Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2016, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de méritos para la constitución de bolsas de trabajo, para la cobertura de próximas necesidades de carácter temporal, de personal docente e investigador, contratado laboral, en la figura de profesor asociado.



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Publicado en:  DOGV núm. 7876 de 19.09.2016
Número identificador:  2016/7048
Referencia Base Datos:  007004/2016
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universidad Politécnica de Valencia
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: bolsas de empleo, A/A1



RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2016, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de méritos para la constitución de bolsas de trabajo, para la cobertura de próximas necesidades de carácter temporal, de personal docente e investigador, contratado laboral, en la figura de profesor asociado. [2016/7048]

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido, del Estatuto Básico del Empleado Público, y el Acuerdo de Consejo de Gobierno 24 de julio de 2007, por el que se aprueba la normativa de contratación y criterios de evaluación para la selección de profesorado contratado, se abre proceso de selección de profesores asociados, para su contratación en régimen laboral, de acuerdo con las siguientes bases.

Esta convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público utilizándose un lenguaje inclusivo en la redacción de la misma, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.



Primera. Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto la constitución de bolsas de trabajo de profesor asociado, con las características que figuran en el anexo I, a las que se acudirá para la cobertura de necesidades de docencia sobrevenidas en esta universidad.



Segunda. Requisitos de los aspirantes

Las personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Tener cumplidos 16 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.

2. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las correspondientes a las plazas.

En caso de ser nacional de otro estado, deberán acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones correspondientes a las plazas convocadas.

4. Estar ejerciendo en la actualidad una actividad profesional fuera del ámbito académico universitario y haberlo hecho durante un periodo mínimo de tres años dentro de los cinco últimos.

5. Tener nacionalidad española o ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea, así como los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

Asimismo, se extiende igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Asimismo, podrán participar los extranjeros no incluidos en los apartados anteriores con residencia legal en España.

La concurrencia de los requisitos anteriores deberá estar referida a una fecha anterior a la expiración del plazo de presentación de instancias.



Tercera. Solicitudes

Las personas interesadas en la presente convocatoria formalizarán su solicitud dirigida al rector de la Universitat a través del modelo de instancia que consta en anexo III, y asimismo será facilitada en los departamentos afectados y en el Registro General (puede obtenerse los modelos correspondientes, así como información de esta convocatoria a través de la página web

http://www.upv.es/rrhh

La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Universitat, y sus registros auxiliares en la Escuela Politécnica Superior de Alcoy y en la Escuela Politécnica Superior de Gandia, o por cualquiera de los sistemas previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Deberá presentarse una solicitud (por duplicado), para cada plaza a la que se desee concursar, indicándose el número de la misma.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Los derechos de participación serán de 28,18 euros, por cada plaza a la que se desee concursar, que se ingresarán dentro del plazo de presentación de instancias, en efectivo o mediante transferencia bancaria, en la cuenta «Universitat Politècnica de València-Derechos de Examen», en Bankia, urbana Universitat Politècnica, número ES97 2038 6543 9060 0001 4194, especificando en el resguardo el nombre y apellidos y el número de la plaza.

En ningún caso el pago realizado en la cuenta bancaria a que se hace referencia supondrá el cumplimiento del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

Estarán exentos del pago de los derechos de participación:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar la solicitud de un certificado acreditativo de tal condición.

b) Estarán exentos del pago de los derechos de examen a pruebas selectivas, los miembros de familias numerosas de categoría especial, debiendo acompañar la solicitud de un certificado acreditativo de tal condición.

c) Tendrán una bonificación del 50 % del pago de los derechos de examen a pruebas selectivas, los miembros de familias numerosas de categoría general, debiendo acompañar la solicitud de un certificado acreditativo de tal condición.

Cada solicitud deberá acompañarse de un único ejemplar de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.

b) Original del resguardo que justifique el pago de 28,18 euros en concepto de derechos de participación, o justificante de exención del pago de los mismos.

c) Curriculum vitae, que deberá seguir los apartados y estructura especificados en el baremo que consta en el anexo II, pudiendo utilizarse el modelo que podrán encontrar en la página web:

http://www.upv.es/entidades/SRH/pdi/579900normalc.html

d) Fotocopia del título y certificación académica personal o documento sustitutivo y documentos acreditativos de cada uno de los méritos consignados en el currículo. Los méritos alegados en el currículo que no hayan sido justificados documentalmente no serán tenidos en cuenta. Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes no se admitirán nuevos méritos.

e) Para acreditar el ejercicio de la actividad profesional remunerada:

El profesional que trabaje por cuenta propia mediante fotocopia del pago del IAE, fotocopia de declaraciones trimestrales de los pagos a cuenta del IVA o IRPF o mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de Seguridad Social (Régimen Especial Trabajadores Autónomos).

El profesional que trabaja por cuenta ajena mediante fotocopia de contratos visados o informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (no se tendrán en cuenta los periodos de beca o contratos en formación que, por existir cotizaciones a la SS aparezcan en este informe -Estatuto del Personal Investigador en Formación/ Ley de Ciencia-). Caso de ser empleados públicos, certificado de servicios expedido por las unidades de personal correspondientes.

f) Permiso de residencia, según se detalla en el requisito quinto, párrafo tercero del apartado segundo, «Requisitos de los aspirantes».



Cuarta. Información respecto de los datos recogidos

4.1. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), los datos suministrados por los interesados pondrán quedar incorporados en un fichero automatizado Personal, cuyo titular es la Universitat Politècnica de València, para la gestión de las pruebas y concursos convocados por la Universitat así como la gestión de la bolsa de trabajo que pudiera ser constituida a la conclusión del proceso selectivo.

4.2. El fichero Personal quedará bajo la responsabilidad del Rectorado de la Universitat Politècnica de València, en el camino de Vera, s/n, DP 46071 Valencia.

4.3. La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de personal.

4.4. Los datos de carácter personal serán tratados de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

4.5. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que establece la LOPD, ante el Servicio de Recursos Humanos (PDI) de la Universitat Politècnica de València, sito en el camino de Vera, s/n, DP 46071 Valencia.



Quinta. Lista de admitidos

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el director del departamento hará pública la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada uno de los concursos convocados, con indicación en este último caso de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el tablón de anuncios del departamento y complementariamente y sin carácter oficial en el servidor UPV.noticias, grupo de noticias UPV.administracion que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú «Perfiles - PAS y PDI - Herramientas y recursos»

http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c.

Serán motivos de exclusión:

– Presentar la solicitud fuera del plazo establecido.

– No haber satisfecho los derechos de participación.

– No acreditar el cumplimiento de los requisitos indicados en el apartado segundo, «Requisitos de los aspirantes».

Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, no considerándose subsanable, entre otros, la falta de pago de los derechos de participación dentro del plazo de presentación de instancias.

Transcurrido el plazo de subsanación de errores, se procederá a la publicación por el mismo procedimiento de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.



Sexta. Proceso de selección

El proceso de selección constará de dos fases:

Primera. Concurso de méritos en el que se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos, sin perjuicio de la puntuación por mérito preferente que pudiera corresponder. Para superar esta fase del proceso de selección será necesario alcanzar un mínimo de 3 puntos.

Segunda. A los aspirantes que superen la fase de concurso la comisión los citará a una entrevista personal para perfilar la selección definitiva, que versará sobre sus méritos, historial académico, investigador y profesional, y sobre todos aquellos aspectos que la comisión considere relevantes relacionados con el perfil docente de la plaza. Esta segunda fase del proceso de selección se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siendo necesario para superarla alcanzar un mínimo de 2 puntos.

Los aspirantes extranjeros deberán superar, en el caso de que así lo estime la comisión de selección, una prueba específica para acreditar el conocimiento de castellano a nivel de conversación y escritura.

En su caso, también se deberá superar una prueba específica para acreditar el conocimiento del idioma en el que se requiera la impartición de las asignaturas según indique la convocatoria.

Séptima. Comisión de selección

Los méritos de los aspirantes serán juzgados por comisiones de selección que tendrán la siguiente composición:

– Tres miembros designados por el Rector, entre los que designará al Presidente, siendo al menos uno del área de conocimiento a la que corresponde la plaza objeto de provisión.

– Dos miembros del área de conocimiento designados por el Consejo del Departamento al que pertenezca la plaza, debiendo ser de la misma área de conocimiento que la de la plaza ofertada, pudiendo ser, en su defecto, de un área afín.

En defecto de profesorado del área de conocimiento a la que se adscribe la plaza, se podrá designar de un área afín.

La composición definitiva de cada comisión de selección se publicará en los tablones de anuncios de los departamentos correspondientes, junto con las listas definitivas de admitidos y excluidos.

Todos los miembros de las comisiones de selección deberán ser funcionarios de carrera pertenecientes a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y ostentar titulación oficial igual o superior a la de la plaza convocada.

Las comisiones de selección se regirán, en cuanto a su funcionamiento, por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros de las comisiones se abstendrán de intervenir cuando se dé alguna de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la citada Ley 30/1992.



Octava. Desarrollo del proceso selectivo

En la sesión de constitución la comisión de selección procederá, de acuerdo con el baremo aplicable a cada figura contractual (que consta en anexo II), a la elaboración de los criterios de valoración de los méritos de los aspirantes, que deberán publicarse en el tablón de anuncios del departamento.

Publicados los criterios de valoración, la comisión de selección se reunirá para valorar los méritos de los concursantes. La comisión podrá solicitar la aportación de documentación original para comprobar la validez de los méritos incluidos en el currículo.



Valorados los méritos de los aspirantes, la comisión de selección hará pública esta valoración en el tablón de anuncios del departamento haciéndose constar la calificación obtenida por cada uno de los aspirantes en cada apartado del baremo.

Los aspirantes que superen la fase de concurso serán convocados para la realización de la entrevista ante la comisión mediante anuncio publicado en el tablón del departamento, con una antelación de 48 horas a la fecha de realización de la misma, sin perjuicio de la utilización de otros medios de notificación que la comisión estime procedentes.



Novena. Resolución del concurso

Finalizado el proceso de selección la comisión conformará una relación con los aspirantes que han superado ambas fases del proceso, ordenándolos de mayor a menor según la puntuación total que se obtendrá sumando las calificaciones del concurso y entrevista personal, así como, en su caso, la puntuación otorgada por mérito preferente.

La comisión de selección elevará al rector la relación de aspirantes que han resultado aprobados, y que constituirá la lista de reserva objeto de la presente convocatoria a la que se acudirá para formalizar, en su caso, contrataciones de duración determinada para atender necesidades docentes sobrevenidas o sustituciones.

Esta relación se publicará en el tablón de anuncios del Departamento y complementariamente y sin carácter oficial en el servidor UPV.noticias, grupo de noticias UPV.administracion que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú «Perfiles - PAS y PDI - Herramientas y Recursos»

http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c

Así como certificación en la que se haga constar el día de su publicación en el citado tablón de anuncios. La publicación en el tablón de anuncios del Departamento tendrá carácter de notificación a los concursantes de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5.b de la Ley 30/1992.

Finalmente, la comisión trasladará al Servicio de Recursos Humanos las actas del concurso.

Diez. Características de los contratos

– Tipo de contrato: contrato laboral de naturaleza especial.

– Jornada: dedicación a tiempo parcial.

– Actividades a desempeñar: tareas exclusivamente docentes, en el área de conocimiento que figura en anexo I.

– Retribuciones: las retribuciones vienen determinadas en el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Gobierno Valenciano, considerándose en su caso aquellas variaciones que aprueben las administraciones competentes, así como los órganos de la Universitat Politècnica de València.



Once. Validez temporal de las bolsas de trabajo

Las bolsas de trabajo que se constituyan tendrán validez para dos cursos académicos.



Doce. Documentación

Cuando proceda efectuar una contratación a favor de los candidatos que forman parte de la lista, se acudirá a los mismos, según el orden de prelación establecido, momento en el que deberán presentar la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI o pasaporte.

b) Fotocopia cotejada del título.

c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida el ejercicio de las funciones correspondientes.

d) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración pública en virtud de expediente disciplinario, y no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

e) Resolución autorizando la compatibilidad para el desempeño de la plaza de profesor asociado con su actividad principal.



Trece. Formalización y firma de los contratos

Con anterioridad al inicio de la prestación de servicios el candidato propuesto para la contratación que pudiera corresponder deberá presentar la documentación indicada en la base anterior, que acredita que reúne todos los requisitos señalados en la convocatoria, así como los establecidos en la normativa aplicable y deberá proceder a la formalización y firma del contrato y alta en el régimen de seguridad social correspondiente.

En caso de no formalizarse el contrato en el plazo de incorporación que establezca el Departamento (que será como mínimo de tres días hábiles y máximo un mes), el candidato propuesto decaerá en su derecho procediéndose a la contratación del aspirante siguiente, según el orden de puntuación.



Catorce. Recursos

Contra las resoluciones del departamento y de las comisiones de selección podrá interponerse recurso de alzada, previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de dichas resoluciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rector de la Universitat Politècnica de València como órgano competente para resolverlo.

Contra la presente convocatoria y sus bases, que son definitivas en vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, ante los órganos jurisdiccionales de lo contencioso-administrativo de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según su redacción modificada por la Ley 4/1999, así como en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer el recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el rector, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la referida Ley 30/1992, según su redacción modificada por la Ley 4/1999.

Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otro recurso que para su derecho estime conveniente.



Valencia, 12 de septiembre de 2016.– El rector: Francisco José Mora Mas.

ANEXO I

Relación y categoría de las plazas ofertadas



Convocatoria: C05/16.



Ingeniería de Construcción y Proyectos de Ingeniería Civil

Área: Ingeniería de la Construcción.



Localidad: Valencia.

Número de plazas: Código(s) de la(s) plaza(s): S4818.

Categoría: ASO/1 Dedicación:

Perfil: Mantenimiento y conservación de estructuras. Patología y Rehabilitación.



Localidad: Valencia.

Número de plazas: Códigos(s) de la(s) plaza(s): S3610.

Categoría: ASO/1 Dedicación:

Perfil: Hormigón Estructural. Hormigón Estructural II.



Localidad: Valencia.

Número de plazas: Códigos(s) de la(s) plaza(s): S5399.

Categoría: ASO/1 Dedicación:

Perfil: Tecnología de la Construcción. Construcción, Arquitectura y Urbanismo Industrial.





Lingüística Aplicada

Área: Filología Inglesa.



Localidad: Alcoy.

Número de plazas: Códigos(s) de la(s) plaza(s): S3445.

Categoría: ASO/1 Dedicación:

Perfil: Filología Inglesa.



Localidad: Gandia.

Número de plazas: Códigos(s) de la(s) plaza(s): S3780.

Categoría: ASO/1 Dedicación:

Perfil: Filología Inglesa.

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