Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2019, de la presidenta del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria



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Publicado en:  DOGV núm. 8510 de 21.03.2019
Número identificador:  2019/2790
Referencia Base Datos:  002607/2019
 



RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2019, de la presidenta del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria (IVASS), mediante la cual se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección de la entidad adoptado el día 13 de marzo de 2019, por el que se aprobó la oferta de empleo público para 2018. [2019/2790]

El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, regula en sus títulos IV y V los mecanismos y principios de acceso al empleo público y el contenido básico de sus ofertas, estableciendo en su artículo 70 que las necesidades de recursos humanos con dotación presupuestaria deberán ser objeto de oferta de empleo público.

Por otro lado, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, establece las siguientes previsiones en relación con la tasa de reposición de efectivos: para aquellas administraciones públicas que hayan cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla del gasto fija la tasa de reposición en un 100 por ciento; una tasa de reposición del 100 por ciento de las plazas de personal que presta asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales con independencia del grado de cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y regla del gasto, y una tasa de reposición del 75 por ciento para las administraciones públicas que en el ejercicio anterior no hayan cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla de gasto.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del convenio colectivo aplicable al personal laboral del IVASS, la presente oferta de empleo público ha sido objeto de negociación en su Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio (CIVE).

Por todo ello, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 6.f del Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria (IVASS), aprobado por el Decreto 7/2013, de 4 de enero (DOGV 6937, 07.01.2013), el pasado día 13 de marzo el Consejo de Dirección adoptó el siguiente acuerdo:



Primero. Aprobación de la oferta de empleo público correspondiente a la tasa de reposición de 2018

Se aprueba la oferta de empleo público de 2018 correspondiente a la tasa de reposición ordinaria para seleccionar personal del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria (IVASS), que asciende a un total de ocho plazas.



Segundo. Reserva para personas con diversidad funcional

Del total de puestos convocados un cupo no inferior al 7 % de las vacantes se reserva para ser cubiertas entre personas con diversidad funcional, con grado igual o superior al 33 %, siempre que esta sea compatible con el desempeño de las funciones propias de los puestos de trabajo, de modo que al menos se alcance el 2 % de los efectivos totales de la entidad.



Tercero. Promoción interna

Se deberá reservar para promoción interna un porcentaje no inferior al 40 por ciento del total de las vacantes existentes en la entidad.



Cuarto. Contenido de la oferta de empleo público

La oferta de empleo público que se aprueba está constituida por plazas vacantes y dotadas económicamente en el presupuesto de la Generalitat para el presente ejercicio.

El total de la oferta asciende a ocho plazas de naturaleza laboral distribuidas de la siguiente manera:



Categoría Turno libre Promoción interna Turno de diversidad funcional Total

Auditor/a interno 1 1

Administrativo/a 1 1 2

Maestro/a de taller 1 1

Cuidador/a 2 2

Trabajador/a social 1 1 2





Quinto. Convocatoria

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la ejecución de la oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.



Sexto. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, y constará de una fase de oposición, de carácter obligatorio y eliminatorio, y de una fase de concurso, de carácter obligatorio.

Sólo podrán participar en la fase de concurso las personas admitidas que hayan superado la fase de oposición.



Séptimo. Facultades de aplicación y ejecución

Se autoriza a la persona titular de la Dirección General del IVASS para la ejecución de la presente oferta de empleo.

La presente resolución tendrá los efectos que procedan de acuerdo a sus características y naturaleza a partir del día siguiente al de su publicación, y contra la misma, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano que la ha dictado.



València, 13 de marzo de 2019.– La vicepresidenta del Consell, consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas y presidenta del IVASS: Mónica Oltra Jarque.

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