Ficha disposicion

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Universitat de València. RESOLUCIÓN de 7 de juliol de 2016, del Rectorado, por la cual se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno en el que se aprueba la oferta pública de colocación para el año 2016.



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Publicado en:  DOGV núm. 7830 de 18.07.2016
Número identificador:  2016/5484
Referencia Base Datos:  005333/2016
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1, B/A2, C/C1



RESOLUCIÓN de 7 de juliol de 2016, del Rectorado, por la cual se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno en el que se aprueba la oferta pública de colocación para el año 2016. [2016/5484]

El Consejo de Gobierno de la Universitat de València, en la sesión ordinaria del 28 de junio de 2016, aprobó la oferta pública de colocación para el año 2015, referida al personal de administración y servicios de la Universitat de València (ACGUV 195/2016).

Por lo cual, este Rectorado, haciendo uso de las competencias que le atribuye el artículo 20, en relación con los artículos 2.2 y 75 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en cumplimiento de lo que dispone el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 46 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat Valenciana, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, y lo que establecen los artículos 90 y 190 de los Estatutos de la Universitat de València, resuelve:



Primero

Enviar a publicar al Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) el Acuerdo del Consejo de Gobierno 195/2016, que figura como anexo a esta resolución.



Segundo

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación.

Los recursos contenciosos-administrativos que se interpongan contra esta resolución serán anunciados en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV), a los efectos de emplazamientos a los posibles interesados.



Valencia, 7 de julio de 2016.– El rector: Esteban Morcillo Sánchez.





ANEXO I

Oferta de ocupación pública del personal de administración y servicios para el año 2016.



1. Contenido de la oferta de ocupación pública

La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece que, a lo largo del presente año, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y administraciones que se contemplan en el artículo 20 de la citada norma, respecto de los cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del 100%.

En el artículo 20.uno.2.j establece hasta un máximo del 100% de la tasa de reposición de efectivos para el personal de administración y servicios de las universidades, previsión también contenida en el artículo 32.2.g de la Ley 11/2015 de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el año 2016.

En el artículo 20.uno.4. de la Ley 48/2015 se establece la forma de calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje máximo se aplicará sobre la diferencia resultante entre: «el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario de 2015, dejaron de prestar servicio en cada uno de los sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, previstos en el apartado anterior y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de ocupación pública, o reingresados desde situaciones que no comportan la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, defunción, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la administración en la cual se cesa.

No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos, aquellas plazas que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna.»

Aplicando los criterios de carácter básico establecidos en el apartado 4 del artículo 20.uno de la citada Ley 48/2015, para calcular la tasa de reposición establecida en el 100%, se obtiene una cifra de 35 puestos de trabajo para esta oferta. Igualmente por aplicación de la citada norma legal se propone que estos puestos se ofrezcan en aquellas escalas que se consideran prioritarias cubrir en esta administración. Son: escala administrativa; escala técnica superior de informática; y escala técnica superior de prevención, con dos perfiles: medicina en el trabajo y riesgos psicosociales.

Junto con estos puestos por el turno libre se publica una oferta de promoción interna de otros 40 puestos, que tienen por objeto contribuir a la consecución de una mayor eficacia en la prestación de la gestión pública, que no computan dentro del límite de la tasa de reposición de efectivos.



2. Personas con discapacidad

De acuerdo con el previsto en el artículo 59 del Estatuto Básico del Empleado Público, se reservará una cuota no inferior al 7% de los puestos ofertados para ser cubiertos por personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad además de la compatibilidad en el desempeño de sus funciones.

En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad, con grado de minusvalía igual o superior al 33% que lo soliciten, las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempos y medios para su realización, de acuerdo con lo que dispone la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al trabajo público de personas con discapacidad.

En el supuesto de que, alguno de los aspirantes con discapacidad se hubiera presentado por el contingente de reserva, superara los ejercicios y no obtuviera plaza en el citado contingente, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, este aspirante será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Se reservan dos puestos para personas con discapacidad que se convocarán en el turno libre y en la escalera administrativa. De acuerdo con el citado artículo 59 del EBEP una de las plazas del turno de discapacitados se reservará para personas con discapacidad intelectual. En caso de no aprobar ninguna persona con esta discapacidad, se acumulará al turno de discapacitados general. Igualmente se reservan 3 puestos para el turno de promoción interna en la escala administrativa.



3. Composición de los tribunales

La composición de los tribunales y los órganos de selección se atenderá a lo que establece el artículo 60 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Su estructura se tiene que justar al Reglamento de composición y funcionamiento de tribunales de pruebas selectivas que fue aprobado por el Consejo de Gobierno de 30 de julio de 2012 (ACGUV 185/2012).

En aplicación de este reglamento, se garantizará la composición equilibrada del número de mujeres y hombres en los tribunales de estas pruebas selectivas.



4. Plazo para las convocatorias previstas en la oferta

Siguiendo lo que dispone el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), el plazo máximo para la convocatoria de los procesos selectivos previstos en esta oferta es de tres años, contados a partir de la publicación de la oferta en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.





Oferta de ocupación pública para el año 2016



Puestos de trabajo para convocar por turno libre. Total: 35



Grupo A, Subgrupo A1 Plazas

Escala técnica sup. de Informatica 1

Escala técnica sup. de Prevención (2 perfiles) 2

Total A1 3



Grupo C, Subgrupo C1 Plazas

Escala administrativa 32

Total C1 32









Puestos de trabajo para convocar por promoción interna. Total: 40



Grupo A, subgrupo A1 Plazas

Escala técnica sup. de Gestión Cultural i Patrimonio 1

Escala técnica sup. de Informática 1

Escala técnica sup. de Información 1

Total A1 3



Grupo A, subgrupo A2 Plazas

Escala técnica media de Ingeniería 1

Escala técnica media de Audiovisuales 1

Escala técnica media de Informática 3

Total A2 5



Grupo C, subgrupo C1 Plazas

Escala administrativa 32

Total C1 32

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