Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2022, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo, de naturaleza funcionarial, cuya gestión está atribuida a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.



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Publicado en:  DOGV núm. 9353 de 02.06.2022
Número identificador:  2022/4944
Referencia Base Datos:  004779/2022
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo publico y oposiciones, Grupo A, subgrupo A1. Titulación universitaria de grado



RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2022, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo, de naturaleza funcionarial, cuya gestión está atribuida a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. [2022/4944]

La naturaleza funcionarial de los puestos de gestión sanitaria de la conselleria competente en materia de sanidad determina que la normativa de aplicación a los mismos sea la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana (LFPV), desarrollada en esta materia por el Decreto 56/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el que se establecen los criterios generales para la clasificación de los puestos de trabajo, y el procedimiento de elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat.

La LFPV configura las relaciones de puestos de trabajo (RPT) como un instrumento técnico a través del cual las administraciones públicas organizan, racionalizan y ordenan su personal para una eficaz prestación del servicio público. Este instrumento con el que cuenta la Administración para la finalidad indicada, de conformidad con la LFPV, incluye en relación con los puestos que contiene su número, denominación, naturaleza jurídica, clasificación profesional, retribuciones, forma de provisión, adscripción orgánica, localidad, requisitos para su provisión, competencia lingüística, funciones, méritos, en su caso, pertenencia a una agrupación de puestos de trabajo, en su caso, porcentaje de jornada, en su caso, y cualquier otra circunstancia relevante para su provisión.

Como particularidad, dada la atribución de la gestión de determinados puestos funcionariales a la conselleria competente en materia de sanidad, es esta también la competente para la elaboración, tramitación y aprobación de estas relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo tanto con la LFPV como con la normativa vigente en materia de transparencia en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

El antecedente de la presente resolución se encuentra en la de 24 de octubre de 2019, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV 8678, 15.11.2019), por la que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo, de naturaleza funcionarial, cuya gestión está atribuida a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Con posterioridad no se ha aprobado una nueva resolución hasta el momento actual por haberse producido una interrupción de la actividad ordinaria de la Administración, debido a la necesidad de concentrar los esfuerzos, particularmente de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública, en atender las consecuencias de la pandemia de COVID-19.

Desde la fecha de entrada en vigor de la precedente RPT, han concurrido circunstancias de distinta índole en el ámbito de la conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública que han motivado la adopción de modificaciones tanto normativas como administrativas, las cuales han influido en el contenido de las RPT previamente aprobadas y deben ser reflejadas en este instrumento de planificación de puestos. Este hecho, junto con el tiempo transcurrido desde la aprobación de la anterior RPT, justifica la aprobación mediante la presente resolución de una nueva, concretándose las modificaciones que la presente RPT incorpora fundamentalmente en las siguientes:

– Una de las principales novedades viene dada por la entrada en vigor de la ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, que modifica la clasificación de los puestos de trabajo con los requisitos de pertenencia a los cuerpos, escalas o agrupación funcionarial de la Administración de la Generalitat. Por tanto, corresponde aprobar una RPT que contenga las pertinentes modificaciones en los diferentes puestos de trabajo integrándolos en los nuevos cuerpos, escalas o agrupación funcionarial correspondientes, tal y como indica la Disposición adicional quinta de dicha ley. En este sentido debe destacarse que una modificación relevante ha sido la unificación de los cuerpos y escalas de administración sanitaria y salud pública, habiéndose producido la unión de los cuerpos y escalas correspondientes a los colectivos de salud pública y de puestos con requisito de licenciatura y diplomatura sanitaria adscritos a los servicios centrales y las direcciones territoriales, con lo que únicamente se mantienen como un colectivo independiente los puestos propios del colectivo de la inspección de servicios sanitarios.

– En cuanto al contenido de las RPT regulado por la nueva Ley de Función Pública Valenciana procede igualmente destacar la inclusión en dicho contenido, como novedad, de la competencia lingüística y las funciones.

Respecto de la competencia lingüística del personal funcionario de gestión sanitaria se especifican como conocimientos de valenciano requeridos los siguientes: nivel B1 para los puestos clasificados en los grupos profesionales A1 y A2 y nivel A2 para los puestos clasificados en los grupos profesionales C1, C2 y otras agrupaciones profesionales sin requisito de titulación. En caso de que quienes ocupen un puesto de esta RPT no puedan acreditar en esa fecha dicho nivel de conocimientos de valenciano mediante la presentación de los certificados y títulos homologados por la Generalitat Valenciana, se comprometerán a su acreditación en un plazo máximo de 5 años.

Por lo que se refiere a las funciones de los puestos de trabajo contenidos en la RPT, las mismas se reflejan en el documento anexo a la presente resolución como funciones tipo de los puestos de los distintos rangos y niveles de clasificación, especificándose en detalle, al final del citado anexo, las denominaciones de puestos incluidas en las distintas funciones tipo.

– Mediante el Decreto 185/2020, de 16 de noviembre, del Consell, se aprueba el actual Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria (ROF), que ha actualizado el anterior, contenido en el Decreto 93/2018, de 13 de julio, del Consell, hasta el nivel de las direcciones generales, debiendo destacarse como principales novedades: la creación de una nueva Secretaría Autonómica de Eficiencia y Tecnología Sanitaria; la reestructuración de la Dirección General de Eficiencia y Régimen Económico cuyas competencias se han redistribuido entre la Subsecretaría y la Dirección General de Alta Tecnología, Inversiones e Infraestructura y una redistribución de las anteriores Direcciones Generales de Alta Inspección Sanitaria y de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad que han dado lugar a la Dirección General de Investigación y Alta Inspección Sanitaria y a la Dirección General de Planificación, Eficiencia Tecnológica y Atención al Paciente.

Habiéndose producido recientemente la aprobación de la Orden 3/2022, de 22 de abril, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se desarrolla el citado ROF, procede llevar a cabo un procedimiento administrativo de actualización de la vinculación de los puestos de funcionarios de gestión sanitaria a las direcciones generales en que se ubican las subdirecciones generales y los servicios que hubieran resultado creados o modificados. No obstante, visto el tiempo transcurrido desde la aprobación de la anterior RPT, requiriendo la tramitación de dicho procedimiento de actualización de un período mínimo de tiempo y encontrándose ya iniciada la tramitación de la aprobación de la presente RPT, se considera que por criterios de oportunidad debe continuar esta tramitación. Ello no obsta a que tras la aprobación de esta RPT se dicte la correspondiente resolución de actualización de la misma, una vez finalizado el mencionado procedimiento administrativo de adaptación de los puestos al desarrollo del ROF.

– A fin de cumplir con la medida mencionada en el punto cuatro del Acuerdo de 17 de noviembre de 2020, de la mesa sectorial de sanidad sobre distribución del incremento adicional del 0,30 % de la masa salarial para el ejercicio 2020, en relación con el personal gestionado por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, ratificado por Acuerdo del Consell de 14 de mayo de 2021, se ha tramitado un expediente de modificación de plantilla de reclasificación de los puestos de inspector/a veterinario/a matadero que pasan de A1-23-CES20 a A1-23-CES21 y de los puestos de veterinario/a coordinador/a que pasan de A1-24-CES22 a A1-24-CES23 en los que se ha procedido a modificar el complemento específico. En el mismo sentido se ha producido la reclasificación de los puestos de funcionarios de gestión sanitaria del subgrupo A1, modificando el complemento de destino de nivel 20 a nivel 22. A tenor del mencionado Acuerdo del Consell de 14 de mayo de 2021, a mediados del año 2021 se produjo la creación de diversos puestos de naturaleza funcionarial de gestión sanitaria, Técnico/a Superior de Administración Sanitaria, adscritos a los servicios centrales de la misma. Estos nuevos puestos no se incluyeron en la anterior RPT debido a su fecha de creación, debiendo incorporarse a la actual RPT funcionarial, en la que se procede a determinar expresamente su clasificación en el correspondiente cuerpo y, en su caso, escala de administración general sanitaria de la administración de la Generalitat.

– Desde la publicación de las anteriores RPT se han tramitado distintos expedientes de modificación de plantillas, consecuencia de los cuales se han producido tanto amortizaciones de distintos puestos de trabajo, como la creación de nuevos puestos o la reconversión o reclasificación de los mismos, mediante la introducción de cambios en la denominación del puesto, en la adscripción al centro de trabajo y, en definitiva, en las características del puesto que configuran el contenido de las RPT. Algunos de estos expedientes de modificación de plantilla han derivado de procedimientos de ejecución de sentencias, habiendo quedado todos ellos reflejados en las actuales relaciones de puestos.

– En relación con la creación de puestos de trabajo, se ha tramitado en virtud de la estrategia de estructuración de plazas para reforzar el Sistema Valenciano de Salud un importante número de plazas funcionariales de gestión sanitaria. Habiéndose incluido en esta RPT las plazas ya autorizadas a la fecha de su aprobación, una vez finalizada definitivamente la implementación de dicha estrategia de estructuración, procederá una actualización para incluir los puestos adicionales creados en su caso en ejecución de la misma.

– Finalmente, se encuentran declarados a amortizar los puestos del cuerpo de farmacéutico titular, declarados a extinguir por la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, de salud pública de la Comunitat Valenciana. En este sentido, se han resuelto diversos expedientes de modificación de plantilla en virtud de los cuales ha tenido lugar la amortización de puestos de Farmacéutico Titular y la creación de puestos de Farmacéutico de Salud Pública. Asimismo, se han amortizado otros puestos por razones organizativas, así como, de manera singularizada, aquellos puestos respecto de los cuales no existe correspondencia con el grupo de titulación.

Para poder llevar a cabo la adecuada y transparente planificación de las necesidades de recursos humanos y para posibilitar la ejecución de los procesos de provisión de puestos, así como de los oportunos procesos selectivos en la correspondiente Oferta de Empleo Público, se hace imprescindible la actualización periódica de las RPT, de modo que sean un fiel reflejo de la clasificación de los puestos de trabajo de naturaleza funcionarial cuya gestión está atribuida a esta Conselleria, así como de su adscripción a su vigente estructura organizativa. Los cambios a que se ha hecho referencia en los puntos anteriores resultan relevantes en este aspecto, dado que la ausencia de constancia de los puestos nuevos o que han resultado modificados desde la publicación de la RPT previa, impide su inclusión tanto en las ofertas de empleo público como en las convocatorias de provisión para su cobertura con carácter definitivo.

Asimismo, dada la actual situación a la espera de la resolución del procedimiento de adaptación a la orden de desarrollo del Reglamento orgánico y funcional y de la finalización definitiva de la estrategia de estructuración de plazas, en el momento en que tengan lugar estas actuaciones pendientes se realizará una actualización automática de la presente RPT que recoja las modificaciones que se produzcan al amparo de las mismas.

La Dirección General de Presupuestos de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico ha informado favorablemente sobre la existencia de dotación presupuestaria de los puestos de trabajo contenidos en la presente resolución.

Las RPT han sido negociadas en la Mesa Sectorial de Sanidad, celebrada el día 20 de mayo de 2022.

Por todo lo expuesto anteriormente, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 8.2 de la ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, resuelvo:



Primero

Aprobar las relaciones de puestos de trabajo de naturaleza funcionarial cuya gestión está atribuida a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, contenidas en el anexo adjunto, con la siguiente competencia lingüística: nivel B1 de valenciano para los puestos clasificados en los grupos profesionales A1 y A2 y nivel A2 de valenciano para los puestos clasificados en los grupos profesionales C1, C2 y otras agrupaciones profesionales sin requisito de titulación.



Segundo

Publicar las citadas relaciones en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Tercero

La presente resolución tendrá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, según dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con los artículos 8.2.a, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o cualquier otro recurso que se estime conveniente para la defensa de sus intereses.



València, 26 de mayo de 2022.– El conseller de Sanidad Universal y Salud Pública: Miguel Mínguez Pérez.

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