Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2019, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de méritos para los funcionarios y funcionarias del grupo A



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Publicado en:  DOGV núm. 8510 de 21.03.2019
Número identificador:  2019/2671
Referencia Base Datos:  002623/2019
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: concursos de traslados, A/A1, B/A2



RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2019, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de méritos para los funcionarios y funcionarias del grupo A (subgrupos A1 y A2), sector de administración general, de las siguientes escalas: escala de técnicos de gestión y escala de gestión universitaria de esta universidad. [2019/2671]

Hay vacantes diversos puestos de trabajo dotados presupuestariamente, cuya provisión se considera conveniente dadas las necesidades de los servicios, por ello la Universitat de València, de acuerdo con el artículo 193 de los estatutos, el Real decreto legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana y el Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, resuelve convocar un concurso de méritos para funcionarias y funcionarios del grupo A (subgrupos A1 y A2), sector de administración general, de las siguientes escalas: escala de técnicos de gestión y escala de gestión universitaria de esta universidad, para proveer los puestos de trabajo vacantes que se relacionan en el anexo I de esta convocatoria, de acuerdo con las bases siguientes:



Bases de la convocatoria



Primera. Participantes

1.1. Deberán participar necesariamente en este concurso los funcionarios y funcionarias de carrera del grupo A (subgrupos A1 y A2), sector de administración general, de las siguientes escalas: escala de técnicos de gestión y escala de gestión universitaria de esta universidad, que se encuentren en situación de destino provisional y tengan el mismo grupo y nivel que los puestos convocados.

No obstante, en esta provisión los puestos de trabajo tipo «T», están abiertos además a escalas de administración especial. Afecta a los puestos 1747 y 2306, que están abiertos además a la escala técnica superior de gestión de investigación; y al puesto 1896, a la escala técnica de administración especial.

Para los que se encuentren en destino provisional y les sea aplicable el artículo 105.5 de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, deberán solicitar como mínimo el puesto que ocupan provisionalmente. Si no concurren quedarán sin destino y a disposición de la Gerencia.

1.2. Se pueden presentar los funcionarios y funcionarias de carrera del grupo A (subgrupos A1 y A2), sector de administración general, de las siguientes escalas: escala de técnicos de gestión y escala de gestión universitaria, que presten servicios en esta universidad y que hayan prestado servicios al menos durante un año desde su adscripción en el último puesto de trabajo, según el artículo 101.3 de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

1.3. Quedan exentos del requisito de permanencia de un año en el puesto de trabajo, los funcionarios y funcionarias de carrera del grupo A (subgrupos A1 y A2), sector de administración general, de las siguientes escalas: escala de técnicos de gestión y escala de gestión universitaria de esta universidad, a los que les sean de aplicación lo dispuesto en el artículo 101, apartado 3º de la Ley 10/2010, de ordenación y gestión de la función pública valenciana y los que hayan sido trasladados en aplicación del artículo 188 de los Estatutos de esta universidad.

1.4. Por interpretación de la disposición transitoria quinta de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, se podrá presentar también el personal laboral fijo que ocupe puestos de trabajo de las siguientes escalas: escala de técnicos de gestión y escala de gestión universitaria de esta universidad, que haya prestado servicios al menos durante un año desde su adscripción al último puesto de trabajo.



Segunda. Vacantes

Se convocan a concurso de méritos los puestos vacantes que figuran en el anexo I de esta convocatoria.



Tercera. Solicitudes y documentación a aportar

3.1. Las personas interesadas deben presentar la solicitud utilizando el modelo que figura en el anexo II y el orden de prioridades según el modelo que figura en el anexo III, los cuales se encuentran en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), que tiene la siguiente dirección: https//www.uv.es/pas.

En la solicitud se adjuntará el curriculum vitae y la documentación justificativa, mediante fotocopia cotejada de los méritos alegados.

3.2. La documentación que ya consta en el Registro de Personal (PAS) de la Universitat de València (certificados de servicios prestados y del grado personal consolidado) se adjuntará de oficio a las solicitudes presentadas.

3.3. Los cursos que han sido impartidos y homologados por el Servei de Formació Permanent y los cursos de formación de funcionarios y funcionarias (formación continua o continuada), deberá relacionarlos en el currículum y aportar documentación justificativa.

3.4. Si alguna de las personas participantes desea que el Servei de Recursos Humans (PAS) aporte otra documentación de la que disponga esta universidad, deberá solicitarlo expresamente en instancia separada, con indicación de la unidad donde se encuentra, y deberá estar referenciada en el currículum correspondiente.



Cuarta. Plazo y lugar de presentación

Las solicitudes y la documentación deberán presentarse en el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). La presentación se puede hacer en el Registro General de la Universitat (Avenida de Blasco Ibáñez núm. 13 – 46010 de València), a través de cualquier otro registro auxiliar de los centros universitarios, o en las oficinas públicas a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Se advierte a las personas interesadas que el Registre General de la Universitat está abierto de lunes a viernes, de 09.00 a 14.00 horas y de 16.00 a 18.00 horas.



Quinta. Baremo

5.1. El concurso de méritos se resolverá por la aplicación del baremo aprobado por la Junta de Govern de la Universitat de València, de 22 de octubre de 1991, y modificado por el acuerdo de la Junta de Govern de 21 de julio de 1998. Hay una copia en página web del Servei de Recursos Humans (PAS).

5.2. Se realizará una entrevista en aplicación del punto 4 del anexo I del baremo.



Sexta. Comisión evaluadora

6.1. La Comisión evaluadora que realizará la selección de los puestos de trabajo convocados a concurso debe tener la composición que figura en el Reglamento de composición y funcionamiento de las comisiones de valoraciones para la provisión de puestos de trabajo de la plantilla de personal de administración y servicios, aprobado por el Consell de Govern (ACGUV 184/2012) de esta universidad. Hay una copia en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS).

Su funcionamiento se adaptará a lo que establece el Reglamento de composición y funcionamiento de las comisiones de valoraciones, y en lo no previsto se ajustará a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Su composición deberá ajustarse al principio de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que establece en el artículo 53 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, en el artículo 60.1 del Real decreto legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el acuerdo del Consell de Govern de la Universitat de València de 29 de octubre de 2013 (ACGUV 210/2013) por el que se aprueba el II Plan de Igualdad de la Universitat de València.

6.2. Los nombres de las personas que formarán parte de la Comisión Evaluadora se harán públicos antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios, y con carácter meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), la dirección de la cual es: https://www.uv.es/pas.



Séptima. Irrenunciabilidad de los destinos

7.1. Las personas participantes pueden desistir de la solicitud dentro del plazo de presentación de solicitudes. Después de que haya transcurrido este plazo no se aceptará ningún desistimiento y las personas participantes quedarán vinculados al resultado del concurso.

7.2. El destino adjudicado será irrenunciable, excepto que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino por convocatoria pública, y en este caso debería comunicarse por escrito a la Gerencia.



Octava. Participación

La participación en el concurso implica la aceptación de todas las bases.



Novena. Cese y toma de posesión

La resolución de este concurso se hará pública en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios, y con carácter meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), la dirección de la cual es: https://www.uv.es/pas.

En la resolución se indicará expresamente la fecha de cese y de toma de posesión.



Décima. Información respecto de los datos recogidos

10.1 La Universitat de València Estudi General es la entidad responsable de los datos facilitados por los aspirantes en este proceso. Se tratará la información facilitada exclusivamente por el aspirante con los fines objeto de la convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión del personal de conformidad con lo dispuesto en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades. Todos o parte de los datos facilitados serán publicados en el Boletín Oficial del Estado y/o en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Asimismo, dichos datos se publicarán en el Tablón Oficial de la Universitat de València y se cederán a los miembros del tribunal para la resolución de reclamaciones planteadas, en su caso, por los aspirantes

10.2 Los datos de los aspirantes se conservarán indefinidamente para el cumplimiento de las finalidades señaladas, conforme a lo dispuesto en la Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos de la Generalitat Valenciana.

10.3 Los aspirantes tienen derecho a solicitar al responsable del tratamiento el acceso a sus datos personales, y su rectificación o supresión, o la limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos, mediante escrito acompañado de copia de un documento de identidad y, en su caso, documentación acreditativa de la solicitud, dirigido al Delegado de Protección de Datos en la Universitat de València.

10.4 La Universitat de València tiene habilitada una dirección (lopd@uv.es) para cualquier información, sugerencia, petición de ejercicio de derechos y resolución amistosa de controversias en materia de protección de datos de carácter personal, sin perjuicio del derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control competente.

Pueden consultarse nuestras políticas de privacidad

http://links.uv.es/qBf2qd6>>



Undécima. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente día a su publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien directamente interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante los órganos de la Jurisdicción Contencioso-administrativa de la Comunidad Valenciana.



València, 12 de marzo de 2019. – La rectora p. d. (DOGV 09.07.2018), el gerente: Juan Vicente Climent Espí.

Tipo de puesto:

AG- Reservado a funcionarios y funcionarias de administración general.

T. Provisión para escalas de administración general y de administración especial.



Requisitos de formación específica:

2. Conocimiento del valenciano a nivel medio, o compromiso de adquirir este conocimiento en el plazo de un año desde la toma de posesión en el puesto (o en el tiempo que permita la programación del Servei de Política Lingüística).

5. Grado en derecho o licenciatura en derecho.

10. Conocimiento de valenciano a nivel medio.

23. Licenciatura en economía, o cc actuariales o financieras, o en ADE.

34. Ciclo superior o certificado de nivel avanzado de inglés, de la escuela oficial de idiomas o equivalente.



Méritos preferentes:

1. Conocimientos de informática.

3. Experiencia en gestión de personal.

5. Experiencia en gestión económica.

6. Experiencia en gestión de estudiantes.

7. Experiencia en procedimiento administrativo.

8. Conocimiento de idiomas comunitarios: inglés.

9. Conocimiento de idiomas comunitarios: francés.

10. Conocimiento de idiomas comunitarios: alemán.

12. Conocimiento de idiomas comunitarios: italiano.



Baremo para puntuar los méritos:

El Baremo aprobado por la Junta de Govern de la Universitat de València, de 22 de octubre de 1991, modificado por acuerdo de la Junta de Govern de 21 de julio de 1998.

Puntuación mínima para la adjudicación de les vacantes:

La puntuación mínima que se debe obtener para la adjudicación será, según lo que establece la disposición cuarta del baremo:

· Para los puestos básicos del subgrupo A1: 5 puntos.

· Para los puestos de jefes/as de sección o de administradores o administradoras, del subgrupo A1: 8 puntos.

· Para los puestos con cargo del subgrupo A2: 7 puntos.

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