Ficha disposicion

Ficha disposicion





RESOLUCIÓN 479/2022, de 31 de mayo, del director de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, por la que se convoca la provisión temporal del puesto número 21, jefe o jefa de la Sección de Investigación I, de la relación de puestos de trabajo de esta agencia, por funcionario o funcionaria de carrera de las distintas administraciones públicas.



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 9357 de 08.06.2022
Número identificador:  2022/5069
Referencia Base Datos:  005039/2022
 

  • Análisis documental

    Texto
    Texto Texto2
    Origen disposición: Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, personal de la Generalitat, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado, Grupo A, subgrupo A2. Titulación universitaria de grado



RESOLUCIÓN 479/2022, de 31 de mayo, del director de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, por la que se convoca la provisión temporal del puesto número 21, jefe o jefa de la Sección de Investigación I, de la relación de puestos de trabajo de esta agencia, por funcionario o funcionaria de carrera de las distintas administraciones públicas. [2022/5069]





I. La Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valencia (en adelante Agencia), en su artículo 29.1, reserva el ejercicio de los puestos de trabajo de la misma a funcionarios y funcionarias de carrera de las diferentes administraciones públicas, sometiendo la provisión de los puestos de trabajo a las normas de la Ley de función pública valenciana.



II. En relación con las formas de provisión de puestos de trabajo de la Agencia, el artículo 61.3 de su reglamento de funcionamiento y régimen interior (DOGV 8582, 02.07.2019), prevé que: «Cuando por razones de urgencia sea necesario ocupar un puesto vacante se podrá adscribir provisionalmente, mediante los procedimientos de comisión de servicios o adscripción provisional, a un funcionario o funcionaria de carrera para su desempeño por el tiempo indispensable hasta su cobertura definitiva».



III. En fecha actual, se encuentra vacante y pendiente de provisión definitiva a través del sistema de concurso específico, el puesto de trabajo de la relación de puestos de trabajo de la Agencia cuyas características y funciones se especifican en la tabla que sigue, resultando su cobertura urgente debido a la existencia de varias vacantes en este momento y el aumento constante de las denuncias que se presentan en la Agencia cuya tramitación es necesaria.





IV. El sistema de provisión del referenciado puesto de trabajo es el de concurso específico, abierto a funcionarios y funcionarias de carrera de otras administraciones públicas, instituciones, organismos públicos o universidades públicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana (LFPV) y la relación de puestos de trabajo de la Agencia (DOGV 8985, 29.12.2020). En consecuencia, hasta la provisión definitiva del puesto a través de la convocatoria del correspondiente concurso específico, el artículo 117 de la LFPV posibilita la cobertura de forma temporal del puesto de trabajo mediante comisión de servicios con una duración máxima de dos años, debiendo el personal funcionario reunir los requisitos reflejados para el puesto concreto en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 110 y siguientes de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, y por los artículos 13.1.d y 61 de su Reglamento de funcionamiento y régimen interior, resuelvo:



Primero

Convocar la provisión temporal del puesto de trabajo vacante de naturaleza funcionarial de esta agencia número 21, jefe/a de Sección de Investigación I, por funcionario/a de carrera de otras administraciones públicas, instituciones, organismos públicos o universidades públicas, por motivos de urgencia.



Segundo

Las solicitudes de participación se realizarán mediante la presentación de los anexos I, II, III y IV que se acompañan a la presente resolución, a través del registro electrónico de esta Agencia https://sede.antifraucv.es/opencms/opencms/sede, efectuándose únicamente por medios electrónicos por reunir la consideración de personal funcionario de carrera.

Los citados documentos, anexos I, II, III y IV, se encuentran disponibles en la página web de la Agencia https://www.antifraucv.es/portal-de-transparencia/informacio-institucional/.

Asimismo, se podrá convocar a las personas solicitantes para realizar una entrevista previa a la selección en caso de que se considere necesario.

Tercero

El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Cuarto

Aquellas personas que no sean seleccionadas para la provisión temporal del puesto de trabajo ofertado podrán ser tenidas en cuenta para proveer otras vacantes respecto de otros puestos de esta Agencia, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en los mismos, durante el plazo máximo de un año a contar desde la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otra acción que estimen procedente.



València, 31 de mayo de 2022.– El director de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana: Joan A. Llinares Gómez.

Mapa web