Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2016, del rector, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del grupo C, subgrupo C1, sector de administración general, escala de administrativo



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Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 7823 de 07.07.2016
Número identificador:  2016/4926
Referencia Base Datos:  004984/2016
 



RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2016, del rector, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del grupo C, subgrupo C1, sector de administración general, escala de administrativo (nivel 21 y nivel 19), con destino en esta Universitat Politècnica de València (código: 2016P/FC/CM/20). [2016/4926]

Esta convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público utilizándose un lenguaje inclusivo en la redacción de la misma, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, y en virtud de las facultades que le vienen conferidas por el Decreto 182/2011, de 25 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Politècnica de València, este Rectorado resuelve:

Convocar concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes de cuyas condiciones, requisitos y, en su caso, méritos se especifican en el anexo I de la presente resolución con arreglo a las siguientes bases.



Primera. Participación

Podrán tomar parte en este concurso, el personal funcionario de carrera de esta Universitat Politècnica de València que cumpla las siguientes condiciones:

1.1. Pertenecer al grupo C, subgrupo C1, cuerpo/escala de administrativo del sector de administración general.

Con carácter forzoso:

El personal funcionario de carrera arriba indicado que se encuentre en alguna de estas situaciones administrativas:

1. Suspensos, cumplido el tiempo de suspensión.

2. Excedencia forzosa.

3. Expectativa de destino.

4. Adscripción provisional, ocupando puestos ofertados en la presente convocatoria.

1.2. No podrá participar en este concurso, aquel personal funcionario que a fecha de publicación de la convocatoria, lleve un tiempo inferior a dos años en el último destino definitivo adjudicado, con las siguientes excepciones:

Cuando se trate de la provisión de puestos en la misma unidad, entendiéndose por tal cada departamento, centro, servicio o equivalente.

– Cuando haya sido removido del puesto de trabajo obtenido por concurso.

– Cuando haya sido cesado en un puesto de libre designación.

– Cuando se haya suprimido el puesto de trabajo.

– Cuando se halle en la situación de expectativa de destino o excedencia forzosa.

– Cuando se trate de puestos de trabajo que tengan asignado mayor nivel de complemento de destino que el puesto que se ocupa.

– Cuando esté ocupando el primer destino definitivo que le haya sido adjudicado.

– Cuando el puesto que ocupa se hubiera obtenido como resultado de un proceso de reasignación de efectivos.

En el supuesto de reingreso con reserva de puesto de igual nivel y localidad en las situaciones administrativas garantizadas por la ley.



Segunda. Peticiones

2.1. Las peticiones se formularán mediante la cita, por orden de prioridad, del número que cada puesto de trabajo tiene adjudicado en el presente concurso, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I.

2.2. Nuevas vacantes resultantes de la adjudicación definitiva.

El personal aspirante que no obtenga ningún puesto de trabajo en este concurso, podrá optar a las nuevas vacantes generadas de acuerdo con la oferta que a tal efecto realizará la Universitat Politècnica de València.

Asimismo, aquel personal aspirante que no quiera solicitar ninguno de los puestos ofertados, pero que esté interesado en las nuevas vacantes, que pudieran derivarse de la resolución definitiva del presente concurso, deberá presentar su solicitud expresa de acuerdo con lo dispuesto en la siguiente base.



Tercera. Solicitudes

3.1. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria serán dirigidas al rector de la Universitat Politècnica de València, camino de Vera, s/n, 46071 Valencia. La solicitud de participación y curriculum vitae se imprimirá y se presentará tal y como se especifica en el siguiente párrafo.

La persona aspirante que desee participar en el presente concurso, deberá cumplimentar los datos de la solicitud y curriculum vitae accediendo a la intranet de la UPV, eligiendo la opción «Concurso de Méritos PAS (Bullent)».

Una de las copias de la solicitud y otra copia del curriculum vitae deberá entregarse ante el Registro General de la Universitat Politècnica de València, registros auxiliares de la EPS de Gandia y EPS de Alcoy, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4 /1999, de 13 de enero.

A estos efectos, la persona interesada, antes de realizar su solicitud definitivamente, podrá revisar su expediente personal que figura en la aplicación informática antes referida Bullent y proceder, en caso que fuera necesario, a la actualización de sus datos a través del Servicio de Recursos Humanos.

Cualquier modificación de los datos que consten en la solicitud y curriculum vitae, que la persona aspirante una vez presentado ante el Registro quiera modificar, deberá efectuarse de la misma forma que anteriormente se ha detallado. Únicamente se podrán efectuar modificaciones de los datos dentro del plazo de presentación de solicitudes.

El personal funcionario de carrera que no se encuentre en la situación administrativa de activo y que, por lo tanto, no pueda tener acceso a la aplicación informática Bullent, deberá cumplimentar su instancia y su currículum en soporte papel y entregarlo junto con la documentación acreditativa de aquellos méritos que no consten en su expediente personal del Servicio de Recursos Humanos de esta universidad, ante el Registro General de la Universitat Politècnica de València, registros auxiliares de la EPS de Gandia y EPS de Alcoy, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4 /1999, de 13 de enero.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles comenzando el mismo a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

3.3. La persona aspirante que únicamente desee optar a las nuevas vacantes que en su caso se produzcan, resultantes de la adjudicación definitiva del presente concurso, y que así expresamente sean ofertadas por esta Universitat Politècnica de València, deberá presentar la solicitud en los mismos términos que en el apartado anterior.

Este personal aspirante a la hora de seleccionar y relacionar el orden de prioridad de los puestos vacantes, deberá solicitar únicamente la vacante PF0000 y su número de orden será el 1, no debiendo figurar ningún otro puesto de los ofertados.

Solamente podrán participar como solicitantes en esta nueva oferta de vacantes aquel personal aspirante que no haya obtenido ningún puesto de trabajo ofertado en la presente convocatoria, o aquel que aún sin participar de forma activa en este concurso, haya mostrado su interés mediante su solicitud expresa, para poder optar por las posibles vacantes que se generen y que se oferten por esta Universitat Politècnica de València. No se admitirán nuevas solicitudes una vez finalice el plazo de presentación de instancias al que hace referencia la base 3.2. de la presente convocatoria.



Cuarta. Valoración

4.1. La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos, se efectuará de acuerdo con el baremo contenido en el anexo II de la presente convocatoria.

4.2. Los puestos de trabajo serán adjudicados a aquel personal funcionario que reúna los requisitos establecidos para cada puesto de trabajo en la relación de puestos y que figuran en el anexo I de la presente convocatoria.

4.3. Para aquellos puestos ofertados que tengan el requisito de idioma, de acuerdo con lo establecido en la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de esta Universitat Politècnica, se realizarán las pruebas pertinentes de aptitud por el Centro de Lenguas de esta Universitat, a fin de constatar que los candidatos presentados cumplen con este requisito.

Aquellas personas que no cumplan con este requisito, serán excluidas sin ser objeto de valoración en la fase de concurso de estos puestos.



Están exentas de esta prueba de idioma aquellas personas aspirantes que, en su momento, a través de una prueba de aptitud con esta Universitat Politècnica, lo acreditaron favorablemente.



4.4. La puntuación mínima requerida para la adjudicación de los mismos es la que consta en el anexo I de la presente convocatoria.

Lo dispuesto en este apartado 4.4 no será de aplicación para la adjudicación del primer destino al personal funcionario de nuevo ingreso.



Quinta. Adjudicación

5.1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos al personal funcionario, vendrá dado por la puntuación obtenida según el baremo especificado en el anexo II, sin perjuicio del derecho preferente del personal en situación de excedencia forzosa y excedencia por cuidado de familiares, por este orden en puestos de trabajo de nivel igual a su grado personal reconocido.

5.2. Los casos de empate en la puntuación final del personal que no sea de nuevo ingreso, serán resueltos por la Comisión en primer lugar, atendiendo a quien hubiese obtenido mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional, y si persistiese el empate, se adjudicaría el puesto al de mayor antigüedad y si persistiese el empate se realizará un sorteo público.

5.3. Las personas aspirantes podrán desistir de la petición de tomar parte en el presente concurso antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Los aspirantes podrán renunciar a los destinos obtenidos en el presente concurso únicamente cuando se hubiera obtenido otro puesto según resolución de una convocatoria concurrente, de concurso o libre designación, en cuyo caso se deberá ejercitar la oportuna opción dentro del plazo señalado para la toma de posesión.

No obstante ello se podrá desistir de la participación en el concurso o renunciar al puesto adjudicado cuando transcurran más de cuatro meses entre la convocatoria y resolución del concurso.

5.4. El personal funcionario que se le adjudique un puesto de trabajo en la presente convocatoria estará obligado a permanecer un mínimo de dos años en el último destino definitivo adjudicado para poder participar en un nuevo concurso de provisión de puestos con las excepciones previstas en la base primera en su apartado 2.



Sexta. Oferta de nuevas vacantes generadas por la resolución de adjudicación definitiva de puestos de la presente convocatoria

6.1. Una vez adjudicados los destinos con carácter definitivo, los nuevos puestos vacantes derivados de esta adjudicación, se ofertarán entre el personal aspirante que no haya obtenido ningún puesto en dicha adjudicación y entre aquel personal aspirante que aun no habiendo participado activamente en primera instancia en este concurso, hubiese manifestado, mediante su solicitud expresa, su interés en poder participar en esta nueva oferta de vacantes.

A tal efecto, se publicará en la web del Servicio de Recursos Humanos cuya dirección es ‹http://www.upv.es/rrhh›, resolución del rector con la relación de los nuevos puestos ofertados.

Las personas arriba referenciadas deberán presentar de nuevo su solicitud ante el Registro General de la Universitat Politècnica de València, registros auxiliares de la EPS de Gandia y EPS de Alcoy, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero.

El plazo máximo para poder presentar esta solicitud será de cinco días, y en ella se deberá hacer constar el orden de prioridad de los puestos solicitados. Aquel personal aspirante que por no haber participado activamente en el primer concurso, no hubiese introducido sus méritos en la aplicación Bullent, deberá hacerlo también en ese mismo plazo de cinco días, no obstante el plazo que regirá a los efectos de cómputo de méritos, será el establecido en la base 3.2 de esta convocatoria.



Séptima. Comisión de valoración

7.1. La comisión de valoración estará formada por los siguientes miembros:

Presidente o presidenta, con designación del rector de la Universitat Politècnica de València, personal funcionario de carrera.

Cuatro vocales, con designación del rector de la Universitat Politècnica de València, personal funcionario de carrera.

Un secretario o una secretaria, con designación del rector de la Universitat Politècnica de València, personal funcionario de carrera, que actuará con voz pero sin voto.

Asimismo, se designará una comisión de valoración suplente con la misma composición.

7.2. Los miembros de la comisión de valoración, están sujetos a los motivos y causas generales de abstención y recusación de los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.3. Contra los actos de la Comisión de Valoración, las personas interesadas podrán interponer el recurso de alzada previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación o de tres meses si no hay acto expreso. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rector como órgano competente para resolverlo.



Octava. Desarrollo del procedimiento

8.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el rector dictará una resolución que se publicará en el tablón de anuncios de Recursos Humanos, sito en el Edificio de Rectorado y en la siguiente dirección de internet http://www.upv.rrhh.es «Personal de administración y servicios - Personal funcionario - Concursos», que contendrá la relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas a la realización del concurso, así como los nombramientos de los miembros que componen la comisión de valoración.

8.2. El personal aspirante podrá en caso de error o exclusión subsanar los defectos en que haya incurrido en su solicitud, o realizar las reclamaciones que tenga por conveniente en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación referida en el párrafo anterior.

8.3. Transcurrido el plazo de 10 días hábiles, subsanados los defectos si procediera, y vistas las reclamaciones que correspondan, se dictará resolución que contendrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, que será objeto de publicación mediante los sistemas previstos en el apartado 8.1.

8.4. Una vez publicada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, la Comisión de Valoración procederá a evaluar los méritos alegados por el personal concursante.

8.5. La Comisión de Valoración hará público en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, sito en el Edificio de Rectorado y en la siguiente dirección de internet http://www.upv.es/rrhh «Personal de Administración y Servicios - Personal funcionario - Concursos», el resultado de la valoración provisional de los méritos alegados, reflejándose en una relación comprensiva de la totalidad del personal concursante, ordenada de mayor a menor puntuación total, con indicación para cada uno de ellos de la obtenida en cada uno de los apartados del baremo disponiendo los interesados de un plazo improrrogable de diez días hábiles para la presentación de reclamaciones a través del Registro General de esta Universitat Politècnica de València; registros auxiliares de la EPS de Alcoy y la EPS de Gandia o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero.

8.6. Transcurrido dicho plazo, la comisión resolverá las reclamaciones que se hubiesen presentado y formulará la valoración definitiva de los méritos, así como la adjudicación provisional de los puestos. Contra la adjudicación provisional de los puestos, las personas interesadas dispondrán de un plazo improrrogable de diez días hábiles para la presentación de reclamaciones.

8.7. Transcurrido dicho plazo, la comisión resolverá las reclamaciones que se hubiesen presentado y formulará la adjudicación definitiva de los puestos, elevándola al Rectorado para su publicación mediante Resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

8.8. En la Resolución de adjudicación del concurso se indicará la fecha en que deberá efectuarse el cese en los actuales puestos de trabajo y la toma de posesión de los destinos adjudicados. Salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados, el plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese.

No obstante lo previsto en el apartado anterior, los responsables de las distintas unidades podrán solicitar a la Gerencia el aplazamiento del cese por necesidades del servicio hasta un máximo de 20 días hábiles.



En los supuestos de nuevo ingreso o de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria se dispondrá de un mes de plazo para tomar posesión de su destino. Si se hiciera uso de dicho plazo, durante el mismo no se devengará retribución alguna.

En ningún caso el cambio de puesto de trabajo con motivo de la participación en un concurso o convocatoria de libre designación podrá comportar el percibo de indemnización de ningún tipo.



Novena. Información respecto de los datos recogidos

9.1. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), los datos suministrados por las personas interesadas podrán quedar incorporados en un fichero automatizado personal, cuyo titular es la Universitat Politècnica de València, para la gestión de las pruebas y concursos convocados por la Universidad así como la gestión de la bolsa de trabajo que pudiera ser constituida a la conclusión del proceso selectivo.

9.2. El fichero Personal quedará bajo la responsabilidad del Rectorado de la Universitat Politècnica de València, en el camino de Vera, s/n, CP 46071 Valencia.

9.3. La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de personal.

9.4. Los datos de carácter personal serán tratados de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

9.5. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que establece la LOPD, ante el Servicio de Recursos Humanos (PAS) de la Universitat Politècnica de València, sito en el camino de Vera, s/n, CP 46071 Valencia.



Diez. Recursos

Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana del mismo, de acuerdo con lo prevenido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso administrativo ante el órgano competente, en el plazo de dos meses desde la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana de la presente resolución.



Valencia, 22 de junio de 2016.– El rector: Francisco José Mora Mas.





ANEXO I

Relación de puestos ofertados nivel 21



Funciones generales para todos los puestos de escala administrativa de centros, departamentos y servicios centrales (con nivel 21):

Nota. El término servicio, se entenderá referido a centro, departamento, instituto de investigación o servicio central según la adscripción de cada puesto.

De acuerdo con el nivel de responsabilidad y dificultad técnica del puesto y atendiendo a la clasificación de del mismo deberán realizar las siguientes funciones generales:

– Tramitación de expedientes y procesos administrativos siguiendo unas pautas de procedimiento previamente establecidas, utilizando los medios adecuados incluidos los informáticos.

– Siguiendo instrucciones de los superiores jerárquicos, asumir la responsabilidad de la coordinación del personal de menor cualificación profesional en su área funcional para la realización de tareas concretas.

– Revisar y proponer impresos y formularios.

– Proporcionar atención e información especializada sobre los servicios que presta la unidad.

– Gestión y uso de las aplicaciones informáticas vinculadas a los procesos de la unidad de destino.

– Organización, fotocopias, escaneo, registro y archivo de la documentación.

– Preparar propuestas de resolución de los asuntos de competencia de su unidad.

– Actualización y gestión de los contenidos de la microweb de su unidad.

– Apoyo y participación en los tribunales de selección del PAS.

– Manejo de PC a nivel de usuario, debiendo utilizar paquetes informáticos de tratamiento de textos, hojas de cálculo, bases de datos o aplicaciones similares.

– Gestión de residuos en el ámbito del propio puesto de trabajo.

– Participar en los equipos y grupos de mejora que se establezcan en la unidad para el desarrollo de planes de mejora.

– Y todas aquellas funciones inherentes al puesto de trabajo y categoría profesional.



Centros



Código Unidad Subunidad Puesto Subgrupo N C-E

PF1981 ETSI Industriales ETSI Industriales Administrativo C1 21 E023



Puntuación mínima para la obtención de estos puestos: (C1 21). 6 puntos





Funciones específicas del puesto de administrativo

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Atender y facilitar información a los alumnos que la demanden bien sea personal, telefónicamente o cualquier otro medio que se considere conveniente.

• Gestión administrativa de los asuntos académicos que afecten al centro:

– Planes de estudios.

– Matrícula.

– Certificaciones académicas.

– Títulos oficiales y todos aquellos temas generales sobre estudios impartidos en el centro.

• Apoyo en el control, entrega y custodia de actas académicas.



• Gestión económica de los asuntos del área competencial de la unidad.

• Gestión administrativa de recursos y reclamaciones.





Departamentos



Código Unidad Subunidad Puesto Subgrupo N C-E

PF870 Departamento de Termodinámica Aplicada ETSI Industriales Administrador de departamento C1 21 E023



Puntuación mínima para la obtención de estos puestos: (C1 21). 6 puntos





Funciones específicas del puesto de administrador de departamento

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Control y gestión de todos aquellos asuntos de personal, tanto docente e investigador como de administración y servicios, que actualmente tengan atribuidos, así como los que en un futuro se les pudieran asignar, siguiendo las directrices del Servicio de Recursos Humanos.

• Gestión y correcta imputación contable de las propuestas de pago del departamento.

• Gestión de la tramitación de los estudios de doctorado en coordinación con el Servicio de Alumnado y lectura de tesis.

• Facilitar la información contable que le requieran sus superiores.

• Gestión de la caja fija, si la tuviera el departamento, o de los fondos a justificar.

• Redactar, despachar y gestionar la correspondencia del departamento, bajo la supervisión de los responsables del departamento.

• Preparar propuestas de resoluciones de los asuntos competencia de la unidad que no supongan una especial dificultad.

• Colaborar en la gestión de los másteres propios del departamento.





Servicios Centrales



Código Unidad Subunidad Puesto Subgrupo N C-E

PF1954 Instituto de Ciencias de la Educación ICE Administrativo C1 21 E023

PF1312 Instituto Universitario Mixto de Biología Molecular y Celular de Plantas IUMBMCP Administrativo C1 21 E023



Puntuación mínima para la obtención de estos puestos: (C1 21). 6 puntos







Funciones específicas para cada uno de los puestos de administrativo



PF1954. ADMINISTRATIVO DEL INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN (ICE).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Colaboración en gestión y control de los proyectos desarrollados por el Instituto de Ciencias de la Educación.

• Gestión económica de los asuntos de su área competencial en la unidad.



PF1312. ADMINISTRATIVO DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO MIXTO DE BIOLOGÍA MOLECULAR Y CELULAR DE PLANTAS (IUMBMCP).

Dadas las funciones asignadas a estos puestos de trabajo las mismas son incompatibles con la percepción de remuneraciones por la realización de actividades del artículo 83 de la LOU.

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo

• Gestión económica de los asuntos de su área competencial en la unidad.

• Gestión de convenios y/o contratos de I+D+i.

• Gestión de las actividades desarrolladas al amparo del artículo 83 de la LOU con financiación pública o privada.

• Apoyo en la presentación de solicitudes a convocatorias públicas de proyectos de investigación.

• Atención al equipo de dirección del instituto

• Asistencia en la preparación de congresos, reuniones y seminarios.

• Apoyo en la elaboración de memorias e informes y otra documentación requerida por la Dirección.





RELACIÓN DE PUESTOS OFERTADOS NIVEL 19



Funciones generales para todos los puestos de escala administrativa de centros, departamentos y servicios centrales (con nivel 19):

Nota. El término servicio, se entenderá referido a centro, departamento, instituto de investigación o servicio central según la adscripción de cada puesto.

De acuerdo con el nivel de responsabilidad y dificultad técnica de los puestos y atendiendo a la clasificación de los mismos deberán realizar las siguientes funciones generales:

• Tramitación de expedientes y procesos administrativos siguiendo unas pautas de procedimiento previamente establecidas, utilizando los medios adecuados incluidos los informáticos.

• Siguiendo instrucciones de los superiores jerárquicos, asumir la responsabilidad de la coordinación del personal de menor cualificación profesional en su área funcional para la realización de tareas concretas.

• Revisar y proponer impresos y formularios.

• Proporcionar atención e información especializada sobre los servicios que presta la unidad.

• Gestión y uso de las aplicaciones informáticas vinculadas a los procesos de la unidad de destino.

• Organización, fotocopias, escaneo, registro y archivo de la documentación.

• Preparar propuestas de resolución de los asuntos de competencia de su unidad.

• Actualización y gestión de los contenidos de la microweb de su unidad.

• Apoyo y participación en los tribunales de selección del PAS.

• Manejo de PC a nivel de usuario, debiendo utilizar paquetes informáticos de tratamiento de textos, hojas de cálculo, bases de datos o aplicaciones similares.

• Gestión de residuos en el ámbito del propio puesto de trabajo.

• Participar en los equipos y grupos de mejora que se establezcan en la unidad para el desarrollo de planes de mejora.

• Y todas aquellas funciones inherentes al puesto de trabajo y categoría profesional.



Centros



Código Unidad Subunidad Puesto Subgrupo N C-E

PF123 ETSI Agronómica y Medio Natural ETSI Agronómica y Medio Natural Jefe de grupo C1 19 E023

PF14 ETSI Informática ETSI Informática Jefe de grupo C1 19 E023

PF93 ETSI Informática ETSI Informática Jefe de grupo C1 19 E023

PF176 ETSI Telecomunicación ETSI Telecomunicación Jefe de grupo C1 19 E023

PF109 Facultad de Bellas Artes BBAA Jefe de grupo C1 19 E023





Puntuación mínima para la obtención de estos puestos: (C1 19). 5 puntos.





Funciones específicas del puesto de jefe de grupo

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Atender y facilitar información a los alumnos que la demanden bien sea personal, telefónicamente o cualquier otro medio que se considere conveniente.

• Gestión administrativa de los asuntos académicos que afecten al centro:

– Planes de estudios.

– Matrícula.

– Certificaciones académicas.

– Títulos oficiales y todos aquellos temas generales sobre estudios impartidos en el centro.

• Apoyo en el control, entrega y custodia de actas académicas.



• Gestión económica de los asuntos del área competencial de la unidad.

• Gestión administrativa de recursos y reclamaciones.

Departamentos





Código Unidad Subunidad Puesto Subgrupo N C-E

PF209 Departamento Construcciones Arquitectónicas ETS Arquitectura Responsable administrativo de departamento C1 19 E023

PF571 Departamento Dibujo BBAA Responsable administrativo de departamento C1 19 E023

PF179 Departamento Economía y Ciencias Sociales F. Administración y Dirección de Empresas Responsable administrativo de departamento C1 19 E023

PF186 Departamento Física Aplicada ETS Gestión en la Edificación Responsable administrativo de departamento C1 19 E023

PF570 Departamento Ingeniería Hidráulica y Medio Ambiente ETSI Caminos, Canales y Puertos Responsable administrativo de departamento C1 19 E023

PF208 Departamento Ingeniería Mecánica y de Materiales ETSI Industriales Responsable administrativo de departamento C1 19 E023

PF197 Departamento Organización de Empresas ETSI Industriales Responsable administrativo de departamento C1 19 E023

PF533 Departamento Proyectos Arquitectónicos ETS Arquitectura Responsable administrativo de departamento C1 19 E023

PF206 Dep. Sistemas Informáticos y Computación ETSI Informática Responsable administrativo de departamento C1 19 E023





Puntuación mínima para la obtención de estos puestos: (C1 19). 5 puntos.





Funciones específicas de los puestos de responsable administrativo de departamento

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Control y gestión de todos aquellos asuntos de personal, tanto docente e investigador como de administración y servicios, que actualmente tengan atribuidos, así como los que en un futuro se les pudieran asignar, siguiendo las directrices del Servicio de Recursos Humanos.

• Gestión y correcta imputación contable de las propuestas de pago del departamento.

• Gestión de la tramitación de los estudios de doctorado en coordinación con el Servicio de Alumnado y lectura de Tesis.

• Facilitar la información contable que le requieran sus superiores.

• Gestión de la caja fija, si la tuviera el departamento, o de los fondos a justificar.

• Redactar, despachar y gestionar la correspondencia del departamento, bajo la supervisión de los responsables del departamento.

• Preparar propuestas de resoluciones de los asuntos competencia de la unidad que no supongan una especial dificultad.

• Colaborar en la gestión de los másteres propios del departamento.



Servicios Centrales



Código Unidad Subunidad Puesto Subgrupo N C-E

PF1478 Área Editorial Publicaciones Jefe de grupo C1 19 E023

PF1250 Centro de Formación Permanente CFP Jefe de grupo C1 19 E023

PF676 Instituto Universitario Mixto de Biología Molecular y Celular de Plantas IUMBMCP Jefe de grupo C1 19 E023

PF682 Servicio de Normativa e Inspección Normativa e Inspección Jefe de grupo C1 19 E023

PF1224 Servicio de Alumnado Alumnos grado Jefe de grupo C1 19 E023

PF1226 Servicio de Alumnado Becas Jefe de grupo C1 19 E023

PF79 Servicio de Deportes Deportes Jefe de grupo C1 19 E023

PF1963 Servicio de Gestión de la I+D+i Gestión de la I+D+i Jefe de grupo C1 19 E023

PF1960 Servicio de Gestión Económica Servicio de Gestión Económica Jefe de grupo C1 19 E023

PF1229 Servicio de Recursos Humanos Concursos, oposiciones y plantillas PDI Jefe de grupo C1 19 E023

PF1239 Servicio de Recursos Humanos Convenios y becas de investigación Jefe de grupo C1 19 E023

PF1228 Servicio de Recursos Humanos Gestión del PAS Jefe de grupo C1 19 E023

PF1934 Servicio de Recursos Humanos Gestión del PDI Jefe de grupo C1 19 E023

PF1939 Servicio de Recursos Humanos Retribuciones y acción social Jefe de grupo C1 19 E023

PF1230 Servicio de Recursos Humanos Seguros sociales Jefe de grupo C1 19 E023

PF19 Unidad de Cultura y Fondo de Arte y Patrimonio Unidad de Cultura y Fondo de Arte y Patrimonio Jefe de grupo C1 19 E023





Código Unidad Subunidad Puesto Subgrupo N C-E Requisito

PF167 Oficina de Programas Internacionales de Intercambio OPII Jefe de grupo C1 19 E023 1





1. Conocimientos de inglés equivalente al nivel B2 de la Escuela Oficial de Idiomas



Puntuación mínima para la obtención de estos puestos: (C1 19). 5 puntos.







Funciones específicas para cada uno de los puestos de jefe de grupo



PF1478. JEFE DE GRUPO DEL ÁREA EDITORIAL (Publicaciones).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Gestión de la colección: reposiciones, agotados y descatalogados.

• Atención a los autores de las obras.

• Gestión de contratos: coediciones y distribución.

• Revisión de publicaciones: gráficas, textos e imágenes.

• Elaboración de certificados: autor, evaluador y editor.

• Gestión de presupuestos con los proveedores.

• Gestión del depósito legal.

• Control del flujo de evaluación: relación con los revisores, envíos originales e informes de evaluación.

• Asesoramiento al profesorado sobre tipo y calidad de las publicaciones.

• Colaboración en el control de las características técnicas de las publicaciones.



PF1250. JEFE DE GRUPO DEL CENTRO DE FORMACIÓN PERMANENTE (CFP).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Atención al profesorado de la Universitat Politècnica de València que organice y participe en actividades de formación permanente.

• Atención a los alumnos inscritos y potenciales en actividades de formación permanente.

• Gestión económica y administrativa del presupuesto del Centro de Formación Permanente.

• Participación en el desarrollo de formación interna en aspectos relativos a la calidad.

• Colaborar en el mantenimiento del sistema de información de soporte al desarrollo de la formación permanente de la Universitat Politècnica de València.

• Colaborar en el mantenimiento, administración, planificación y coordinación logística de las aulas de formación del Centro de Formación Permanente.



PF676. JEFE DE GRUPO DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO MIXTO DE BIOLOGÍA MOLECULAR Y CELULAR DE PLANTAS (IUMBMCP).

Dadas las funciones asignadas a estos puestos de trabajo las mismas son incompatibles con la percepción de remuneraciones por la realización de actividades del artículo 83 de la LOU.

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo



• Gestión económica de los asuntos de su área competencial en la unidad.

• Gestión de convenios y/o contratos de I+D+i.

• Gestión de las actividades desarrolladas al amparo del artículo 83 de la LOU con financiación pública o privada.

• Apoyo en la presentación de solicitudes a convocatorias públicas de proyectos de investigación.

• Atención al equipo de dirección del instituto

• Asistencia en la preparación de congresos, reuniones y seminarios



PF682. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE NORMATIVA E INSPECCIÓN (Normativa e Inspección).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Control y gestión de expedientes y archivos propios del servicio, realizando los cotejos y notificaciones que sean precisos.

• Suministrar la información que le sea requerida por los responsables del servicio sobre consultas, procedimientos y procesos en curso.

• Colaborar y dar apoyo administrativo al jefe/a de servicio y los letrados/as en la preparación de informes y dictámenes jurídicos sobre cualquier asunto relacionado con la actividad propia de la Universitat que sea encomendado al servicio.

• Colaborar y dar apoyo administrativo a los responsables del servicio en materia de protección de datos de carácter personal.

• Colaborar y dar apoyo administrativo para la elaboración del Butl·letí Oficial de la Universitat Politècnica de València.

• Colaborar y dar apoyo administrativo en los procesos electorales de la Universitat que sean asignados al servicio.



PF1224. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE ALUMNADO (Alumnos Grado).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Tramitar la gestión correspondiente a las propuestas de límites de admisión de alumnos en los estudios universitarios de grado

• Tramitación de las solicitudes de traslados de expedientes académicos para proseguir estudios en estudios de la Universitat Politècnica de València.

• Atender las cuestiones derivadas de la elaboración de oferta de actividades para la obtención de créditos optativos en estudios de grado de la Universitat Politècnica de València y solicitudes de órganos externos.

• Participación en el proceso correspondiente al estudio y resolución de las solicitudes de reconocimiento de créditos y adaptación de estudios universitarios españoles y extranjeros.

• Apoyo en los procesos de gestión relativos a las solicitudes de permanencia en los estudios, reingreso y evaluación por currículum en estudios de grado.

• Participar en el proceso de la tramitación de recursos administrativos

• Participar en el proceso de tramitación de solicitudes de compensación de tasas a otras administraciones. Liquidación Seguro Escolar.



• Colaboración en las tareas administrativas correspondientes para llevar a cabo los procesos propios de su unidad.



PF1226. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE ALUMNADO (Becas).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Tramitación y gestión de las becas del ámbito competencial del Servicio de Alumnado, incluyendo los procesos de reclamaciones, recursos y revocaciones de becas.

• Colaboración en las tareas administrativas correspondientes para llevar a cabo los procesos propios de la Unidad.



PF79. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE DEPORTES (Deportes).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Gestión económica de los asuntos del área competencial de la unidad.

• Gestión de socios de deportes.

• Gestión administrativa de las distintas convocatorias promovidas por el Servei d'Esports: convocatorias de ayudas deportivas, programas de formación, actividades, competiciones, convocatoria de premios y aquellas que se pudieran generar.

• Gestión de atención protocolaria en los eventos organizados por el Servei d'Esports: competiciones externas, Trofeo Universidad, exposiciones, y todas aquellas que se pudieran generar.

• Apoyo en el control y seguimiento de los contratos administrativos que gestiona el Servei d'Esports.

• Apoyo en la gestión de convenios con entidades, empresas y concesiones.



PF1963. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE LA I+D+i (Gestión de la I+D+i).

Dadas las funciones asignadas a estos puestos de trabajo las mismas son incompatibles con la percepción de remuneraciones por la realización de actividades del artículo 83 de la LOU.

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Gestión económica y administrativa de aquellas actividades derivadas de contratos y convenios de I+D+i y transferencia, realizados al amparo del Artículo 83 de la LOU.

• Apoyo y gestión de proceso de las justificaciones de programas convocados por entidades privadas de financiación a proyectos de I+D.



PF1960. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE GESTIÓN ECONÓMICA (Servicio de Gestión Económica).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Apoyo y gestión de todos los temas relacionados con la gestión de gastos, ingresos y crédito presupuestario de las unidades de su área de competencia.



PF1229. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS (Concursos, Oposiciones y Plantillas del PDI).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Apoyo y gestión administrativa de los temas relacionados con: selección y provisión, plantilla y RPT e incorporación del personal docente e investigador.



PF1239. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS (Convenios y Becas de Investigación).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Apoyo y gestión administrativa de los temas relacionados con convenios y becas de investigación.



PF1228. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS (Gestión del PAS).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Apoyo y gestión administrativa de todos los procesos relacionados con la gestión del expediente administrativo del personal de administración y servicios e investigador.



PF1934. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS (Gestión del PDI).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Apoyo y gestión administrativa de todos los procesos relacionados con la gestión del expediente administrativo del personal docente e investigador.



PF1939. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS (Retribuciones y Acción Social).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Apoyo y gestión administrativa de todos los procesos relacionados con las retribuciones del personal de la Universitat Politècnica de València.



PF1230. JEFE DE GRUPO DEL SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS (Seguros Sociales).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Apoyo y gestión administrativa de todos los procesos relacionados con los seguros sociales del personal de la Universitat Politècnica de València.



PF19. JEFE DE GRUPO DE LA UNIDAD DE CULTURA Y FONDO DE ARTE Y PATRIMONIO.

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Gestión económica de los asuntos de su área competencial.

• Gestión de becas, convenios y proyectos.

• Coordinación y gestión administrativa de los asuntos del área competencial de la unidad.

• Colaboración en la elaboración de memorias y publicaciones.

• Apoyo en el desarrollo de las actividades generadas desde la unidad.





PF167. JEFE DE GRUPO DE LA OFICINA DE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE INTERCAMBIO (OPII).

Bajo la dependencia del responsable correspondiente, llevará a cabo:

• Gestión de tareas relacionadas con el servicio de extranjería.

• Gestión administrativa de los programas internacionales.

• Gestión económica de los asuntos de su área competencial en la unidad.

• Generación de pagos de becas de movilidad de alumnos enviados, así como del personal docente e investigador y del personal de administración y servicios.

• Apoyo en la elaboración de memorias anuales e informes.





Nota muy importante:

Para este puesto PF167 con destino en la Oficina de Programas Internacionales de Intercambio, se estará a lo establecido en la base 4.3 de la convocatoria.

«Para aquellos puestos ofertados que tengan el requisito de idioma, de acuerdo con lo establecido en la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de esta Universitat Politècnica de València, se realizaran las pruebas pertinentes de aptitud por el Centro de Lenguas de esta Universitat, a fin de constatar que los candidatos presentados cumplen con este requisito».

«Aquellas personas que no cumplan con este requisito, serán excluidas sin ser objeto de valoración en la fase de concurso de estos puestos».

«Están exentas de esta prueba de idioma aquellas personas aspirantes que, en su momento, a través de una prueba de aptitud con esta Universitat Politècnica de València, lo acreditaron favorablemente».





ANEXO II

Baremo



1. Antigüedad. Se valorará con 0,25 puntos por cada año completo de servicios en un puesto de trabajo en cualquier Administración pública, ya sea con destino provisional o definitivo, hasta un máximo de 2,00 puntos.

A estos efectos se computarán los servicios prestados con carácter previo al ingreso en el cuerpo o escala expresamente reconocidos. No se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.



2. Grado personal. Se adjudicará un máximo de 2,00 puntos por la posesión de un determinado grado personal consolidado dentro de la carrera administrativa, de la siguiente forma:

a) Por poseer un grado personal superior al nivel del puesto solicitado: 2,00 puntos.

b) Por poseer un grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 1,00 punto.

c) Por poseer un grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 0,50 puntos.



3. Experiencia profesional. Se valorará como máximo hasta 7,00 puntos, conforme a la siguiente escala:

a) Por el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado en el periodo comprendido en los últimos tres años, con una antigüedad mínima de seis meses continuados en dicho puesto, se adjudicará hasta un máximo de 3,00 puntos, distribuidos de la forma siguiente:

• Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel superior al del puesto de trabajo al que se concursa: hasta un máximo de 3,00 puntos. El cálculo se efectuará de manera proporcional al tiempo trabajado valorándose a 1 punto por año completo, prorrateándose los meses y valorándose a 0,0833 puntos por mes, sin que se consideren los periodos inferiores al mes.

• Por el desempeño de un puesto de trabajo de igual nivel al que se concursa: hasta un máximo de 2,00 puntos. El cálculo se efectuará de manera proporcional al tiempo trabajado valorándose a 0,6666 puntos por año completo, prorrateándose los meses y valorándose a 0,0555 puntos por mes, sin que se consideren los periodos inferiores al mes.

• Por el desempeño de un puesto de trabajo como máximo inferior a dos niveles al del puesto al que se concursa: hasta un máximo de 1,00 punto. El cálculo se efectuará de manera proporcional al tiempo trabajado valorándose a 0,3333 puntos por año completo, prorrateándose los meses y valorándose a 0,0278 puntos por mes, sin que se consideren los periodos inferiores al mes.

A estos efectos:

• Aquel personal que se encuentre en una situación de excedencia se entenderá que prestan sus servicios en un puesto correspondiente al grado reconocido en su momento siempre y cuando no haya transcurrido más de cinco años que se encuentre en esta situación. En el supuesto de que haya transcurrido más de cinco años o no tuviere grado consolidado se considerara el nivel mínimo asignado al grupo de su cuerpo o escala o categoría.

• Por lo que respecta al personal procedente de las situaciones de excedencia voluntaria por cuidado de familiares, excedencia voluntaria por violencia de género y situación de servicios especiales, se valorará el nivel del último puesto que desempeñaban en activo y en su defecto, el nivel mínimo correspondiente al grupo en que se clasifique su cuerpo o escala o categoría. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat de la Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.

• Cuando se trate de personal que ocupe destino provisional, la valoración se referirá al puesto que se ocupe provisionalmente, en caso contrario, se considerará el nivel del puesto o puestos anteriores que cumplan dichos requisitos, o en su defecto el nivel mínimo del grupo de adscripción como funcionario.

• No será valorado en este apartado el periodo que exceda de dos años en los puestos que se ocupen en comisión de servicios. Valorándose en este supuesto, ese tiempo de exceso, con el trabajo desarrollado en el puesto que el funcionario ocupe con carácter definitivo.

b) Además de la puntuación que corresponda computar por la aplicación del apartado anterior, se adjudicará hasta un máximo de 4,00 puntos por el desempeño de los puestos de trabajo pertenecientes a la misma o distinta unidad a que corresponda el puesto convocado, en base a las funciones y responsabilidad del puesto ocupado, prorrateándose los meses y sin que se consideren los periodos inferiores al mes.

Así pues por el desempeño de puestos pertenecientes a la misma Unidad del puesto objeto de convocatoria, se adjudicará hasta un máximo de 1 punto por año, de acuerdo con la siguiente escala:



Para puestos de nivel 21:



Misma unidad Puesto con nivel 21 o superior 1 punto por año

Misma unidad Puesto con nivel 19 0,95 puntos por año

Misma unidad Puesto con nivel 17 0,85 puntos por año





Por el desempeño de puestos pertenecientes a distinta unidad, del puesto objeto de convocatoria, la puntuación que se otorgará será la siguiente:



Distinta unidad Puesto con nivel 21 o superior 0,75 puntos por año

Distinta unidad Puesto con nivel 19 0,70 puntos por año

Distinta unidad Puesto con nivel 17 0,60 puntos por año







Para puestos de nivel 19:



Misma unidad Puesto con nivel 19 o superior 1 puntos por año

Misma unidad Puesto con nivel 17 0,95 puntos por año





Por el desempeño de puestos pertenecientes a distinta unidad, del puesto objeto de convocatoria, la puntuación que se otorgará será la siguiente:



Distinta unidad Puesto con nivel 19 o superior 0,75 puntos por año

Distinta unidad Puesto con nivel 17 0,70 puntos por año





En todo caso para la valoración del apartado b, serán tomados únicamente como máximo los cuatro años comprendidos dentro de los 10 años inmediatamente anteriores a la presente convocatoria, ya sea ocupando el puesto de trabajo con destino definitivo o provisional, considerándose a estos efectos los cuatro años cuya experiencia profesional sea más favorable.

Los expedientes firmes de remoción de puestos de trabajo y/o los expedientes disciplinarios firmes en los que haya sido parte el interesado y que guarden relación con las funciones desempeñadas en su puesto de trabajo, serán tenidos en consideración a los efectos de valorar la experiencia profesional reduciéndose esta valoración en 2/3 respecto de la puntuación prevista para este concepto.

No se valorará como experiencia profesional, en el puesto que se ocupe en comisión de servicios, el periodo que exceda de dos años, valorándose en este supuesto el trabajo desarrollado en el puesto que se ocupe con carácter definitivo.

Las unidades, actualmente contempladas en la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de esta Universitat son las que a continuación se relacionan:

– Área de Sistemas de Información y Comunicaciones

– Apoyo a Vicerrectorados

– Área de Comunicación

– Área de Cooperación al Desarrollo

– Área de Deportes

– Área de Medio Ambiente

– Área Editorial

– Biblioteca General

– Centro de Lenguas

– Centros (Escuelas y Facultades)

– Centro de Formación Permanente

– Consejo Social

– Centro de Apoyo a Innovación, Investigación y Trasferencia de Tecnología

– Defensor de la Comunidad Universitaria

– Delegación de Alumnos

– Departamentos

– Escola d'Estiu

– Gabinet de Normalització Lingüística

– Instituto de Gestión de Innovación y Conocimiento (INGENIO)

– Instituto Universitario Mixto Biología Molecular y Celular de Plantas

– Instituto de Ciencias de la Educación

– Oficina de Acción Internacional

– Oficina de Correos

– Oficina de la Secretaría General

– Oficina de Programas Internacional de Intercambio

– Registro General

– Servicio de Evaluación, Planificación y Calidad

– Servicio Integrado de Prevención y Salud Laboral

– Secretaría General

– Servicio de Abogacía

– Servicio de Alumnado

– Servicio de Asuntos Generales

– Servicio de Contratación

– Servicio de Financiación y Presupuesto

– Servicio de Fiscalización

– Servicio de Gestión Económica

– Servicio de Infraestructura

– Servicio de Mantenimiento

– Servicio de Recursos Humanos

– Servicio Integrado de Empleo

– Unidad de Cultura



4. Titulaciones académicas. Este apartado se valorará hasta un máximo de 0,50 puntos. Se valorarán las titulaciones académicas oficiales de nivel superior a la exigida para el desempeño del puesto de trabajo solicitado con 0,50 puntos.

Cuando se trate de puestos de trabajo clasificados indistintamente para dos grupos, se aplicará el criterio anterior respecto del grupo superior en que estuviera clasificado dicho puesto.



5. Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán hasta un máximo de 5 puntos los cursos de formación y perfeccionamiento que estén relacionados directamente con las funciones de cada puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria.

Únicamente serán considerados los cursos genéricos hasta un máximo de 1,50 puntos, caso de que por el concepto de cursos específicos no se sobrepase el tope máximo establecido anteriormente.

La valoración de los cursos específicos se efectuará conforme al siguiente baremo, sin que se consideren los cursos hasta nueve horas y caso de que haya dos cursos con el mismo contenido, solo será considerado el de mayor duración:



Núm. de horas Puntuación total

De 10 a 14 0,10

De 15 a 19 0,25

De 20 a 29 0,40

De 30 a 49 0,50

De 50 a 74 0,60

75 o más horas 0,75





La valoración de los cursos genéricos se efectuará conforme al siguiente baremo, sin que se consideren los cursos hasta 9 horas y caso de que haya dos cursos con el mismo contenido, solo será considerado el de mayor duración:



Núm. de horas Puntuación total

De 10 a 14 0,05

De 15 a 19 0,125

De 20 a 29 0,20

De 30 a 49 0.25

De 50 a 74 0,30

75 o más horas 0,375





Sólo se valorarán estos cursos si fueron convocados u organizados por universidades o si están homologados por un organismo público competente en el marco de programas de formación continua, de formación ocupacional o de formación de empleados públicos, debiendo el aspirante acreditar tal extremo, mediante diploma o certificado de asistencia y/o, en su caso, aprovechamiento.

Se consideraran a estos efectos los cursos de formación continua impartidos por las organizaciones sindicales y que se encuentren incluidos dentro de los respectivos acuerdos con la administración.

Atendiendo a las funciones y características de los puestos convocados y de conformidad con lo dispuesto en este baremo, se establecen los criterios de valoración que fueron aprobados por la Mesa de Negociación del Personal de Administración y Servicios y que son los que se encuentran en la siguiente dirección electrónica http://www.upv.es/entidades/SRH/pas/963357normalc.html.



6. Conocimiento del valenciano:

Se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos, siempre que se acredite estar en posesión del pertinente certificado u homologación expedido por el Servicio de Promoción y Normalización Lingüística de la Universitat Politècnica de València o de un certificado equivalente según los criterios de equivalencias de títulos, diplomas y certificados de conocimientos de valenciano de la Universitat Politècnica de València que incluyen, entre otros, los certificados expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià o por las universidades públicas valencianas, con arreglo a la siguiente escala, valorándose en caso de estar en posesión de dos niveles, únicamente el de mayor nivel:



Para puestos de los subgrupos A1 o A2

Certificat de nivell B1 (elemental) 1,00 puntos

Certificat de nivell B2 (intermedi) 1,15 puntos.

Certificat de nivell C1 (suficiència) 1,25 puntos.

Certificat de nivell C2 (superior) 1,50 puntos





Para puestos de los subgrupos C1 o C2

Certificat de nivell A2 (bàsic) 0,50 puntos

Certificat de nivell B1 (elemental) 1,00 puntos

Certificat de nivell B2 (intermedi) 1,15 puntos.

Certificat de nivell C1 (suficiència) 1,25 puntos.

Certificat de nivell C2 (superior) 1,50 puntos





En aquellos puestos en que figure como requisito específico para su provisión un determinado nivel de conocimiento de valenciano únicamente serán considerados los superiores a este.

En aquellos puestos en que figure como requisito específico para su provisión el hecho de tener el certificado de nivel C2 (superior), se considerará como mérito y se valorará con 1,00 punto, el estar en posesión del Certificat de Correcció de Textos expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (Orden de 16 de agosto de 1994, de la Conselleria de Educación y Ciencia).

El cuadro en términos generales de equivalencias de las certificaciones más habituales se encuentra publicado en la microweb del Servicio de Recursos Humanos, pudiéndose acceder a través del siguiente enlace: http://www.upv.es/entidades/SRH/pas/751636normalc.html. Para obtener información sobre otros certificados equivalentes se pueden consultar los criterios de equivalencias de títulos, diplomas y certificados de conocimientos de valenciano de la Universitat Politècnica de València a los que se puede acceder a través del siguiente enlace:

http://www.upv.es/entidades/APNL/infoweb/anl/cav/criterisequivalencies.pdf

7. Conocimiento de idiomas. Se valorará hasta un máximo de 1,00 puntos el conocimiento de las lenguas oficiales de la Unión Europea. Se reconocerán como acreditados de la capacitación lingüística y comunicativa en las citadas lenguas extranjeras, los títulos, diplomas y certificados expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, por el Centro de Lenguas de la Universitat Politècnica de València, por las universidades españolas acreditadas por la Asociación Española de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (CertAcles), así como los indicados en la normativa vigente en materia lingüística, pudiéndose acceder a dicha información a través del enlace siguiente:

http://www.upv.es/entidades/ACDL/infoweb/cdl/info/852347normalc.html

En este apartado, se adoptarán los criterios establecidos por el Centro de Lenguas de la UPV, al ser centro de reconocida competencia en materia lingüística.

Para la valoración de estos idiomas en ningún caso se considerarán los cursos superados de idiomas incluidos en los planes de estudios reglados, así como aquellos que se consideren cursos de formación.



Nivel Puntos

Haber obtenido el certificado A2 acreditativo de competencia lingüística 0,25

Haber obtenido el certificado B1 acreditativo de competencia lingüística 0,50

Haber obtenido el certificado B2 acreditativo de competencia lingüística 1,00





En aquellos puestos en que figure como requisito específico para su provisión el nivel de conocimiento B2 de alguno de los idiomas, se considerará como mérito y se valorará, el estar en posesión de los títulos, diplomas y certificados expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, por el Centro de Lenguas de la Universitat Politècnica de València, por las Universidades españolas acreditadas por la Asociación Española de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (CerAcles), así como los indicados en la normativa vigente en materia lingüística, de los siguientes niveles:





Nivel Puntos

Haber obtenido el certificado C1 acreditativo de competencia lingüística 0,50

Haber obtenido el certificado C2 acreditativo de competencia lingüística 1,00





Las equivalencias de estudios establecidas de acuerdo con la legislación actual, con respecto a los niveles de certificación de competencia lingüística, se pueden consultar en el siguiente enlace:

http://www.upv.es/entidades/ACDL/infoweb/cdl/info/847058normalc.html.

Todos aquellos certificados susceptibles de equivalencia, deberán ser tramitados por la persona interesada, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria y entregado al Servicio de Recursos Humanos para su incorporación a su expediente personal.

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