Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2016, de la consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de la Presidencia de la Generalitat y de las consellerias, así como de los organismos y entidades gestionados por la conselleria competente en materia de función pública.



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Publicado en:  DOGV núm. 7790 de 25.05.2016
Número identificador:  2016/3688
Referencia Base Datos:  003604/2016
 



RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2016, de la consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de la Presidencia de la Generalitat y de las consellerias, así como de los organismos y entidades gestionados por la conselleria competente en materia de función pública. [2016/3688]

La Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana (LOGFPV), configura las relaciones de puestos de trabajo como un instrumento técnico a través del cual la administración organiza, racionaliza y ordena su personal para una eficaz prestación del servicio público.

Para poder llevar a cabo una adecuada planificación de las necesidades de recursos humanos y a fin de posibilitar la ejecución de los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo, se hace imprescindible la actualización y publicación de estas relaciones.

La presente resolución recoge las relaciones de puestos de trabajo de la Presidencia de la Generalitat y de las consellerias en las que se organiza la administración de la Generalitat de acuerdo con el Decreto 7/2015, de 27 de junio, del president de la Generalitat, completado por el Decreto 9/2015, de 29 de junio, por el que se determinan las secretarías autonómicas en que se estructura la Presidencia de la Generalitat y las consellerias, y con el Decreto 103/2015, de 7 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat. Asimismo, incorpora los cambios operados en la estructura organizativa de las consellerias por los distintos reglamentos orgánicos y funcionales.

Se incluyen, además, los puestos de trabajo de organismos y entidades gestionados por la conselleria competente en materia de función pública.

Las relaciones de puestos de trabajo que se aprueban incluyen todos los puestos de trabajo de naturaleza funcionarial, laboral y eventual existentes con los elementos establecidos en el artículo 42 de la LOGFPV.

La Dirección General de Presupuestos de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico ha informado favorablemente sobre la existencia de dotación presupuestaria de los puestos de trabajo contenidos en las correspondientes relaciones de puestos de las consellerias y organismos que se aprueban, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 41.2 LOGFPV y 26 del Decreto 56/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el se establecen los criterios generales para la clasificación de los puestos de trabajo, y el procedimiento de elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat.

Las relaciones de puestos de trabajo han sido negociadas en la Mesa Sectorial de Función Pública y en la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Administración Autonómica, celebrada el día 17 de mayo de 2016.

Por todo lo expuesto anteriormente, en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 9 de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, resuelvo:



Primero

Aprobar las relaciones de puestos de trabajo que figuran en los anexos de esta resolución y que corresponden a las consellerias y organismos siguientes:

1. Presidencia de la Generalitat.

2. Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

3. Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.

4. Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas.

5. Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

6. Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

7. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

8. Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural.

9. Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

10. Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación.

11. Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF).

12. Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT).

13. Agencia Valenciana de Evaluación y Prospectiva (AVAP).

14. Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas (ISEACV)

15. Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA).

16. Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria.

17. Instituto Cartográfico Valenciano (ICV).

18. Instituto Valenciano de la Juventut. Generalitat Jove (IVAJ).

19. CulturArts Generalitat

20. Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS).

21. Instituto Valenciano de Administración Tributaria (IVAT).



Segundo

La presente resolución tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia o aquel en cuya circunscripción tenga el recurrente su domicilio, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o cualquier otro recurso que estime procedente para la defensa de sus intereses.



Valencia, 18 de mayo de 2016.– La consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas: Gabriela Bravo Sanestanislao.

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