Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2018, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se incrementa la cuantía máxima de la convocatoria regulada mediante la Resolución de 5 de julio de 2018, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las ayudas de rehabilitación de edificios del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021.



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Publicado en:  DOGV núm. 8414 de 31.10.2018
Número identificador:  2018/10029
Referencia Base Datos:  009842/2018
 



RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2018, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se incrementa la cuantía máxima de la convocatoria regulada mediante la Resolución de 5 de julio de 2018, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las ayudas de rehabilitación de edificios del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021. [2018/10029]

Mediante la Orden 7/2018, de 25 de junio, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, se aprobaron las bases reguladoras de las ayudas de rehabilitación de edificios del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021 (DOGV 8328, 29.06.2018).

La base reguladora dieciséis del anexo de la orden referida establecía en su apartado 3 que «El importe global de las ayudas con que se dote cada convocatoria podrá ser ampliado en el supuesto de que la dotación inicial resulte insuficiente para atender las peticiones que, presentadas dentro del plazo, acrediten reunir los requisitos y demás condiciones establecidas en estas bases, hasta alcanzar el importe máximo adicional con el que se amplíe la dotación económica global.

Este incremento se podrá realizar, con posterioridad a la publicación de la convocatoria, de acuerdo a la regulación establecida en el artículo 58 del Real decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, mediante la aportación de los fondos estatales que se prevea en el correspondiente convenio entre el Ministerio de Fomento y la Comunitat Valenciana para la ejecución del Plan estatal de vivienda 2018-2021 y en los sucesivos acuerdos de la comisión bilateral de seguimiento, que en su caso se suscriban, relativos a la distribución de la financiación entre los programas de ayudas, tal y como se establece en el apartado 5 del artículo 6 del Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda 2018-2021, o bien mediante la aportación de fondos propios adicionales siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.»

En este sentido, la Resolución de 5 de julio de 2018, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las ayudas de rehabilitación de edificios del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021, establecía en su apartado segundo que la cuantía a conceder inicialmente de 2.500.000,00 euros se podrá incrementar mediante la aportación de fondos finalistas procedentes del Ministerio de Fomento, al amparo de lo establecido en el Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda 2018-2021 y el convenio de colaboración entre dicho ministerio y la Comunitat Valenciana para la ejecución del plan referido, que en aquel momento aún se encontraba en tramitación. El incremento previsto en la Resolución referida permitía alcanzar una cuantía total de 18.071.000,00 euros, si bien esta dotación cabe entenderla como cofinanciada por la Ministerio de Fomento y la Generalitat Valenciana en los términos que en el convenio de colaboración se recojan.

Por otra parte, mediante la Orden 6/2018, de 25 de junio, de la Conselleria de Vivienda Obras Públicas y Vertebración del Territorio, se aprobaron las bases reguladoras de las ayudas de rehabilitación de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, dentro del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021. Asimismo, en el apartado segundo de la Resolución de 5 de julio de 2018, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio mediante la que se convocaron para el ejercicio 2018 las correspondientes ayudas se establece que la cuantía inicial a conceder era de 1.000.000,00 euros si bien dicha cuantía podía incrementarse hasta un importe de 1.250.000,00 euros mediante la aportación de fondos finalistas procedentes del Ministerio de Fomento al amparo de lo establecido en el Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda 2018-2021, y el convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunitat Valenciana para la ejecución de dicho plan, que en aquel momento se encontraba en tramitación.

En consecuencia, el importe máximo global resultante de la dotación de las dos convocatorias referidas asciende a 19.321.000,00 euros.

Con posterioridad a la publicación de las bases reguladoras y convocatorias de ayudas referidas, en fecha 1 de agosto de 2018, se suscribió el convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunitat Valenciana para el desarrollo y ejecución del Plan estatal de vivienda 2018-2021. En la cláusula cuarta del convenio se establecen los límites de gasto a los que se comprometen dicho ministerio y la Generalitat Valenciana para las distintas anualidades de la vigencia del plan estatal. Concretamente, respecto a la anualidad 2018, las aportaciones máximas a las que se comprometieron el Ministerio de Fomento y la Generalitat Valenciana eran de 39.900.000,00 € y 11.970.000,00 € respectivamente, lo que supone un total de 51.870.000,00 €.

Asimismo, en la cláusula quinta del convenio se establecen las cuantías a aportar a las que se comprometen el Ministerio de Fomento y la Comunitat Valenciana para cada uno de los programas de actuación financiables en cada anualidad. Dichas cuantías fueron reajustadas mediante Acuerdo de la Comisión Bilateral de seguimiento adoptado el 7 de setiembre de 2018 de tal forma que para el Programa 6 de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, en la anualidad 2018, al Ministerio de Fomento le corresponde aportar 18.370.000,00 € (como suma de una aportación básica de 13.100.000,00 € y una aportación condicionada de 5.270.000,00 €) y a la Generalitat 2.890.000,00 €, lo que supone una financiación total de 21.260.000,00 €. Por lo tanto, entre la máxima cuantía financiable del Programa 6 para la anualidad 2018, de 21.260.000,00 €, y la dotación final global de las convocatorias vinculadas al Programa 6 referida anteriormente, de 19.321.000,00 €, existe una diferencia de 1.939.000,00 €.

Asimismo, habiéndose finalizado en fecha 6 de agosto de 2018 el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas de rehabilitación de edificios del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas se estima que la dotación prevista actualmente en la convocatoria de las ayudas resultará insuficiente para atender la totalidad de solicitudes que puedan estimarse.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con el artículo 160.4.b de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:



Primero. Financiación de las ayudas

Incrementar la cuantía de 18.071.000,00 euros prevista en el apartado Segundo. Financiación de las ayudas, de la Resolución de 5 de julio de 2018, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las ayudas de rehabilitación de edificios del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021, en 1.939.000,00 euros resultando una cuantía de 20.010.000,00 euros, en los mismos términos y determinaciones que los que se especificaban en la resolución referida.



Segundo. Entrada en vigor

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación en la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



València, 26 de octubre de 2018.– La consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio: M.ª José Salvador Rubert.

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