Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2019, de la consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se sustituye una de las personas integrantes del órgano técnico de selección designado para las pruebas selectivas de acceso a la agrupación profesional funcionarial, servicios de apoyo sociosanitarios y educativos de la Administración de la Generalitat, escala ayudante de residencia/servicios APF-05-01, turno de acceso libre y diversidad funcional, convocatoria 40/16, correspondiente a la oferta de empleo público de 2016 para el personal de la Administración de la Generalitat.



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Publicado en:  DOGV núm. 8515 de 27.03.2019
Número identificador:  2019/2921
Referencia Base Datos:  002802/2019
 



RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2019, de la consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se sustituye una de las personas integrantes del órgano técnico de selección designado para las pruebas selectivas de acceso a la agrupación profesional funcionarial, servicios de apoyo sociosanitarios y educativos de la Administración de la Generalitat, escala ayudante de residencia/servicios APF-05-01, turno de acceso libre y diversidad funcional, convocatoria 40/16, correspondiente a la oferta de empleo público de 2016 para el personal de la Administración de la Generalitat.



[2019/2921]



Mediante Resolución de 21 de enero de 2019, de la consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, se designó a Cristina Vicent López, como integrante del órgano técnico de selección de la convocatoria 40/16, a que se refiere el párrafo anterior (DOGV 8473, 28.01.2019).

Con fecha 18 de febrero de 2019 la persona interesada presentó escrito solicitando su sustitución por considerar que incurre en causa justificada que la imposibilita en el cumplimiento de las funciones propias como miembro integrante de dicho órgano. Al mencionado escrito se acompañaron los documentos acreditativos de las causas alegadas.

Por todo lo expuesto, y en virtud de la competencia atribuida en la letra i) del apartado 1 del artículo 9 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana en relación con el apartado 2 del artículo 28 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, a propuesta de la directora general de Función Pública, resuelvo:



Primero

Dejar sin efecto el nombramiento de Cristina Vicent López, como integrante del órgano técnico de selección de la convocatoria 40/16, anteriormente citada.



Segundo

Designar, en sustitución de la persona anterior, a Rosa Ferrer Ocaña, funcionaria de carrera del subgrupo A1-01, como integrante titular de la secretaría del órgano técnico de selección para la convocatoria 40/16 reiterada.



La presente resolución pone fin a la vía administrativa y, contra la misma, podrá interponerse, postestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ante el mismo órgano que ha dictado el acto recurrido, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana conforme a lo establecido en los artículos 10 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.



València, 21 de marzo de 2019.– La consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas: Gabriela Bravo Sanestanislao.

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