Ficha disposicion

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Ayuntamiento de Manises. Oferta de empleo público del ejercicio 2019.



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Publicado en:  DOGV núm. 8616 de 20.08.2019
Número identificador:  2019/7997
Referencia Base Datos:  007595/2019
 



Oferta de empleo público del ejercicio 2019. [2019/7997]

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; artículo 46 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana; artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017; artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018; artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; artículo 128 del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y artículo 21.1.g de la Ley 7/1985.

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Manises, de fecha 24 de mayo de 2019, en virtud de delegación efectuada por la Alcaldía mediante el Decreto 2015/1994, de 25 de junio, se aprobó la oferta de empleo público del ejercicio 2019 por lo que se refiere a los procesos de estabilización de empleo temporal, con el siguiente contenido:



Oferta de empleo público del ejercicio 2019



Personal funcionario

Turno libre

– Personal técnico especialista de recaudación: una plaza (disposición transitoria cuarta TRLEBEP).

– Personal técnico especialista de informática: una plaza (disposición transitoria cuarta TRLEBEP).

– Personal informador turístico: una plaza (disposición transitoria cuarta TRLEBEP).

– Personal conserje de edificios municipales: cinco plazas (disposición transitoria cuarta TRLEBEP).

– Personal operario de instalaciones deportivas: dos plazas (disposición transitoria cuarta TRLEBEP).

– Personal subalterno: una plaza (disposición transitoria cuarta TRLEBEP).

– Personal trabajador social: tres plazas (art. 19.uno.6 Ley 3/2017, de 27 de junio).

– Personal técnico de administración general: tres plazas (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal auxiliar de administración general: cinco plazas (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal conserje de edificios municipales: cinco plazas (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal conserje de colegios: una plaza (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal operario de instalaciones deportivas: seis plazas (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal telefonista: una plaza (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal técnico especialista de informática: una plaza (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal técnico especialista de biblioteca: tres plazas (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal informador turístico: una plaza (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).



Personal laboral

Turno libre

– Personal animador juvenil: dos plazas (disposición transitoria cuarta TRLEBEP).

– Personal oficial de electricidad: una plaza (disposición transitoria cuarta TRLEBEP).

– Personal adscrito a la radio municipal: cuatro plazas (disposición transitoria cuarta TRLEBEP).

– Personal educador infantil: diez plazas (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal animador deportivo: una plaza (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal auxiliar técnico de auditorio: una plaza(art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal oficial especialidad carpintería: dos plazas (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal oficial especialidad electricidad: dos plazas (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal oficial especialidad pintura: una plaza (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).

– Personal operario de brigada: dos plazas (art. 19.uno.9 Ley 6/2018, de 3 de julio).



Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición con carácter potestativo ante el mismo órgano que la haya dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, o bien interponer recurso contencioso-administrativo, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de València, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la citada publicación. No obstante, en el caso de que se interponga recurso potestativo de reposición no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.



Manises, 4 de julio de 2019.– El alcalde presidente: Jesús Borràs i Sanchis.

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