Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2020, de la Universitat de València, por la que se hace la oferta pública de una plaza de funcionario o funcionaria interinos del programa temporal de investigación «Implementación de técnicas para determinar el perfil citogenético y trascriptómico en el diagnóstico de patologías, FIPI20-31».



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Publicado en:  DOGV núm. 8812 de 15.05.2020
Número identificador:  2020/3236
Referencia Base Datos:  003645/2020
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo publico y oposiciones, Grupo A, subgrupo A1. Título universitario de grado



RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2020, de la Universitat de València, por la que se hace la oferta pública de una plaza de funcionario o funcionaria interinos del programa temporal de investigación «Implementación de técnicas para determinar el perfil citogenético y trascriptómico en el diagnóstico de patologías, FIPI20-31». [2020/3236]

El Rectorat de la Universitat de València, haciendo uso de las atribuciones que le atribuye el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, resuelve:



Hacer oferta pública de una plaza de funcionario o funcionaria interinos de programa temporal de investigación de acuerdo con las siguientes bases.



Primera. Requisitos generales de los aspirantes

1.1. Tener nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro o ser de cualquiera de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos en que dicha legislación está definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, en este caso deberán presentar el resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.

Así mismo, se extiende a los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes, y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de esa edad dependientes.

1.2. Tener cumplidos 16 años el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

1.3. Poseer la titulación académica que figura en el anexo I.

Cuando la categoría que se solicite sea la de doctor, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación, de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o del certificado de equivalencia al nivel académico de doctor expedido por la universidad que la otorgue. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

Cuando la categoría que se solicite sea la de titulado superior, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se podrá sustituir este requisito, siempre y cuando la titulación se presuma por el órgano convocante equivalente a la exigida en la convocatoria, por el de acreditar haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento, rescindiéndose el contrato si la autoridad competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

1.4. Cuando en el anexo I se exija como requisito un nivel de idioma, los cursos reconocidos son los contemplados en la Tabla de Equivalencias de acreditación de L2 de la UV, aprobada por Acuerdo del Consell de Govern del 10 de julio de 2018 (ACGUV 156/2018).

1.5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

1.6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración o trabajo público. En el caso de aspirantes de nacionalidad no española, deberán acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su caso, el acceso a la función pública o, en defecto, copia de la solicitud de emisión, sin perjuicio de declaración jurada por parte de los interesados.



Todos estos requisitos deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.



Segunda. Solicitudes

2.1. Las personas interesadas que reunan los requisitos generales y los señalados en el anexo I, deberán presentar la solicitud, junto con el currículo y los documentos que acrediten los méritos alegados, dirigida a Pascual Medina Besso, director de la Unitat Central d'Investigació de Medicina (UCIM), Facultat de Medicina i Odontologia de la Universitat de València, avenida Blasco Ibáñez, número 15, 46010 València, en el Registre de la Gerència de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, bajo, 46010 Valencia), a través de cualquier otro registro auxiliar de los centros universitarios o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Las instancias presentadas en las oficinas de Correos se deben presentar en sobre abierto, para que el/la empleado/a la selle, y debe aparecer con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerlo así, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta universidad.

2.2. Como instancia, se utilizará el modelo que facilita el Servei de Recursos Humans del Personal d'Administració i Serveis (RRHH-PAS) de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia). También habrá una copia en la página web http://www.uv.es/pasinvest.



2.3. El plazo de presentación de las instancias será de 10 días naturales a partir del siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). No obstante, el plazo estará suspendido, mientras dure el estado de alarma (Real decreto 463/2020 de 14 de marzo), y volverá a contar cuando el gobierno restablezca el cómputo de los plazos administrativos.



Tercera. Documentación que se debe presentar

Junto con la solicitud, las personas interesadas deberán presentar la siguiente documentación:

3.1. Una fotocopia del documento nacional de identidad. Las personas que no tengan la nacionalidad española pero sí el derecho a participar en estas pruebas, han de presentar fotocopia del NIE o del documento que acredite su nacionalidad.

3.2. Fotocopia del título académico o resguardo de haber abonado los derechos de expedición. En caso de titulaciones extranjeras, será necesario acreditar la homologación o equivalencia correspondiente o haber iniciado los trámites para la misma.

3.3. Curriculum vitae, que acredite los méritos con documentos fotocopiados. No es necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados; siendo suficiente la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.

3.4. Tres meses después que haya finalizado el proceso de selección y se publique la propuesta de nombramiento en la página web http://www.uv.es/pasinvest, los interesados podrán solicitar la devolución de los currículos a la Unitat Central d'Investigació de Medicina (UCIM), Facultat de Medicina i Odontologia de la Universitat de València. Transcurridos seis meses, los currículos que queden en este servicio serán destruidos.







Cuarta. Sistema selectivo

4.1. El sistema selectivo consistirá en la valoración del currículo de los aspirantes por la comisión evaluadora que figura en el anexo IV, los cuales serán valorados por esta, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo III. Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

4.2. La comisión puede, de considerarlo oportuno, realizar una entrevista a los aspirantes. El número de aquellos que pasen a la fase de entrevista, que será eliminatoria, se determinará por criterio de la comisión evaluadora.

4.3. Finalizado el proceso selectivo, se publicará la baremación de los aspirantes, la propuesta de nombramiento y la resolución de nombramiento de la persona seleccionada en el tablón de anuncios del Servei de Recursos Humans i Personal d'Administració i Serveis (RRHH-PAS) y en la página web http://www.uv.es/pasinvest.

4.4. De esta convocatoria se podría establecer que los participantes de la misma constituyan una bolsa de trabajo.

4.5. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que valorados los méritos y, en su caso, realizada la entrevista, el perfil de los candidatos mejor puntuados no se ajuste en su totalidad al perfil de la plaza y a las necesidades del programa de investigación.



Quinta. Comisión evaluadora

5.1. La comisión evaluadora es la que figura en el anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros de esta comisión deberán abstenerse de intervenir cuando se encuentren en alguna circunstancia de las fijadas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

La presidencia podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en las circunstancias establecidas en los artículos mencionados.

5.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, y todo aquello que se deba hacer en los casos no previstos.

5.4. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en cada momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

5.5. Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en la Unitat Central d'Investigació de Medicina (UCIM), Facultat de Medicina i Odontologia de la Universitat de València.



Sexta. Información sobre los datos recogidos

6.1. Los datos personales subministrados en esta convocatoria se incorporarán a los sistemas de información de la Universitat de València que procedan, con la finalidad de gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las pruebas selectivas de conformidad con lo establecido en la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril.

6.2. El tratamiento de los datos relacionados con la gestión de esta convocatoria es la Universitat de València, Delegació Acadèmica del Rectorat per la Protecció de Dades en la Universitat de València (Ed. Rectorat, av. Blasco Ibáñez, 13, VALÈNCIA 46010, lopd@uv.es)

6.3. Se prevén las siguientes comunicaciones de datos personales sin conocimiento del afectado/a:

– Publicación de las diferentes resoluciones en el tablón oficial de la Universitat de València. Adicionalmente, a efectos informativos, podrá publicar-se la resolución en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya dirección es: http://www.uv.es/pasinvest.

6.4. Los datos se conservarán y serán en su caso cancelados de acuerdo con los siguientes criterios:

– Los datos de los aspirantes se conservarán indefinidamente mediante la publicación de las resoluciones de las diferentes fases.

6.5. Las persones que proporcionan datos tienen derecho a solicitar al responsable del tratamiento el acceso a sus datos personales, y a su rectificación o supresión, o la limitación de su tratamiento, o a oponerse el tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos. Las persones interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, mediante el envío de un correo electrónico dirigido a lopd@uv.es remitido desde direcciones oficiales de la Universitat de València, o bien mediante escrito acompañado de copia de un documento de identidad y, en su caso, documentación acreditativa de la solicitud, dirigido a la Delegació Acadèmica del Rectorat per la Protecció de Dades en la Universitat de València.

6.6. La autoridad de control competente para la tutela de los derechos en relación a los tratamientos realizados por la Universitat de València es la Agencia Española de Protección de Datos, Calle Jorge Juan, 6 (28001 Madrid).

Página web: https://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php

6.7. Pueden consultar nuestras políticas de privacidad en:

https://www.uv.es/uvweb/universitat/ca/politica-privacitat/responsable-identificacio-titular-web-funcions-1285919116693.htm



Séptima. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.



Contra los actos de la comisión evaluadora, se podrá interponer el recurso de alzada previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Así mismo, la administración, si procede, podrá revisar las resoluciones del tribunal, de acuerdo con la mencionada norma.



València, 30 de abril de 2020.– La rectora, p. d. (DOGV 27.06.2019), el vicegerente de Recursos Humanos y Organización Administrativa (en ausencia del gerente): José Ramírez Martínez, .





ANEXO I

Condiciones generales del nombramiento



1. Plaza de funcionario/a interino/a de Programa temporal de investigación: «Implementación de técnicas para determinar el perfil citogenético y trascriptómico en el diagnóstico de patologías, FIPI20-31».

2. Denominación y clasificación:

Escala técnica superior de investigación.

Grupo: A.

Subgrupo: A1.

Complemento de destino: 20.

Complemento específico: E042.

3. Jornada de trabajo: 37 horas semanales.

4. Periodo del programa de investigación y objeto:

Este programa tiene una duración prevista de tres años y estará determinada por la disponibilidad presupuestaria.

Objeto: Gestión integral del Servicio de Análisis Multigénico de la Unidad Central de Investigación de la Facultat de Medicina.

5. Requisitos:

Titulación: grado/licenciatura en Biología, Bioquímica, Biotecnología, Farmacia, Medicina, Veterinaria, o titulación equivalente.

Valenciano: certificado de nivel C2, o titulación equivalente.

Inglés: certificado de nivel B2, o titulación equivalente.

6. Méritos preferentes:

Certificado de conocimiento de otros idiomas.

Posgrados o máster en áreas biomédicas.

Cursos de formación y perfeccionamiento en técnicas genómicas.

Experiencia acreditada en la preparación y procesado de muestras para la obtención de matrices de intensidad de expresión.

Experiencia acreditada en el manejo y preparación de muestras para la obtención y análisis de electroferogramas de DNA/RNA/smallRNA mediante ensayos electroforéticos.

Experiencia acreditada en el uso de software de preprocesamiento de matrices numéricas Transcriptome Analysis Console y Chromosome Analysis Suite para la determinación de patrones mediante estadística exploratoria y métodos de clasificación.

Experiencia acreditada en la gestión de un laboratorio de investigación: almacenamiento y conservación de muestras biológicas de distinto origen, uso de autoclaves, nitrógeno líquido y gases de presión, tareas de mantenimiento y gestión de residuos, control de compras, realización de presupuestos e interacción con servicios técnicos.

Experiencia acreditada en la implantación y renovación de la acreditación de las normas de calidad ISO 9001 en una plataforma de investigación biomédica.





ANEXO II



La instancia debe contener al menos los siguientes datos:

1. Datos personales: apellidos y nombre, fecha de nacimiento, NIF/NIE/pasaporte, teléfono de contacto y domicilio.

2. Denominación: escala técnica superior de investigación.

3. Denominación del Programa temporal de investigación: «Implementación de técnicas para determinar el perfil citogenético y trascriptómico en el diagnóstico de patologías, FIPI20-31».

4. Firma y fecha de solicitud.

5. Declaración similar a la siguiente: «La persona firmante declara que son ciertos los datos que figuren en este currículo y asume, en caso contrario, las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes que consten».

6. Debe expresar si desea o no recuperar el curriculum vitae.

7. Debe dirigirse a la Unitat Central d'Investigació de Medicina (UCIM), Facultat de Medicina i Odontologia de la Universitat de València.





ANEXO III

Baremo



1. Años de servicios prestados en las diferentes administraciones públicas: hasta 0,5 puntos por año acreditado, con un máximo de 2 puntos.

2. Titulaciones académicas y cursos de formación:

– Titulación superior a la requerida en la convocatoria: hasta 0,5 puntos.

– Cursos de formación y perfeccionamiento: hasta 1 punto.

– Cursos de valenciano: hasta 0,5 puntos.

3. Méritos preferentes relacionados en el punto 6 del anexo I, experiencia previa y conocimientos concretos: hasta 4 puntos.

4. Entrevista: hasta 2 puntos.





ANEXO IV



Comisión evaluadora titular

Presidente: Carlos Hermenegildo Caudevilla, vicerrector d'Investigació.

Vocal 1: Pascual Medina Besso, director de la UCIM.

Vocal 2: Rosa Noguera Salvá, profesora del Departament de Patologia.

Vocal 3: María Jesús Sanz Ferrando, profesora del Departament de Farmacologia.

Secretaria: Maria Vicenta Alandí Palanca, administradora de la Facultat de Medicina i Odontologia.



Comisión evaluadora suplente

Presidenta: María Dolores Real García, vicerrectora de Innovació i Transferència.

Vocal 1: Juan José Borrás Almenar, director del SCSIE.

Vocal 2: Susana Novella del Campo, profesora del Departament de Fisiologia.

Vocal 3: Gloria Segarra Irles, profesora del Departament de Fisiologia.

Secretario: Fernando Sánchez Carmen, jefe del Servei d'Investigació i Innovació.

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