identificador:  2022/5533
Referencia Base Datos:  005495/2022
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo publico y oposiciones, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado



RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2022, de la Universitat de València, por la que se realiza la oferta pública de diferentes plazas de este organismo con contrato laboral a cargo de diversos proyectos de investigación. [2022/5533]

El Rectorado de la Universitat de València, haciendo uso de las atribuciones que le atribuye el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, resuelve:



Convocar la oferta pública de diferentes plazas de este organismo con contrato laboral a cargo de diversos proyectos de investigación, según figuran en los anexos de esta resolución, de acuerdo con las siguientes bases:



Primera. Normas generales

1.1. Esta oferta tiene por objeto la selección de personal para cubrir diversos puestos de personal laboral para proyectos de investigación mediante el sistema de concurso.

1.2. De acuerdo con lo que establece el artículo 73 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, la realización de estas pruebas selectivas se debe ajustar a lo que dispone la legislación vigente para la función pública de la Generalitat Valenciana, y por la normativa laboral contenida en el Estatuto de los Trabajadores y sus modificaciones.

También le será de aplicación la normativa específica universitaria recogida en la Ley Orgánica de Universidades, la Ley de la Ciencia y en los Estatutos de la Universitat de València, así como en las bases de esta convocatoria.

1.3. Los procesos selectivos que se realicen en cada convocatoria será mediante un concurso que consistirá en la valoración de los méritos, y, en su caso, la realización de una entrevista.

1.4. La adjudicación de los puestos, a las personas aspirantes que superen estos procesos selectivos, se efectuará de acuerdo con el orden de puntuación obtenida, siempre que reúnan los requisitos exigidos, para cada puesto de trabajo, en el anexo de cada convocatoria.

1.5. Esta convocatoria se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), en el tablón oficial de anuncios de la Universitat de València, cuya dirección electrónica es https://webges.uv.es/uvTaeWeb/VerTablonFrontAction.do?filtro=tipo&valor=48&filtrar&grupoNavegacion=0&servicioNavegacion=-1, y en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), sección de PAS Investigación: http://www.uv.es/pasinvest.

La publicación en el DOGV se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes de participación.

El resto de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, se publicarán en el tablón de anuncios oficial y en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), sección investigación.



Segunda. Requisitos generales de los aspirantes

Para ser admitidos, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1. Tener nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro o ser de cualquiera de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos en que dicha legislación está definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, en este caso deberán presentar el resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.

Así mismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.

2.2. Tener cumplidos, al menos, 16 años el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

2.3. Poseer una de las titulaciones académicas de las que figuran en el anexo correspondiente a la convocatoria que se quiera a solicitar, o estar en condiciones de obtener el título correspondiente, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o declaración de equivalencia en España, debiendo acompañarse a la solicitud fotocopia de la misma. Cuando no se encuentren homologadas, ni se hayan declarado su equivalencia. Se podrá sustituir este requisito, por la acreditación de haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento. Se rescindirá el contrato si la autoridad académica competente deniega la homologación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

2.4. Cuando se exija como requisito un nivel de idioma, se utilizará para su evaluación la Tabla de Equivalencias de acreditación de L2 de la UV, aprobada por Acuerdo del Consell de Govern del 10 de julio de 2018 (ACGUV 156/2018). No se valorarán los cursos de idiomas, solo los niveles adquiridos.

2.5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

2.6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración o trabajo público. En el caso de aspirantes de nacionalidad no española, deberán acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impide en su caso, el acceso a la función pública o, en defecto, copia de la solicitud de emisión, sin perjuicio de la declaración jurada por parte de las personas interesadas.



Todos estos requisitos deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.

Las personas aspirantes son responsables de la veracidad de todos los datos que hagan constar en la solicitud y en la documentación aportada, pudiendo exigírseles la responsabilidad correspondiente en caso de falsedad en los mismos, sin perjuicio, en su caso, de su exclusión del proceso selectivo.



Tercera. Solicitudes

3.1. Las personas interesadas han de reunir los requisitos señalados en el anexo correspondiente a la convocatoria que se va a solicitar. Deberán presentar la solicitud, junto con el currículo y los documentos que acrediten los méritos alegados, obligatoriamente, a través de la solicitud electrónica que la Universidad pondrá a su disposición, y cuyo enlace (url), se publicará en la página web de la Sección de Pas Investigación, http://www.uv.es/pasinvest, a partir de la publicación de esta resolución en el DOGV.

Para rellenar la solicitud, la Universitat tiene a disposición de las personas interesadas una guía a la que puede acceder a través del siguiente enlace: https://go.uv.es/sNh0jds.

Quienes tengan dificultades para realizar la tramitación electrónica, pueden acceder a la herramienta de apoyo TIC de la Universitat de València a través del siguiente correo electrónico: entreu@uv.es. Para cualquier otra duda sobre los detalles de esta convocatoria puede contactar con el equipo de la sección de Gestión de Investigación del Servicio de Recursos Humanos PAS, mediante correo electrónico a la dirección: convopi@uv.es

3.2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a partir del siguiente hábil al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).



Cuarta. Documentación que se debe adjuntar electrónicamente

En el formulario electrónico se requerirá que se adjunte diversa documentación, preferentemente, en formato PDF. Dicha documentación deberá insertarse en las pestañas y en el espacio reservado para ello. De la siguiente manera:

4.1. Se insertará en la pestaña cuarta el documento PDF del título académico o resguardo de haber abonado los derechos de expedición. En caso de titulaciones extranjeras, será necesario acreditar la homologación o equivalencia correspondiente o haber iniciado los trámites para la misma.

También se insertará en esta misma pestaña, el resto de documentos PDF, que acrediten cualquier otro requisito que se exija en la convocatoria.

4.2. Se insertará en la pestaña quinta el documento PDF del DNI, Pasaporte o NIE. Estos dos últimos documentos, solo si se presenta una persona que no tenga la nacionalidad española.

4.3. También se insertará en la pestaña quinta el Curriculum vitae, en un documento PDF, o un ZIP, pudiendo utilizar para ello el modelo establecido en el siguiente enlace: http://go.uv.es/F3LCmfj.

No será necesario que los documentos adjuntados se encuentren debidamente acreditados, en este momento del procedimiento, siendo suficiente la declaración jurada de la persona interesada, sobre la autenticidad de todo lo dicho en la solicitud y en los documentos anexados, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la Universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.



Quinta. Sistema selectivo

5.1. El proceso selectivo consistirá en un concurso que consistirá en la valoración de los méritos curriculares de los aspirantes por la comisión evaluadora, y, en su caso, de la realización de una entrevista.

Los méritos se valorarán, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo correspondiente a la convocatoria que se va a solicitar. Los méritos que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

5.2. La comisión puede, de considerarlo oportuno, realizar una entrevista a los aspirantes. El número de aquellos que pasen a la fase de entrevista, se determinará por criterio de la comisión evaluadora.

5.3. Finalizado el proceso selectivo, se publicará la baremación de los aspirantes, y se hará la propuesta de contratación y de la formación de la bolsa, en el tablón de anuncios de la Universitat de València, y en la página web http://www.uv.es/pasinvest.

5.4. La adjudicación de los puestos convocados se realizará por resolución de la gerencia, y se publicará igualmente en el tablón de anuncios y en la página web mencionados en el punto 5.3. de esta base.

5.5. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que valorados los méritos y, en su caso, realizada la entrevista, el perfil de los candidatos mejor puntuados no se ajusta en su totalidad al perfil de la plaza y a las necesidades del proyecto.

5.6. Las bolsas de trabajo que deriven de estos procesos selectivos permanecerán vigentes mientras dure el proyecto de investigación para el que fueron convocados. Los llamamientos a las personas aspirantes se realizarán por el orden de la bolsa.



Sexta. Comisión evaluadora

6.1. La comisión evaluadora es la que figura en el anexo correspondiente a cada convocatoria.

6.2. Será de aplicación a los miembros de esta comisión lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universitat de València (ACGUV/303/2021) que aprueba la Hoja de ruta sobre las medidas de integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.

A tal efecto, deberán cumplimentar la correspondiente declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) que será adjuntada al acta de constitución de la comisión, y formarán parte del expediente administrativo. Habrá un modelo normalizado por la Universidad en la siguiente página web: https://links.uv.es/GOo6oAT.

6.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, y todo aquello que se deba hacer en los casos no previstos.

6.4. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en cada momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

6.5. Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en lugar indicado en el anexo correspondiente a la convocatoria que se va a solicitar.



Séptima. Contratación

7.1. Finalizados los procesos selectivos derivados de esta convocatoria, los contratos se formalizarán por escrito, y se utilizará la modalidad contractual más adecuada al objeto del mismo, de entre las que se encuentren vigentes en el momento de dicha formalización.

7.2. La fecha de inicio vendrá fijada en la propuesta de contratación, en función de las necesidades de los proyectos y siempre que sea viable administrativamente.

7.3. La finalización de los contratos podrá realizarse por cualquiera de las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores, o en el resto de legislación aplicable, y también las consignadas en el propio contrato, entre las que se establecerán las siguientes:

7.3.1. Finalización o agotamiento de la consignación presupuestaria.

7.3.2. Finalización de las tareas consignadas al puesto del empleado o empleada dentro del proyecto.

7.3.3. Finalización del proyecto.



Octava. Información sobre los datos recogidos

8.1. La Universitat de València es la entidad responsable de los datos facilitados por las personas que se presentan a este proceso selectivo. La información recibida, se tratará exclusivamente para los fines objeto de la convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal de conformidad con lo dispuesto en la en la normativa de protección de datos vigente.

Parte de los datos podrán ser publicados en el Tablón Oficial de la Universitat de València y en la página web de la Sección de Gestión de la Investigación. Además, también se cederán a los miembros de la comisión evaluadora para la valoración de los méritos y la resolución de reclamaciones planteadas, en su caso.

8.2. Quienes deseen acceder al expediente del proceso selectivo y consultar datos de otras personas aspirantes deberán solicitarlo previamente, a la Comisión Evaluadora o al Servicio de RRHH (PAS), Sección de PAS-Invest.

En dicha solicitud se comprometen a mantener el deber de confidencialidad de los datos y a guardar la oportuna reserva de los mismo, pudiendo hacer solo uso de estos a efectos de argumentar o plantear una posible reclamación o alegación.

El uso o divulgación de estos datos fuera de los casos mencionados podrá implicar la exigencia de responsabilidades de conformidad con la legislación vigente.

8.3. Para más información sobre el tratamiento de los datos, puede acceder al siguiente enlace: http://go.uv.es/88bqyH6



Novena. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o publicación, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.



Contra los actos de la comisión evaluadora, se podrá interponer el recurso de alzada previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



Así mismo, la Administración, si procede, podrá revisar las resoluciones del tribunal, de acuerdo con la mencionada norma.



València, 6 de junio de 2022.– La rectora, p. d. (DOGV 30.05.2022), el gerente: Juan Vicente Climent Espí.







ANEXO I



Proyecto: «Convenio de colaboración con la Conselleria de Sanidad y la compañía GlaxoSmithKline para la creación de la «Cátedra Escuela Valenciana de Estudios de la Salud-EVES». CPI-22-237».

Oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a no doctor/a.



1. Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado

1.1. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:

Investigador/a no doctor/a.

Grupo: A, subgrupo. A1

1.2. Jornada de trabajo: 20 horas semanales.

1.3. Dotación de la ayuda: se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo parcial, será de 880,77 euros (12 pagas).

1.4. Funciones y tareas a desarrollar:

– Detección de necesidades de formación continuada en personal sanitario.

– Elaboración de contenidos digitales en plataformas LMS.

– Implementación de la formación, apoyo técnico al profesorado en la distribución de contenidos y la evaluación de las acciones formativas.

– La realización del trabajo será en la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud y en la Clínica Odontológica de la Universitat de València.

1.5. Objeto y periodo: realización de encuestas sobre necesidades formativas y edición de contenidos digitales.

El contrato estará determinado por la duración del proyecto y la disponibilidad presupuestaria.

1.6. Requisitos:

1.6.1. Titulación: grado en Comunicación Audiovisual, o en Pedagogía, o en Psicología, o en Ingeniería Informática, o titulación equivalente.

Según el artículo 9 del Reglamento del Personal Investigador de la Universitat de València, la obtención del título de doctor determinará la extinción del contrato en el plazo de 30 días desde la fecha de obtención del mencionado título



2. Baremo

2. 1. Méritos preferentes:

2.1.1 Nota media del expediente académico de los estudios de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, en Base 10, calculada, de acuerdo con Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones con carácter oficial, sobre la totalidad de los créditos evaluados del 1º y del 2º ciclo.

2.1.2 Beca de Colaboración del Ministerio de Educación: 0,05 puntos

2.1.3 Premio extraordinario de Diplomatura, Licenciatura, Grado o Máster: por la obtención de cualquiera de estos premios se asignará un único valor de 0,25 puntos

2.1.4 Publicaciones científicas relacionadas con el objeto del contrato (hasta un máximo de 1,70 puntos):

2.1.4.1 por cada publicación en una revista relacionada al Índice Citation, o, en el caso de las Ciencias Sociales y Humanidades, en una revista considerada como equivalente por la Comisión de Investigación: 0,5 puntos

2.1.4.2 por cada publicación en revistas científicas no relacionadas en los listados mencionados en el punto anterior: 0,25 puntos

2.1.4.3 por cada participación en congresos u otras reuniones científicas, con carácter nacional o internacional, mediante comunicación, ponencia o póster: 0,05 puntos

2.2. Otros méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta un máximo de 3 puntos).

– Formación en e-learning.

– Conocimientos y/o experiencia en edición de contenidos digitales.

– Conocimientos y/o experiencia en gestión y administración de plataformas LMS.

La Comisión podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.



3. Comisión evaluadora titular

Presidente: Antonio Fons Font, profesor del Departament d'Estomatologia.

Vocal 1: José Manuel Almerich Silla, profesor del Departament d'Estomatologia.

Vocal 2: Houda Berrada Ramdani, profesora del Departament de Medicina Preventiva i Salut Pública, Ciències de l'Alimentació, Toxicologia i Medicina Legal.

Vocal 3: Aurora M. Gonzalez Teruel, profesora del Departament d'Història de la Ciència i Documentació.

Secretaria: Consuelo Borras Blasco, profesora del Departament de Fisiologia.



4. Comisión evaluadora suplente

Presidente: Francisco Javier Silvestre Donat, profesor del Departament d'Estomatologia.

Vocal 1: Teresa Almerich Torres, profesora del Departament d'Estomatologia.

Vocal 2: Julián Carretero Asunción, profesor del Departament de Fisiologia.

Vocal 3: Josep Carles Benítez Martínez, profesor del Departament de Fisioteràpia.

Secretaria: Ana Polache Vengut, profesora del Departament de Farmàcia i Tecnologia Farmacèutica i Parasitologia.



Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el Departament d'Estomatologia, Facultat de Medicina i Odontologia, de la Universitat de València.







ANEXO II



Proyecto: «SRIC-UE_ERASMUS 21-27-RecoVET-Recognition of good vet practices for refugees». CPI-22-245».

Oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a no doctor/a.



1. Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado

1.1. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:

Investigador/a no doctor/a.

Grupo: A, subgrupo. A1

1.2. Jornada de trabajo: 20 horas semanales.

1.3. Dotación de la ayuda: se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo parcial, será de 880,77 euros (12 pagas).

1.4. Funciones y tareas a desarrollar:

– Participación en el análisis de indicadores de calidad de FP para la inclusión de personas de origen migrante.

– Propuesta de elaboración de criterios.

– Identificación de entidades certificadoras de calidad en formación profesional.

– Identificación de entidades certificadoras de calidad en entidades que trabajan con población migrante.

– Preparación del sitio web uv.es para RecoVET.

– Preparación de la newsletter para RecoVET.

– Participación en reuniones online de RecoVET.

1.5. Objeto y periodo: participación en las tareas propias de RecoVET.

El contrato estará determinado por la duración del proyecto y la disponibilidad presupuestaria.

1.6. Requisitos:

1.6.1. Titulación: grado en Pedagogía, o titulación equivalente.

Máster universitario en profesor de educación secundaria, o titulación equivalente.

Inglés: Certificado de nivel B1, o titulación equivalente.

Catalán: Certificado de nivel C1, o titulación equivalente.

Según el artículo 9 del Reglamento del Personal Investigador de la Universitat de València, la obtención del título de doctor determinará la extinción del contrato en el plazo de 30 días desde la fecha de obtención del mencionado título



2. Baremo

2. 1. Méritos preferentes:

2.1.1 Nota media del expediente académico de los estudios de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, en Base 10, calculada, de acuerdo con Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones con carácter oficial, sobre la totalidad de los créditos evaluados del 1º y del 2º ciclo.

2.1.2 Beca de Colaboración del Ministerio de Educación: 0,05 puntos

2.1.3 Premio extraordinario de Diplomatura, Licenciatura, Grado o Máster: por la obtención de cualquiera de estos premios se asignará un único valor de 0,25 puntos

2.1.4 Publicaciones científicas relacionadas con el objeto del contrato (hasta un máximo de 1,70 puntos):

2.1.4.1 por cada publicación en una revista relacionada al Índice Citation, o, en el caso de las Ciencias Sociales y Humanidades, en una revista considerada como equivalente por la Comisión de Investigación: 0,5 puntos

2.1.4.2 por cada publicación en revistas científicas no relacionadas en los listados mencionados en el punto anterior: 0,25 puntos

2.1.4.3 por cada participación en congresos u otras reuniones científicas, con carácter nacional o internacional, mediante comunicación, ponencia o póster: 0,05 puntos

2.2. Otros méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta un máximo de 3 puntos).

– Estudios de postgrado en orientación educativa y/o formación profesional.

– Estudios de postgrado en investigación educativa.

– Formación en investigación cualitativa.

– Experiencia en investigación sobre educación, segunda oportunidad, población migrante, diversidad cultural y educación inclusiva.

– Contratos investigación predoctoral en formación profesional.

La Comisión podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.



3. Comisión evaluadora titular

Presidenta: Davinia Palomares Montero, profesora del Departament de Didàctica i Organització Escolar.

Vocal 1: Fernando Marhuenda Fluixa, profesor del Departament de Didàctica i Organització Escolar.

Vocal 2: Carmen Peiro Velert, profesora del Departament de Didàctica de l'Expressió Musical, Plàstica i Corporal.

Vocal 3: Vicente Gabarda Mendez, profesor del Departament de Didàctica i Organització Escolar.

Secretario: Andres Paya Rico, profesor del Departament d'Educació Comparada i Història de l'Educació.



4. Comisión evaluadora suplente

Presidente: Joan Aparisi Romero, profesor del Departament de Didàctica i Organització Escolar.

Vocal 1: Maria José Chisvert Tarazona, profesora del Departament de Didàctica i Organització Escolar.

Vocal 2: Santiago Mengual Andres, profesor del Departament d'Educació Comparada i Història de l'Educació.

Vocal 3: Natividad Orellana Alonso, profesora del Departament de Mètodes d'Investigació i Diagnòstic en Educació.

Secretario: Alfredo Pérez Boullosa, profesor del Departament de Mètodes d'Investigació i Diagnòstic en Educació.



Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el Departament de Didàctica i Organització Escolar, Facultat de Filosofia i Ciències de l'Educació, de la Universitat de València.

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