Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2021, de la vicepresidenta y presidenta en funciones del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana.



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Publicado en:  DOGV núm. 9014 de 05.02.2021
Número identificador:  2021/1009
Referencia Base Datos:  001067/2021
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Societat Anònima de Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: relación de puestos de trabajo



RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2021, de la vicepresidenta y presidenta en funciones del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana. [2021/1009]

La Ley 6/2016, de 15 de julio, del servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, de titularidad de la Generalitat, establece en el artículo 46 que «1. El personal laboral de la Corporación y el de sus sociedades se rige, aparte de por la legislación laboral y por el resto de normas convencionalmente aplicables, por lo establecido en el Estatuto básico del empleado público, según los términos que este dispone, y por las leyes de presupuestos de la Generalitat en cuanto al régimen retributivo. 2. El personal al servicio de la corporación tendrá naturaleza laboral, sin perjuicio de que pueda ser adscrito personal funcionario de la Generalitat en los términos previstos en la normativa valenciana de función pública. El personal de las sociedades que dependan de la corporación tendrá naturaleza laboral. 3. El régimen de retribuciones del personal de la Corporación y sus sociedades se adaptará al que, con carácter general, rija para el personal al servicio de la Generalitat Valenciana, sin más excepciones que las impuestas por necesidades del servicio o características especiales del puesto de trabajo, no subsumibles en este régimen general y debidamente justificadas.»

El Decreto ley 1/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de medidas urgentes de régimen económico-financiero del sector público empresarial y fundacional, dispone en el artículo 18 que los entes del sector público de la Generalitat, a los que hace referencia dicha norma, publicarán, anualmente, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana una relación de los puestos de trabajo o plantillas.

Finalmente, el artículo 16.3 f) de la Ley 6/2016, de 15 de julio, y el artículo 8 f) del Reglamento orgánico y funcional del Consejo Rector atribuyen a este la competencia para aprobar las relaciones de puestos de trabajo o plantilla del personal y su régimen retributivo.

La relación de puestos de trabajo es el instrumento técnico a través del cual la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana organiza, racionaliza y ordena su personal. Esta relación incluye el número que se asigna a cada puesto, su denominación, grupo profesional, retribuciones básicas y complementarias, forma de acceso a la entidad, forma de provisión del puesto, naturaleza, adscripción orgánica, convenio colectivo de aplicación, localidad, funciones y requisitos del puesto y, en su caso, méritos.

La relación de puestos de trabajo de la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana ha sido negociada con el Comité de Empresa los días 24 y 30 septiembre y 7 de octubre de 2020, informada favorablemente por la Dirección General de Sector Público, Modelo Económico y Patrimonio con fecha 30 de diciembre de 2020 y, finalmente, ha sido aprobada por el Consejo Rector en fecha 2 de febrero de 2021.

Por todo lo cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4. 2 a) y c) del Reglamento orgánico y funcional del Consejo Rector, resuelvo:



Primero

Publicar la relación de puestos de trabajo de la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana que figura en el anexo de la presente resolución.



Segundo

La presente resolución tendrá efectos desde el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



De conformidad con lo que establece el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer demanda laboral ante el Juzgado de lo Social de València, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Los emplazamientos en las demandas que se sustancien contra la presente resolución se realizarán mediante la inserción del correspondiente edicto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Burjassot, 3 de febrero de 2021.– La vicepresidenta y presidenta en funciones del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació: Mar Iglesias García.

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