Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2016, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se convocan trece becas para la realización de prácticas profesionales en actividades relacionadas con el ejercicio de la salud pública en la Dirección General de Salud Pública y centros dependientes de la misma.



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Publicado en:  DOGV núm. 7933 de 09.12.2016
Número identificador:  2016/9743
Referencia Base Datos:  009230/2016
 



RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2016, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se convocan trece becas para la realización de prácticas profesionales en actividades relacionadas con el ejercicio de la salud pública en la Dirección General de Salud Pública y centros dependientes de la misma. [2016/9743]

Mediante la Orden 4/2016, de 25 de julio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, se establecen las bases reguladoras de concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en actividades relacionadas con el ejercicio de la salud pública en la Dirección General de Salud Pública y centros dependientes de la misma, publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 7841, de 1 de agosto de 2016.

El artículo 2 de la citada orden establece que la convocatoria de las subvenciones se realizará mediante resolución de la persona titular de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 160.4.b y 166 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:



Primero. Objeto

1. Convocar la concesión de trece becas para la realización de prácticas profesionales en actividades relacionadas con el ejercicio de la salud pública en la dirección general con competencias en materia de salud pública y centros dependientes de la misma para los ejercicios 2017 y 2018, destinadas a apoyar la formación complementaria, mejora y especialización profesional de las personas con titulaciones oficiales universitarias siguientes: Enfermería y especialidades oficiales de Enfermería, Sociología, Antropología, Trabajo Social, Estadística, Estadística Aplicada, Matemáticas, Ciencias Ambientales, Ingeniería Industrial, Ingeniería Química Industrial, Ingeniería en Tecnologías Industriales, Química, Física, Farmacia, Biología, Veterinaria, Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Información y Documentación, Comunicación y Periodismo, con los siguientes perfiles profesionales según centro de realización de las prácticas profesionales, área funcional y actividad correspondiente:

1) Título universitario en Enfermería y especialidad en Enfermería Familiar y Comunitaria:

– Centro de Salud Pública (CSP, en adelante) de Castellón: 1 beca (Servicio del Plan de Salud).

Actividad: formación complementaria y especialización en el desarrollo de la estrategia local del Plan de salud, especialmente en su vinculación con programas de acción local en salud comunitaria a nivel municipal y en coordinación con los recursos asistenciales sanitarios

– Servicios centrales de la Dirección General de Salud Pública (DGSP, en adelante) en Valencia: 1 beca (Servicio de Promoción de la Salud y Prevención en las Etapas de la Vida).

Actividad: formación complementaria y especialización en la planificación, gestión, evaluación y difusión del programa de envejecimiento activo y saludable.

2) Título universitario en Enfermería y Máster Oficial en Salud Pública o máster oficial equivalente

– Servicios centrales de la DGSP en Valencia: 1 beca (Subdirección General de Promoción de la Salud y Prevención).

Actividad: formación complementaria y especialización en el desarrollo, seguimiento y evaluación de los programas de salud en el entorno escolar, especialmente en el contexto del programa de escuelas promotoras de la salud. Apoyo a las tareas de coordinación de servicios centrales con los centros de salud pública y otros centros de atención sanitaria y recursos comunitarios.

3) Título universitario en Sociología, Antropología y Trabajo Social.

– Servicios centrales de la DGSP en Valencia: 1 beca (Oficina Valenciana d'Acció Comunitaria per a la Salut, Subdirección General de Promoción de la Salud y Prevención).

Actividad: formación complementaria y especialización en el diseño, desarrollo y evaluación de la estrategia local en salud de la Comunitat Valenciana, así como en la aplicación de metodologías de investigación participativa relacionadas con la implementación y evaluación de la estrategia y con el trabajo intersectorial y en red.

– Servicios centrales de la DGSP en Valencia: 1 beca (Servicio Plan de Salud).

Actividad: formación complementaria y especialización en técnicas de análisis y evaluación cualitativa, especialmente en vinculación con el seguimiento y evaluación del Plan de Salud. Desarrollo y evaluación de los procedimientos y herramientas para implementar las medidas de evaluación del impacto en salud.

4) Título universitario en Estadística, Estadística Aplicada y Matemáticas.

– Servicios centrales de la DGSP en Alicante: 1 beca (Registro de Mortalidad, Subdirección General de Epidemiología de Epidemiología, Vigilancia de la Salud y Sanidad Ambiental).

Actividad: formación complementaria y especialización en la realización de análisis estadísticos epidemiológicos y a la elaboración de estadísticas sanitarias de los registros de interés en salud pública con especial referencia al Registro de Mortalidad y a la Red Valenciana de Vigilancia Microbiológica

– Servicios centrales de la DGSP en Valencia: 1 beca (Subdirección General de Epidemiología, Vigilancia de la Salud y Sanidad Ambiental).

Actividad: formación complementaria y especialización en la realización de análisis estadísticos epidemiológicos y a la elaboración de estadísticas sanitarias de los registros de interés en salud pública con especial referencia al Registro de Mortalidad y a la Red Valenciana de Vigilancia Microbiológica

– Servicios centrales de la DGSP en Valencia: 1 beca (Subdirección General de Promoción de la Salud y Prevención).

Actividad: formación complementaria y especialización en la realización de análisis estadísticos y en la elaboración de estadísticas sanitarias de interés para el seguimiento y evaluación de las actividades y programas de promoción de la salud y prevención

5) Título universitario en Ciencias Ambientales, Ingeniería Industrial, Ingeniería Química Industrial, Ingeniería en Tecnologías Industriales, Química y Física.

– Servicios centrales de la DGSP en Valencia: 1 beca (Área de Sanidad Ambiental, Subdirección General de Epidemiología, Vigilancia de la Salud y Sanidad Ambiental).

Actividad: formación complementaria y especialización en la evaluación de impacto ambiental para la vigilancia sanitaria de riesgos ambientales físicos y químicos (crematorios, cementeras, etc.).

6) Título universitario en Farmacia, Química, Biología, Veterinaria, Ciencia y Tecnología de los Alimentos y máster oficial en Análisis Químico o máster oficial equivalente.

– Laboratorio de salud pública de Valencia: 1 beca (Área de Análisis Químico, Subdirección General de Seguridad Alimentaria y Laboratorios de Salud Pública).

Actividad: formación complementaria y especialización en el control analítico de contaminantes y residuos en matrices ambientales y biológicas, incluyendo desarrollo de métodos, validación de procedimientos, análisis de muestras, control de calidad y gestión de equipos analíticos.

– Laboratorio de salud pública de Alicante: 1 beca (Área de Análisis Químico, Subdirección General de Seguridad Alimentaria y Laboratorios de Salud Pública).

Actividad: formación complementaria y especialización en el control analítico de contaminantes y residuos en matrices ambientales y biológicas, incluyendo desarrollo de métodos, validación de procedimientos, análisis de muestras, control de calidad y gestión de equipos analíticos.

7) Título universitario en Farmacia, Química, Biología, Veterinaria, Ciencia y Tecnología de los Alimentos y máster oficial en Seguridad Alimentaria o máster oficial equivalente

– Servicios centrales de la DGSP en Valencia: 1 beca (Área de Seguridad Alimentaria, Subdirección General de Seguridad Alimentaria y Laboratorios de Salud Pública).

Actividad: formación complementaria y especialización en el análisis del riesgo químico y biológico en seguridad alimentaria, incluyendo diseño y gestión de programas de evaluación de la exposición y del riesgo, sistemas de información en seguridad alimentaria, análisis de resultados en programas de evaluación de la exposición y programas de biomonitoring.

8) Título universitario en Información y Documentación, Comunicación, Comunicación Audiovisual y Periodismo.

– Servicios centrales de la DGSP en Valencia: 1 beca (Área de Dirección).

Actividad: formación complementaria y especialización en el análisis e interpretación de las pautas de producción y consumo de información en salud pública, incluyendo la recuperación, organización, análisis y procesamiento de la información con la finalidad de ser difundida, servida o tratada para uso interno de la DGSP o para usuarios, audiencias y/o agentes de interés externos.

2. La convocatoria se ajustará a las bases reguladoras aprobadas en la Orden 4/2016, de 25 de julio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en actividades relacionadas con el ejercicio de la salud pública en la dirección general con competencias en materia de salud pública y centros dependientes de la misma, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 7841, de 1 de agosto de 2016.



Segundo. Condiciones de la concesión de la subvención

1. El procedimiento de concesión de estas becas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

2. Para obtener la condición de persona beneficiaria de la beca deberá reunirse los requisitos, al término de presentación de las solicitudes de la presente convocatoria, que determina la base segunda del anexo I de la Orden 4/2016, de 25 de julio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

3. Las prácticas se realizarán en la sede de la Dirección General de Salud Pública y centros dependientes de la misma, conforme se especifica en la convocatoria de cada una de las becas.

4. La actividad práctica a desarrollar será la especificada para cada uno de los perfiles profesionales y becas convocadas.



Tercero. Financiación

Las becas previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo al programa presupuestario de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública 10.02.98.0000.413.10, del capítulo IV, código línea contable S7492000, de los presupuestos de la Generalitat para el año 2017 y su equivalente en el presupuesto de la Generalitat de 2018, según el siguiente desglose inicial:

Importe año 2017: 143.000,00 €

Importe año 2018: 13.000,00 €

Importe total máximo: 156.000,00 €

De conformidad con el artículo 17.1 y la disposición final segunda del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas y en la Resolución de 1 de noviembre de 2009, del vicepresidente segundo del Consell y conseller de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece la cantidad inicial de percepción para las becas sometidas al ámbito de aplicación del referido decreto, cada una de las becas que se conceda en el marco de esta convocatoria estará dotada con 1.000,00 € (mil euros) brutos mensuales.

Sobre dicho importe habrá de practicarse la retención correspondiente, a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social en los términos establecidos en el Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y las demás que, en su caso, pudieran corresponder.

Asimismo, de conformidad con el Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, se procederá a la financiación de la cuota empresa de la Seguridad Social de las personas adjudicatarias de la presente orden con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente que se establezca en la correspondiente convocatoria, por los importes que se establezcan en la normativa vigente en la materia.

No obstante, la eficacia de esta convocatoria quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atenderla en los presupuestos de la Generalitat para 2017 y 2018, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 26 de septiembre de 1994, sobre tramitación anticipada de expedientes del gasto de la Conselleria de Economía y Hacienda.



Cuarto. Plazo de la solicitud, forma de presentación y documentación que debe acompañarse a la solicitud

1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

2. La forma de presentación de las solicitudes y documentación que debe acompañarse, se realizará y ajustará a lo determinado en la base quinta del anexo I de la Orden 4/2016, de 25 de julio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.



Quinto. Criterios de valoración de las solicitudes

Las solicitudes presentadas se valorarán conforme a los criterios establecidos en la base tercera, Baremo para la valoración de los méritos personales, del anexo I de la Orden 4/2016, de 25 de julio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.



Sexto. Comisión evaluadora

De conformidad con la base octava del anexo I de la Orden 4/2016, de 25 de julio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, las personas que componen la comisión evaluadora para la presente convocatoria y de acuerdo con su composición, son:

Presidente: Joan Josep Paredes Carbonell, subdirector general de Promoción de la Salud y Prevención de la Dirección General de Salud Pública de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

Vocales:

Vicent Yusà Pelechà, subdirector general de Seguridad Alimentaria y Laboratorios de Salud Pública de la Dirección General de Salud Pública de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

Hermelinda Vanaclocha Luna, subdirectora general de Epidemiología, Vigilancia de la Salud y Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

Carmen Barona Vilar, jefa del Servicio del Plan de Salud de la Dirección General de Salud Pública de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

Javier Lázaro Lorente, jefe de Sección de la Unidad de Coordinación y Apoyo Técnico de la Dirección General de Salud Pública, que a su vez asumirá la secretaría de la comisión.



Séptimo. Medios de publicación de los distintos trámites

Las publicaciones de relaciones y listados que determina el proceso de selección se efectuarán en la sede electrónica o portal institucional de la Generalitat en internet www.gva.es, así como en la página web de la conselleria con competencias en materia de sanidad y salud www.san.gva.es.



Octavo. Plazo de resolución y notificación

1. El plazo máximo para dictar y publicar las resoluciones será de tres meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria, sin perjuicio de que pueda ampliarse en los términos previstos la vigente legislación de procedimiento administrativo común.

Concluido este plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

2. La resolución de concesión se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, con expresión de las bases, convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen las becas otorgadas, relación de las personas beneficiarias, cantidades concedidas y la finalidad de las mismas.

La publicación de la citada resolución surtirá los efectos de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con lo dispuesto en la vigente normativa de procedimiento administrativo común, y se insertará la información correspondiente en la sede electrónica o portal institucional de la Generalitat en internet https://sede.gva.es así como en la página web de la conselleria con competencias en materia de sanidad y salud www.san.gva.es No obstante, la fecha de inicio de las becas para la realización de prácticas profesionales no podrá ser anterior al 1 de febrero de 2017.

Noveno. Recursos

La resolución de concesión de la beca que se dicte conforme a esta convocatoria pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



Décimo. Cuantía de las becas, régimen de libramiento y justificación

A los efectos de la cuantía de las becas, pago y justificación de las mismas, se estará a lo establecido en las bases decimoctava y decimonovena del anexo I de la Orden 4/2016, de 25 de julio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.



Undécimo. Efectos

La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Contra esta resolución de convocatoria, que pone fin a vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, si bien podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo común.



Valencia, 22 de noviembre de 2016.– La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública: Carmen Montón Giménez.

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