Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2018, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de méritos para los funcionarios y las funcionarias del grupo A



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Publicado en:  DOGV núm. 8235 de 15.02.2018
Número identificador:  2018/1231
Referencia Base Datos:  001620/2018
 



RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2018, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de méritos para los funcionarios y las funcionarias del grupo A (subgrupo A1), sector de administración especial, de la escala de facultativos de archivos y bibliotecas de esta universitat. [2018/1231]

Hay vacantes diversos puestos de trabajo dotados presupuestariamente, cuya provisión se considera conveniente dadas las necesidades de los servicios; por ello, la Universitat de València, de acuerdo con el artículo 193 de los Estatutos, el Real decreto legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, y el Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, resuelve:

Convocar un concurso de méritos para funcionarias y funcionarios del grupo A (subgrupo A1), sector de administración especial, de la escala de facultativos de archivos y bibliotecas de esta universidad, para proveer los puestos de trabajo vacantes que se relacionan en el anexo I de esta convocatoria, de acuerdo con las bases siguientes.



Bases de la convocatoria



Primera. Participantes

1.1. Deberán participar necesariamente en este concurso los funcionarios y las funcionarias de carrera del grupo A (subgrupo A1), sector de administración especial, de la escala de facultativos de archivos y bibliotecas de esta universidad, que se encuentren en situación de destino provisional y tengan el mismo grupo y nivel que los puestos convocados.

Para los que se encuentren en destino provisional y les sea aplicable el artículo 105.5 de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, deberán solicitar como mínimo el puesto que ocupan provisionalmente. Si no concurren quedarán sin destino y a disposición de la gerencia.

1.2. Se pueden presentar los funcionarios y las funcionarias de carrera del grupo A (subgrupo A1), sector de administración especial, de la escala de facultativos de archivos y bibliotecas, que presten servicios en esta universidad y que hayan prestado servicios al menos durante un año desde su adscripción en el último puesto de trabajo, según el artículo 101.3 de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

1.3. Quedan exentos del requisito de permanencia de un año en el puesto de trabajo, los funcionarios y las funcionarias de carrera del grupo A (subgrupo A1), sector de administración especial, de la escala de facultativos de archivos y bibliotecas de esta universidad, a los que les sean de aplicación los supuestos contemplados igualmente en el artículo 101, apartado 3.º de la Ley 10/2010, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, y los que hayan sido trasladados en aplicación del artículo 188 de los Estatutos de esta universidad.

1.4. Por interpretación de la disposición transitoria quinta de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, se podrá presentar también el personal laboral fijo que ocupe puestos de trabajo de la escala de facultativos de archivos y bibliotecas de esta universidad, que haya prestado servicios al menos durante un año desde su adscripción al último puesto de trabajo.



Segunda. Vacantes

2.1. Se convocan a concurso de méritos los puestos vacantes que figuran en el anexo I de esta convocatoria.



Tercera. Solicitudes y documentación a aportar

3.1. Los y las interesadas deben presentar la solicitud utilizando el modelo que figura en el anexo II y el orden de prioridades según el modelo que figura en el anexo III, los cuales se encuentran en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), que tiene la siguiente dirección: http//www.uv.es/pas.

A la solicitud se adjuntará el curriculum vitae y la documentación justificativa, mediante fotocopia cotejada de los méritos alegados.

3.2. La documentación que ya consta en el Registro de Personal (PAS) de la Universitat de València (certificados de servicios prestados y del grado personal consolidado) se adjuntará de oficio a las solicitudes presentadas.

3.3. Los cursos que han sido impartidos y homologados por el Servei de Formació Permanent y los cursos de formación de funcionarios (formación continua o continuada), deberá relacionarlos en el currículum y aportar documentación justificativa.

3.4. Si alguna de las personas participantes desea que el Servei de Recursos Humans (PAS) aporte otra documentación de la que disponga esta Universitat, deberá solicitarlo expresamente en instancia separada, con indicación de la unidad donde se encuentra, y estar indicada en el currículo correspondiente.



Cuarta. Plazo y lugar de presentación

4.1. Las solicitudes y la documentación deberán presentarse en el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). La presentación se puede hacer en el Registre General de la Universitat (avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia), a través de cualquier otro registro auxiliar de los centros universitarios, o en las oficinas públicas a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

4.2. Se advierte a las personas interesadas que el Registro General de la Universitat está abierto de lunes a viernes, de 09.00 a 14.00 horas y de 16.00 a 18.00 horas.

Quien desee presentar la solicitud y la documentación en sábado, puede utilizar el registro de la Delegación de Gobierno o las oficinas de Correos.



Quinta. Baremo

5.1. El concurso de méritos se resolverá por la aplicación del baremo aprobado por la Junta de Govern de la Universitat de València, de 22 de octubre de 1991, y modificado por el acuerdo de la Junta de Govern de 21 de julio de 1998. Hay una copia en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS).

5.2. Se realizará una entrevista en aplicación del punto 4 del anexo I del baremo.



Sexta. Comisión evaluadora

6.1. La comisión evaluadora que realizará la selección de los puestos de trabajo convocados a concurso debe tener la composición que figura en el Reglamento de composición y funcionamiento de las comisiones de valoraciones para la provisión de puestos de trabajo de la plantilla de personal de administración y servicios, aprobado por el Consell de Govern (ACGUV 184/2012) de esta universidad. Hay una copia en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS).

Su funcionamiento se adaptará a lo que establece el Reglamento de composición y funcionamiento de las comisiones de valoraciones, y en lo no previsto se ajustará a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Su composición deberá ajustarse al principio de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderán en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que establece en el artículo 53 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en el artículo 60.1 del Real decreto legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el Acuerdo del Consell de Govern, de la Universitat de València, de 29 de octubre de 2013 (ACGUV 210/2013), por el que se aprueba el II Plan de Igualdad de la Universitat de València.

6.2. Los nombres de las personas que formarán parte de la comisión evaluadora se harán públicos antes que finalice el plazo de presentación de solicitudes en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), y en la página web de este servicio.



Séptima. Irrenunciabilidad de los destinos

7.1. Las y los participantes pueden desistir de la solicitud dentro del plazo de presentación de solicitudes. Después de que haya transcurrido este plazo no se aceptará ningún desistimiento y los participantes quedarán vinculados al resultado del concurso.

7.2. El destino adjudicado será irrenunciable, excepto que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino por convocatoria pública, y en este caso debería comunicarse por escrito a la Gerencia.



Octava. Participación

La participación en el concurso implica la aceptación de todas las bases.



Novena. Cese y toma de posesión

La resolución de este concurso se hará pública en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG y en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS). En la resolución se indicará expresamente la fecha de cese y de toma de posesión.



Décima. Información respecto de los datos recogidos

10.1. Los datos suministrados por los interesados y las interesadas podran quedar incorporados en un fichero automatizado que constituye la Base de Datos de Personal, de conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD).

10.2. El fichero quedará bajo la responsabilidad de la Secretaría General de la UVEG en la avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia.

10.3. La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de personal.

10.4. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección que establece el Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, adoptándose las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

10.5. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que establece la LOPD, ante el Servei de Recursos Humans (PAS) de la Universitat de València, en la avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 València.



Once. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación y ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien directamente interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana.



València, 5 de febrero de 2018. – El rector p. d. (DOGV 17.01.2018), el gerente: Joan E. Oltra i Vidal.

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