Ficha disposicion

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Universitat Jaume I. RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2018, del Rectorado, por la que se convoca una oferta pública para la constitución de una bolsa de trabajo para la selección de una plaza de personal investigador en formación de carácter predoctoral vinculada al proyecto: «Sensores fluorescentes basados en nanopartículas para la detección celular de óxido nítrico en modo ratiométrico. Referencia GRISOLIAP/2018/071».



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Publicado en:  DOGV núm. 8293 de 11.05.2018
Número identificador:  2018/4509
Referencia Base Datos:  004696/2018
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat Jaume I
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: bolsas de empleo, A/A1



RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2018, del Rectorado, por la que se convoca una oferta pública para la constitución de una bolsa de trabajo para la selección de una plaza de personal investigador en formación de carácter predoctoral vinculada al proyecto: «Sensores fluorescentes basados en nanopartículas para la detección celular de óxido nítrico en modo ratiométrico. Referencia GRISOLIAP/2018/071». [2018/4509]

El Rectorado de la Universitat Jaume I, haciendo uso de las competencias que le confieren la legislación vigente, convoca una oferta pública para la constitución de una bolsa de trabajo para la selección de una plaza de personal investigador en formación de carácter predoctoral de acuerdo con las bases siguientes:



Primero. Objeto y período

Colaborar en la realización del proyecto de investigación «Sensores fluorescentes basados en nanopartículas para la detección celular de óxido nítrico en modo ratiométrico».

La duración del contrato predoctoral será de tres años, salvo que con anterioridad se proceda a la lectura y defensa de la tesis doctoral, en cuyo caso finalizará en dicha fecha.

De la duración máxima del contrato se descontarán los períodos en que se haya disfrutado de becas o ayudas con igual finalidad.

El periodo de prueba establecido será el que se indique en la legislación laboral en vigor.



Segunda. Requisitos de los aspirantes

Ser español/a o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados a que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que esta se encuentra definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Asimismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.

Poseer una titulación universitaria de grado, licenciado, ingeniero, ingeniero técnico o diplomado o el equivalente en su país, por una institución no española, en el ámbito científico que corresponda al proyecto de investigación al que se vinculará su contrato, y haber finalizado los estudios con posterioridad al 1 de enero de 2014.

Reunir los requisitos académicos necesarios para su admisión en un programa de doctorado en el momento de su selección (titulación de máster o equivalente en su país, o acreditar mediante una carta de nivel de estudios expedida por su universidad que, con la titulación obtenida puede continuar estudios de doctorado en su país. La documentación tiene que estar en inglés o castellano. En cualquiera otro idioma tiene que exigirse traducción jurada). Estar admitido en un programa de doctorado en el momento de su contratación.

Poseer un conocimiento del español o del inglés a nivel de conversación, adecuado para el desarrollo del trabajo de investigación. Se podrá realizar una entrevista para su comprobación.

No estar en posesión del título de doctor.

No haber disfrutado de una beca o ayuda del Programa Santiago Grisolía.

No sufrir enfermedad ni estar afectado/da por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas. Las personas aspirantes cuya la nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar incursas en sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.

Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista de admitidos/excluidos, incluso una vez haya finalizado el proceso selectivo, se advirtiere inexactitud o falsedad en las solicitudes o en la documentación aportada por el personal aspirante, esta se considerará defecto irreparable y se resolverá con su exclusión en el procedimiento.



Tercera. Méritos preferentes

Experiencia investigadora en síntesis y caracterización de compuestos orgánicos con actividad biológica.

Experiencia en realización de ensayos biológicos con compost orgánico.

Formación en química orgánica, especialmente con orientación farmacéutica.



Cuarta. Sistema selectivo

Por parte de la comisión encargada de resolver esta selección, se valorarán los currículos de las personas aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el anexo II.

Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que se hayan valorado los méritos y el perfil de las personas candidatas no se ajuste, en su totalidad, a las necesidades del proyecto.



Quinta. Comisión evaluadora

La comisión evaluadora tendrá la estructura que figura en el anexo III de esta convocatoria.

Los miembros de la comisión deben abstenerse de intervenir cuando coincida en ellos alguna circunstancia de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La presidencia podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en ningún de las circunstancias previstas en los artículos mencionados.

La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas, así como los que puedan producirse de los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la comisión se debe ajustar en todo momento al que dispone Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Para cualquier aclaración sobre la convocatoria, las personas interesadas podrán dirigirse al profesor Francisco Galindo Honrubia (e-mail: francisco.galindo@uji.es).



Sexta. Presentación de instancias

Las solicitudes, formalizadas de acuerdo con el modelo que se adjunta en el anexo I, junto al currículo y los documentos que acrediten los méritos alegados, se deben presentar en el Registro General de la Universitat Jaume I o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas), en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

A la solicitud se deberá añadir la siguiente documentación:

– Una fotocopia del DNI o del documento equivalente en el caso de nacionales de estados miembros de la Unión Europea.

– Fotocopia del NIE, o pasaporte en vigor en el caso de ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español.

– Fotocopia del certificado académico oficial donde figurarán la titulación que se posea y las calificaciones obtenidas y sus fechas, con una traducción al español.

– Fotocopia del título o del depósito para la expedición del mismo.

– Currículum actualizado de la persona solicitante, con los méritos justificados documentalmente.

– Documentación acreditativa del conocimiento del español o del inglés.

En el apartado «Código» de la solicitud deberá figurar el número 17449.

Las solicitudes presentadas en las oficinas de correos deberán cumplir el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los servicios de correos. Las solicitudes se deben presentar en un sobre abierto porque el empleado/da estampe el sello de fechas en la parte superior izquierda, en el que deberá figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerlo así, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta universidad.

No es necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados. Es suficiente la declaración jurada de la persona interesada sobre la autenticidad de estos, así como sus datos que figuren en la solicitud, sin perjuicio que en cualquier momento la comisión o la Universitat pueda requerir a las personas aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y los documentos aportados a que hayan sido objeto de valoración.

Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un otro Estado con que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar una declaración jurada o promesa de este que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.



Séptima. Lista de personas admitidas y resultado de la selección

Finalizado el plazo para presentar instancias, el rector dictará una resolución por la que se aprobará la lista de personas admitidas y excluidas en este proceso selectivo, así como la composición de la comisión evaluadora encargado de juzgarlo.

Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria, los acuerdos de la comisión evaluadora y el resultado de este proceso de selección se publicarán en el tablón de anuncios oficiales (TAO) y en la siguiente dirección de internet: http://www.uji.es/serveis/rrhh/.



Octava. Norma final

Esta convocatoria, sus bases y todos los actos administrativos que se puedan derivar de esta y de las actuaciones de la comisión evaluadora, pueden ser impugnados por parte de las personas interesadas en los casos y forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Asimismo, la administración, en su caso, podrá revisar las resoluciones de la comisión evaluadora, de acuerdo con la mencionada norma.



Castellón de la Plana, 27 de abril de 2018.– El rector: Vicent Climent Jordà.







ANEXO I

Solicitud



DATOS PERSONALES

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

Fecha de nacimiento:

DNI:

Teléfono:

Dirección electrónica:

Dirección y código postal:

Localidad/comarca o provincia:



Código: 17449.



SOLICITO

La admisión en el proceso selectivo para cubrir una plaza temporal de ..., convocado por Resolución de fecha ..., publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número ...



DECLARO

Que son ciertos los datos que se consignan y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en esta convocatoria.



(Firma)



Castellón de la Plana, … de … de 201…



RECTORADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I

Sus datos personales quedarán incluidos en el fichero automatizado de la Universitat Jaume I, que se compromete a no hacer un uso distinto de aquel para el cual fueron solicitados, de acuerdo con la Ley orgánica 15/1999, de protección de los datos de carácter personal. Puede ejercer, por escrito, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, de oposición, ante del Servicio de Recursos Humanos de esta universidad.





ANEXO II

Baremo



A) Formación relacionada con el proyecto y perfil de la plaza. Expediente académico (hasta 10 puntos).

B) Experiencia en actividades profesionales o de I+D relacionadas con el proyecto y perfil de la plaza (tiempo en puestos de trabajo, publicaciones, ponencias y comunicaciones presentadas a congresos, participación en proyectos de investigación y/o contratos con administración/empresa, estancias en otros centros de investigación): hasta 40 puntos.

C) Otros méritos (inglés): hasta 10 puntos.

D) Otros: experiencia en técnicas instrumentales como resonancia magnética nuclear (RMN) 1D y 2D, espectroscopias de absorción/fluorescencia y espectrometría de masas: hasta 20 puntos.

E) Entrevista, si la comisión lo considera necesario, destinada a evaluar los conocimientos del candidato o candidata en relación con las tareas a desarrollar en el proyecto: hasta 20 puntos.

Será posible aplicar coeficientes correctores que midan la adecuación de los méritos alegados al perfil de la plaza (méritos preferentes).







ANEXO III

Comisión evaluadora



Comisión evaluadora titular:

Presidente: un vicerrector o vicerrectora de la Universitat Jaume I.

Vocales: tres en representación de la Universitat Jaume I.

Secretario: un funcionario o funcionaria de carrera del Servicio de Recursos Humanos, que actuará como secretario o secretaria con voz pero sin voto



Comisión evaluadora suplente: la misma estructura.

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