Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2022, de la Universitat de València, por la que se hace la oferta pública de una plaza de investigador o investigadora en formación de este organismo con contrato laboral temporal. Proyecto: «Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana: Subvenciones del Programa Santiago Grisolía



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Publicado en:  DOGV núm. 9360 de 13.06.2022
Número identificador:  2022/5172
Referencia Base Datos:  005217/2022
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo publico y oposiciones, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado



RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2022, de la Universitat de València, por la que se hace la oferta pública de una plaza de investigador o investigadora en formación de este organismo con contrato laboral temporal. Proyecto: «Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana: Subvenciones del Programa Santiago Grisolía (CIGRIS/2021/077), CPI-22-259».



[2022/5172]



El Rectorado de la Universitat de València, haciendo uso de las atribuciones que le atribuye el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, resuelve:



Convocar una oferta pública de una plaza de investigador/a en formación de acuerdo con las siguientes bases:



Primera. Requisitos generales de los aspirantes

1.1. Tener nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro o ser de cualquiera de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos en que dicha legislación está definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, en este caso deberán presentar el resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.

Así mismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.

1.2. Tener cumplidos 16 años el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

1.3. Poseer la titulación académica que figura en el anexo I.

Cuando la categoría que se solicite sea la de Doctor, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación, de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o del certificado de equivalencia al nivel académico de Doctor expedido por la Universidad que la otorgue. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

Cuando la categoría que se solicite sea la de Titulado Superior, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se podrá sustituir este requisito, siempre y cuando la titulación se presuma por el órgano convocante equivalente a la exigida en la convocatoria, por el de acreditar haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento, rescindiéndose el contrato si la autoridad competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

1.4. Cuando en el anexo I se exija como requisito un nivel de idioma, los cursos reconocidos son los contemplados en la Tabla de Equivalencias de acreditación de L2 de la UV, aprobada por Acuerdo del Consell de Govern del 10 de julio de 2018 (ACGUV 156/2018).

1.5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

1.6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración o trabajo público. En el caso de aspirantes de nacionalidad no española, deberán acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impide en su caso, el acceso a la función pública o, en defecto, copia de la solicitud de emisión, sin perjuicio de declaración jurada por parte de los interesados.



Todos estos requisitos deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.



Segunda. Solicitudes

2.1. Las personas interesadas que reúnan los requisitos señalados en el anexo I, deberán presentar la solicitud, junto con el currículo y los documentos que acrediten los méritos alegados, obligatoriamente, a través de la solicitud electrónica que la Universidad pondrá a su disposición, y cuyo enlace (url), se publicará en la página web de la Sección de Pas Investigación, http://www.uv.es/pasinvest, a partir de la publicación de esta resolución en el DOGV. Para rellenar la solicitud, la Universitat tiene a disposición de las personas interesadas una guía a la que puede acceder a través del siguiente enlace: https://go.uv.es/sNh0jds.



Quienes tengan dificultades para realizar la tramitación electrónica, pueden acceder a la herramienta de apoyo TIC de la Universitat de València a través del siguiente correo electrónico: entreu@uv.es. Para cualquier otra duda sobre los detalles de esta convocatoria puede contactar con el equipo de la sección de Gestión de Investigación del Servicio de Recursos Humanos PAS, mediante correo electrónico a la dirección: convopi@uv.es

2.2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a partir del siguiente hábil al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

La publicación en el DOGV se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes de participación.

El resto de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, se publicarán en el tablón de anuncios oficial y en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), sección investigación



Tercera. Documentación que se debe adjuntar electrónicamente

En el formulario electrónico se requerirá que se adjunte diversa documentación, preferentemente, en formato PDF. Dicha documentación deberá insertarse en las pestañas y en el espacio reservado para ello. De la siguiente manera:

3.1. Se insertará en la pestaña cuarta el documento PDF del título académico o resguardo de haber abonado los derechos de expedición. En caso de titulaciones extranjeras, será necesario acreditar la homologación o equivalencia correspondiente o haber iniciado los trámites para la misma.

También se insertará en esta misma pestaña, el resto de documentos PDF, que acrediten cualquier otro requisito que se exija en la convocatoria.

3.2. Se insertará en la pestaña quinta el documento PDF del DNI, Pasaporte o NIE. Estos dos últimos documentos, solo si se presenta una persona que no tenga la nacionalidad española.

3.3. También se insertará en la pestaña quinta un documento PDF, o un ZIP, el Curriculum vitae, pudiendo utilizar el modelo establecido en el siguiente enlace: http://go.uv.es/F3LCmfj, y con los méritos debidamente acreditados.

No será necesario que los documentos adjuntados se encuentren compulsados en este momento del procedimiento, siendo suficiente la declaración jurada de la persona interesada, sobre la autenticidad de todo lo dicho en la solicitud y en los documentos anexados, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la Universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.



Cuarta. Sistema selectivo

4.1. El sistema selectivo consistirá en la valoración de los méritos curriculares de los aspirantes por la comisión evaluadora, cuya composición figura en el anexo III. Los méritos se valorarán, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo II. Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

4.2. La comisión puede, de considerarlo oportuno, realizar una entrevista a los aspirantes. El número de aquellos que pasen a la fase de entrevista se determinará por criterio de la comisión evaluadora.

4.3. Finalizado el proceso selectivo, se publicará la baremación de los aspirantes, la propuesta de contratación y la resolución en el tablón de anuncios del Servei de Recursos Humans Personal d'Administració i Serveis (RH-PAS) y en la página web http://www.uv.es/pasinvest.

4.4. En el acta, la Comisión Evaluadora podrá establecer que una parte, o todas las personas que han participado en la selección, constituyan una bolsa de trabajo.

4.5. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que valorados los méritos y, en su caso, realizada la entrevista, el perfil de los candidatos mejor puntuados no se ajusta en su totalidad al perfil de la plaza y a las necesidades del proyecto.



Quinta. Comisión evaluadora

5.1. La comisión evaluadora es la que figura en el anexo III de esta convocatoria.

5.2. Será de aplicación a los miembros de esta comisión lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universitat de València (ACGUV/303/2021) que aprueba la Hoja de ruta sobre las medidas de integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.

A tal efecto, deberán cumplimentar la correspondiente declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) que será adjuntada al acta de constitución de la comisión, y formarán parte del expediente administrativo. Habrá un modelo normalizado por la Universidad en la siguiente página web: https://links.uv.es/GOo6oAT.

5.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, y todo aquello que se deba hacer en los casos no previstos.

5.4. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en cada momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

5.5. Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el Institut Universitari de Biotecnologia i Biomedicina (BIOTECMED), de la Universitat de València.



Sexta. Información sobre los datos recogidos

6.1. La Universitat de València es la entidad responsable de los datos facilitados por las personas que se presentan a este proceso selectivo. La información recibida, se tratará exclusivamente para los fines objeto de la convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal de conformidad con lo dispuesto en la normativa de protección de datos vigente.

Parte de los datos podrán ser publicados en el Tablón Oficial de la Universitat de València y en la página web de la sección de gestión de la Investigación.

Además, también se cederán a los miembros de la comisión evaluadora para la valoración de los méritos y la resolución de reclamaciones planteadas, en su caso.

6.2. Quienes deseen acceder al expediente del proceso selectivo y consultar datos de otras personas aspirantes deberán solicitarlo previamente, a la Comisión Evaluadora o al Servicio de RRHH (PAS), Sección de PAS-Invest.

En dicha solicitud se comprometen a mantener el deber de confidencialidad de los datos y a guardar la oportuna reserva de los mismo, pudiendo hacer solo uso de estos a efectos de argumentar o plantear una posible reclamación o alegación.

El uso o divulgación de estos datos fuera de los casos mencionados podrá implicar la exigencia de responsabilidades de conformidad con la legislación vigente.

6.3. Para más información sobre el tratamiento de los datos, puede acceder al siguiente enlace: http://go.uv.es/88bqyH6







Séptima. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o publicación, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.

Contra los actos de la comisión evaluadora, se podrá interponer el recurso de alzada previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Así mismo, la Administración, si procede, podrá revisar las resoluciones del tribunal, de acuerdo con la mencionada norma.



València, 1 de junio de 2022.– La rectora, p. d. (DOGV 30.05.2022), el gerente: Juan Vicente Climent Espí.





ANEXO I

Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado



1. Proyecto: «Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana: Subvenciones del Programa Santiago Grisolía (CIGRIS/2021/077), CPI-22-259», ayudas convocadas por Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital.

2. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:

Investigador/a en formación.

Grupo: A.

Subgrupo: A1.

3. Jornada de trabajo: 35 horas semanales.

4. La subvención anual para cada uno de los contratos predoctorales será de 22.192,80 euros para los tres primeros años, y de 27.300 euros para el cuarto, y se destinará obligatoriamente a financiar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contractados durante cada uno de los años, considerados independientemente. La retribución salarial mínima que recibirán los investigadores en formación durante este período, que se tendrá que indicar en cada contrato, se ajustará a lo que se establece en el artículo 7 del Real decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.

5. Objeto y periodo: desarrollar estudios sobre la interacción planta-insecto-entomopatógenos.

La duración del contrato estará determinada por la duración máxima de las ayudas que financian el contrato según la Orden 19/2020, de 1 de octubre, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se regula el Programa Santiago Grisolía y por la disponibilidad presupuestaria.

6. Requisitos:

a) Poseer una titulación universitaria de grado, licenciado, arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero, ingeniero técnico o diplomado en: Biología, Bioquímica, Agronomía o áreas afines, o la equivalente en su país, expedida por una Universidad o institución no perteneciente a la Unión Europea, en el ámbito científico que corresponda al proyecto de investigación al que se vinculará su contrato, y haber finalizado dichos estudios con posterioridad al 1 de enero de 2017.

b) Estar admitido en un programa de doctorado de la Universitat de València en el momento de su contratación.

c) Poseer un conocimiento de español, valenciano o inglés, a nivel de conversación, adecuado para el desarrollo del trabajo de investigación.

d) No estar en posesión del título de doctor.

e) No haber disfrutado de una beca o ayuda del Programa Santiago Grisolía.















ANEXO II

Baremo



1. Méritos preferentes:

1.1. Nota media del expediente académico de los estudios de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, en Base 10, calculada, de acuerdo con Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones con carácter oficial, sobre la totalidad de los créditos evaluados del 1º y del 2º ciclo.

1.2. Beca de Colaboración del Ministerio de Educación: 0,05 puntos

1.3. Premio extraordinario de Diplomatura, Licenciatura, Grado o Máster: por la obtención de cualquiera de estos premios se asignará un único valor de 0,25 puntos

1.4. Publicaciones científicas relacionadas con el objeto del contrato (hasta un máximo de 1,70 puntos):

1.4.1. por cada publicación en una revista relacionada al Índice Citation, o, en el caso de las Ciencias Sociales y Humanidades, en una revista considerada como equivalente por la Comisión de Investigación: 0,5 puntos

1.4.2. por cada publicación en revistas científicas no relacionadas en los listados mencionados en el punto anterior: 0,25 puntos

1.4.3. por cada participación en congresos u otras reuniones científicas, con carácter nacional o internacional, mediante comunicación, ponencia o póster: 0,05 puntos

2. Otros méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta un máximo de 3 puntos).

Experiencia previa en el trabajo con insectos plaga y/o enemigos naturales.

Experiencia previa en el área de microbiología.

Experiencia previa en técnicas moleculares y bioquímica.

La Comisión podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.





ANEXO III



Comisión evaluadora titular

Presidente: Juan Ferre Manzanero, profesor del Departament de Genètica.

Vocal 1: Salvador Herrero Sendra, profesor del Departament de Genètica.

Vocal 2: Jesús Muñoz Bertomeu, profesor del Departament de Biologia Vegetal.

Vocal 3: Isabel Fariña Gómez, profesora del Departament de Biologia Cel·lular, Biologia Funcional i Antropologia Física.

Secretaria: Ester Carbó Valverde, profesora del Departament de Biologia Vegetal.



Comisión evaluadora suplente

Presidenta: María Cristina Crava, investigadora de l'Institut de Biotecnologia i Biomedicina.

Vocal 1: Joel González Cabrera profesor del Departament de Genètica.

Vocal 2: Rodolfo Gozalo Gutiérrez, profesor del Departament de Botànica i Geologia.

Vocal 3: Misericordia Jiménez Escamilla, profesora del Departament de Microbiologia i Ecologia.

Secretaria: Maria José Martínez Sebastián, profesora del Departament de Genètica.

Mapa web