Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2022, de la Universitat Politécnica de Valencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado laboral, en la figura de profesorado ayudante doctor, para el curso académico 2022/2023.



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Publicado en:  DOGV núm. 9360 de 13.06.2022
Número identificador:  2022/5317
Referencia Base Datos:  005219/2022
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat Politècnica de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo publico y oposiciones, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado



RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2022, de la Universitat Politécnica de Valencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado laboral, en la figura de profesorado ayudante doctor, para el curso académico 2022/2023. [2022/5317]

De conformidad con lo dispuesto en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, el Real decreto legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y el acuerdo de Consejo de Gobierno 24 de julio de 2007, modificado por acuerdos de Consejo de Gobierno de 14 de abril de 2011 y 23 de diciembre de 2021, por el que se aprueba la normativa de contratación y criterios de evaluación para la selección de profesorado contratado, se abre proceso de selección de profesorado ayudante doctor, para su contratación en régimen laboral, de acuerdo con las siguientes bases:

Esta convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público utilizándose un lenguaje inclusivo en la redacción de la misma, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.



1º) objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto la cobertura de necesidades de docencia en esta universidad, mediante la provisión de plazas de Profesorado Ayudante Doctor con las características que figuran en el anexo I.



2º) requisitos de los aspirantes

Las personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Tener cumplidos 16 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.

2. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las correspondientes a las plazas.

En caso de ser nacional de otro estado, deberán acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones correspondientes a las plazas convocadas.

4. Estar en posesión del título de doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en Universidades extranjeras deberá acompañarse fotocopia de la credencial que acredite la homologación de la misma o de la correspondiente resolución de equivalencia.

5. Tener nacionalidad española o ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea, así como los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

Asimismo se extiende igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Asimismo podrán participar los extranjeros no incluidos en los apartados anteriores con residencia legal en España.



6. Disponer de evaluación positiva de su actividad, para su contratación como profesor ayudante doctor, por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o por l'Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva.

7. Los aspirantes extranjeros deberán poseer un conocimiento de la lengua castellana equivalente al nivel C1. Asimismo, en caso que se requiera la impartición de asignaturas en otro idioma, según indique la convocatoria, el nivel de conocimiento de lenguas requerido es el equivalente al nivel C1 del idioma correspondiente

8. No haber agotado el plazo máximo de cinco años de duración de contrato en esta misma categoría en esta o en cualquier Universidad. No haber superado un total de ocho años de duración conjunta entre esta figura contractual y la de Ayudante en esta o en distinta universidad.



La concurrencia de los requisitos anteriores deberá estar referida a una fecha anterior a la expiración del plazo de presentación de instancias.



3º) solicitudes

3.1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

3.2. Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán exclusivamente por vía electrónica, accediendo al formulario «Solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Universitat Politècnica de València (Profesorado contratado)» disponible en la Sede electrónica de la Universitat Politècnica de València en la siguiente dirección web:

https://sede.upv.es/oficina_tactica/?idioma=es_ES#/tramita/20/277/cauce?idform=EINSTANCIA_PDI.

Para el acceso a dicho formulario se requiere la identificación electrónica de la persona interesada, para lo cual será necesario disponer de alguno de los sistemas de identificación electrónica descritos en el anexo II de la presente convocatoria.

Deberá presentarse una solicitud para cada plaza o concurso en el que se desee participar.

3.3. En las dependencias de la oficina del Registro General en Valencia y en las oficinas de los registros de los campus de Alcoy y de Gandía de la Universitat Politècnica de València se pondrá a disposición de las personas interesadas que así lo requieran los recursos informáticos suficientes para acceder a la aplicación y así poder tramitar su instancia.

3.4. Para completar con éxito el proceso de solicitud, deberá realizar los siguientes pasos dentro del plazo estipulado:

a) Identificarse electrónicamente en la Sede electrónica.

b) Acceder y cumplimentar el formulario electrónico de solicitud de admisión.

c) Pagar la tasa correspondiente (si procede, en función de su situación personal), bien por medios electrónicos o mediante recibo bancario, dentro del plazo de presentación de solicitudes.

d) Registrar electrónicamente la solicitud.

3.5. No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas que, habiendo abonado la tasa no hayan registrado la solicitud electrónicamente, sin perjuicio de lo que se indica seguidamente.

Excepcionalidad técnica

Cuando por motivos técnicos excepcionales atribuibles a la Administración, no sea posible completar los pasos anteriores por medios electrónicos durante un periodo prolongado dentro del plazo estipulado, las personas interesadas podrán presentar su solicitud por medios no electrónicos.

Para completar con éxito el proceso de solicitud en circunstancias de excepcionalidad técnica, deberá realizar los siguientes pasos dentro del plazo estipulado:

a) Descargar e imprimir un modelo de solicitud en blanco accesible en la siguiente dirección web:

(http://www.upv.es/entidades/SRH/pdi/U0781102.doc)

b) Cumplimentar dicho modelo e incluir una firma manuscrita.

c) Pagar la tasa correspondiente (si procede, en función de su situación personal), mediante ingreso, dentro del plazo de presentación de instancias, en efectivo o transferencia bancaria, en la cuenta «Universitat Politècnica de València», número ES49 2100 7084 5113 0002 1698, especificando en el resguardo el nombre y apellidos y el número de la plaza o plazas que conforman el concurso en que se desea participar.



d) Registrar presencialmente la solicitud y la documentación exigida, en el Registro General de la Universitat, y sus Registros Auxiliares en la Escuela Politécnica Superior de Alcoy y en la Escuela Politécnica Superior de Gandia, o por cualquiera de los sistemas previstos en el artículo 16.4 de la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas que, no concurriendo circunstancias de excepcionalidad técnica demostrables, hayan registrado presencialmente su solicitud mediante el proceso antes descrito.

3.6. Los derechos de participación serán de 30 euros, por cada plaza a la que se desee concursar.

El pago de esta tasa podrá realizarse en efectivo (mediante recibo bancario) o con tarjeta de crédito.

En el caso de pago en efectivo el ingreso se efectuará utilizando el recibo emitido por la aplicación mencionada.

El pago mediante tarjeta de crédito se realiza en el momento de cumplimentar la instancia a través de la aplicación mencionada.

3.7. La falta de abono dentro del plazo de presentación de solicitudes, de la tasa de admisión a estas pruebas selectivas determinará la exclusión de la persona aspirante, salvo que concurran una de las circunstancias de exención o bonificación y se haga constar en la solicitud de participación.

3.7.1. Los miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial. Para ello señalarán con una equis (X) en el apartado de Exenciones <Familia Numerosa Especial> de la solicitud.

3.7.2. Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa autonómica contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Para ello señalará con una equis (X) en el apartado <otros> de la solicitud.

3.7.3. Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33 %. Para ello señalarán con una equis (X) en el apartado de Exenciones <Diversidad Funcional> de la solicitud.

3.7.4. Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. Para ello señalarán con una equis (X) en el apartado de Exenciones <Otros >> de la solicitud.

3.7.5. Bonificaciones.

a) Los miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación del 50 % del importe total de la tasa. Para ello señalarán con una equis (X) en el apartado de Exenciones <Familia Numerosa General> de la solicitud.

b) La presentación de la solicitud de participación en las pruebas por medios telemáticos tendrá una bonificación del 10 % de la cuota íntegra, acumulable a la fijada en el apartado anterior, a).

3.7.6. Las personas que superen el proceso selectivo y hayan solicitado una de las exenciones o bonificaciones establecidas en la base anterior, deberán presentar fotocopia compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de tal beneficio, dentro del plazo de presentación de documentos, de conformidad con la base 11 de esta convocatoria. En el caso de que no lo presenten dentro de este plazo, no podrán ser contratados, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

3.8. En ningún caso el pago realizado del recibo emitido, en las oficinas bancarias correspondientes a que se hace referencia, supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

3.9. Tan solo procederá la devolución de tasas, cuando estas se hayan ingresado y, por causa imputable a la administración, no se haya realizado el proceso selectivo.

3.10. A cada solicitud deberá acompañarse, incorporándolos en un fichero digital para incluir en cada uno de los apartados existentes en la aplicación, la siguiente documentación:

a. Curriculum vitae; deberá utilizarse, obligatoriamente, el modelo que podrán encontrar en la página Web:

http://www.upv.es/entidades/SRH/pdi/579900normalc.html

b. Justificantes Curriculum. Se incluirá certificación académica personal o documento sustitutivo (los concursantes cuya titulación no sea española, deberán presentar certificado de homologación de su título y certificado de la nota media de su expediente académico emitido por el Ministerio Español de Educación) y Documentos acreditativos de cada uno de los méritos consignados en el curriculum. Los méritos alegados en el curriculum que no hayan sido justificados documentalmente no serán tenidos en cuenta. Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes no se admitirán nuevos méritos.

c. Justificantes requisitos específicos de la convocatoria: En concreto titulación y acreditación, base Segunda.4) y Segunda.6).



4º) información respecto de los datos recogidos

4.1. En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos UE 2016/679 y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que el responsable del tratamiento de los datos tratados con objeto de esta convocatoria es la Universitat Politècnica de València.

4.2. La base legal para el tratamiento de sus datos personales es la necesidad de gestionar el procedimiento de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de la presente convocatoria.

4.3. No están previstas cesiones o transferencias internacionales de los datos personales tratados.

4.4. Las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición al tratamiento aportando copia de un documento oficial que les identifique (NIF-NIE, Pasaporte), y si fuera necesaria, documentación acreditativa de su solicitud ante el Delegado de Protección de Datos de la Universitat Politècnica de València (Secretaría General), Universitat Politècnica de València, Camí de Vera, s/n, – 46022 Valencia.

4.5. En caso de reclamación la autoridad competente es la Agencia Española de Protección de Datos.

4.6. Los datos se conservarán en virtud de la legislación aplicable al presente tratamiento.



5º) lista de admitidos

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección del Departamento hará pública la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada uno de los concursos convocados, con indicación en este último caso de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el tablón de anuncios del Departamento y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del Departamento o en el servidor UPV.noticias, grupo de noticias UPV.administración que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú en el menú Perfiles/ PAS y PDI/ Herramientas y Recursos (http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c)

Serán motivos de exclusión:

· Presentar la solicitud fuera del plazo establecido

· No presentar la solicitud o el curriculum según el proceso o el modelo obligatoriamente establecido

· La falta o incorrecto abono de los derechos de participación, salvo que se haya declarado encontrarse exento del pago de los mismos.

· No acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de la convocatorias; base Segunda.4) y Segunda.6).

Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, no considerándose subsanable, entre otros, la falta de pago de los derechos de participación dentro del plazo de presentación de instancias. La solicitud de subsanación deberá presentarse exclusivamente en el Departamento convocante de la plaza.

Transcurrido el plazo de subsanación de errores, se procederá a la publicación por el mismo procedimiento de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.



6º) proceso de selección

El proceso de selección constará de dos fases:

1ª Concurso de méritos en el que se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos, sin perjuicio de la puntuación por mérito preferente que pudiera corresponder. Para superar esta fase del proceso de selección será necesario alcanzar un mínimo de 3 puntos.

2ª Defensa Proyecto Docente y Entrevista. A los aspirantes que superen la fase de concurso la Comisión los citará a una entrevista personal para perfilar la selección definitiva, que versará sobre sus méritos, historial académico, investigador y profesional, y sobre todos aquellos aspectos que la Comisión considere relevantes relacionados con el perfil docente de la plaza.

Asimismo, en esta fase, las personas candidatas deberán presentar ante la Comisión un proyecto docente de una asignatura troncal u obligatoria vinculada con el perfil de la plaza, para su valoración y defensa ante la misma.

Esta segunda fase del proceso de selección se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siendo necesario para superarla alcanzar un mínimo de 2 puntos.

Los aspirantes extranjeros deberán poseer un conocimiento de la Lengua Castellana suficiente. En su caso, también se requiere poseer el conocimiento del idioma en el que se requiera la impartición de las asignaturas según indique la convocatoria.

A estos efectos, el nivel de conocimiento de lenguas requerido es el equivalente al nivel C1 del idioma correspondiente. A aquellos candidatos que hayan incluido y justificado en sus respectivos currículos la posesión de un certificado de nivel C1 o superior en dicha lengua, habiéndolo obtenido en el caso del inglés con menos de cinco años de antigüedad, se les reconocerá como acreditado el conocimiento suficiente de dichos idiomas. Los títulos, diplomas y certificados con validez a estos efectos son los expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, por las Universidades españolas acreditadas por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (CertAcles), así como los indicados en la normativa vigente en materia lingüística, pudiéndose acceder a dicha información a través de la siguiente dirección web:

https://cdl.upv.es/el-centro/normativa/normativa-oficial-certificaciones-competencia-lingueistica

Caso de no acreditar en el currículo la posesión de certificado correspondiente deberán superar, ante la Comisión de Selección, una prueba específica para acreditar el conocimiento del idioma.



7º) COMISIÓN DE SELECCIÓN

Los méritos de los aspirantes serán juzgados por Comisiones de Selección que tendrán la siguiente composición:

· Tres miembros designados por el Rector, entre los que designará al Presidente, siendo al menos uno del área de conocimiento a la que corresponde la plaza objeto de provisión.

· Dos miembros del área de conocimiento designados por el Consejo del Departamento al que pertenezca la plaza, debiendo ser de la misma área de conocimiento que la de la plaza ofertada, pudiendo ser, en su defecto, de un área afín.

En defecto de profesorado del Área de Conocimiento a la que se adscribe la plaza, se podrá designar de un Área afín.

La composición definitiva de cada Comisión de Selección se publicará en los tablones de anuncios de los Departamentos correspondientes, junto con las listas definitivas de admitidos y excluidos.

Todos los miembros de las Comisiones de Selección deberán pertenecer a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y ostentar titulación oficial igual o superior a la de la plaza convocada.

Las comisiones de selección se regirán, en cuanto a su funcionamiento, por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

Los miembros de las Comisiones se abstendrán de intervenir cuando se dé alguna de las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la citada Ley 40/2015.



8º) DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO

La constitución se podrá llevar a cabo por medios electrónicos, debiendo publicarse el correspondiente acuerdo en el tablón de anuncios del Departamento. Asimismo se deberá publicar de forma complementaria y sin carácter oficial, en la microweb del Departamento o en el servidor UPV.noticias, grupo de noticias UPV.administración, para conocimiento de todos los aspirantes. Asimismo, en la sesión de Constitución, la Comisión de Selección podrá establecer el carácter no presencial de las pruebas, con idénticas garantías de publicidad que en la modalidad presencial.

Las diferentes actuaciones no presenciales se deberán realizar siguiendo las instrucciones que, a tal efecto, dicte la Universitat que serán publicadas y puestas en conocimiento de todos los aspirantes y en concreto cuando sean convocados a la realización de la defensa del proyecto docente y/o entrevista ante la Comisión.

Con el fin de que pueda producirse la oportuna interacción entre las personas aspirantes y/o las personas integrantes de la Comisión de Selección que pudieran asistir de forma no presencial, se debe hacer uso de herramientas que permitan una videoconferencia grupal en la que todos los asistentes puedan interactuar.

En la sesión de constitución la Comisión de Selección procederá, de acuerdo con el baremo aplicable a cada figura contractual (que consta en Anexo III), a la elaboración de los criterios de valoración de los méritos de los aspirantes, que deberán publicarse en el tablón de anuncios del Departamento.

Publicados los criterios de valoración, la Comisión de Selección se reunirá para valorar los méritos de los concursantes. La Comisión podrá solicitar la aportación de documentación original para comprobar la validez de los méritos incluidos en el currículum.

Valorados los méritos de los aspirantes, la Comisión de Selección hará pública esta valoración en el tablón de anuncios del Departamento haciéndose constar la calificación obtenida por cada uno de los aspirantes en cada apartado del baremo (y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del Departamento o en el servidor UPV.noticias, grupo de noticias UPV.administración). Caso de que, en aplicación de lo dispuesto en la base Tercera 10.b), no se haya valorado algún mérito alegado por un participante en su curriculum, por no haber sido justificado documentalmente el mismo, se hará constar tal circunstancia en la resolución de valoración, concediéndose un plazo de cinco días hábiles, desde su publicación, para que se pueda subsanar aportando la documentación necesaria.

La solicitud de subsanación deberá presentarse exclusivamente ante el Departamento convocante de la plaza que la hará llegar a la Comisión correspondiente. Para ello puede utilizarse cualquier sistema de los establecidos por la norma, incluida la presentación telemática a través del Registro Electrónico Común (acceso al mismo se puede encontrar en la web del Registro General de la UPV cuya dirección es:

http://www.upv.es/entidades/SPET/infoweb/ag/info/741041normalc.html).

Se informa que, para esta presentación, no será válido utilizar el procedimiento electrónico «Solicitud Genérica» existente en la Sede Electrónica de la UPV, al no tener dicho procedimiento electrónico entre sus destinatarios a los distintos Departamentos de la UPV. Cualquier otra reclamación por incorrecta valoración u error deberá ser realizada por los candidatos en este mismo plazo y del mismo modo.

Finalizado el plazo de subsanación y caso de que se hubieran presentado reclamaciones, la Comisión se reunirá para valorar las mismas, publicándose la valoración definitiva de la manera antes indicada.

Las personas aspirantes que superen la fase de concurso serán convocadas para la realización de la defensa del proyecto docente y entrevista ante la Comisión mediante anuncio publicado en el tablón del Departamento (y complementariamente y sin carácter oficial, en la microweb del Departamento o en el servidor UPV.noticias, grupo de noticias UPV.administración), con una antelación de 2 días hábiles a la fecha de realización de la misma, sin perjuicio de la utilización de otros medios de notificación que la Comisión estime procedentes. Al inicio de la celebración de esta fase, que será pública, los candidatos entregarán al presidente de la comisión tres ejemplares impresos de su proyecto docente, salvo que por la Comisión se haya declarado previamente esta actuación como No Presencial, en cuyo caso se atenderá a lo dispuesto en las instrucciones existentes para actuaciones electrónicas.



9º) resolución del concurso

Finalizado el proceso de selección la Comisión conformará una relación con los aspirantes que han superado ambas fases del proceso, ordenándolos de mayor a menor según la puntuación total que se obtendrá sumando las calificaciones del concurso y la valoración de la defensa del proyecto docente y entrevista personal, así como, en su caso, la puntuación otorgada por mérito preferente.

La Comisión de Selección elevará al rector la relación de aspirantes que han resultado aprobados, cuyo numero no puede ser superior al de plazas convocadas. Para la confección de esta relación se atenderá a lo arriba indicado, interrumpiéndose la relación cuando el número de aspirantes coincida con el número de plazas convocadas.

Esta relación se publicará en el tablón de anuncios del Departamento (y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del Departamento o en el servidor UPV.noticias, grupo de noticias UPV.administración), así como certificación en la que se haga constar el día de su publicación en el citado tablón de anuncios. La publicación en el tablón de anuncios del Departamento tendrá carácter de notificación a los concursantes de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015.

Finalmente, se trasladará al Servicio de Gestión de Personal las actas del concurso, incluyendo la propuesta de nombramiento al Rector del aspirante con mayor puntuación, al objeto de formalizar la contratación laboral, constituyéndose con el resto de aspirantes que hayan superado las dos fases del proceso de selección, una lista de reserva, según el orden de puntuación final obtenido, que se utilizará para formalizar, en su caso, contrataciones de duración determinada.



10º) características de los contratos

· Tipo de Contrato: Contrato laboral de naturaleza especial

· Duración: 5 años

En el caso de que la persona a contratar hubiera tenido anteriormente algún contrato de profesor/a ayudante doctor en cualquier universidad, el contrato que se suscriba en virtud de esta convocatoria tendrá la duración del tiempo que, una vez sumada la duración de todos los contratos anteriores de profesor/a ayudante doctor, reste hasta completar el máximo de 5 años previsto en la LOU.

En cualquier caso el tiempo total de duración conjunta entre esta figura contractual y la de Ayudante en esta o distinta universidad no podrá exceder de ocho años.

· Dedicación a tiempo completo. Número de horas semanales 37'5

· Actividades a Desempeñar: Las funciones a desempeñar incluyen obligaciones docentes (8 horas lectivas y 6 de tutoría), y de investigación, así como atención a las necesidades de gestión y administración del Departamento.

· Retribuciones: Las retribuciones vienen determinadas en el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Gobierno Valenciano, considerándose en su caso aquellas variaciones que aprueben las administraciones competentes así como los órganos de la Universitat Politècnica de València.



11º) documentación

Las personas candidatas propuestas para la provisión de las plazas deberán presentar la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI. o pasaporte.

b) Fotocopia cotejada del Título.

c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida el ejercicio de las funciones correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las correspondientes a las plazas.

En caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Fotocopia cotejada de la evaluación positiva de su actividad, para su contratación como Profesor Ayudante Doctor, por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o por l'Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva Valenciana.

f) Declaración jurada de no haber agotado el plazo máximo de duración de un contrato de la misma categoría en cualquier Universidad, ni haber superado el tiempo total de ocho años de duración conjunta entre esta figura contractual y la de Ayudante en la misma o distinta Universidad.

g) Permiso de residencia, según se detalla en el requisito 5 Párrafo 3º del apartado 2º) «Requisitos de los Aspirantes»

h) Fotocopia cotejada de los documentos acreditativos de la exención o bonificación del pago de derechos de participación, caso de haberlo incluido en la solicitud de participación del proceso selectivo.

Aquella documentación que obre en poder de la Universitat Politècnica de Valencia no deberá ser aportada de nuevo por los aspirantes







12º) formalización y firma de los contratos

El plazo de incorporación del candidato propuesto será establecido en la resolución de adjudicación, no pudiendo ser superior a un mes desde dicha resolución. En el plazo de incorporación y con anterioridad al inicio de la prestación de servicios el candidato deberá presentar la documentación arriba indicada, que acredita que reúne todos los requisitos señalados en la convocatoria, así como los establecidos en la normativa aplicable y deberá proceder a la formalización y firma del contrato y alta en el régimen de seguridad social correspondiente.

En caso de no formalizarse el contrato en el plazo anteriormente indicado, el candidato propuesto decaerá en su derecho procediéndose a la contratación del aspirante siguiente, por el orden de puntuación.



13º) recursos

Contra las Resoluciones del Departamento y de las Comisiones de Selección se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de dichas resoluciones, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Este recurso se podrá interponer ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rector como órgano competente para resolverlo.

Contra la presente convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOGV. Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otro recurso que para su derecho estime conveniente.

La instrucción de estos recursos administrativos cuya resolución compete al rector, se lleva a cabo por la Comisión de Reclamaciones de la UPV.



València, 3 de junio de 2022.– El rector: José Esteban Capilla Romá.

ANEXO II

Sistemas de identificación y firma



Para cumplimentar su solicitud debe identificarse electrónicamente mediante cualquiera de los sistemas de identificación y firma aceptados en la Sede electrónica de la Universitat Politècnica de València, que figuran detallados en la siguiente dirección web:

https://sede.upv.es/oficina_tactica/?idioma=es_ES#/tramita/19/186

A continuación, se detallan las características principales de cada uno de ellos:



Cl@ve-Identificación (sistema recomendado):

Es la plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación y autenticación electrónicas mediante el uso de claves concertadas, abierta a su utilización por parte de todas las Administraciones Públicas.

Proporciona distintos sistemas de identificación electrónica, entre ellos: DNI electrónico, certificados electrónicos de Autoridades de Certificación reconocidas en España, sistema de clave permanente promovido por la GISS, sistema de clave temporal PIN24H promovido por la AEAT o nodo EIDAS (reconocimiento de certificados transfronterizos emitidos por Autoridades de Certificación de otros países en el entorno de la UE).

Debido a su mejor usabilidad, se recomienda como sistema preferente el uso el sistema basado en la clave permanente promovido por la GISS. Este sistema está orientado a accesos habituales a distintos organismos. Para usar este sistema, únicamente se necesita haber obtenido previamente la credencial electrónica de identificación mediante alguno de los procedimientos previstos. Para ello deberás registrarte en el sistema bien de forma presencial, en alguna de las oficinas de registro adheridas al sistema, o bien por internet, si ya dispones de un certificado electrónico reconocido vigente. Si eres miembro de la comunidad universitaria, la Universitat Politécnica de València dispone de un punto de registro de Cl@ve.

Más información: https://clave.gob.es/clave_Home/clave.html







Certificados electrónicos:

Certificados electrónicos para persona física emitidos por distintas Autoridades de Certificación reconocidas en España. Todos ellos requieren de un proceso de acreditación personal previo en alguno de los puntos de registro asociados a la Autoridad de Certificación que lo emite (FNMT, ACCV, Camerfirma, etc…).

Si es miembro de la comunidad universitaria, la Universitat Politècnica de València dispone de un punto de registro asociado a la ACCV (Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat Valenciana.

Más información: https://www.accv.es/menus/ciudadanos/



DNI electrónico (DNIe):

Tal y como recoge la Declaración de Prácticas de Certificación del DNI, los certificados electrónicos podrán utilizarse:

Como medio de Autenticación de la Identidad, el Certificado de Autenticación (Digital Signature) asegura al titular, en la comunicación electrónica, acreditar su identidad frente a cualquiera.

Como medio de firma electrónica de documentos, mediante la utilización del Certificado de Firma (non Repudition), el receptor de un mensaje firmado electrónicamente puede verificar la autenticidad de esa firma, pudiendo de esta forma demostrar la identidad del firmante sin que este pueda repudiarlo.

Como medio de certificación de Integridad de un documento, permite comprobar que el documento no ha sido modificado por ningún agente externo a la comunicación.

Más información: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/



Cuenta de usuario UPVNet:

Sistema de identificación personal basado en clave concertada (usuario y contraseña) proporcionado a todos los miembros de la comunidad universitaria.

Más información:

https://www.upv.es/entidades/ASIC/catalogo/346935normalc.html

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