Ficha disposicion

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Universitat Jaume I. RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2019, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, por la que se convoca una oferta pública para la selección de dos plazas de personal técnico de apoyo a la investigación de este organismo, con contrato laboral temporal por obra o servicio a tiempo completo. Proyecto «Una aproximación a la sostenibilidad basada en sistemas multi-catalíticos inspirados en el modelo celular SYNCELL». Prometeo/2016/071.



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Publicado en:  DOGV núm. 8506 de 14.03.2019
Número identificador:  2019/2492
Referencia Base Datos:  002417/2019
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat Jaume I
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1



RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2019, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, por la que se convoca una oferta pública para la selección de dos plazas de personal técnico de apoyo a la investigación de este organismo, con contrato laboral temporal por obra o servicio a tiempo completo. Proyecto «Una aproximación a la sostenibilidad basada en sistemas multi-catalíticos inspirados en el modelo celular SYNCELL». Prometeo/2016/071. [2019/2492]





El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, en virtud de las competencias delegadas por la rectora mediante resolución de 12 junio de 2018 (DOGV 14 de junio), convoca una oferta pública de personal técnico de apoyo a la investigación de acuerdo con las siguientes bases.





Primera. Denominación del puesto de trabajo

Personal técnico de apoyo.



Segunda. Retribución íntegra mensual

La retribución íntegra mensual, incluida la parte proporcional de las pagas extras, será de 1.250,00 euros en concepto de sueldo base.



Tercera. Objeto y período

Colaborar en la realización del proyecto de investigación: «Una aproximación a la sostenibilidad basada en sistemas multi-catalíticos inspirados en el modelo celular SYNCELL», con referencia Prometeo/2016/071 con funciones de técnico o técnica superior de apoyo a la investigación. Funciones:

– Preparación de productos de partida.

– Caracterización de los productos obtenidos por las diferentes técnicas usuales.

La duración prevista de este contrato será de 6 meses. En todo caso, la duración del contrato estará vinculada a la duración del proyecto y la disponibilidad presupuestaria del mismo.

El período de prueba establecido será el que se indique en la legislación laboral en vigor.



Cuarta. Jornada de trabajo:

A tiempo completo (37,5 horas semanales)



Quinta. Requisitos de los aspirantes

– Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados en los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, se aplique la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos en que esta se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Asimismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.

– Tener cumplidos dieciséis años el día que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

– Residir en la Comunidad Valenciana.

– Estar en posesión de la titulación española de grado o licenciado en ciencias químicas o titulaciones afines.

– No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

– No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de sus funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar incursos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Estos requisitos deben poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato de trabajo.

Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista de personas admitidas y excluidas, incluso una vez finalizado el proceso selectivo, se advierte inexactitud o falsedad en las solicitudes o en la documentación aportada por las personas interesadas, esta se considerará defecto insubsanable y se resolverá con su exclusión en el procedimiento.



Sexta. Méritos preferentes

Se valorarán como méritos preferentes los conocimientos y/o experiencia sobre:

– Experiencia en Química Sostenible y Química Supramolecular

– Experiencia en el campo de los Líquidos Iónicos

– Experiencia en sistemas organizados y autoensamblados de compuestos orgánicos

– Experiencia en el campo de la catálisis y reactivos soportados

– Experiencia en las áreas propias de un laboratorio de investigación avanzada de Química Orgánica



Séptima. Sistema selectivo de la plaza

Por parte de la comisión encargada de resolver esta selección, se valorará el currículo de las personas aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el anexo II. La comisión podrá, si lo considera oportuno, realizar una prueba y/o entrevista a los aspirantes. En el supuesto de realizar la prueba esta será eliminatoria y podrá ser teórica y/o practica; se puntuará de 0 a 10 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

La comisión evaluadora puede declarar desierto el procedimiento de selección en el caso que valorados los méritos y, si procede, realizada la prueba y la entrevista, el perfil de las candidaturas no se ajuste en su totalidad a las necesidades del proyecto.



Octava. Comisión evaluadora

La comisión evaluadora tendrá la estructura que figura en el anexo III de esta convocatoria.

Las personas integrantes de la comisión deberán abstenerse de intervenir cuando coincida en ellas alguna circunstancia de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

El presidente o presidenta podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en los artículos mencionados.

La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas, así como en el que pueda producirse de los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en todo momento al que dispone Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Para cualquier aclaración sobre la convocatoria, las personas interesadas pueden dirigirse al profesor Santiago Luis Lafuente, correo electrónico: luiss@uji.es



Novena. Presentación de solicitudes

Las solicitudes, formalizadas de acuerdo con el modelo que se adjunta en el anexo I, junto al currículo y los documentos que acrediten los méritos alegados, se deben presentar en el Registro General de la Universitat Jaume I o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas), en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

A la solicitud se unirá la siguiente documentación:

a) Una fotocopia del DNI/NIE.

b) Currículo, con los méritos justificados documentalmente.

En el apartado «Código» de la solicitud debe figurar el número 17950.

Las solicitudes presentadas en las oficinas de Correos deberán cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos: las solicitudes se presentarán en sobre abierto para que se estampe el sello de fechas en la parte superior izquierda de las solicitudes, y debe figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerlo así, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta universidad

No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, será suficiente con la declaración jurada de la persona interesada sobre la autenticidad de aquellos, así como sus datos que figuran en la solicitud, sin perjuicio que en cualquier momento la comisión o la Universidad pueda requerir las personas aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.

Las personas que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acreditan el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de este de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho que la persona aspirante vive a su costa o está a su cargo.



Décima. Lista de personas admitidas y resultado de la selección

Finalizado el plazo para presentar solicitudes, el Vicerrectorado dictará una resolución por la que se aprobará la lista de personas admitidas y excluidas en este proceso selectivo, así como la composición de la comisión evaluadora encargado de juzgarlo.

Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria, los acuerdos de la comisión evaluadora y el resultado de este proceso de selección se publicarán en el Tablón de Anuncios Oficiales (TAO), y en la siguiente dirección de internet: http://www.uji.es/serveis/rrhh/ /



Undécima. Norma final

Esta convocatoria, sus bases y todos los actos administrativos que se puedan derivar de la misma y de las actuaciones de la comisión evaluadora, podrán ser impugnados por parte de las personas interesadas en los casos y forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Asimismo, la administración, en su caso, podrá revisar las resoluciones de la comisión evaluadora, de acuerdo con la mencionada norma.



Castellón de la Plana, 6 de marzo de 2019.– La rectora, p. d. (R 12.06.2018, DOGV 14 junio), el vicerrector de Investigación y Transferencia: Jesús Lancis Sáez.





ANEXO I

Solicitud



Datos personales

Primer apellido: …

Segundo apellido: …

Nombre: …

DNI: … Fecha de nacimiento: …

Teléfono: … Dirección electrónica: …

Dirección y código postal: …

Localidad/comarca y provincia: …



Código: 17950



SOLICITO

La admisión en el proceso selectivo para cubrir una plaza temporal de …, convocado por Resolución de fecha …, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número ….



DECLARO

Que son ciertos los datos que se consignan y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en esta convocatoria.

(Firma)



Castellón de la Plana, … de … de 20 …



RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD JAUME I





Me han informado de que el Servicio de Recursos Humanos de la Universitat Jaume I llevará a cabo el tratamiento de mis datos personales de acuerdo con el Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679.



Información básica sobre protección de datos

Responsable del tratamiento Universitat Jaume I

Finalidad del tratamiento Gestión administrativa y económica del personal funcionario y laboral de la Universitat Jaume I

Legitimación Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

Destinatarios Los datos pueden ser comunicados a terceras partes para finalidades vinculadas al tratamiento de datos personales objeto de este consentimiento

Derechos Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad, y a la limitación o la oposición al tratamiento ante la Secretaría General de la Universitat Jaume I mediante el Registro Electrónico

https://ujiapps.uji.es/reg/rest/publicacion/solicitud_generica

Información adicional Puede consultar la información adicional y detallada sobre este tratamiento de datos en

https://www.uji.es/protecciodades/clausules/?=U017







ANEXO II

Baremo



a) Expediente académico: 40 %.

b) Méritos curriculares: 40 %.

c) Adecuación de los méritos a los requerimientos específicos del proyecto: 20 %.

Será posible aplicar coeficientes correctores que midan la adecuación de los méritos alegados al perfil de la plaza.





ANEXO III

Comisión evaluadora



Comisión evaluadora titular:

Presidente: el vicegerente de Personal y Organización de la Universitat Jaume I.

Vocales: tres en representación de la Universitat Jaume I.

Secretario: un funcionario o funcionaria de carrera del Servicio de Recursos Humanos, que actuará como secretario o secretaria con voz, pero sin voto.



Comisión evaluadora suplente: la misma estructura.

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