Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se conceden subvenciones para el fomento de trabajos de investigación y de estudios en el ámbito de la planificación lingüística y la lingüística aplicada.



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Publicado en:  DOGV núm. 8307 de 31.05.2018
Número identificador:  2018/4760
Referencia Base Datos:  005428/2018
 



RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se conceden subvenciones para el fomento de trabajos de investigación y de estudios en el ámbito de la planificación lingüística y la lingüística aplicada. [2018/4760]

La Orden 88/2016, de 22 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de trabajos de investigación y de estudios en el ámbito de la planificación lingüística y de la lingüística aplicada (DOGV 7945, 28.12.2016).

La Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, convoca subvenciones para el fomento de trabajos de investigación y de estudios en el ámbito de la planificación lingüística y la lingüística aplicada en 2018 (DOGV 8207, 08.01.2018).

Las ayudas que se conceden en esta resolución se acogen al régimen de minimis, de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento (UE) número 1407/2013, de 18 de septiembre de 2013, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE 352, 24.12.2013).

Vista la propuesta del órgano instructor, de acuerdo con el informe de la comisión técnica evaluadora de las solicitudes, que se indica en el artículo 13 de la orden de las bases, resuelvo:



Primero

Conceder las subvenciones propuestas a las personas y entidades que figuran en el anexo I, y asignar, a cada una, la cantidad que se especifica por un importe total de setenta y cinco mil euros (75.000,00 €) a cargo de la aplicación presupuestaria 09.02.06.422.50.4, línea s8106000, del presupuesto de la Generalitat para 2018.



Segundo

Denegar la subvención a las entidades que figuran en el anexo II, por el motivo que se indica.



Tercero

Las personas y entidades beneficiarias deben cumplir lo que establecen los artículos 14 y 16 de las bases de la convocatoria, sobre las obligaciones y el reintegro de la subvención, y el artículo octavo de la resolución de la convocatoria, sobre la justificación.

De conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, este acto, que agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso potestativamente en reposición o directamente de un recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición se debe interponer ante la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del acto.

b) El recurso contencioso-administrativo se debe plantear ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del acto.



València, 8 de mayo de 2018.– El director general de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo: Rubén Trenzano Juan.

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