Ficha disposicion

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Ayuntamiento de Torrent. Declaración de nulidad sobrevenida de actos relacionados con la convocatoria para la provisión del puesto de jefe o jefa del Servicio de Fiscalización.



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Publicado en:  DOGV núm. 8196 de 22.12.2017
Número identificador:  2017/11290
Referencia Base Datos:  011462/2017
 



Declaración de nulidad sobrevenida de actos relacionados con la convocatoria para la provisión del puesto de jefe o jefa del Servicio de Fiscalización. [2017/11290]

Por el presente se hace público que, por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 11 de septiembre de 2017, se ha declarado la nulidad sobrevenida de los acuerdos de este órgano de fechas 27.12.2016 y 09.02.2017, que aprobaron, respectivamente, las bases del concurso específico para la provisión del puesto de jefe/a Servicio de Fiscalización, publicadas en el BOP de 12.01.2017 y extracto de las mismas en el DOGV de 16.01.2017 y en el BOE de 17.01.2017 y la composición de la comisión del valoración del mismo, publicada en el tablón de anuncios electrónicos de esta corporación en fecha 16.02.2017.

Asimismo, se hace público que por Decreto núm. 2743/2017, de 28 de septiembre, se ha declarado la nulidad sobrevenida de los decretos números 34/2017, de 9 de enero, y 635/2017, de 1 de marzo, que aprobaron, respectivamente, la convocatoria para la provisión del puesto de jefe/a Servicio de Fiscalización, publicada en el BOP, DOGV y BOE referidos en el párrafo anterior y la lista de aspirantes admitidos y excluidos al mencionado concurso, publicada en el tablón de anuncios electrónicos de esta corporación en fecha 06.03.2017.



Contra los presentes actos, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la provincia de Valencia o, indistintamente, a su elección, en los de aquella circunscripción en que tenga usted el domicilio, siempre que sea en la circunscripción del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación o publicación de este acto. No obstante, de conformidad con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado este acto, en el plazo de un mes, contado en los términos regulados en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime pertinente.



Torrent, 20 de noviembre de 2017.– El delegado del Área de Personal: José Antonio Castillejo Durán.

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