Ficha disposicion

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CORRECCIÓN de errores de las órdenes 60/19 y 61/19, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por las que se convocan pruebas selectivas de acceso al subgrupo C1 cuerpo especialistas en educación especial C1-03, correspondientes a las ofertas públicas de empleo de 2017 y 2018.



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Publicado en:  DOGV núm. 8764 de 17.03.2020
Número identificador:  2020/2280
Referencia Base Datos:  002591/2020
 



CORRECCIÓN de errores de las órdenes 60/19 y 61/19, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por las que se convocan pruebas selectivas de acceso al subgrupo C1 cuerpo especialistas en educación especial C1-03, correspondientes a las ofertas públicas de empleo de 2017 y 2018. [2020/2280]

Publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 20 de diciembre de 2019 (número 8702), las órdenes 60/19 y 61/19, por las que se convocan pruebas selectivas de acceso al subgrupo C1, cuerpo especialistas en educación especial C1-03, convocatorias 57/18 y 58/18; correspondientes a las ofertas públicas de empleo de 2017 y 2018, se ha advertido la existencia de errores materiales, por una parte, al determinar la acreditación de los conocimientos de valenciano en el segundo párrafo de la letra e de las bases 10.2, de las citadas convocatorias, y al transcribir, en el anexo I de dichas convocatorias, el temario correspondiente a la parte especial de las pruebas selectivas.

El apartado 2 del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, permite rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, por lo que se procede a la subsanación de las citadas órdenes en los siguientes términos:



Primera

En el segundo párrafo de la letra e de las bases 10.2, de las citadas convocatorias:

Donde dice:

«Según lo preceptuado en el artículo 20 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos y movilidad del personal de la función pública valenciana, quienes superen las pruebas selectivas, acreditarán sus conocimientos de valenciano en el correspondiente Grau Mitjà o C1, mediante certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià...»;

Debe decir:

«Según lo preceptuado en el artículo 20 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos y movilidad del personal de la función pública valenciana, quienes superen las pruebas selectivas, acreditarán sus conocimientos de valenciano en el correspondiente Grau elemental o B1, mediante certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià...».



Segunda

Sustituir el contenido correspondiente a la parte especial del anexo I de la convocatoria 57/18, turno libre general y personas con diversidad funcional y de la convocatoria 58/18, turno de promoción interna, modalidades B) promoción interna horizontal y C) promoción interna mixta, por el siguiente:

«1. Objeto, definiciones y principios. Autonomía de las personas con discapacidad. Atención integral. Derecho a la educación. Derecho a la protección social. Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

2. Objeto, ámbito y criterios de interpretación. Derechos de ciudadanía. Derecho a la salud. Derecho a la educación. Derecho al desarrollo mediante el ocio educativo, la actividad física y el deporte. Derecho a la inclusión y a condiciones de vida dignas. Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia.

3. El sistema educativo. Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, organización y funcionamiento de los centros educativos. La intervención del educador/a de educación especial en los centros educativos.

4. De la integración escolar a la inclusión educativa. La educación inclusiva como derecho. Principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano. Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell. Orden 20/2019, de 30 de abril.

5. Detección de barreras e identificación de necesidades educativas del alumnado. Respuesta educativa para la inclusión. La escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales.

6. Productos de apoyo para el alumnado con necesidades educativas especiales.

7. Pla de actuación personalizado (PAP). Colaboración del educador/a con el profesorado en el despliegue de las medidas educativas propuestas por el equipo docente. Informes y memoria de las actividades realizadas.

8. Colaboración y coordinación del educador/a de educación especial con el tutor/a, el equipo educativo y con las familias del alumnado con necesidades educativas especiales.

9. Características y necesidades educativas del alumnado con discapacidad motora. La atención del educador/a de educación especial a este alumnado.

10. Características y necesidades educativas del alumnado con discapacidad sensorial. La atención del educador/a de educación especial a este alumnado.

11. Características y necesidades educativas del alumnado con trastornos del espectro autista. La atención del educador/a de educación especial a este alumnado.

12. Características y necesidades educativas del alumnado con discapacidad intelectual. La atención del educador/a de educación especial a este alumnado.

13. Características y necesidades educativas del alumnado con trastornos graves de conducta. Intervención del educador/a de educación especial en la aplicación de programas específicos dirigidos a este alumnado. La observación de conductas y los diferentes instrumentos de recogida de datos.

14. El despliegue de la comunicación. Habilidades de comunicación del alumnado con necesidades educativas especiales. Principales sistemas de la comunicación aumentativa y alternativa.

15. Intervención del educador/a de educación especial, en la aplicación de programas específicos de autonomía personal. Programas relacionados con los hábitos de alimentación, con el control de esfínteres y en programas de higiene y aseo personal.

16. Despliegue de la autonomía social. Habilidades básicas de interacción social del alumnado con necesidades educativas especiales. Intervención del educador/a de educación especial en la aplicación de programas específicos de autonomía social.

17. El papel del educador/a en los desplazamientos necesarios del alumnado con necesidades educativas especiales y en el seguimiento de las tareas de higiene y de alimentación.

18. Transición en la vida adulta del alumnado con necesidades educativas especiales. Intervención del educador/a de educación especial en los programas de transición en la vida adulta de este alumnado.

19. Técnicas de prevención de accidentes y primeros auxilios en el alumnado con necesidades educativas especiales. Conocimiento de las curas auxiliares. Medidas higiénicas de carácter general.

20. Riesgos laborales. Medidas y actividades de prevención. La seguridad y la salud de los educadores/as en los centros educativos.»



València, 4 de marzo de 2020.– La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública: Gabriela Bravo Sanestanislao.

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