Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2016, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se excluye a Benjamín A. Renovell Bonillo de la relación de personas aspirantes que han superado la oposición de acceso al grupo D, sector administración general, por el turno de promoción interna, mediante conversión directa de plazas, Convocatoria 142/2004, en ejecución de la Sentencia 1270/2008, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.



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Publicado en:  DOGV núm. 7813 de 24.06.2016
Número identificador:  2016/4764
Referencia Base Datos:  004563/2016
 



RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2016, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se excluye a Benjamín A. Renovell Bonillo de la relación de personas aspirantes que han superado la oposición de acceso al grupo D, sector administración general, por el turno de promoción interna, mediante conversión directa de plazas, Convocatoria 142/2004, en ejecución de la Sentencia 1270/2008, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. [2016/4764]

La Resolución de 7 de enero de 2016, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, (DOCV 7702, 21.01.2016), publicó la relación de personas aspirantes que superaron la oposición de acceso al grupo D, sector administración general, por el turno de promoción interna, mediante conversión directa de plazas, Convocatoria 142/2004, en ejecución de la Sentencia 1270/2008, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Vistas las bases 2.1, 2.4 y 11.3 de la Orden 13/2013, de 5 de septiembre, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, por la que, en ejecución de la Sentencia 1270/2008, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, se convoca oposición de acceso al grupo D, sector administración general, por el turno de promoción interna, mediante conversión directa de plazas, Convocatoria 142/04, en las que se establece que los aspirantes deberán reunir, además de las condiciones previstas en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los siguientes requisitos: base 2.1 «Ser funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat del grupo E, sector administración general, haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario de carrera en dicho grupo hasta el 14 de enero de 2006 y ser titular con destino definitivo a fecha 14 de enero de 2006 de un puesto de trabajo denominado subalterno supervisor, subalterno residente o vigilante»; base 2.4 «Las condiciones para ser admitido a las pruebas, deberán reunirse desde el 14 de enero de 2006 y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión» y base 11.3 «Las personas aspirantes seleccionadas que dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombradas personal de la Administración de la Generalitat, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación».

Visto que Benjamín A. Renovell Bonillo solicitó una excedencia voluntaria por interés particular el 3 de febrero de 2014 que provocó la pérdida del puesto de trabajo con destino definitivo que le habilitaba para poder participar en la prueba selectiva tal y como establecía la base 2.1 y que debía mantener las condiciones desde el 14 de enero de 2006 hasta el momento de la toma de posesión, conforme a la base 2.4, resuelvo:



Primero

Excluir de la relación de personas aspirantes que han superado la oposición de acceso al grupo D, sector administración general, por el turno de promoción interna, mediante conversión directa de plazas, Convocatoria 142/2004, en ejecución de la Sentencia 1270/2008, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, a Benjamín A. Renovell Bonillo por incumplir los requisitos establecidos en la base 2.



Segundo

Contra esta resolución, las partes legitimadas podrán promover incidente de ejecución de sentencia ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia, de conformidad con los artículos 7 y 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.



Valencia, 17 de junio de 2016.– La consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas: Gabriela Bravo Sanestanislao.

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