Ficha disposicion

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Universitat de València. RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2016, del Rectorado, por la cual se convoca concurso para la provisión de plazas de personal investigador doctor de carácter indefinido. Convocatoria 1.



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Publicado en:  DOGV núm. 7862 de 31.08.2016
Número identificador:  2016/6258
Referencia Base Datos:  006577/2016
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1



RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2016, del Rectorado, por la cual se convoca concurso para la provisión de plazas de personal investigador doctor de carácter indefinido. Convocatoria 1. [2016/6258]

La Universitat de València convoca concurso público dirigido a la estabilización de personal investigador doctor que haya finalizado el programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3, mediante la provisión de las plazas que se detallan en el anexo I, de acuerdo con lo previsto en su Oferta de Empleo Público para el año 2016, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV 08.06.2016).



Bases



Primera. Normas generales

El concurso se regirá por las presentes bases, por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE 24.12.2001) -en lo sucesivo LOU–, la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE 02.06.2011), el Estatuto Básico del Empleado Público (BOE 13.04.2007), los Estatutos de la Universitat de València,el Programa Marco para la Contratación de Personal Investigador Doctor de la Universitat de València, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de diciembre de 2013 y el Reglamento de Selección de Personal Investigador Doctor de Carácter Indefinido, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 31 de mayo de 2016, aplicándose con carácter supletorio lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.



Segunda. Objeto de la convocatoria

El objeto de la convocatoria es la contratación laboral por tiempo indefinido de investigadores doctores o investigadoras doctoras, con dedicación a tiempo completo, para el desarrollo de tareas de investigación. Sin perjuicio de lo anterior, dicho personal podrá ser autorizado para impartir docencia, hasta un máximo de sesenta horas anuales, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento del Personal Investigador de la Universitat de València, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno 237/2012, de 27 de noviembre.



Tercera. Requisitos generales y específicos

3.1. Requisitos generales de las personas aspirantes.

a) No superar la edad máxima de jubilación forzosa.

b) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

c) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni estar inhabilitado/da para el ejercicio de ocupaciones o cargos públicos. Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar igualmente no encontrarse inhabilitadas o en situación equivalente, ni estar sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, dentro de su Estado, el acceso al empleo público.

d) Haber satisfecho las tasas para participar en el proceso selectivo o acreditar estar exento/a del pago.

3.2. Requisitos específicos de las personas aspirantes

a) Estar en posesión de la titulación de doctor/a.

b) Las titulaciones universitarias extranjeras deberán estar debidamente homologadas, y si procede, disponer de la resolución de equivalencia correspondiente.

c) Haber finalizado el Programa Ramón y Cajal por el área temática indicada en cada plaza.

d) Estar en posesión de la certificación favorable de la evaluación I 3 de la actividad investigadora.

e) Tener reconocidos, con evaluación positiva, dos sexenios de investigación por la CNEAI/ANECA/AVAP.

La concurrencia de los requisitos generales y específicos deberá hacer referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.



Cuarta. Tasa por derechos de examen

Para participar en esta convocatoria se deberá efectuar un ingreso de 24,76 euros por plaza en la cuenta «Derechos de examen de la Universitat de València» número ES21-0049-6721-65-2010001382 del Banco Santander Central Hispano.

Estarán exentas del pago de la tasa las personas que acrediten una discapacidad en grado igual o superior al 33 % y las que formen parte de familias numerosas de carácter especial.

Las personas aspirantes mencionadas en el párrafo anterior deberán presentar las certificaciones correspondientes que acrediten su condición de discapacidad o la de ser miembro de familia numerosa (mediante certificado de la Conselleria de Benestar Social u órgano competente) y así lo harán constar expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud.

Disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa las personas que formen parte de familias numerosas de categoría general.

La no presentación a las pruebas o la exclusión por no cumplir alguno de los otros requisitos de la convocatoria no comportará el derecho a la devolución de las tasas.



Quinta. Presentación de solicitudes

5.1. Plazo de presentación: 20 días hábiles desde la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV). Los sábados se considerarán hábiles a los efectos del cómputo de plazos. Se declara inhábil el mes de agosto de 2016 al efecto del cómputo de plazos para la resolución de concursos de plazas docentes por esta Universidad.

5.2. Se deberá utilizar el modelo de instancia que se incluye en el Anexo II de esta convocatoria, accesible en la siguiente dirección electrónica del Servicio de Recursos Humanos PDI: http://www.uv.es/pdi/modelos-instancia-curriculumC

5.3. Las solicitudes se podrán presentar en cualquiera de los registros enumerados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No obstante, se entregarán preferentemente en la oficina del Registre General de la Universitat de València, ubicada en la Avenida Blasco Ibáñez, 13, abierta al público de lunes a viernes. La presentación de solicitudes el sábado se deberá realizar necesariamente por alguno de los otros medios previstos en el artículo 38.4.

De acuerdo con el mencionado precepto, no se tendrá en cuenta la fecha de presentación en los Registros de otras universidades distintas de la convocante.

La presentación de instancias en las oficinas de correos deberá cumplir el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento del Servicio de Correos: las instancias serán presentadas en sobre abierto para que la persona encargada estampe en ellas el sello de fechas. Deberá figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha.

5.4. Las personas con discapacidad que deseen solicitar medidas de adaptación deberán indicarlo expresamente en el impreso de solicitud y adjuntar a la misma el certificado acreditativo del grado de discapacidad, expedido por el órgano competente.

5.5. Junto con la instancia será presentada la siguiente documentación:

– Fotocopia del DNI o pasaporte.

– Fotocopia cotejada del título académico o resguardo de haber abonado los derechos de expedición. En el caso de titulaciones universitarias extranjeras se estará a lo previsto en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre (BOE 22.11.2014).

– Fotocopia cotejada de la documentación acreditativa de los requisitos generales y específicos.

– Justificación de haber efectuado el ingreso de los derechos de examen. A tal efecto, se adjuntará a la solicitud uno de los ejemplares del recibo de ingreso o transferencia, en el que se hará constar el nombre de la persona aspirante y el número de la plaza a la que se concursa.

En el caso de estar exenta del pago de la tasa, se acreditará esta circunstancia con el certificado correspondiente.

Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar una solicitud y un justificante del pago de la tasa independiente para cada una de ellas, acompañando a cada solicitud la documentación complementaria que justifique el cumplimiento de los requisitos generales y específicos.

La acreditación de los méritos alegados en la instancia-currículum (Anexo III), así como las cinco copias del programa de investigación que se propongan desarrollar las personas candidatas admitidas, serán entregadas a la Presidencia de la comisión en el acto de presentación.

La concurrencia de los méritos alegados deberá hacer referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.



Sexta. Comisiones de Selección

6.1. Las comisiones de selección estarán formadas por cinco miembros de pleno derecho y sus suplentes, todos ellos/ellas deberán pertenecer a los cuerpos y escalas funcionariales de profesores/as titulares de universidad, catedráticos/as de universidad, profesores/as de investigación, investigadores/as científicos o científicos/as titulares. También podrá ser miembro de la comisión el profesorado contratado doctor y el personal investigador doctor con contrato laboral de carácter indefinido que preste servicios en Universidades Públicas.

A las sesiones podrá asistir en calidad de observador/a, una persona propuesta por las secciones sindicales con presencia en la Mesa Negociadora.

La composición será la siguiente:

Presidente/a: el/la vicerrector/a con competencias en materia de investigación. Actuará, si procede, como presidente/a suplente, un investigador/a de prestigio de la Universitat de València adscrito/a al área objeto de la convocatoria, que será propuesto/a por la Comisión de Investigación.

Vocal 1.º: el/la director/a del departamento, instituto o estructura de investigación de adscripción de la plaza y su suplente, que deberá ser personal docente e investigador adscrito a dicha unidad y que será designado/a por la misma. Esta persona actuará como secretario/a de la Comisión.

Vocal 2.º: el/la representante del área correspondiente en la Comisión de Investigación y su suplente en la misma.

Vocal 3.º: un/a investigador/a del área y su suplente, designados/as por la Comisión de Investigación.

Vocal 4.º: un/a investigador/a de prestigio ajeno/a a la Universitat de València, relacionado/a con el objeto de la línea investigadora (perfil de la plaza) y su suplente, designados/as por la Comisión de Investigación.

6.2. La composición nominal concreta de cada una de las comisiones se especifica en el Anexo I de esta convocatoria.

Séptima. Procedimiento de selección

7.1. Listas provisional y definitiva de personas admitidas y excluidas. Constitución de las comisiones de selección. Convocatoria del acto de presentación de candidatos y candidatas.

7.1.1 En el plazo máximo de 20 días desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el vicerrectorado con competencias en materia de personal docente e investigador, publicará en la siguiente dirección electrónica del Servicio de Recursos Humanos PDI: http://www.uv.es/pdi/convocatorias-InvDrC, una resolución en la que se apruebe la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión. Contra la lista provisional se podrán presentar reclamaciones en el plazo de 10 días, a contar desde el siguiente a su publicación. Finalizado el plazo de reclamaciones, dicho Vicerrectorado, en el plazo máximo de quince días, publicará por los medios antes citados una resolución que aprobará la lista definitiva. Contra la misma podrá interponerse un recurso de reposición ante el rector, en el plazo de un mes desde la publicación.

7.1.2 En el plazo máximo de quince días desde la fecha de publicación de las listas definitivas, la Presidencia de la comisión de selección convocará a los miembros de la misma al acto de constitución. Para la válida constitución de la comisión se requerirá la presencia de la presidencia y del secretario/a, o sus suplentes, y de al menos la mitad de sus miembros.

Aquellos miembros que estén ausentes en alguna actuación cesarán en su condición de tales.

En el acto de constitución, con anterioridad al acto de presentación de candidatos y candidatas, la comisión hará públicos los criterios de valoración de los méritos, que se ajustarán a los siguientes parámetros:

Producción científica 40 %

Adecuación al perfil investigador de la plaza 20 %

Actividades de transferencia e innovación 15 %

Experiencia y movilidad internacional 10 %

Experiencia en el desarrollo de proyectos de investigación 15 %

7.1.3 La Presidencia de la Comisión convocará a las personas admitidas, con una antelación mínima de quince días, para la realización del acto de presentación, con indicación de la fecha, hora y lugar. En todo caso, la presentación deberá celebrarse en el plazo máximo de cinco días desde la fecha del acto de constitución de la comisión. La constitución de la comisión y la presentación de los/las concursantes podrán tener lugar en la misma fecha.

En el acto de presentación, que será público, las personas candidatas entregarán a la presidencia de la comisión cinco ejemplares de su historial académico e investigador, un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de los méritos alegados y cinco ejemplares del programa investigador que se proponen desarrollar.

La comisión sorteará el orden de intervención de los/las concursantes i acto seguido convocará a la realización de la primera prueba.

7.2. Valoración de los méritos

7.2.1 La valoración de los méritos alegados y acreditados constará de dos fases: una primera, con carácter exclusivamente eliminatorio, consistirá en la defensa del programa de investigación correspondiente a la línea de investigación y, si procede, al perfil de la plaza.

La prueba será pública, y consistirá en la exposición oral del programa investigador por el/la concursante, con una duración máxima de sesenta minutos y un debate con los miembros de la comisión. Finalizada la prueba, los miembros de la comisión votarán positiva o negativamente, con un informe motivado, a cada una de las personas candidatas. Para superar esta primera fase se deberá obtener un número de votos superior a la mitad del número reglamentario de los miembros de la comisión de selección. En caso de unanimidad, el informe de la comisión puede ser único.

7.2.2 La segunda prueba consistirá en la exposición oral y pública del currículum, disponiéndose de un tiempo máximo de sesenta minutos. El debate posterior con los miembros de la comisión no podrá ser superior a noventa minutos.

7.2.3 Finalizadas las pruebas a las que se ha hecho referencia en los apartados anteriores, la comisión o cada uno de sus miembros emitirá un informe final razonado, ajustado a los criterios de valoración previamente acordados por la misma, sobre los méritos e historial de cada una de los/las concursantes presentadas y sobre el desarrollo de cada una de las pruebas.



Octava. Propuesta de provisión.

8.1. A la vista del informe o informes, la comisión efectuará una propuesta motivada de provisión, que contendrá el nombre del candidato o candidata propuesta y deberá ser aprobada por al menos tres votos a favor. Las personas que voten en contra de la propuesta mayoritaria deberán hacer constar la motivación de su voto. Si ningún candidato/a obtiene los votos necesarios, la comisión propondrá que el concurso sea declarado desierto.

8.2. La propuesta motivada de provisión de la plaza se publicará en la dirección electrónica del Servicio de Recursos Humanos PDI: http://www.uv.es/pdi/convocatorias-InvDrC, en el plazo máximo de tres meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de instancias.

La propuesta permanecerá expuesta en la indicada página web del Servicio de Recursos Humanos PDI, hasta la finalización del plazo para su impugnación. Esta publicación sustituirá a la notificación individual a las personas interesadas y tendrá los mismos efectos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

8.3. Contra la propuesta de la comisión podrá interponerse un recurso de alzada ante el rector en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma.



Novena. Firma del contrato

9.1. La firma del contrato por parte de la persona seleccionada se producirá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación que, a estos efectos, remitirá los servicios administrativos correspondientes.

9.2. No obstante lo anterior, con carácter extraordinario, el Rectorado, a petición de la persona interesada, podrá suspender el plazo para la firma del contrato cuando por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, sea imposible o extraordinariamente dificultoso al candidato o la candidata la incorporación a la Universidad en los plazos establecidos. Igualmente, podrá darse la suspensión, cuando pueda producirse una situación de precariedad laboral con la firma del contrato, por estar impugnada en vía administrativa la propuesta de provisión de la plaza y tenga que renunciar la persona aspirante a otro contrato vigente o beca incompatible con la misma. En cualquier caso, se resolverá previa ponderación motivada de los intereses públicos y el contenido de las alegaciones de la persona interesada, con el informe previo del departamento o instituto al que esté adscrita la plaza.



Décima. Protección de datos personales

Los datos personales que los y las concursantes suministren mediante sus instancias se incorporarán al fichero automatizado de concursos del Servicio de Recursos Humanos (PDI) –bajo la responsabilidad de la Secretaria General de la Universitat de València–, utilizado para la gestión de las convocatorias de plazas de personal investigador contratado y la tramitación de recursos administrativos interpuestos contra las propuestas de provisión de estas plazas.

Los datos de carácter personal serán tratados de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias por garantizar la confidencialidad y la integridad de la información. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse ante el Servei de Recursos Humans (PDI) de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, 46071 València).



Undécima. Recursos

Contra esta convocatoria, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer el recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes, o bien directamente el recurso contencioso administrativo ante los órganos de la jurisdicción contenciosa administrativa de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Valencia, 28 de julio de 2016.– El rector: Esteban Jesús Morcillo Sánchez.

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