Ficha disposicion

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Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2018, del director general de Centros y Personal Docente, por la que se convoca a las personas aspirantes no exentas de la realización de las pruebas para la obtención del Certificat de Capacitació per a l'Ensenyament en Valencià y se nombra el tribunal que ha de evaluarlas, en el marco del procedimiento selectivo para ingreso en el cuerpo de maestros convocado por Orden 12/2018, de 17 de abril.



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Publicado en:  DOGV núm. 8308 de 01.06.2018
Número identificador:  2018/5366
Referencia Base Datos:  005464/2018
 



RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2018, del director general de Centros y Personal Docente, por la que se convoca a las personas aspirantes no exentas de la realización de las pruebas para la obtención del Certificat de Capacitació per a l'Ensenyament en Valencià y se nombra el tribunal que ha de evaluarlas, en el marco del procedimiento selectivo para ingreso en el cuerpo de maestros convocado por Orden 12/2018, de 17 de abril. [2018/5366]

De conformidad con lo establecido en la base 7 de la Orden 12/2018, de 17 de abril (DOGV 8277), por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el cuerpo de maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por personal funcionario del mismo cuerpo, esta dirección general ha resuelto:



Primero

Nombrar al tribunal que figura en el anexo I de esta resolución para realizar la prueba para la obtención del Certificat de Capacitació per a l'Ensenyament en Valencià prevista en la base 7.1.2.2.b de la convocatoria.



Segundo

Los miembros de este órgano de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Centros y Personal Docente, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, o si hubieran realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, siendo el plazo para manifestar la abstención de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el párrafo anterior.



Tercero

Los miembros del órgano de selección que actúen en esta prueba selectiva tendrán derecho a la indemnización por razón del servicio prevista en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero (DOGV 17 de febrero), y aquellos docentes cuyo puesto de trabajo esté ubicado fuera del término municipal del lugar/sede de actuación del tribunal, quedarán acogidos a la excepción prevista en el artículo 4.4, de la sección primera, capítulo II del Decreto 24/1997, de 11 de febrero.



Cuarto

La prueba viene descrita en el anexo II de esta resolución y, de acuerdo con lo previsto en la base 7.1.2.2.b de la convocatoria, se realizará el día 5 de junio. Se convoca a las personas aspirantes a las 17.00 horas en el IES Font de Sant Lluís (sito en la calle Hermanos Maristas 25, de València) de Abril Navarro, Carlos a Morat Monzó, Pau; y en el Centro de Formación, Innovación y Recursos para el profesorado (Cefire), sito en la calle Paco Pierrà, 20, de València, de Morcillo Ballesteros, Juan Pedro a Zaragoza Ballester, Maria de la Balma.

Las personas aspirantes que, entre el 4 de mayo de 2018, fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes de participación en el procedimiento de selección convocada por la Orden 12/2018, y la fecha de 5 de junio de 2018, hayan obtenido y se les haya expedido el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, de acuerdo con lo previsto en la Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, deberán presentarse el día, a la hora y en el lugar señalados en el párrafo anterior ante el tribunal, con el original y una copia del citado certificado.



Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Dirección General de Centros y Personal Docente en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



València, 29 de mayo de 2018.– El director general de Centros y Personal Docente: José Joaquín Carrión Candel.







ANEXO I

Tribunal



– Presidencia: la persona titular de la Subdirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüísmo, o persona en quien delegue.

– Secretaría: un/a técnico/a del Servicio de Acreditación y Asesoramiento.

– Vocal 1: la persona titular del Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado, o persona en quien delegue.

– Vocal 2: la persona titular del Servicio de Registro y Acreditación Docente o persona en quien delegue.

– Vocal 3: la persona titular del Servicio de Idiomas y Programas Europeos, o persona en quien delegue.







ANEXO II

Prueba de obtención del Certificat de Capacitació

per a l'Ensenyament en Valencià



La prueba se ajustará a los contenidos establecidos en la Orden 12/2018, de 17 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, del valenciano, y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana.

Los contenidos de la prueba se pueden consultar en el curso de autoformación de usuarios de Moodle al que se puede acceder desde el siguiente enlace: http://cefire.edu.gva.es/course/view.php?id=14644



1. Duración de la prueba

Los aspirantes contarán con 2 horas y 30 minutos para realizar la prueba.



2. Partes de la prueba

Parte escrita:

– Elaboración de un texto a escoger entre dos temas propuestos que, como mínimo, ha de tener 250 palabras.

– Un cuestionario de 10 ítems de cuádruple opción de respuesta y 10 ítems de verdadero o falso.

Parte oral:

– Elección, por parte del aspirante, de uno de los dos temas propuestos para exponerlo en voz alta, durante 4 o 5 minutos En este apartado el aspirante podrá elaborar un guión para estructurar su discurso.

– Superación de la prueba:

Es necesario superar la parte escrita y la parte oral de forma independiente.



3. Criterios de evaluación de la parte escrita

a) Texto de 250-300 palabras:

– El texto tiene una valoración máxima de 80 puntos.

· Adecuación y contenido: 40 puntos

· Coherencia: 20 puntos

· Cohesión gramatical: 10 puntos

· Cohesión léxica: 10 puntos

En la prueba escrita se descontará 1 punto por cada error gramatical u ortográfico cometido.

Los textos que no lleguen a la extensión mínima requerida (250 palabras) tendrán una puntuación global de 0 puntos.

Se entiende por palabra cada unidad lingüística que se separa del resto mediante pausas potenciales y blancos en la escritura.

b) Cuestionario de 20 ítems:

– Cada respuesta acertada valdrá 1 punto

– Cada respuesta errónea descontará:

· Ítems de verdadero o falso: 0,5 puntos

· Ítems de cuádruple opción de respuesta: 0,25 puntos

– Cada respuesta en blanco valdrá 0 puntos

Valoración global de la prueba escrita:

· APTO, entre 60 y 100 puntos

· NO APTO, entre 0 y 59 puntos



4. Criterios de evaluación de la parte oral

La intervención oral tiene una valoración máxima de 20 puntos:

· Pronunciación: 3 puntos

· Léxico: 3 puntos

· Morfosintaxis: 3 puntos

· Cohesión y coherencia textual: 3 puntos

· Aspectos paralingüísticos: 3 puntos

· Contenido: 5 puntos

Valoración global de la prueba oral:

· APTO, entre 12 y 20 puntos

· NO APTO, entre 0 y 11 puntos

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