Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2018, de la Dirección de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, por la que se convocan las subvenciones, para el ejercicio 2018, destinadas a la financiación de los gastos de equipamiento y los seguros de los voluntarios pertenecientes a las agrupaciones locales de voluntarios de protección civil, asociaciones o entidades colaboradoras en esta materia.



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Publicado en:  DOGV núm. 8307 de 31.05.2018
Número identificador:  2018/5270
Referencia Base Datos:  005430/2018
 



RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2018, de la Dirección de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, por la que se convocan las subvenciones, para el ejercicio 2018, destinadas a la financiación de los gastos de equipamiento y los seguros de los voluntarios pertenecientes a las agrupaciones locales de voluntarios de protección civil, asociaciones o entidades colaboradoras en esta materia. [2018/5270]





En el artículo 47.1 de la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de protección civil y gestión de emergencias, se establece que la Generalitat fomentará la vinculación voluntaria y desinteresada de los ciudadanos a las labores de protección civil mediante la concesión de subvenciones para las administraciones locales que dispongan de agrupación local de voluntarios de protección civil y para las asociaciones o entidades que colaboren en tareas de protección civil.

Mediante el Decreto 11/2017, de 30 de junio, del president de la Generalitat, se aprueban y establecen les bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el ejercicio 2018, destinadas a la financiación de los gastos de equipamiento y los seguros de voluntarios pertenecientes a las agrupaciones locales de voluntarios de protección civil, asociaciones o entidades colaboradoras en esta materia (DOGV 8094).

Por Resolución de 17 de abril de 2018, de la Dirección de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, se aprueban los distintivos, la uniformidad, las características de los vehículos y el carné identificativo de los servicios de voluntariado de protección civil de la Comunitat Valenciana (DOGV 8294).

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 160.4.b de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:



Primero. Objeto

Convocar, para el ejercicio 2018, les subvenciones para la financiación de los gastos de equipamiento y seguros reguladas por el Decreto 11/2017, de 30 de junio, del president de la Generalitat.



Segundo. Líneas de subvenciones e importes globales

La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias financiará las subvenciones con cargo a las siguientes líneas presupuestarias pertenecientes al capítulo IV: línea de subvención S7916000, «Equipamiento para agrupaciones y asociaciones de voluntarios de protección civil de la Comunitat Valenciana», y línea de subvención S1436000, «Seguros de personal voluntario de protección civil», por unos importes, deducidas las obligaciones reconocidas en aplicación del Decreto 29/1991, de 18 de febrero, del Consell, del ejercicio 2017, de 209.000,00 € y 31.728,36 € respectivamente, del programa presupuestario 32.01.00.221.10 de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, según consta en la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018.



Tercero. Condiciones de la concesión de les subvenciones

Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 4 del mencionado decreto.



Cuarto. Cuantía de la subvención

La cuantía máxima de cada subvención que se conceda será de 2.500,00 euros para equipamiento para las asociaciones y agrupaciones de voluntarios de protección civil y 450,00 euros para los seguros de personal voluntario de protección civil, y en ningún caso las subvenciones concedidas por cada concepto podrá ser de tal cuantía que supere el coste del material adquirido y del seguro.



Quinto. Plazo y medio de presentación de las solicitudes

1. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

2. Tal y como se establece en el artículo 7 del Decreto 11/2017, las solicitudes deberán presentarse telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es) cumplimentando los datos que figuran en el modelo del anexo I, a disposición de los interesados en el portal de la Generalitat, www.gva.es, y aportando la documentación mencionada en el mismo artículo del decreto.

3. Con el fin de facilitar la tramitación, se realizará una solicitud por cada concepto de subvención que se solicite (equipamiento o seguro).



Sexto. Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones sobre las solicitudes de las subvenciones convocadas por la presente resolución, será de cuatro meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.



Séptimo. Recursos contra la resolución

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad en lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro tipo de recurso o reclamación que mejor convenga a su interés.



València, 25 de mayo de 2018.– El director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias: José María Ángel Batalla.

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