Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2016, de la Universitat de València, por la que se hace la oferta pública de tres plazas de funcionario interino de programa temporal de investigación: Experto INTERREG en finanzas



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Publicado en:  DOGV núm. 7945 de 28.12.2016
Número identificador:  2016/10358
Referencia Base Datos:  009808/2016
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1



RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2016, de la Universitat de València, por la que se hace la oferta pública de tres plazas de funcionario interino de programa temporal de investigación: Experto INTERREG en finanzas (FIPI16-010), Programa INTERACT III financiado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional - FEDER - «Una manera de hacer Europa» y de los 28 estados miembros, Noruega y Suiza [2016/10358]

El Rectorat de la Universitat de València, haciendo uso de las atribuciones que le atribuye el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, resuelve:

Hacer oferta pública de tres plazas de técnico superior de gestión de investigación de acuerdo con las siguientes bases.



Primera. Requisitos generales de los aspirantes

1.1. Tener nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro o ser de cualquiera de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos en que dicha legislación está definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea. en este caso deberán presentar el resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria si son seleccionados en el proceso selectivo.

Asimismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.

1.2. Tener cumplidos 16 años el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

1.3. Poseer la titulación académica que figura en el anexo I o estar en condiciones de obtenerla antes de la fecha de inicio del contrato.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se podrá sustituir este requisito, siempre y cuando la titulación se presuma por el órgano convocante equivalente a la exigida en la convocatoria, por una declaración jurada de que se iniciará la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento.

En el caso de ser seleccionado o seleccionada el candidato o candidata deberá presentar la solicitud de homologación o equivalencia en el momento de su nombramiento El contrato podrá rescindirse si la autoridad competente resuelve que determinados requisitos no se cumplen

1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

1.5. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración o trabajo público. En el caso de aspirantes de nacionalidad no española, deberán acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impide en su caso, el acceso a la función pública.





Segunda. Solicitudes (todos los documentos se han de presentar en inglés)

2.1. Las personas interesadas que reúnan los requisitos generales y los señalados en el anexo I, deberán presentar la solicitud, junto con el currículo, los documentos que acrediten los méritos alegados y una carta de motivación, por cualquiera de las siguientes vías: 1) documentación en papel a la atención de Angeles Sanchis Polo, Servicio de Investigación-OPER de la Universitat de València (edificio del Rectorat de la Universitat de València, avenida de Blasco Ibáñez núm. 13, bajo, 46010 Valencia), en el Registre General de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, bajo, 46010 Valencia), a través de cualquier otro registro auxiliar de los centros universitarios o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas)., o 2) Cumplimentando la solicitud electrónica disponible en la página web:

https://webges.uv.es/uvEntreuWeb/menuSEU.jsp?idtramite=INTERACT_PROGRAMME&cambio_idioma=S&idioma=en.

Las instancias presentadas en las oficinas de Correos deben cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de servicios de Correos: la solicitud se debe presentar en sobre abierto, para que el/la empleado/a la selle, y debe aparecer con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerlo así, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta universidad.

2.2. La instancia deberá reunir los requisitos que aparecen en el anexo II. También habrá una copia en la página web http://www.uv.es/pasinvest.

2.3. El plazo de presentación de las instancias será de 15 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).



Tercera. Las personas interesadas deberán presentar la siguiente documentación:

3.1. Una fotocopia del documento nacional de identidad o un archivo con el documento escaneado. Las personas que no tengan la nacionalidad española pero sí el derecho a participar en estas pruebas, han de presentar fotocopia del NIE o del documento que acredite su nacionalidad o un archivo con el documento escaneado.

3.2. Fotocopia del título académico o resguardo de haber abonado los derechos de expedición o un archivo con el documento escaneado. En caso de titulaciones extranjeras, será necesario acreditar la homologación o haber iniciado los trámites para la misma o la equivalencia correspondiente. Será obligatorio la presentación de la certificación en caso de ser seleccionado.

3.3. Curriculum vitae Europass, que acredite los méritos con documentos fotocopiados o un archivo con los documentos escaneados. No es necesaria la compulsa de los documentos que se presenten, siendo suficiente la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración. Junto al curriculum deberá aportarse una carta de motivación de su presentación a la oferta de empleo.

3.4. Tres meses después que haya finalizado el proceso de selección y se publique la propuesta de contratación en la página web http://www.uv.es/pasinvest, los interesados podrán solicitar la devolución de los currículos al Servicio de investigación-OPER de la Universitat de València. Transcurridos seis meses, los currículos que queden en este servicio serán destruidos.



Cuarta. Sistema selectivo

4.1. El sistema selectivo consistirá en la valoración del currículo de los aspirantes por la comisión evaluadora que figura en el anexo IV, los cuales serán valorados por esta, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo III. La comisión evaluadora podrá pedir subsanación de los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias

4.2. La comisión puede, de considerarlo oportuno, realizar una entrevista a los aspirantes. El número de aquellos que pasen a la fase de entrevista, que será eliminatoria, se determinará por criterio de la comisión evaluadora.

4.3. Finalizado el proceso selectivo, se publicará la baremación de los aspirantes, la propuesta de contratación y la resolución en el tablón de anuncios del Servei de Recursos Humans i Personal d'Administració i Serveis (RRHH-PAS) y en la página web http://www.uv.es/pasinvest.

4.4. De esta convocatoria se podría establecer que los participantes de la misma constituyan una bolsa de trabajo.

4.5. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que valorados los méritos y, en su caso, realizada la entrevista, el perfil de los candidatos mejor puntuados no se ajusta en su totalidad al perfil de la plaza y a las necesidades del proyecto.

Quinta. Comisión evaluadora

5.1. La comisión evaluadora es la que figura en el anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros de esta comisión deberán abstenerse de intervenir cuando se encuentren en alguna circunstancia de las fijadas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La presidencia podrá solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en las circunstancias establecidas en los artículos mencionados.

5.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, y todo aquello que se deba hacer en los casos no previstos.

5.4. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en cada momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

5.5. Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el Servicio de investigación-OPER-UV.



Sexta. Información sobre los datos recogidos

6.1. Los datos suministrados por el interesado podrán quedar incorporados en un fichero automatizado que constituye la base de datos correspondiente a este tipo de personal de esta universidad, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD) y Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD.

6.2. El fichero quedará bajo la responsabilidad de la Secretaria General de la UVEG (av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia).

6.3. La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de la base de datos de contrataciones de este personal.

6.4. Los datos de carácter personal se tratarán con el grado de protección que establece el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

6.5. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que establece la LOPD, ante el Servei de Recursos Humans (PAS) de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia).



Séptima. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.

Contra los actos de la comisión evaluadora, se podrá interponer el recurso de alzada previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Asimismo, la administración, si procede, podrá revisar las resoluciones del tribunal, de acuerdo con la mencionada norma.



Valencia, 16 de diciembre de 2016.– El rector, p. d. (DOGV 26.10.2016), el gerente: Joan Oltra i Vidal.





ANEXO I

Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado



1. Tres plazas de funcionario interino de Programa Temporal de investigación: Experto INTERREG en finanzas, Programa INTERACTIII-FEDER

2. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:

Escala técnica superior de gestión de investigación

Grupo: A.

Subgrupo: A1.

Complemento de destino: 28.

Complemento específico: E048.

3. Jornada de trabajo: 38 horas semanales.

4. Periodo del programa de investigación y objeto:

Este programa tiene una duración prevista de tres años (más 1 adicional) y estará determinada por la disponibilidad presupuestaria.

Apoyo técnico al programa INTERACTIII-FEDER en finanzas.

5. Requisitos

Titulación: Máster o titulación equivalente en los campos de estudio (estudios de la UE o internacional, gestión pública, economía, entre otros).

Inglés (nivel C1 o equivalente)

6. Méritos preferentes (http://www.interact-eu.net/#o=jobs-tenders):

Conocimiento profundo especializado de la gestión financiera de programas Interreg / ETC

Conocimiento y comprensión de la gestión financiera de los Fondos Estructurales y de Inversión de la UE (no Interreg / ETC)





ANEXO II



La instancia debe contener al menos los siguientes datos:

1. Datos personales: apellidos y nombre, fecha de nacimiento, NIF/NIE o pasaporte, e-mail, teléfono de contacto y domicilio.

2. Denominación del puesto de trabajo: Escala técnica superior de gestión de investigación.

3. Denominación del Programa temporal de investigación: Experto INTERREG en finanzas, Programa INTERACT III-FEDER.

4. Firma y fecha de solicitud.

5. Declaración similar a la siguiente: «La persona firmante declara que son ciertos los datos que figuren en este currículo y asume, en caso contrario, las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes que consten».

6. Debe expresar si desea o no recuperar el curriculum vitae.

7. Debe dirigirse al Servei d'Investigació-OPER, edificio del Rectorat de la Universitat de València.





ANEXO III

Baremo



1. Años de experiencia profesional relevante (se priorizarán los candidatos con experiencia en Interreg): con un máximo de 5 puntos.

– Años de experiencia profesional en gestión financiera de programas Interreg / ETC: con un máximo de 3 puntos (1 pto /año)

– Años de experiencia profesional relevante en la gestión financiera de los Fondos Estructurales y de Inversión de la UE (no Interreg / ETC): con un máximo de 2 puntos (0,5 ptos /año)

2. Cursos de formación: hasta 1 punto

– Cursos de formación profesional relevante: hasta 0,5 puntos.

– Cursos de valenciano: hasta 0,5 puntos.

3. Méritos preferentes relacionados en el punto 6 del anexo I, experiencia previa y conocimientos concretos: baremados como años de experiencia y en entrevista.

4. Entrevista: hasta 4 puntos.





ANEXO IV



Comisión evaluadora titular

Presidenta: Pilar Campins, Vicerrectora de Investigación y Política Científica de la Universitat de València.

Vocal 1: Angeles Sanchis Polo, directora técnica de la Oficina de Projectes Europeus de Recerca (OPER), del Servei d'Investigació -UV

Vocal 2: Lucia Echevarria Gil, Jefa del Servei d'Investigació– UV

Vocal 3: Fernando Sánchez Carmen, Responsable de la Sección de gestión de la Investigación del del Servei d'Investigació -UV.

Secretario: Guillermo García Bonilla, Técnico superior de gestión del Servei d'Investigació –UV.



Comisión evaluadora suplente

Presidente: Vicente Muñoz Sanjose, director científico de la Oficina de Projectes Europeus de Recerca (OPER), del Servei d'Investigació -UV.

Vocal 1: Dolores Blanco López, Técnica superior de la Oficina de Transferència de Resultats d'Investigació, Servei d'Investigació-OTRI-UV.

Vocal 2: Miguel Angel Bermudez, Técnico superior de gestión del Servei d'Investigació –UV.

Vocal 3: Gemma Calabuig Cháfer, Técnica superior de la Oficina de Transferència de Resultats d'Investigació, Servei d'Investigació-OTRI-UV.

Secretario: Carlos Pomer Monferrer, Jefe del Servei de Relacions Internacionals i Cooperació UV.

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