Ficha disposicion

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Universitat Jaume I. RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2022, de la Universitat Jaume I de Castelló, por la que se convocan concursos de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.



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Publicado en:  DOGV núm. 9363 de 16.06.2022
Número identificador:  2022/5322
Referencia Base Datos:  005372/2022
 



RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2022, de la Universitat Jaume I de Castelló, por la que se convocan concursos de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios. [2022/5322]

El 28 de abril de 2022 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la Resolución de 25 de abril de 2022, del Rectorado de la Universitat Jaume I de Castelló, por la que se hace pública la oferta de ocupación pública del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I para el año 2022, relativa a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado contratado doctor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril (de ahora en adelante, LOU); el Real decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios (de ahora en adelante, RDCA); el artículo 100 de los Estatutos de la Universitat Jaume I, aprobados por el Decreto 95/2021, de 9 de julio, del Consell (de ahora en adelante, Estatutos), y el Reglamento para el desarrollo de los concursos de acceso a cuerpos de funcionariado docente universitario y de los concursos de selección de profesorado contratado doctor de la Universidad Jaume I, aprobado por el Consejo de Gobierno núm. 5, de 14 de mayo de 2020 (de ahora en adelante, RCAUJI).

Este rectorado, de acuerdo con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 62.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, ha resuelto convocar un concurso de acceso a las plazas que se detallan en el anexo i de esta resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universitat Jaume I, de acuerdo con las siguientes



Bases



Primera. Normas generales

En estos concursos resultan de aplicación la LOU; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (de ahora en adelante, LPAC); el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (de ahora en adelante, TREBEP); el Real decreto 1312/2007, de 5 de octubre; el RDCA; los Estatutos; el RCAUJI; estas bases de convocatoria; las normas de general aplicación y, para lo no previsto en las mismas, las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en las administraciones públicas.



Segunda. Requisitos

Las personas que deseen participar en esta convocatoria deberán cumplir los requisitos siguientes:

2.1. Generales

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales firmados por la Unión Europea y ratificados por España, resulte de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.

Siempre que no estén separados de derecho, podrán participar los cónyuges de las personas con nacionalidad española o de otros estados miembros de la Unión Europea. Con las mismas condiciones, podrán participar los descendentes menores de veintiún años o mayores de edad en situación de dependencia. Asimismo, podrán participar las personas aspirantes de nacionalidad extranjera cuando en el Estado del que son nacionales se reconozca a las personas con nacionalidad española aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria puestos análogos a las del funcionariado de los cuerpos docentes universitarios españoles. A tal efecto, el Consejo de Universidades solicitará un informe de los ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitada para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia judicial firme. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar igualmente no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Específicos

2.2.1 Plazas de Catedrático o Catedrática de Universidad

Podrán presentarse a los concursos de acceso las personas que hayan sido acreditadas para el cuerpo de catedrático o catedrática de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera, segunda y tercera del Real decreto 1312/2007, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.

2.2.1 Plazas de titular de universidad

Podrán presentarse a los concursos de acceso las personas que hayan sido acreditadas para el cuerpo de titular de universidad de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera, segunda y tercera del Real decreto 1312/2007, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios

2.3. Los requisitos establecidos en la presente base deberán reunirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera.



Tercera. Presentación de solicitudes

3.1. El plazo de presentación de solicitudes para participar en este proceso selectivo será de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE.

Las solicitudes deberán presentarse por medios electrónicos. El tratamiento de la información por medios electrónicos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y otras disposiciones que resulten de aplicación. Para presentar la solicitud por medios electrónicos será necesario poseer un certificado digital de firma electrónica, el DNI electrónico o el sistema de identificación Cl@ve.

Cuando se utilice la opción de «Registrar cuenta de usuario» se deberá adjuntar una copia del DNI. La solicitud se deberá formalizar en línea a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, mediante el Tablón de Anuncios Oficial (TAO-UJI): https://bit.ly/3uwmeqo.

Además de la solicitud, que se adjunta en el anexo ii, deberá presentarse la documentación siguiente en formato PDF:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad vigente. En el caso de las personas que no tengan la nacionalidad española, deberá presentarse una fotocopia del documento acreditativo de la nacionalidad, tarjeta de identidad o una fotocopia del pasaporte.

b) Certificaciones que acrediten el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso.

3.2. Derechos de examen y forma de pago

El importe de la tasa por derechos de examen será de 30 euros.

3.2.1. Bonificaciones

Los miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general disfrutarán de una bonificación del 50 % de la cuota íntegra, es decir, el importe será de 15 euros.

3.2.2. Exenciones

Estarán exentas del pago de la tasa:

a) Las personas que formen parte de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial.

b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

c) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

d) Las personas que se hallen en situación de exclusión social acreditada por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.

3.2.3. Forma de pago

El pago de la tasa se efectuará mediante tarjeta de crédito o débito, a través del enlace previsto en la correspondiente convocatoria publicada en el TAO-UJI. En el supuesto de que se tenga derecho, se podrá optar por la bonificación de la tasa.

La solicitud deberá ir acompañada de un certificado acreditativo de la bonificación o exención del pago de la tasa.

El abono de los derechos de examen o, si procede, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial de los mismos deberá realizarse dentro de plazo de presentación de solicitudes. De lo contrario, se excluirá a la persona solicitante del procedimiento. En ningún caso el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial de este supondrá la sustitución del trámite de presentación, dentro del plazo y en la forma oportuna, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

3.3. Corresponderá la devolución de las tasas por derechos de examen en los supuestos y a través de los procedimientos previstos en el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas.



Cuarta. Admisión de las personas aspirantes

4.1. Al finalizar el periodo de presentación de solicitudes, si todas las solicitudes presentadas se ajustan a la convocatoria, el Rectorado de la Universitat Jaume I dictará, en el plazo máximo de veinte días hábiles, una resolución en la que elevará a definitiva el listado de personas aspirantes admitidas. De lo contrario, y en el mismo plazo, el Rectorado dictará una resolución en la que se declarará aprobado el listado provisional de personas admitidas y excluidas y se indicará, respecto de estas últimas, la causa de exclusión. Se indicará a las personas interesadas que, si no la subsanan en el plazo improrrogable de diez días hábiles, decaerán en su derecho. Al finalizar este plazo, se elevará a definitivo el listado provisional con las modificaciones que procedan.

4.2. Estas resoluciones se publicarán en el tablón de anuncios oficial (TAO-UJI): (http://www.uji.es/seu/info-adm/tao/).

4.3. Contra la resolución por la que se aprueba el listado definitivo de personas admitidas, las personas que hayan resultado excluidas podrán interponer un recurso en los términos previstos en los artículos 123 y siguientes de la LPAC.



Quinta. Protección de datos personales

5.1. En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos UE 2016/679 y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el responsable del tratamiento de los datos tratados al objeto de esta convocatoria es la Universitat Jaume I.

5.2. La base legal para el tratamiento de los datos personales es la necesidad de gestionar el procedimiento de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de esta convocatoria.

5.3. No están previstas cesiones o transferencias internacionales de los datos personales tratados.

5.4. La Universitat Jaume I informa sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y, si procede, de oposición, que prevé el artículo 5 de la mencionada Ley 3/2018. Estos derechos se ejercerán por escrito, ante la Secretaría General de la Universidad: https://ujiapps.uji.es/reg/rest/publicacion/solicitud_generica.

5.5. En el caso de reclamación, la autoridad competente es la Agencia Española de Protección de Datos.

5.6. Los datos se conservarán en virtud de la legislación aplicable a este tratamiento.



Sexta. Comisiones de los concursos de acceso, desarrollo del concurso, propuesta de provisión y Comisión de Reclamaciones

6.1. La composición de las comisiones, que figuran en el anexo i de esta convocatoria, el régimen de sustituciones de los miembros, la constitución, el desarrollo del concurso y la propuesta de provisión, se efectuarán de acuerdo con el artículo 101 del Decreto 95/2021, de 9 de julio, del Consell, de aprobación de los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castelló, y los artículos 5 al 9 del RCAUJI.

6.2. En el anexo iii figuran los criterios generales de aplicación para las comisiones.

6.3. Contra la propuesta de la comisión de los concursos de acceso, las personas que concursen podrán presentar reclamación ante el Rectorado en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación.



Séptima. Propuesta de provisión de plazas y nombramientos

7.1. En vista de la puntuación otorgada a las personas aspirantes en la prueba, la comisión formulará la propuesta de la candidatura para ocupar la plaza teniendo en cuenta que en ningún caso pueden superar el proceso selectivo un número mayor de personas aspirantes que el número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

7.2. El concurso podrá concluir con la propuesta de la comisión de no provisión de plaza, considerando lo dispuesto en la normativa de aplicación.

7.3. La propuesta motivada de provisión se hará pública en el plazo máximo de cinco días naturales a contar a partir del día siguiente al de la finalización de la prueba, en el lugar de celebración del concurso y en el tablón de anuncios del departamento al que se adscriba la plaza. La propuesta de provisión indicará los posibles medios de impugnación que pueden emplear las personas interesadas, y se expondrá al menos hasta la finalización del plazo de interposición de recurso administrativo.

7.4. El presidente o presidenta de la comisión, una vez efectuada y publicada la propuesta de provisión, remitirá al Rectorado, en un plazo máximo de cinco días naturales, un ejemplar de todas las actas e informes, junto con una certificación del secretario o secretaria de la comisión sobre el inicio del periodo de exposición pública de la propuesta de provisión.

7.5. El candidato o candidata propuesto presentará, en el plazo máximo de veinte días hábiles siguientes a contar desde la finalización de la actuación de la comisión, en el Registro General de la Universidad o por cualquiera de los procedimientos señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:

– La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que se establecen en la convocatoria.

– Los requisitos generales para el acceso a la función pública:

a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o, si no se posee la nacionalidad española, del documento oficial equivalente que acredite su nacionalidad en vigor.

b) Certificado de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas expedido por la Unidad de Prevención y Gestión Medioambiental de la UJI.

c) Una declaración jurada de no haber sido separado o separada por resolución firme de expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública (del Estado, autonómica, local o institucional), ni estar inhabilitado o inhabilitada por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Si se trata de personas nacionales del resto de estados miembros de la Unión Europea o de algún estado en el que, en virtud de los tratados internacionales formalizados por la Unión Europea y ratificados por España, se aplique la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, estas deberán acreditar mediante declaración jurada o promesa que no se encuentran sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real decreto 543/2001, de 18 de mayo.

e) La documentación que acredita que se reúnen los requisitos que establece el artículo 4 del RDCA.

f) Las personas que tengan la condición de funcionarios o funcionarias de carrera en activo están exentas de justificar la documentación y los requisitos, pero deberán presentar un certificado del ministerio o el organismo del que dependen para acreditar esa condición y las circunstancias que constan en su hoja de servicios.

7.6. El Rectorado, en un plazo máximo de treinta días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la propuesta de provisión, nombrará a la persona propuesta. El nombramiento, que se inscribirá en el correspondiente registro de personal y especificará la denominación de la plaza, el cuerpo y el área de conocimiento, el centro al que se adscribe y también el número correspondiente en la relación de puestos de trabajo, se publicará en el BOE y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, así como en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI), y se comunicará a los registros correspondientes y al Consejo de Universidades.

7.7. En el plazo máximo de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOE, el candidato o candidata propuesto tomará posesión de la plaza. En ese momento, adquirirá la condición de funcionario o funcionaria del cuerpo docente universitario del que se trate, con los derechos y los deberes que le son propios.

7.8. La plaza obtenida después del concurso de acceso deberá ocuparse al menos durante dos años antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener plaza en otra universidad.



Octava. Reclamaciones

8.1. Contra la propuesta de la comisión podrá presentarse reclamación ante el Rectorado en el plazo máximo de diez días hábiles. Una vez admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta la publicación de la resolución definitiva.

8.2. La propuesta de resolución al Rectorado de estas reclamaciones corresponderá a la comisión de reclamaciones prevista en el artículo 66.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y en el artículo 103 de los Estatutos.

8.3. Esta comisión estará formada por siete catedráticos y catedráticas de universidad de diferentes áreas de conocimiento y con una amplia experiencia docente e investigadora, elegidos por el Claustro por mayoría absoluta de sus miembros para un periodo de cuatro años. A efectos de esta elección será admisible el voto anticipado. La renovación se lleva a cabo a partes iguales cada dos años. Será presidida por el catedrático o catedrática de universidad de mayor antigüedad y ejercerá las funciones de secretaría el catedrático o catedrática de universidad con menor antigüedad.

8.4. La Comisión examinará el expediente relativo al concurso a fin de velar por el cumplimiento de las garantías establecidas en el apartado 1 del artículo 64 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de tres meses. En este último caso, el expediente se retrotraerá hasta el momento en el que se produjo el vicio, y la comisión del concurso formulará una nueva propuesta.

La Comisión de Reclamaciones valorará los aspectos puramente procedimentales y verificará el respeto efectivo, por parte de la comisión del concurso, de la igualdad de condiciones y de los principios de mérito y capacidad de las personas aspirantes en el procedimiento del concurso de acceso.

8.5. En caso de reclamación contra la resolución de la comisión, la Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la comisión y a las personas participantes. Asimismo, podrá solicitar informes de especialistas de reconocido prestigio.

8.6. La resolución del Rectorado, con la propuesta previa vinculante de la Comisión de Reclamaciones, pone fin a la vía administrativa y podrá impugnarse ante la jurisdicción contencioso-administrativa.



Novena. Recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se recurre, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. También cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castelló, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere procedente.



Castelló de la Plana, 3 de junio de 2022.– El vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado (p. d. R 24.05.2022, DOGV 27.05.2022): Joaquín Beltrán Arandes.







ANEXO I



Cuerpo: catedráticos y catedráticas de universidad

Clase de convocatoria: concurso para el acceso

al cuerpo de catedráticos y catedráticas de universidad



1. Área de conocimiento: Economía Aplicada

Número de plazas: 1

Plaza número: 19917

Departamento: Economía

Perfil docente: Migraciones y Globalización en el grado en Administración de Empresas y grado en Finanzas y Contabilidad y Macroeconomía Internacional en el grado en Economía.

Perfil investigador: 5310.91 Economía Internacional: Área Europea, 5312.03 Construcción, 5305.03 Sistemas Económicos Comparados.



Comisión titular

Presidente. Celestino Suárez Burguet. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1.ª: Inmaculada Martínez Zarzoso. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2.º: Salvador Gil Pareja. CU. Universitat de València



Comisión suplente

Presidente: Javier Ordóñez Monfort. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1.ª. Carmen Díaz Mora. CU. Universidad de Castilla-La Mancha

Vocal 2.º: Francisco Requena Silvente. CU. Universitat de València





2. Área de conocimiento: Fundamentos del Análisis Económico

Número de plazas: 1

Plaza número: 19918

Departamento Economía

Perfil docente Introducción a la Macroeconomía y Teoría Macroeconómica en el grado en Economía.

Perfil investigador: 5307.18 Teorías de la estabilización, 5307.06 Fluctuaciones Económicas, 5304.06 Dinero y Operaciones Bancarias.



Comisión titular

Presidenta: Aurora García Gallego. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1.ª: Maite Alguacil Marí. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2.ª: Ana Isabel Moro Egido. CU. Universidad de Granada



Comisión suplente

Presidente: Nikolaos Georgantzis. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1.º: Vicente Orts Ríos. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2.ª: Socorro Puy Segura. CU. Universidad de Málaga





Cuerpo: profesorado titular de universidad

Clase de convocatoria: concurso para el acceso

al cuerpo de profesorado titular de universidad



3. Área de conocimiento: Didáctica de la Matemática

Número de plazas: 1

Plaza número: 19927

Departamento: Educación y Didácticas Específicas

Perfil docente: Desarrollo del Pensamiento Matemático y su Didáctica en el grado en Maestro o Maestra en Educación Infantil.

Perfil investigador: 2490 Neurociencias, 1299 Otras especialidades matemáticas, 5899 Otras especialidades pedagógicas.



Comisión titular

Presidente: David Arnau Vera. CU. Universitat de València

Vocal 1.ª: Raquel Fernández Cézar. TU. Universidad de Castilla-La Mancha

Vocal 2.º: José Antonio González-Calero Somoza. TU. Universidad de Castilla-La Mancha

Comisión suplente

Presidente: Ángel Alsina Pastells. CU. Universitat de Girona

Vocal 1.ª: M. Teresa Sanz García. TU. Universitat de València

Vocal 2.º: Juan Gutiérrez Soto. TU. Universitat de València





4. Área de conocimiento: Mecánica de Fluidos

Número de plazas: 1

Plaza número: 19928

Departamento: Ingeniería Mecánica y Construcción

Perfil docente: Mecánica de Fluidos en el grado en Ingeniería Mecánica, grado en Ingeniería Eléctrica y grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales.

Perfil investigador: 2205.04 Mecánica de Fluidos, 2205.99 Mecánica. Otros (Experimentación y modelización de flujos multifásicos), 3311.99 Tecnología de la instrumentación. Otros (Diseño de sistemas ópticos y procesado de imagen y su aplicación en flujos multifásicos).



Comisión titular

Presidente: Sergio Chiva Vicent. CU. Universitat Jaume I de Castelló.

Vocal 1.ª: Leonor Hernández López. CU. Universitat Jaume I de Castelló.

Vocal 2.º: Carlos Martínez Bazán. CU. Universidad de Granada



Comisión suplente

Presidente: Antonio Sánchez Kaiser. CU. Universidad Politécnica de Cartagena

Vocal 1.º: Enrique Sanmiguel Rojas. CU. Universidad de Málaga

Vocal 2.ª: Rosa Mondragón Cazorla. TU. Universitat Jaume I de Castelló





5. Área de conocimiento: Anatomía y Embriología Humana

Número de plazas: 1

Plaza número: 19929

Unidad Predepartamental Medicina

Perfil docente: Aparato Cardiorrespiratorio, Aparato Genitourinario y Renal, Aparato Locomotor en el grado en Medicina.

Perfil investigador: 2490.02 Neuroquímica.



Comisión titular

Presidente: Francisco Eliseo Olucha Bordonau. CU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 1.ª: Alicia Mohedano Moriano. TU. Universidad de Castilla-La Mancha

Vocal 2.º: Alino Martínez Marco. CU. Universidad de Castilla-La Mancha



Comisión suplente

Presidenta: Mar Arroyo Jiménez. CU. Universidad de Castilla-La Mancha

Vocal 1.ª: Ana María Sánchez Pérez. TU. Universitat Jaume I de Castelló

Vocal 2.º: Eduardo de Puelles Martínez de la Torre. CU. Universitat Miguel Hernández d'Elx

ANEXO III

Criterios generales de evaluación de aplicación por parte de las comisiones que deberán resolver los concursos de acceso a plazas

de funcionariado de los cuerpos docentes universitarios



Para la valoración de los candidatos y candidatas a los concursos de acceso a plazas de funcionariado docente, las comisiones fijarán unos criterios específicos adecuados al perfil de las plazas que en todo caso se ajustarán a los criterios generales siguientes:



Catedráticos y catedráticas de universidad



Criterios generales de evaluación Porcentaje

Actividad y proyecto investigador 50

Actividad y proyecto docente 30

Conocimiento de la lengua propia 5

Conocimiento de la lengua inglesa 5

Experiencia en gestión y administración 10





Profesores y profesoras titulares de universidad



Criterios generales de evaluación Porcentaje

Actividad y proyecto investigador 45

Actividad y proyecto docente 35

Formación académica 5

Conocimiento de la lengua propia 5

Conocimiento de la lengua inglesa 5

Experiencia en gestión y administración 5

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